Programas de formación para trabajadores ocupados de Castilla-La Mancha 2026 (entidades de formación, Modalidad I)

Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral (Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha) · Castilla-La Mancha

Plazo
Hasta el 13 de noviembre de 2026
Cuánto
Subvención
Tipo
Subvención

Subvención para que entidades de formación públicas o privadas, acreditadas o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación y con instalaciones en Castilla-La Mancha, impartan gratis programas de formación sectoriales, transversales o de cualificación dirigidos a personas trabajadoras ocupadas (no la piden las empresas cuyos trabajadores se forman). Cada programa se financia por módulos (horas × alumnos × módulo económico), con un tope por solicitud según el sector y el tipo de programa (hasta 189.000 € en los sectoriales, 160.000 € en los de cualificación y 740.000 € en los transversales), sobre un crédito de 10.911.000 €, de los que 9.500.000 € son para los programas. Se concede en concurrencia competitiva (mínimo 8 de 80 puntos) y la formación tiene que acabar como tarde el 30 de septiembre o el 30 de noviembre de 2027, según su duración. El plazo es de diez días hábiles desde la publicación en el DOCM: según la BDNS, del 30 de octubre al 13 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Entidades de formación públicas o privadas (con personalidad jurídica, personas físicas o comunidades de bienes) acreditadas o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación para las especialidades que van a impartir, con presencia e instalaciones inscritas o acreditadas en Castilla-La Mancha, y agrupaciones de ellas. Las empresas que acogen prácticas no laborales y el alumnado desempleado pueden recibir compensaciones, becas y ayudas por concesión directa.

«Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente resolución las entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación para las especialidades formativas a impartir»

Texto en castellano de la convocatoria · RESOL MOD I FIRMA ELECTRÓNICA_130221.PD… · pág. 8

Sectores: educación y formación.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Por cada acción formativa, horas × alumnos × importe del módulo; el programa suma sus acciones. Tope por solicitud: en los programas sectoriales, el 40 % (con certificado profesional) o el 30 % (sin él) del presupuesto del sector, entre 25.200 € (agroalimentario) y 189.000 € (logística y transportes), sin ese tope en los sectores con menos de 50.000 € asignados (audiovisual, aeronáutico, artesanía y servicios públicos en concesión); en los transversales, 150.000 € con certificado (30 % de 500.000 €) o 740.000 € sin él (20 % de 3.700.000 €); en los de cualificación, 160.000 € (40 % de 400.000 €). Anticipos de hasta el 60 %; al menos el 40 % se cobra tras justificar.

«La cuantía máxima de la subvención a conceder a cada programa formativo será el total de la que se determine por cada acción formativa que lo compone, el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente.»

Texto en castellano de la convocatoria · RESOL MOD I FIRMA ELECTRÓNICA_130221.PD… · pág. 11
Presupuesto total
10.911.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, sea cual sea su origen; si se reciben, se descuentan de esta

Qué financia

  • Programas sectoriales para trabajadores de 13 sectores: audiovisual, aeronáutico, agrícola, ganadero y forestal, agroalimentario, artesanía, atención a la dependencia, economía circular, energía, industria, logística y transportes, servicios públicos en concesión, telecomunicaciones y TIC, y turismo y hostelería
  • Programas transversales: idiomas, ofimática y TIC, digitalización (programación, ciberseguridad, datos, inteligencia artificial, robótica, blockchain…), organización y gestión de empresas, seguridad y salud laboral, protección de datos y calidad, habilidades (liderazgo, trabajo en equipo, ventas, atención al público), innovación y emprendimiento, y habilidades docentes e igualdad
  • Programas de cualificación para completar los certificados profesionales de quienes han acreditado competencias por la experiencia laboral (programa «Acredita» u otros)
  • Acciones del Catálogo Nacional de Especialidades Formativas, conducentes o no a certificados profesionales, presenciales, virtuales (certificados de grado C) o por teleformación
  • Compensación a las empresas que acogen prácticas profesionales no laborales y becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación para el alumnado desempleado (por concesión directa)

Gastos que cubre

  • Docencia: retribución del personal formador, laboral o mercantil, con un coste por hora mínimo calculado sobre el 35 % de los costes directos
  • Personal de apoyo a la docencia para alumnado con necesidades especiales
  • Preparación, seguimiento y tutorías: elaboración de contenidos, coordinación, planificación de la evaluación y tutores
  • Medios y materiales didácticos y bienes consumibles, incluido el material de protección y seguridad
  • Amortización de equipos didácticos, plataformas tecnológicas y aulas o talleres que no se compraron con otras subvenciones
  • Alquiler de aulas, talleres, plataformas tecnológicas y equipos didácticos
  • Seguro de accidentes y de responsabilidad civil del alumnado
  • Publicidad para difundir las acciones y captar alumnado
  • Evaluación de la calidad de la formación
  • Costes indirectos, hasta el 10 % del coste total: personal de apoyo administrativo, gestoría, notaría y asesoría fiscal y laboral, luz, agua, calefacción, mensajería, correo, internet, limpieza, vigilancia y teléfono
  • Compensación a las empresas por las prácticas profesionales no laborales
  • IVA, solo si la entidad no puede recuperarlo

Plazo

Diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución y de su extracto en el DOCM: según la BDNS, del 30 de octubre al 13 de noviembre de 2026. Por prudencia, conviene presentarla como tarde el 12 de noviembre.

«El plazo de presentación de solicitudes será de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.»

Texto en castellano de la convocatoria · RESOL MOD I FIRMA ELECTRÓNICA_130221.PD… · pág. 10

Cómo se pide

Sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es, código SIACI SJ2G), solo de forma telemática y con firma electrónica; la solicitud y la gestión de la formación se hacen también en la aplicación FOCO

  • Formulario de solicitud del anexo I, uno por programa formativo, con la declaración responsable de los requisitos
  • Justificación de la necesidad de las acciones no prioritarias, según la metodología del anexo II
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda (estatal y regional), la Seguridad Social y los reintegros, solo si se opone a la consulta de oficio o no la autoriza para los datos tributarios
  • Acreditación de los plazos de pago a proveedores (artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003), si pide más de 30.000 € y tiene ánimo de lucro
  • Si las instalaciones son de terceros, el acuerdo o contrato de disponibilidad
  • En las agrupaciones, el nombramiento de un representante o apoderado único
  • Estar dada de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta (https://notifica.jccm.es/notifica/) al presentar la solicitud y tener clave de acceso a la aplicación FOCO

Qué obliga a hacer

  • Impartir la formación gratis para el alumnado
  • Ejecutar la formación directamente, sin subcontratarla (contratar formadores personas físicas no cuenta como subcontratar), con medios propios para programarla y coordinarla
  • Comunicar el inicio de cada acción con el «Comunicado Inicio» (F10) al menos diez días hábiles antes, la relación del alumnado (F20) hasta el tercer día lectivo y el fin de curso en los siete días hábiles siguientes, por la sede electrónica y la aplicación FOCO
  • Respetar la composición del alumnado: personas ocupadas con domicilio o puesto de trabajo en Castilla-La Mancha, desempleados como máximo el 30 %, plantilla de la propia entidad como máximo el 10 % y empleados públicos como máximo el 10 % en los transversales; si no, se minora la subvención
  • Dar prioridad en la selección a las mujeres y a los colectivos vulnerables que enumera la convocatoria, e informar al alumnado del alcance de la formación
  • Proteger al alumnado frente a los riesgos de la formación y de los desplazamientos (seguro de accidentes; el de responsabilidad civil es obligatorio en las prácticas no laborales)
  • Alcanzar al menos el 25 % de los objetivos (horas de formación × alumnos que terminan): por debajo se pierde toda la subvención y, por encima, se reduce en proporción a lo no ejecutado
  • Justificar con cuenta justificativa y justificantes de gasto (anexo III de las bases y modelo del anexo V) como máximo dos meses después de acabar la formación
  • Llevar contabilidad separada o un código contable propio para la subvención, con registro informatizado
  • Publicidad: poner la imagen institucional de la Junta, del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y del Ministerio de Trabajo y Economía Social en la información, los materiales, los diplomas y la señalización de los centros
  • Comunicar cualquier otra ayuda o ingreso para la misma actividad, que se descuenta de la subvención
  • Conservar los justificantes al menos cuatro años desde el final del plazo de justificación
  • Colaborar en el seguimiento, el control y la evaluación de la calidad de la formación y firmar el encargo de tratamiento antes de acceder a datos personales de la Dirección General

Documentos oficiales

Más ayudas abiertas en Castilla-La Mancha

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.