Premios al mejor aceite de oliva virgen extra de Gran Canaria, campaña 2025/2026 (IX Concurso Insular del Cabildo)
Cabildo de Gran Canaria (Consejería de Sector Primario, Soberanía Alimentaria y Seguridad Hídrica) · Provincia de Las Palmas
- Plazo
- Hasta el 12 de noviembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 2.000 €
- Tipo
- Premio
Concurso del Cabildo de Gran Canaria que premia los mejores aceites de oliva virgen extra de la campaña 2025/2026 elaborados en la isla con aceituna de la isla: 2.000 € al primero, 500 € al segundo y 300 € al tercero (2.800 € en total), más una mención sin dinero a la mejor imagen y presentación. Pueden participar personas físicas o jurídicas que produzcan, elaboren o envasen aceite de oliva virgen extra en Gran Canaria, con registro sanitario (o su solicitud) y marca presente en el mercado, con hasta 2 muestras de lotes de al menos 100 litros. Se concede en concurrencia competitiva: cata ciega de un panel de al menos 8 expertos (prevista el 16 de diciembre de 2026) y fallo del tribunal, que puede declarar desiertos los premios. Plazo: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Las Palmas (30 de octubre de 2026) hasta el 12 de noviembre de 2026.
Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas que produzcan, elaboren o envasen aceite de oliva virgen extra en Gran Canaria con aceitunas recolectadas en la isla, inscritas (o con la inscripción solicitada) en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos o en el Registro Autonómico Sanitario de Comercio al por Menor (actividad «aceite», categoría «minorista elaborador»)
«Podrán inscribirse en el Concurso las personas físicas o jurídicas que produzcan, elaboren y/o envasen aceite de oliva virgen extra en Gran Canaria producida con aceitunas recolectadas en la Isla.»
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Sectores: industria agroalimentaria y agricultura, ganadería y forestal.
Requisitos
De la empresa
Ser persona física con actividad económica (autónomo) o persona jurídica; la convocatoria no prevé comunidades de bienes ni sociedades civiles
«Podrán inscribirse en el Concurso las personas físicas o jurídicas»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 2Producir, elaborar o envasar aceite de oliva virgen extra
«las personas físicas o jurídicas que produzcan, elaboren y/o envasen aceite de oliva virgen extra»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 2Producir, elaborar o envasar el aceite en Gran Canaria: tener la actividad (las instalaciones donde el Cabildo recoge las muestras) en uno de los 21 municipios de la isla
«que produzcan, elaboren y/o envasen aceite de oliva virgen extra en Gran Canaria»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 2Estar inscrito, o haber solicitado la inscripción, en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos o en el Registro Autonómico Sanitario de Comercio al por Menor (actividad «aceite», categoría «minorista elaborador»)
«El participante ha de hallarse debidamente inscrito o haber solicitado su inscripción, en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos o en el Registro Autonómico Sanitario de Comercio al por Menor en la actividad “aceite”, categoría “minorista elaborador”»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 3No estar en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
«No estar incurso en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 2Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, sin deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo con el Estado, la comunidad autónoma o la Administración local ni responsabilidades civiles por delito contra la Hacienda Pública pendientes de pago (salvo deudas aplazadas, fraccionadas o suspendidas)
«Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y no tener deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo con el Estado, Administración local y autonómica»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 3No haber recibido de ninguna Administración Pública ayudas o subvenciones con el mismo objeto que sean incompatibles con esta
«No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración Pública que resulten incompatibles con la que se solicita.»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 2No tener deudas con el Cabildo de Gran Canaria o sus organismos autónomos en procedimiento de cobro por vía de apremio
«No estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con el Cabildo de Gran Canaria o sus Organismos Autónomos.»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 2No tener subvenciones del Cabildo de Gran Canaria pendientes de justificar con el plazo de justificación ya vencido
«No tener subvenciones pendientes de justificar con el Cabildo de Gran Canaria una vez vencido el plazo establecido para dicha justificación.»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 2No tener pendiente de pago un reintegro, total o parcial, de subvenciones anteriores del Cabildo de Gran Canaria con resolución firme en vía administrativa
«No tener pendiente de reintegro, total o parcial, subvenciones concedidas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria, siempre que la resolución de reintegro sea firme en vía administrativa»
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Del proyecto o el gasto
El aceite tiene que ser virgen extra y cumplir el Reglamento (UE) 1308/2013, el Reglamento Delegado (UE) 2022/2104, el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2105 y la demás normativa del sector
«Los aceites han de cumplir con lo establecido en el Reglamento Europeo (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 3El aceite tiene que respetar los límites máximos de residuos de plaguicidas del Reglamento (CE) 396/2005 (las muestras se analizan)
«Han de cumplir con el Reglamento (CE) Nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de febrero de 2005, relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 3Los aceites presentados tienen que corresponder a marcas comerciales presentes en el mercado
«Los aceites presentados deberán corresponder a marcas comerciales presentes en el mercado»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 1Como máximo 2 muestras por participante, de lotes homogéneos distintos que se distingan claramente en su presentación comercial
«Cada participante podrá presentar un número máximo de 2 muestras, correspondientes a lotes homogéneos y distintos, siempre que se distingan claramente en su presentación comercial.»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 1Cada muestra tiene que proceder de un lote con al menos 100 litros en existencia, que el Cabildo comprueba al recoger la muestra
«Cada muestra de aceite que sea presentada a concurso debe provenir de un lote con una existencia mínima de 100 litros.»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 3El aceite tiene que haberse elaborado en Gran Canaria durante la campaña 2025/2026 con aceitunas recolectadas en la isla
«elaborados en Gran Canaria durante la campaña 2025/2026 a partir de aceitunas recolectadas en la Isla»
Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 1Para la mención «Mejor Imagen y Presentación»: no pueden optar quienes ya la ganaron en ediciones anteriores, salvo que la imagen y presentación del envase hayan cambiado notablemente
«No podrán optar a la mención a “MEJOR IMAGEN Y PRESENTACIÓN 2025/2026” los solicitantes ya distinguidos con esta mención en ediciones anteriores»
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Cuánto da
Tres premios en metálico: 2.000 € al primero («Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de Gran Canaria 2025/2026»), 500 € al segundo y 300 € al tercero; la mención «Mejor Imagen y Presentación» es solo una distinción. Los premios están sujetos a la normativa fiscal y tributaria, y el tribunal puede declarar el concurso desierto total o parcialmente
«1º premio “Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de Gran Canaria 2025/2026”: dos mil euros (2.000,00 €) b) 2º premio: quinientos euros (500,00 €) c) 3º premio: trescientos euros (300,00 €)»
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- Presupuesto total
- 2.800 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
Qué financia
- No financia gastos: premia la calidad de los aceites de oliva virgen extra de la campaña 2025/2026 producidos, elaborados y envasados en Gran Canaria
- Primer premio «Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de Gran Canaria 2025/2026» (2.000 €), segundo premio (500 €) y tercer premio (300 €)
- Mención «Mejor Imagen y Presentación», sin dinero, al mejor etiquetado y diseño de botella
- Uso gratuito del distintivo oficial del premio en el lote galardonado durante un año (hasta 500 distinciones que facilita el Cabildo)
- Informe con la valoración organoléptica de las muestras, que la secretaría del tribunal puede enviar a los participantes al terminar el concurso
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Las Palmas (publicado el 30 de octubre de 2026), es decir, desde el 31 de octubre, hasta el 12 de noviembre de 2026
«El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas hasta el día 12 de noviembre de 2026.»
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Cómo se pide
Preferentemente en la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com/es) o en otros registros electrónicos públicos (art. 2.1 de la Ley 39/2015). Las personas físicas también pueden presentarla en los registros desconcentrados o en el Registro General del Cabildo (C/ Pérez Galdós) o por los demás medios del art. 16 de la Ley 39/2015; las personas jurídicas y demás obligados del art. 14.2 de la Ley 39/2015 tienen que hacerlo por vía electrónica.
- Solicitud de inscripción en el modelo del anexo I, en un solo ejemplar, con la declaración responsable que incluye
- DNI, NIE o pasaporte del solicitante y del representante (no hace falta si se autoriza la consulta en la solicitud)
- Acreditación de la representación, si se presenta por medio de representante
- Tarjeta de identificación fiscal, en su caso
- Alta o modificación de terceros en el sistema contable del Cabildo, si no se está dado de alta o hay que cambiar datos (obligatoria si no se han actualizado los datos bancarios en formato IBAN)
- Documento que acredite la inscripción, o la solicitud de inscripción, en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos o en el Registro Autonómico Sanitario de Comercio al por Menor (actividad «aceite», categoría «minorista elaborador»)
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria estatal y la Agencia Tributaria Canaria, solo si no se autoriza su consulta
- Declaración de las ayudas o ingresos obtenidos para la misma actividad (punto 13 del anexo I), con el importe de los recibidos de entidades privadas o particulares para el mismo destino
- La lista del anexo I incluye además, si procede, los estatutos o la escritura de constitución y el acuerdo de solicitar la subvención
- Quien presentó solicitud en concursos anteriores no tiene que volver a aportar los documentos de identidad, representación, tarjeta fiscal y alta de terceros si no han cambiado y siguen en vigor
Qué obliga a hacer
- Permitir que el Servicio de Extensión Agraria recoja en sus instalaciones 5 muestras de 500 ml de cada lote presentado (del lote embotellado o del depósito) y compruebe las existencias
- Si gana un premio, vender al Cabildo hasta 10 botellas de 500 cc (o su equivalente en otro formato) al precio que fije la Corporación, para actividades de promoción
- Comunicar al Cabildo las nuevas ayudas que reciba para la misma finalidad y cualquier cambio en las circunstancias y requisitos tenidos en cuenta (declaración responsable del anexo I)
- Someterse a las actuaciones de comprobación de los órganos competentes y cumplir la normativa de medio ambiente, higiene y bienestar animal (declaración responsable del anexo I)
- Presentar la solicitud supone aceptar las normas de la convocatoria y autorizar al Cabildo a difundir sus datos profesionales en la promoción posterior al concurso y a enviarle información agraria por móvil o correo electrónico (de esto último se puede pedir la baja por escrito)
Documentos oficiales
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Hasta el 17 de noviembre de 2026Hasta 1.640,74 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.