Cría, selección y doma de caballos de silla en Extremadura 2026
Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural (Junta de Extremadura) · Extremadura
- Plazo
- Cierra en 7 días
- Cuánto
- Hasta 5.000 €
- Tipo
- Subvención
Ayuda fija de 5.000 € por cada caballo o yegua de silla de 4 a 7 años (5 a 8 en raid) nacido y criado en explotaciones de Extremadura inscritas en BADIGEX, para quien sea su titular desde el nacimiento (persona física o jurídica), si ha sumado al menos 2 puntos en concursos hípicos oficiales entre el 29 de septiembre de 2025 y el 4 de octubre de 2026. Hay cinco líneas por disciplina (doma clásica, raid, salto, doma vaquera y otras) con 15.000 € cada una, 75.000 € en total, y en cada línea los animales se ordenan por puntuación (concurrencia competitiva). Está sujeta a minimis agrícola y el plazo es de 10 días hábiles: del 28 de octubre al 10 de noviembre de 2026.
Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas titulares de caballos o yeguas de silla nacidos y criados en explotaciones de Extremadura inscritas en BADIGEX, con la misma titularidad desde el nacimiento, de 4 a 7 años (5 a 8 en raid) y con al menos 2 puntos en concursos hípicos del periodo
«Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas, titulares de los caballos y/o yeguas que cumplan lo dispuesto en el apartado décimo»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 3
Sectores: agricultura, ganadería y forestal. El proyecto tiene que estar en Extremadura.
Requisitos
De la empresa
Ser persona física o jurídica: autónomos, sociedades, cooperativas, asociaciones, fundaciones u otras personas jurídicas (no comunidades de bienes ni sociedades civiles)
«Ostentarán la condición de beneficiarias las personas físicas o jurídicas, titulares de los caballos y/o yeguas»
Extracto (DOE. D.O. DE EXTREMADURA): EXTRACTO de la RESOLUCIÓN de 15 de octubre …Ser titular del caballo o yegua sin interrupción desde su nacimiento hasta la solicitud. Solo se admiten cambios de titular por herencia, por relevo generacional en la ganadería familiar o entre una empresa y su representante legal (o al revés), bien acreditados
«Que su titularidad haya permanecido constante desde el nacimiento hasta el momento de realización de la solicitud.»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 16El caballo o yegua tiene que haber nacido en una explotación inscrita en el registro de explotaciones ganaderas de Extremadura (BADIGEX)
«Que hayan nacido en una explotación inscrita en el Registro de explotaciones ganaderas, identificación y trazabilidad animal de Extremadura (BADIGEX).»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 16El caballo o yegua tiene que haber estado siempre, desde que nació hasta la solicitud, en explotaciones de Extremadura inscritas en BADIGEX; solo puede haber salido de la comunidad para competir o por tratamientos veterinarios
«Que hayan estado ubicados en cualquier explotación inscrita en el Registro de explotaciones ganaderas, identificación y trazabilidad animal de Extremadura (BADIGEX) desde su nacimiento hasta el momento de realización de solicitud de ayuda incluido»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 16Tener identificados todos los animales para los que se pide la ayuda según la normativa de identificación y registro de équidos
«Tener identificados todos los animales objetos de la ayuda conforme a la normativa vigente por la que se regula el sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina.»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 3El caballo o yegua tiene que tener entre 4 y 7 años, ambos incluidos; en la línea de raid, entre 5 y 8 años
«Que la edad esté comprendida entre los 4 y 7 años, ambos incluidos, excepto en los caballos y/o yeguas del apartado b) Línea 2: Raid, del artículo 6, cuya edad abarcará desde los 5 a los 8 años, ambos incluidos.»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 17El caballo o yegua tiene que haber sumado al menos 2 puntos, según los criterios de valoración, en concursos de una de las disciplinas de las líneas de ayuda celebrados entre el 29 de septiembre de 2025 y el 4 de octubre de 2026
«hayan obtenido un mínimo de 2 puntos en los concursos de algunas de las disciplinas previstas en las líneas de ayuda demarcadas en el artículo 6 del mencionado decreto. Dicha puntuación deberá ser obtenida durante el periodo comprendido entre el 29 de septiembre de 2025»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 17El caballo o yegua no puede haber obtenido ya esta ayuda en convocatorias anteriores, tampoco en las del Decreto 147/2018
«Una vez concedida la ayuda para un caballo o yegua, no se podrá volver a obtener ayuda en sucesivas convocatorias para el mismo.»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 9Cumplir la normativa de bienestar animal, higiene y medio ambiente aplicable (Real Decreto 804/2011 de explotaciones equinas y Ley 8/2003 de sanidad animal)
«Cumplir con la legislación exigible en materia de bienestar animal, higiene y medio ambiente en cada caso, siendo la siguiente»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 3No haber sido sancionada por incumplir las normas de medio ambiente, en particular las de gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (Reglamento (CE) 1069/2009)
«No podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas personas que hayan sido sancionadas por alguno de los siguientes motivos: a) Incumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 3No haber sido sancionada por incumplir la normativa de bienestar animal (protección en explotaciones, transporte y sacrificio)
«Incumplimiento de la normativa aplicable en materia de bienestar animal y, en especial, el Real Decreto 348/2000»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 4No haber sido sancionada por incumplir los programas sanitarios o por anomalías en el registro de tratamientos con medicamentos (Ley 8/2003 y Real Decreto 562/2025)
«Incumplimiento en la aplicación de los programas sanitarios establecidos o por anomalías en el registro de los tratamientos medicamentosos»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 4No estar incursa en las prohibiciones para ser beneficiaria del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley 6/2011 de Subvenciones de Extremadura
«No podrán obtener la condición de personas beneficiarias las que se hallen incursas en alguna de las causas de prohibición contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 4Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
«Que la beneficiaria se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas en las disposiciones vigentes»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 19No tener deudas por resoluciones de reintegro de subvenciones: mientras las tenga, no se paga la ayuda
«No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la beneficiaria sea deudora por resolución de procedencia de reintegro.»
Bases reguladoras: Decreto 126/2024, de 8 de octubre, de bases reguladoras de la… · pág. 22
Del proyecto o el gasto
Cada caballo o yegua solo puede presentarse a una de las cinco líneas de ayuda (una solicitud por animal)
«Solo podrá ser solicitada una de las líneas de ayuda para cada caballo o yegua objeto de solicitud.»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 8
Cuánto da
Importe fijo de 5.000 € por cada caballo o yegua que resulte beneficiario (una solicitud por animal; un mismo titular puede pedirla para varios). Cada línea tiene 15.000 €, unas tres ayudas, ampliables con lo que sobre de otras líneas.
«La ayuda consistirá en la percepción económica de 5.000 euros por parte del titular de cada uno de los caballos o yeguas que hayan resultado beneficiarios.»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 16
- Presupuesto total
- 75.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- Sí: como mucho 50.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Compatible con otros ingresos o ayudas públicas para la misma finalidad, siempre que la suma de todas no supere el coste de la actividad subvencionada
Qué financia
- Premio fijo por caballo o yegua de silla nacido y criado en Extremadura según sus resultados en concursos hípicos oficiales, para fomentar su cría, selección y doma
- Línea 1: doma clásica
- Línea 2: raid
- Línea 3: salto de obstáculos
- Línea 4: doma vaquera
- Línea 5: otras disciplinas (concurso completo de equitación, TREC, enganches y equitación de trabajo)
Plazo
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y su extracto en el DOE (27 de octubre de 2026): del 28 de octubre al 10 de noviembre de 2026
«El plazo de presentación de solicitudes será diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.»
Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de… · pág. 5
Cómo se pide
Sede electrónica de la Junta de Extremadura, desde la ficha del trámite en www.juntaex.es, o cualquier registro electrónico del art. 16.4.a) de la Ley 39/2015. Las personas jurídicas tienen que presentarla por vía electrónica; las personas físicas pueden elegir. Una solicitud por cada caballo o yegua. Si actúa un representante, antes tiene que inscribirse en el Registro electrónico de representantes de la Junta de Extremadura.
- Solicitud en el modelo del anexo I, una por cada caballo o yegua, con las declaraciones responsables que incluye (no estar sancionada ni incursa en prohibiciones, estar al corriente, cumplir la normativa de bienestar animal e identificación equina)
- Declaración de las ayudas de minimis pedidas u obtenidas en los tres años anteriores (apartado 5 del anexo I)
- Ficha de valoración de solicitudes (anexo II) con los concursos del caballo o yegua
- Copia del documento de identificación equina (DIE) o pasaporte, que acredite la titularidad y la reseña del animal
- Resultados definitivos y oficiales de los concursos, firmados y sellados por la federación que los gestionó
- Personas jurídicas: escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional inscritos y documento que acredite la representación
- NIF, solo si se opone a que se consulte de oficio
- Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal, la autonómica y la Seguridad Social, si no autoriza su consulta de oficio
- Modelo de Alta de Terceros si la cuenta bancaria no está dada de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura o ha cambiado
Qué obliga a hacer
- Comunicar a la Dirección General de Agricultura y Ganadería cualquier cambio en los datos de la solicitud
- Justificar ante el órgano concedente que cumple los requisitos y condiciones
- Someterse a las comprobaciones y controles financieros y aportar la información que se le pida
- Seguir al corriente con las Haciendas estatal y autonómica y la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución y del pago
- Cobrar en una cuenta a nombre de la persona beneficiaria y activa en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura
- Reintegrar la ayuda en los casos previstos, por ejemplo si se obtuvo falseando las condiciones o se obstaculizan los controles
- Cumplir las demás obligaciones de la normativa de subvenciones de Extremadura
Documentos oficiales
- Extracto (DOE. D.O. DE EXTREMADURA): EXTRACTO de la RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026 de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural de la Junta de Extremadura, por la que se aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026
- Texto en castellano de la convocatoria · RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, por la que se aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el fomento de la cría, selecc.PDF
- Bases reguladoras: Decreto 126/2024, de 8 de octubre, de bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de Extremadura y se convocan ayudas para el ejercicio 2024.
- Convocatoria 937046 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Más ayudas abiertas en Extremadura
Pyme Global 2026: visita a la feria Food Ingredients de Frankfurt para pymes de Extremadura
Cámara de Comercio de Cáceres · Extremadura
Cierra en 3 díasHasta 1.159,61 €
Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura 2026
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana (Junta de Extremadura) · Extremadura
Cierra en 5 díasHasta 3.000 €
Ayudas a agricultores de Villanueva de la Serena para su actividad agraria 2026
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena (Badajoz) · Villanueva de la Serena (Badajoz)
Cierra en 7 díasHasta 500 €
Formación para el empleo en empresas industriales y tecnológicas de la provincia de Cáceres 2026-2027
Diputación Provincial de Cáceres · Provincia de Cáceres
Hasta el 16 de noviembre de 2026Hasta 59.999,99 €
Visita profesional a FOOD AFRICA 2026 (El Cairo) para pymes de Extremadura
Cámara de Comercio de Cáceres · Extremadura
Hasta el 20 de noviembre de 2026Hasta 1.465,20 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.