Digitalización básica de microempresas de Castilla y León 2026

ICECYL (Junta de Castilla y León) · Castilla y León

Plazo
Hasta el 15 de febrero de 2027
Cuánto
Hasta 1.800 €
Tipo
Subvención

Subvención a fondo perdido de 1.200, 1.500 o 1.800 € (según el gasto) para microempresas y autónomos con centro de trabajo en Castilla y León que hayan implantado sus primeras herramientas digitales de gestión: software o SaaS, con el hardware y la consultoría necesarios, y un gasto mínimo de 1.500 €. El proyecto tiene que estar hecho, facturado y pagado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, antes de pedir la ayuda. Se concede por orden de presentación hasta agotar el crédito (600.000 €, ampliable en 900.000 €), con plazo del 29 de octubre de 2026 al 15 de febrero de 2027. Quedan fuera, entre otras, las empresas de ciertas actividades TIC y las que obtuvieron la ayuda en la convocatoria de 2024.

Quién puede pedirla

Microempresas (menos de 10 personas y volumen de negocio o balance de hasta 2 millones de euros), incluidos los autónomos, que realicen el proyecto en un centro de trabajo de Castilla y León. Quedan fuera las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades públicas y sin ánimo de lucro, ciertas actividades TIC y las empresas que obtuvieron la ayuda en la convocatoria de 2024.

«Las microempresas, incluidos los autónomos, que realicen el proyecto subvencionable en la Comunidad de Castilla y León.»

Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la Resolución…

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Importe fijo según el gasto subvencionable: 1.200 € si es inferior a 2.000 €; 1.500 € si va de 2.000 € a menos de 2.500 €; 1.800 € a partir de 2.500 €. Gasto mínimo de 1.500 € (base imponible). Una sola subvención por solicitante.

«1.200 € cuando el gasto que se establezca como subvencionable sea inferior a 2.000 €.– 1.500 € cuando el gasto que se establezca como subvencionable sea igual o superior 2.000€ e inferior a 2.500 €.– 1.800 € cuando el gasto que se establezca como subvencionable sea igual o superior 2.500 €.»

Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la Resolución…
Presupuesto total
600.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Incompatible con cualquier otra subvención para el mismo objeto y finalidad

Qué financia

  • Proyectos de digitalización básica: implantar las primeras herramientas o soluciones digitales de la microempresa
  • Soluciones basadas en software que mejoren, automaticen o modernicen los procesos internos de gestión del negocio (no las del proceso productivo)
  • Proyectos ya terminados: realizados, facturados y pagados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026

Gastos que cubre

  • Software, incluido SaaS (todo proyecto tiene que incluir gasto en software)
  • Hardware y equipos necesarios para implantar la solución de software, hasta el 50 % del gasto subvencionable
  • Consultoría de procesos para detectar las necesidades de digitalización
  • Consultoría tecnológica sobre las herramientas más adecuadas
  • Consultoría para implantar e integrar las herramientas en los procesos de la empresa
  • Consultoría de seguimiento de la implantación
  • Formación de los empleados en las herramientas implantadas

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOCYL (28 de octubre de 2026) hasta el 15 de febrero de 2027, o hasta el día en que se publique una nueva convocatoria que la sustituya, si es antes. Como se concede por orden de presentación, el crédito puede agotarse antes.

«El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará el 15 de febrero de 2027 o el día de la publicación de una nueva convocatoria que la sustituya si fuese anterior.»

Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN Convocatoria Digitalización… · pág. 7

Cómo se pide

Solo por vía electrónica y con certificado digital, en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Área Privada-Portal de Clientes de la web del ICECYL (https://empresas.jcyl.es/web/es/plataforma-financiera/ayudas.html); la presentación presencial no tiene efectos

  • Solicitud en el formulario normalizado, con firma electrónica del solicitante o de su representante
  • Sociedades mercantiles: estatutos vigentes registrados y documento que acredite la representación del firmante
  • Declaración responsable de la cuenta bancaria para el pago
  • Declaración responsable (modelo normalizado) de otras ayudas y préstamos bonificados para el mismo objeto y de las ayudas de minimis de los tres años previos, propias y de las empresas vinculadas
  • Declaración responsable de datos empresariales de la solicitante, de los accionistas con más del 25 % del capital y de las empresas en las que participe en un 25 % o más
  • Declaración responsable (modelo normalizado) de no estar incursa en las prohibiciones del apartado 5 de la base cuarta
  • Alta censal (salvo que autorice al ICECYL a obtenerla) y, si está obligada, justificante de pago del IAE del año en curso o del último ejercicio; si está exenta o no sujeta, certificado o declaración responsable
  • Cuenta justificativa: memoria de actuación normalizada, que se genera en el Área Privada - Portal de Cliente al completar los datos del proyecto
  • Relación clasificada de los gastos: proveedor, descripción, tipo y fecha del documento, importe sin y con IVA, cuenta contable, fecha de pago y cuenta bancaria de salida
  • Facturas o documentos equivalentes, justificantes del pago y de su registro contable
  • Declaración responsable de que el proyecto no se ha contratado con empresas o entidades vinculadas o asociadas
  • Justificación de que los gastos se pagaron en los plazos legales y libros o registros contables con la contabilidad separada o el código contable del proyecto (base decimoctava)
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social solo si se opone a que el ICECYL los consulte

Qué obliga a hacer

  • Mantener las inversiones subvencionadas en el establecimiento al menos tres años desde la solicitud (salvo equipos que se queden obsoletos) y mantener la actividad económica en Castilla y León durante ese plazo
  • Conservar los justificantes, también los electrónicos, al menos cuatro años desde la justificación
  • Someterse a las comprobaciones del ICECYL y a los controles de la Intervención General, el Consejo de Cuentas y otros órganos de control
  • Comunicar al ICECYL las ayudas de minimis recibidas (propias y de empresas vinculadas) en los tres años previos y cualquier otra ayuda que financie el proyecto
  • Llevar contabilidad separada o un código contable que identifique todas las transacciones del proyecto
  • Dar publicidad a la colaboración del ICECYL y de la Junta de Castilla y León cuando difunda la actividad subvencionada
  • Aplicar medidas antifraude y evitar la doble financiación
  • Cumplir las consideraciones sociales del punto 2 del apartado 21º del Acuerdo 82/2020 de la Junta de Castilla y León
  • Reintegrar la ayuda con intereses de demora si incumple las condiciones

Documentos oficiales

Más ayudas abiertas en Castilla y León

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.