Inversiones en transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura en Aragón 2027 (FEMPA)

Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria (Gobierno de Aragón) · Aragón

Plazo
Plazo en las bases
Cuánto
Hasta 700.000 €
Tipo
Subvención

Subvención de hasta el 50 % de la inversión (máximo 700.000 € por proyecto) para que pymes y autónomos que transforman o comercializan productos de la pesca y la acuicultura inviertan en Aragón en obras, maquinaria y equipos nuevos, software y laboratorio; la inversión mínima es de 100.000 € y hay que ejecutarla antes del 15 de septiembre de 2027. Se concede en concurrencia competitiva (hacen falta al menos 20 puntos sobre 100) con un crédito de 992.812,22 €, cofinanciado al 70 % por el FEMPA. Las solicitudes se presentan en los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOA, cuya fecha no consta en los documentos.

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas que sean micro, pequeñas o medianas empresas del sector pesquero o que transformen o comercialicen productos de la pesca y la acuicultura, responsables finales de una inversión en Aragón, con viabilidad económica acreditada y que cumplan las normas mínimas de medio ambiente, higiene y salud pública

«Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones contempladas en esta orden las personas físicas o jurídicas que sean responsables finales de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables»

Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3

Sectores: pesca y acuicultura, industria agroalimentaria y comercio.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Hasta el 50 % del gasto subvencionable, con un máximo de 700.000 € por proyecto; si tras baremar no hay bastantes proyectos por encima del corte y sobra crédito, el máximo pasa a ser el que permita agotarlo

«La cuantía máxima de subvención con cargo a esta convocatoria por proyecto totalmente operativo y delimitado no podrá superar 700.000 euros valorando los expedientes de forma individualizada por cada proyecto»

Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 6
Presupuesto total
992.812,22 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Compatible con otras ayudas públicas o privadas para la misma inversión si no están financiadas por otro fondo europeo y el total no supera el 50 % del gasto subvencionable; hay que comunicarlas

Qué financia

  • Inversiones que mejoren la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura
  • Eficiencia energética, reducción del impacto ambiental o movilidad sostenible en la distribución de productos de la pesca
  • Mejora de la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo
  • Economía circular: optimización de procesos, menos residuos y aprovechamiento de capturas no deseadas, descartes y subproductos
  • Transformación de productos de la acuicultura ecológica
  • Adaptación a la certificación de calidad (Reglamento (UE) 1151/2012) o ecológica (Reglamento (UE) 2018/848)
  • Nuevos o mejores productos y procesos, o sistemas de gestión perfeccionados de transformación, conservación y comercialización, incluidos proyectos piloto

Gastos que cubre

  • Construcción, ampliación, modernización o acondicionamiento de inmuebles necesarios para la actividad, si no han recibido otras subvenciones que supongan duplicidad
  • Compra de maquinaria, instalaciones y equipos nuevos (de primer uso)
  • Costes generales del proyecto (honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, asesoramiento en sostenibilidad y transformación digital, estudios de viabilidad), hasta el 8 %
  • Programas informáticos de producción y comercialización
  • Elementos de transporte interno que formen parte del proyecto
  • Equipos y mobiliario de laboratorio

Plazo

15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón (BOA); la fecha de publicación no consta en los documentos

«El plazo para la presentación de solicitudes de las subvenciones será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”»

Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 8

Cómo se pide

Solo por vía electrónica, en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/tramites), procedimiento 11837, con certificado electrónico o clave permanente

  • Solicitud en el modelo normalizado, con la declaración responsable incluida: no estar en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003, otras ayudas pedidas o recibidas para la misma finalidad, ausencia de sanciones por discriminación de género, cumplimiento de la normativa ambiental, de transparencia, laboral, de igualdad, LGTBI y de discapacidad, y veracidad de los datos
  • Proyecto técnico visado o memoria valorada visada (cuando proceda), impreso de inversión normalizado y presupuesto detallado con unidades de obra, precios unitarios, maquinaria y equipos
  • Ofertas, presupuestos o facturas proforma de las inversiones (al menos tres de proveedores independientes por gasto) con la prueba de su petición, relacionadas en el modelo del Departamento e indicando la elegida
  • Memoria justificativa de la elección de ofertas firmada por personal técnico competente externo
  • Declaración responsable o documentación que acredite el cumplimiento de la normativa ambiental, o justificación de que no procede
  • Impuesto de Sociedades de los tres últimos ejercicios presentados
  • Licencias de obras y de actividad, o justificante de haberlas pedido, y justificación de la disponibilidad y la calificación urbanística del suelo
  • Memoria descriptiva del cumplimiento de cada criterio de selección del anexo II, con su documentación justificativa
  • Si pertenece a un grupo empresarial, declaración de empresas matrices y filiales (modelo del Departamento)
  • Declaración de la condición de pyme o, en su caso, declaración responsable de persona física (modelo del Departamento)
  • Documentación que justifique la financiación de la inversión (póliza de préstamo o certificado bancario, escritura de ampliación de capital, acuerdo de la junta de socios…)
  • Informe de plantilla media de la Tesorería General de la Seguridad Social de los tres últimos ejercicios cerrados
  • Personas jurídicas: documentos de personalidad jurídica y estatutos actualizados, acuerdo del órgano competente para pedir la subvención y acreditación de la representación (si no los tiene ya la Administración)
  • Si se compran locales, declaración de las subvenciones concedidas al edificio en los diez últimos años
  • Anexo III para indicar documentos ya presentados ante la Administración en los últimos cuatro años
  • Declaraciones responsables que añaden las bases (art. 19): autorizaciones preceptivas o estar en disposición de obtenerlas, cesión y tratamiento de datos y ajuste a los artículos 26 y siguientes del Reglamento (UE) 2021/1139

Qué obliga a hacer

  • Ejecutar la inversión por sí misma, desde la presentación de la solicitud (con acta de no inicio) hasta el 15 de septiembre de 2027, y dejarla totalmente operativa
  • Justificar entre el 1 de enero y el 15 de septiembre de 2027 con cuenta justificativa (facturas y pagos, certificación final de obras e instalaciones y, si se compran inmuebles, certificado de tasador independiente); no se admiten pagos en efectivo
  • Pagar los gastos subvencionables en los plazos de la Ley 3/2004 de morosidad (o de la normativa sectorial aplicable)
  • Justificar al menos el 50 % de la inversión aprobada; si no, se pierde la ayuda y se puede quedar sin poder concurrir a las dos convocatorias siguientes
  • Tener las licencias de obras y de actividad concedidas antes de pedir el pago, y las concesiones y licencias necesarias al cobrar el pago final
  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no ser deudora por reintegro al cobrar (las deudas con la Hacienda de Aragón menores que la ayuda se compensan)
  • Mantener los bienes subvencionados en la actividad al menos cinco años desde el pago final (o su vida útil, si es menor) y no transmitirlos sin autorización
  • Llevar contabilidad separada o un código contable para todas las operaciones del proyecto
  • Comunicar otras ayudas para la misma actuación y cualquier modificación en el plazo de un mes; las modificaciones sustanciales (cambio de ubicación o de conceptos de inversión) necesitan autorización previa y solo se admite una, pedida dos meses antes de la solicitud de pago
  • Dar publicidad a la financiación de la UE: mención en documentos y materiales de comunicación y placa o valla con el emblema de la UE si el coste total supera 100.000 € (si no, cartel A3 o pantalla)
  • Someterse al control financiero y a las inspecciones, facilitar la información que pidan las administraciones autonómica, estatal y europea y conservar los justificantes
  • Cumplir la legislación medioambiental, de transparencia, laboral, de igualdad, de derechos LGTBI y de discapacidad y empleo inclusivo
  • Si se pide un anticipo (hasta el 50 % de la ayuda), constituir una garantía por el 100 % del importe anticipado en la Caja General de Depósitos de Aragón

Documentos oficiales

Más ayudas abiertas en Aragón

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.