Premios al mejor aceite de oliva virgen extra de Gran Canaria, campaña 2025/2026 (IX Concurso Insular del Cabildo)

Cabildo de Gran Canaria (Consejería de Sector Primario, Soberanía Alimentaria y Seguridad Hídrica) · Provincia de Las Palmas

Plazo
Hasta el 12 de noviembre de 2026
Cuánto
Hasta 2.000 €
Tipo
Premio

Concurso del Cabildo de Gran Canaria que premia los mejores aceites de oliva virgen extra de la campaña 2025/2026 elaborados en la isla con aceituna de la isla: 2.000 € al primero, 500 € al segundo y 300 € al tercero (2.800 € en total), más una mención sin dinero a la mejor imagen y presentación. Pueden participar personas físicas o jurídicas que produzcan, elaboren o envasen aceite de oliva virgen extra en Gran Canaria, con registro sanitario (o su solicitud) y marca presente en el mercado, con hasta 2 muestras de lotes de al menos 100 litros. Se concede en concurrencia competitiva: cata ciega de un panel de al menos 8 expertos (prevista el 16 de diciembre de 2026) y fallo del tribunal, que puede declarar desiertos los premios. Plazo: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Las Palmas (30 de octubre de 2026) hasta el 12 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas que produzcan, elaboren o envasen aceite de oliva virgen extra en Gran Canaria con aceitunas recolectadas en la isla, inscritas (o con la inscripción solicitada) en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos o en el Registro Autonómico Sanitario de Comercio al por Menor (actividad «aceite», categoría «minorista elaborador»)

«Podrán inscribirse en el Concurso las personas físicas o jurídicas que produzcan, elaboren y/o envasen aceite de oliva virgen extra en Gran Canaria producida con aceitunas recolectadas en la Isla.»

Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 2

Sectores: industria agroalimentaria y agricultura, ganadería y forestal.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Tres premios en metálico: 2.000 € al primero («Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de Gran Canaria 2025/2026»), 500 € al segundo y 300 € al tercero; la mención «Mejor Imagen y Presentación» es solo una distinción. Los premios están sujetos a la normativa fiscal y tributaria, y el tribunal puede declarar el concurso desierto total o parcialmente

«1º premio “Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de Gran Canaria 2025/2026”: dos mil euros (2.000,00 €) b) 2º premio: quinientos euros (500,00 €) c) 3º premio: trescientos euros (300,00 €)»

Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 2
Presupuesto total
2.800 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis

Qué financia

  • No financia gastos: premia la calidad de los aceites de oliva virgen extra de la campaña 2025/2026 producidos, elaborados y envasados en Gran Canaria
  • Primer premio «Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de Gran Canaria 2025/2026» (2.000 €), segundo premio (500 €) y tercer premio (300 €)
  • Mención «Mejor Imagen y Presentación», sin dinero, al mejor etiquetado y diseño de botella
  • Uso gratuito del distintivo oficial del premio en el lote galardonado durante un año (hasta 500 distinciones que facilita el Cabildo)
  • Informe con la valoración organoléptica de las muestras, que la secretaría del tribunal puede enviar a los participantes al terminar el concurso

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Las Palmas (publicado el 30 de octubre de 2026), es decir, desde el 31 de octubre, hasta el 12 de noviembre de 2026

«El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas hasta el día 12 de noviembre de 2026.»

Documento de la convocatoria en español · CONVOCATORIA CONCURSO ACEITE_definitiv… · pág. 4

Cómo se pide

Preferentemente en la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com/es) o en otros registros electrónicos públicos (art. 2.1 de la Ley 39/2015). Las personas físicas también pueden presentarla en los registros desconcentrados o en el Registro General del Cabildo (C/ Pérez Galdós) o por los demás medios del art. 16 de la Ley 39/2015; las personas jurídicas y demás obligados del art. 14.2 de la Ley 39/2015 tienen que hacerlo por vía electrónica.

  • Solicitud de inscripción en el modelo del anexo I, en un solo ejemplar, con la declaración responsable que incluye
  • DNI, NIE o pasaporte del solicitante y del representante (no hace falta si se autoriza la consulta en la solicitud)
  • Acreditación de la representación, si se presenta por medio de representante
  • Tarjeta de identificación fiscal, en su caso
  • Alta o modificación de terceros en el sistema contable del Cabildo, si no se está dado de alta o hay que cambiar datos (obligatoria si no se han actualizado los datos bancarios en formato IBAN)
  • Documento que acredite la inscripción, o la solicitud de inscripción, en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos o en el Registro Autonómico Sanitario de Comercio al por Menor (actividad «aceite», categoría «minorista elaborador»)
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria estatal y la Agencia Tributaria Canaria, solo si no se autoriza su consulta
  • Declaración de las ayudas o ingresos obtenidos para la misma actividad (punto 13 del anexo I), con el importe de los recibidos de entidades privadas o particulares para el mismo destino
  • La lista del anexo I incluye además, si procede, los estatutos o la escritura de constitución y el acuerdo de solicitar la subvención
  • Quien presentó solicitud en concursos anteriores no tiene que volver a aportar los documentos de identidad, representación, tarjeta fiscal y alta de terceros si no han cambiado y siguen en vigor

Qué obliga a hacer

  • Permitir que el Servicio de Extensión Agraria recoja en sus instalaciones 5 muestras de 500 ml de cada lote presentado (del lote embotellado o del depósito) y compruebe las existencias
  • Si gana un premio, vender al Cabildo hasta 10 botellas de 500 cc (o su equivalente en otro formato) al precio que fije la Corporación, para actividades de promoción
  • Comunicar al Cabildo las nuevas ayudas que reciba para la misma finalidad y cualquier cambio en las circunstancias y requisitos tenidos en cuenta (declaración responsable del anexo I)
  • Someterse a las actuaciones de comprobación de los órganos competentes y cumplir la normativa de medio ambiente, higiene y bienestar animal (declaración responsable del anexo I)
  • Presentar la solicitud supone aceptar las normas de la convocatoria y autorizar al Cabildo a difundir sus datos profesionales en la promoción posterior al concurso y a enviarle información agraria por móvil o correo electrónico (de esto último se puede pedir la baja por escrito)

Documentos oficiales

Más ayudas abiertas en Canarias

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.