Inversión para crear o modernizar negocios en la provincia de Soria, salvo la capital (Plan Soria 2026)

Diputación Provincial de Soria · Provincia de Soria

Plazo
Hasta el 30 de noviembre de 2026
Cuánto
Hasta 7.000 €
Tipo
Subvención

Subvención del 35 % de las inversiones en activos fijos (obras, naves y locales, maquinaria, equipos, mobiliario, software) y de los gastos de constitución para poner en marcha, mejorar o ampliar un negocio con centro de trabajo en la provincia de Soria, salvo la capital; solo cuentan los primeros 20.000 € de inversión (hasta 7.000 € de ayuda) y la inversión mínima es de 4.000 € con IVA. Pueden pedirla autónomos y empresas privadas de cualquier forma jurídica y tamaño, incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles, salvo las actividades agrarias y pesqueras del Anexo I del TFUE. Se concede en concurrencia competitiva hasta agotar 135.000 € (puntúan más los pueblos pequeños, las empresas de hasta 10 trabajadores y los negocios nuevos); se pide hasta el 30 de noviembre de 2026 y la inversión tiene que hacerse entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de marzo de 2027.

Quién puede pedirla

Personas físicas y jurídicas privadas, incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles (no las Administraciones Públicas), con centro de trabajo en cualquier localidad de la provincia de Soria salvo la capital, tengan donde tengan el domicilio fiscal, que inviertan entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de marzo de 2027. Quedan fuera las actividades de los sectores del Anexo I del TFUE y los servicios a terceros relacionados con ellas

«las personas físicas o jurídicas -incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles- (excluidas las Administraciones Públicas) con independencia del domicilio fiscal del solicitante, cuyo centro de trabajo esté ubicado en cualquier localidad de la provincia de Soria, excluida la capital»

CERTIFICADO JUNTA DE GOBIERNO APROBACION BASES DE LA CONVOCATORIA · CERTIFICADO … · pág. 2

Requisitos

De la empresa

  • No ser una Administración Pública: pueden pedirla personas físicas y entidades privadas, incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles

    «sociedades civiles- (excluidas las Administraciones Públicas)»

    Texto en castellano de la convocatoria · BASES FIRMADAS.pdf · pág. 2
  • Tener el centro de trabajo en una localidad de la provincia de Soria que no sea la capital; el domicilio fiscal puede estar en cualquier sitio

    «con independencia del domicilio fiscal del solicitante, cuyo centro de trabajo esté ubicado en cualquier localidad de la provincia de Soria, excluida la capital»

    Texto en castellano de la convocatoria · BASES FIRMADAS.pdf · pág. 2
  • No ejercer actividades de los sectores del Anexo I del TFUE. La regla solo descarta lo que seguro está dentro: agricultura, ganadería, pesca y acuicultura (CNAE-2009 01.1 a 01.5 y 03)

    «Quedan excluidas de la presente convocatoria las actividades recogidas en alguno de los sectores incluidos en el ANEXO I del TFUE»

    Texto en castellano de la convocatoria · BASES FIRMADAS.pdf · pág. 2
  • No prestar servicios a terceros relacionados con las actividades del Anexo I del TFUE. La regla descarta los servicios agrícolas y ganaderos y la preparación poscosecha (CNAE-2009 01.6)

    «Quedan igualmente excluidas las actividades de prestación de servicios a terceros relacionados con las actividades incluidas en el Anexo I del TFUE.»

    Texto en castellano de la convocatoria · BASES FIRMADAS.pdf · pág. 2
  • Fuera de la agricultura, la ganadería y la pesca, la exclusión del Anexo I del TFUE puede alcanzar a la transformación de productos agrarios o pesqueros (cárnicas, queserías, bodegas, almazaras…), la caza, la recogida de setas y trufas silvestres y otros servicios ligados a esas actividades: hay que comprobarlo

    «las actividades recogidas en alguno de los sectores incluidos en el ANEXO I del TFUE que puede consultarse en el siguiente enlace»

    CERTIFICADO JUNTA DE GOBIERNO APROBACION BASES DE LA CONVOCATORIA · CERTIFICADO … · pág. 2
  • No ser administrador de una persona jurídica que también pida esta subvención para actividades del mismo grupo de la CNAE

    «No podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria los administradores de las personas jurídicas que soliciten subvención, siempre que lo sea para actividades del mismo Grupo de CNAE.»

    Texto en castellano de la convocatoria · BASES FIRMADAS.pdf · pág. 2
  • No estar en los supuestos de la Ley 3/2015, de altos cargos de la Administración General del Estado, ni de la Ley 53/1984, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas

    «No podrán acogerse a esta convocatoria aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984»

    Texto en castellano de la convocatoria · BASES FIRMADAS.pdf · pág. 2
  • No ocupar ninguno de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, en los términos de esa ley o de la normativa autonómica

    «o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.»

    Texto en castellano de la convocatoria · BASES FIRMADAS.pdf · pág. 2
  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social cuando se formule el informe-propuesta de resolución

    «El cumplimiento de los requisitos de estar al corriente de obligaciones tributarias, de Seguridad Social y de Diputación de Soria, se deberá cumplir en el momento de formulación de informe-propuesta de resolución de concesión»

    Texto en castellano de la convocatoria · BASES FIRMADAS.pdf · pág. 2
  • Estar al corriente de pago con la Diputación de Soria y sus entes dependientes, cuando se formule la propuesta de resolución (convocatoria, base tercera, y Ordenanza general, 15ª). La Ordenanza (8ª) excluye también a quien tenga deudas en vía de apremio con la Diputación o con el Patronato para el Desarrollo Integral de la Provincia de Soria

    «Los beneficiarios tendrán que estar al corriente de sus obligaciones pecuniarias de cualquier clase con la Diputación Provincial de Soria o entes dependientes de la misma.»

    Bases reguladoras: Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones … · pág. 5
  • No tener pendientes de justificar, con el plazo ya vencido, subvenciones recibidas en el ejercicio anterior (Ordenanza general, 8ª)

    «No podrán otorgarse subvenciones a particulares o entidades que habiendo recibido subvenciones durante el ejercicio económico anterior tengan pendiente de justificar las mismas una vez transcurrido el plazo establecido al efecto.»

    Bases reguladoras: Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones … · pág. 3
  • Si es asociación o fundación, estar inscrita en su registro oficial (Ordenanza general, 15ª)

    «Las asociaciones y fundaciones para poder ser beneficiarias de subvenciones tendrán que estar inscritas en el correspondiente registro oficial.»

    Bases reguladoras: Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones … · pág. 5

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

35 % de la inversión subvencionable. Solo cuentan los primeros 20.000 € de inversión, así que la ayuda máxima es de 7.000 € por solicitud (cálculo propio). La inversión total tiene que ser de al menos 4.000 € con IVA

«La ayuda consistirá en una subvención del 35% de la inversión subvencionable»

Texto en castellano de la convocatoria · BASES FIRMADAS.pdf · pág. 4
Presupuesto total
135.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Incompatible con cualquier otra ayuda o subvención de entidades públicas o privadas (la base no lo limita a la misma finalidad)

Qué financia

  • Poner en marcha nuevas actividades empresariales (proyectos de nueva creación)
  • Modernizar, mejorar o ampliar negocios que ya funcionan (remodelación o ampliación de la capacidad productiva)
  • Inversiones en activos fijos materiales e inmateriales y gastos de constitución necesarios para el proyecto

Gastos que cubre

  • Edificación y obra civil
  • Compra de edificios, naves y otras construcciones (las naves y los locales comerciales pueden ser de segunda mano)
  • Bienes de equipo nuevos: maquinaria de procesos, elementos de transporte interior y exterior (el exterior solo si se usa de forma exclusiva para la actividad; en el sector del transporte no valen los activos móviles), mobiliario, medidas de protección del medio ambiente y de prevención de riesgos laborales y equipos informáticos
  • Bienes de equipo para suministros de agua, gas, electricidad, residuos y otros ligados al proyecto
  • Trabajos de planificación, ingeniería, dirección facultativa y adecuación medioambiental y urbanística
  • Otras inversiones en activos fijos
  • Activos inmateriales: licencias de software asociadas a la actividad, usadas solo en los activos de la empresa beneficiaria y amortizables
  • Gastos de constitución, según el Plan General de Contabilidad de Pymes (RD 1515/2007)

Plazo

Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Soria (30 de octubre de 2026): del 31 de octubre al 30 de noviembre de 2026

«El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P. de Soria»

EXTRACTO CONVOCATORIA BOP · EXTRACTO BOP CONVOCATORIA.pdf · pág. 3

Cómo se pide

Por cualquiera de los medios de la Ley 39/2015, dirigida al Departamento de Reto Demográfico y Fondos Europeos de la Diputación Provincial de Soria; sede electrónica: https://portaltramitador.dipsoria.es/web/inicioWebc.do?opcion=noreg. Solo las personas físicas pueden recibir las comunicaciones por correo postal; el resto, únicamente por medios electrónicos. Los modelos y las bases están en https://www.dipsoria.es/la-diputacion/subvenciones

  • Anexo I (solicitud), con la declaración de otras ayudas obtenidas o pedidas para el mismo proyecto y la autorización a la Diputación para pedir certificados a otras administraciones
  • Anexo II (inversión): dirección de la actividad, importe sin IVA, tipo de proyecto (remodelación o nueva creación), CNAE, epígrafe del IAE y memoria de la inversión
  • Copia del CIF de la empresa
  • Si es persona jurídica, poder del representante y estatutos de la sociedad
  • Declaración responsable de las ayudas y subvenciones que cofinancian la actividad (importe, procedencia y aplicación)
  • Memoria técnico-económica con la situación del proyecto y las inversiones realizadas
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
  • Informe de plantilla media de todos los códigos de cuenta de cotización desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de la solicitud
  • Si el domicilio fiscal está fuera de la provincia de Soria o en Soria capital: la comunicación de apertura del centro de trabajo presentada ante la Junta de Castilla y León, o la licencia o comunicación ambiental del ayuntamiento donde se ejerce la actividad

Qué obliga a hacer

  • Cumplir las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y someterse al control financiero de la Intervención de la Diputación
  • Ejecutar, facturar y pagar toda la inversión entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de marzo de 2027, sin pagos en efectivo con recibí
  • Pedir cualquier modificación antes del 31 de enero de 2027; no hay prórrogas más allá del 28 de febrero, salvo que la Junta de Castilla y León amplíe el plazo a la Diputación
  • Justificar hasta el 30 de abril de 2027 con el Anexo III (listado de facturas, también en hoja de cálculo), las facturas y los justificantes bancarios de pago, la declaración de otras ayudas y la memoria técnico-económica final
  • Si se compra un inmueble, aportar copia de la escritura; si hay obras, la certificación del técnico director y las facturas o la liquidación del contratista (Ordenanza general, 19ª)
  • La ayuda se paga después de justificar: hay que adelantar toda la inversión
  • Justificar fuera de plazo reduce la ayuda un 30 % (antes del requerimiento) o un 40 % (dentro del plazo del requerimiento); no justificar supone perderla
  • Si la inversión justificada es menor que la comprometida, la ayuda baja en proporción; por debajo del 60 % se pierde entera
  • Mantener en funcionamiento la inversión al menos cinco años desde su puesta en marcha
  • En bienes inscribibles en un registro público, hacer constar en la escritura la subvención y su importe e inscribirlo (art. 31.4 y 31.5 de la Ley 38/2003)
  • Comunicar a la Diputación cualquier cambio que afecte al beneficiario o a la titularidad del expediente (domicilio, titular…) y las ayudas que obtenga para el mismo fin
  • Mencionar en las publicaciones, webs y difusión del proyecto que la Diputación de Soria y la Junta de Castilla y León lo han subvencionado con el Plan Soria, con la imagen de ambas instituciones en lugar destacado
  • Pedirla supone aceptar la subvención: para rechazarla hay que renunciar expresamente en los 15 días hábiles siguientes a la notificación

Documentos oficiales

Más ayudas abiertas en Castilla y León

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.