Empleo y autoempleo de mujeres de 18 a 30 años en sectores con menos del 40 % de mujeres, Castilla y León 2026
Vicepresidencia Segunda (Junta de Castilla y León) · Castilla y León
- Plazo
- Cierra en 3 días
- Cuánto
- Hasta el 100 %
- Tipo
- Subvención
Subvención igual a las cotizaciones a la Seguridad Social del primer año (sin las bonificaciones) por contratar con contrato indefinido y a jornada completa a una mujer de 18 a 30 años, o por darse de alta como autónoma una mujer de esa edad, en sectores en los que las mujeres no llegan al 40 % (secciones CNAE-2025 del anexo). La piden empresas y personas físicas empleadoras de hasta 500 trabajadores con centro de trabajo en Castilla y León, o la propia autónoma. Concesión directa por orden de entrada de los expedientes completos, con 200.000 € ampliables; el alta tiene que producirse entre el 1 de octubre de 2025 y el 6 de noviembre de 2026, y las solicitudes se presentan hasta el 6 de noviembre de 2026.
Quién puede pedirla
Empresas y personas físicas empleadoras de hasta 500 trabajadores con centro de trabajo en Castilla y León que contraten a una mujer de 18 a 30 años, y mujeres de 18 a 30 años que se den de alta como autónomas para trabajar en Castilla y León
«Empresas y personas físicas empleadoras de hasta 500 trabajadores/as que desarrollen su actividad empresarial y que tengan centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. b) Mujeres entre 18 y 30 años que se den de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 3
Sectores: agricultura, ganadería y forestal, pesca y acuicultura, industria, energía, agua y residuos, construcción, comercio, transporte y logística, información, comunicación y tecnología, finanzas, seguros e inmobiliario, servicios profesionales y a empresas, cultura, deporte y ocio y otros servicios personales y reparaciones.
Requisitos
De la empresa
Tener centro de trabajo en Castilla y León o, si es una autónoma que la pide por su propia alta, desarrollar allí su actividad
«que tengan centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 3Tener como máximo 500 trabajadores
«Empresas y personas físicas empleadoras de hasta 500 trabajadores/as»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 3Actividad en un sector con menos del 40 % de mujeres según el anexo (secciones CNAE-2025): A, B, C, D, E, F, H, K, O o T para contratar por cuenta ajena; A, B, C, D, E, F, G, H, J, K, L, M, O o S si una mujer autónoma de alta en el RETA la pide por su propia alta
«Estar incluida en un sector de actividad económica en el que las trabajadoras estén subrepresentadas, según se establece en el listado del Anexo I de la presente convocatoria.»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 3Estar al corriente con Hacienda (Estado y Castilla y León) y la Seguridad Social
«Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, de la Comunidad de Castilla y León y frente a la Seguridad Social.»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 4No estar en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
«No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 4Cumplir la normativa de integración laboral de personas con discapacidad, o no estar sujeta o estar exenta
«Será requisito para obtener la condición de beneficiaria la acreditación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, o de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención de dicha obligación»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 4No ser una entidad pública (universidades públicas, corporaciones de derecho público, entidades locales y sus entes dependientes, entes públicos de derecho privado)
«Quedan excluidas del concepto de empresa, a los efectos de esta convocatoria, las universidades públicas, las corporaciones de derecho público, las Entidades Locales y otras entidades públicas dependientes o vinculadas a las mismas y los entes públicos de derecho privado.»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 4No tener sanciones firmes en los tres años anteriores al fin del plazo por infracciones graves o muy graves en igualdad de oportunidades y no discriminación, ni muy graves en materia social
«hayan sido sancionadas con carácter firme en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 4No tener sanciones firmes por infracciones muy graves de la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación
«no podrán resultar beneficiarias las empresas que hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme por alguna de las infracciones calificadas como muy graves, en los términos y plazos previstos en el Título IV de la Ley 15/2022»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 5Autónomas: tener entre 18 y 30 años en la fecha de alta en el RETA
«Tener entre 18 y 30 años en la fecha de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 4Autónomas: estar empadronada en Castilla y León desde al menos un año antes del alta en el RETA
«Estar empadronada en Castilla y León como mínimo desde un año antes a la fecha del alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 4Autónomas: no haber estado de alta por cuenta propia en los 12 meses anteriores al alta subvencionada
«El alta de una mujer por cuenta propia que se haya dado de baja, también por cuenta propia, en un plazo de un año.»
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Del proyecto o el gasto
La contratación o el alta como autónoma tiene que hacerse entre el 1 de octubre de 2025 y el 6 de noviembre de 2026 y estar ya hecha al pedir la ayuda, porque se justifica con la solicitud (contrato y nómina, o datos del alta)
«El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas será entre el 1 de octubre de 2025 y el 6 de noviembre de 2026»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 12Contratación: la trabajadora tiene que tener entre 18 y 30 años en la fecha de alta en el Régimen General
«La trabajadora cuya alta se subvenciona deberá tener entre 18 y 30 años en la fecha de alta en el Régimen General de cotización a la Seguridad Social»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 3Contratación: el contrato tiene que ser indefinido y a tiempo completo
«La contratación se realizará y se mantendrá en un sector de actividad en el que la presencia de mujeres es inferior al 40% y tendrá carácter indefinido y a tiempo completo.»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 3Contratación: la trabajadora tiene que prestar servicios en un centro de trabajo de Castilla y León
«La contratación se formalizará para prestar servicios en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 3Contratación: no vale contratar a socias o miembros de la entidad solicitante o de su grupo, ni a quien tenga cargos de dirección o en sus órganos de administración
«El alta de contrataciones que se formalicen con los socios/as o miembros de las sociedades mercantiles, comunidades de bienes u otras entidades solicitantes»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 2Contratación: no vale contratar al cónyuge ni a parientes hasta el segundo grado del empresario individual, de los socios o de los directivos y administradores
«El alta de contrataciones que se formalicen con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado inclusive»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 2Contratación: no valen las relaciones laborales de carácter especial del artículo 2.1 del Estatuto de los Trabajadores, salvo las del artículo 9 del Real Decreto 1382/1985 (alta dirección)
«El alta de contrataciones en el marco de las relaciones laborales de carácter especial previstas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 2Contratación: no valen los contratos en prácticas ni para la formación y el aprendizaje
«El alta en contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje.»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 2No vale el alta en otro puesto de una mujer que ya esté ocupando un puesto en un sector con menos del 40 % de mujeres
«El alta en otro puesto de trabajo de una mujer que esté ya ocupando un puesto en un ámbito en el que la presencia de mujeres es inferior al 40%.»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 3Contratación: la trabajadora no puede verse afectada por un ERTE de suspensión o de reducción de jornada (salvo reducción pedida por ella) en el año siguiente a la contratación
«La trabajadora cuya alta se pretende subvencionar no podrá estar afectada por expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato o de reducción de jornada»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 4
Cuánto da
El equivalente a las cuotas empresariales a la Seguridad Social del primer año desde el alta de la trabajadora o de la autónoma (100 % de ese coste), descontadas bonificaciones y reducciones; sin importe máximo fijo y nunca más que el coste de la actuación
«La cuantía de la subvención será una cantidad equivalente a la aportación empresarial de las cuotas de la Seguridad Social correspondiente a un año desde el alta de la trabajadora contratada o de la autónoma en la Seguridad Social, excluidas las bonificaciones aplicadas a la cuota»
Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mu… · pág. 5
- Presupuesto total
- 200.000 €
- Cómo se concede
- Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- No es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad que cubran toda la actividad subvencionada; sí lo es con las bonificaciones y reducciones de cuotas de la Seguridad Social, que se descuentan del importe. Tampoco puede acumularse con otras ayudas de Estado para los mismos gastos por encima de los máximos de un reglamento de exención o de una decisión de la Comisión.
Qué financia
- Contratar por cuenta ajena, con contrato indefinido y a tiempo completo, a una mujer de 18 a 30 años en un sector con menos del 40 % de mujeres: se paga el equivalente a la cuota empresarial a la Seguridad Social de su primer año
- Que una mujer de 18 a 30 años se dé de alta como autónoma (RETA) en un sector con menos del 40 % de mujeres: se paga el equivalente a sus cuotas a la Seguridad Social del primer año
Gastos que cubre
- Cuota empresarial a la Seguridad Social del primer año desde el alta de la trabajadora contratada, sin las cantidades bonificadas
- Cuotas a la Seguridad Social del primer año desde el alta de la autónoma en el RETA, sin las cantidades bonificadas
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOCYL (22 de octubre de 2026) hasta el 6 de noviembre de 2026
«El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 6 de noviembre de 2026.»
Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la resolución…
Cómo se pide
Solo por vía electrónica, en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León desde su sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), procedimiento «Subvenciones para fomentar el emprendimiento y la contratación de mujeres jóvenes entre 18 y 30 años en los ámbitos laborales en los que exista infrarrepresentación femenina»; hace falta DNI o certificado electrónico
- Solicitud en el formulario electrónico del procedimiento
- Acreditación de que cumple la normativa de integración laboral de personas con discapacidad, o de que no está sujeta o está exenta
- Contratación: informe del cálculo de la cuota empresarial a la Seguridad Social de la trabajadora en los primeros 12 meses desde el alta (Orden PJC/297/2026, con reducciones y bonificaciones)
- Contratación: contrato de trabajo indefinido y a tiempo completo
- Contratación: documento que acredite el CNAE de la empresa, si no consta en el contrato
- Contratación: nómina del mes del alta y/o de los meses transcurridos hasta la solicitud
- Contratación, solo si se opone a la consulta de datos: modelo oficial de alta en la Seguridad Social e informe de vida laboral de la trabajadora
- Autónoma: informe del cálculo de la cuota a la Seguridad Social de los 12 meses siguientes al alta (Orden PJC/297/2026, con reducciones y bonificaciones)
- Autónoma, solo si se opone a la consulta de datos: resolución de alta en el RETA, certificado de empadronamiento en Castilla y León e informe de vida laboral que acredite que no estuvo de alta por cuenta propia en los 12 meses anteriores
Qué obliga a hacer
- Mantener dos años, sin interrupciones, el alta de la trabajadora contratada (en un centro de trabajo de Castilla y León) o el alta propia en el RETA, en un sector con menos del 40 % de mujeres
- No incluir a la trabajadora en un ERTE de suspensión o de reducción de jornada (salvo reducción pedida por ella) durante los 24 meses de mantenimiento: es incumplimiento total
- En los 3 meses siguientes a cumplirse 12 meses del alta, presentar el informe de tasas y cuotas ingresadas que acredite lo pagado a la Seguridad Social en esos 12 meses
- En los 3 meses siguientes a cumplirse 24 meses del alta, acreditar que se mantiene el alta (con el informe de vida laboral si se opone a la consulta)
- Comunicar a la Dirección General de la Mujer e Igualdad de Oportunidades cualquier cambio en las condiciones de la concesión
- Seguir al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, conservar los justificantes y someterse a las comprobaciones y controles
- Dar publicidad a la ayuda según el artículo 18.4 de la Ley 38/2003
- Reintegro total si no se mantiene el alta 24 meses o no se justifica el mantenimiento; reintegro parcial si la trabajadora causa baja voluntaria o por causa no imputable a la empresa
Documentos oficiales
- Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la resolución de 16 de octubre de 2026, de la Vicepresidencia Segunda de la Junta de Castilla y León por la que se convocan subvenciones para fomentar el emprendimiento y la contratación de mujeres jóvenes entre 18 y 30 años en los ámbitos laborales en los que exista infrarrepresentación femenina.
- Documento de la convocatoria en español · RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA empleo Mujer Joven.pdf
- Bases reguladoras: ORDEN FAM/447/2024, de 15 de mayo, por la que se aprueban las BBRR de la concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento y la contratación de mujeres jóvenes entre 18 y 30 años en ámbitos laborales en los que exista infrarrepresentación femenina
- Convocatoria 936351 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
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Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.