Inversiones en transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura en Aragón 2027 (FEMPA)
Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria (Gobierno de Aragón) · Aragón
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Hasta 700.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención de hasta el 50 % de la inversión (máximo 700.000 € por proyecto) para que pymes y autónomos que transforman o comercializan productos de la pesca y la acuicultura inviertan en Aragón en obras, maquinaria y equipos nuevos, software y laboratorio; la inversión mínima es de 100.000 € y hay que ejecutarla antes del 15 de septiembre de 2027. Se concede en concurrencia competitiva (hacen falta al menos 20 puntos sobre 100) con un crédito de 992.812,22 €, cofinanciado al 70 % por el FEMPA. Las solicitudes se presentan en los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOA, cuya fecha no consta en los documentos.
Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas que sean micro, pequeñas o medianas empresas del sector pesquero o que transformen o comercialicen productos de la pesca y la acuicultura, responsables finales de una inversión en Aragón, con viabilidad económica acreditada y que cumplan las normas mínimas de medio ambiente, higiene y salud pública
«Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones contempladas en esta orden las personas físicas o jurídicas que sean responsables finales de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3
Sectores: pesca y acuicultura, industria agroalimentaria y comercio.
Requisitos
De la empresa
Ser microempresa, pequeña o mediana empresa (Recomendación 2003/361/CE)
«Las empresas beneficiarias deberán ser microempresas, pequeñas y medianas»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3Hacer la inversión en Aragón, en la industria o el establecimiento de transformación o comercialización situado allí
«cuya inversión se realice dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3Ser una empresa del sector pesquero o un operador que transforma o comercializa productos pesqueros y acuícolas
«realizados en empresas del sector pesquero u operadores que realizan la comercialización o transformación de productos pesqueros y acuícolas»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3Acreditar la viabilidad económica de la empresa
«que acrediten la viabilidad económica de la empresa»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3Cumplir las normas mínimas de medio ambiente, higiene y salud pública
«el cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y salud pública»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3No estar en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, incluidas las sanciones o condenas firmes que lleven consigo la prohibición de recibir subvenciones
«No podrán ser personas beneficiarias aquellas que estén incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (las deudas con la Hacienda de Aragón no lo impiden si son menores que la subvención)
«entre las que figuran no estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3No haber cometido infracciones graves de la política pesquera común
«ni aquellas que hayan cometido infracciones graves de la política pesquera común»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3Si la subvención supera 30.000 € y el solicitante tiene ánimo de lucro, acreditar que cumple los plazos de pago de la normativa de morosidad
«En el caso de subvenciones de importe superior a 30.000 euros, quedarán excluidas de la condición de beneficiarias aquellas personas físicas y jurídicas con ánimo de lucro que no acrediten el cumplimiento de los plazos establecidos en la normativa de morosidad.»
Bases reguladoras: Orden AGA/1394/2024, de 12 de noviembre, por la que se aprueb… · pág. 7No haber sido nunca sancionado ni condenado por resolución o sentencia firme por actos u omisiones discriminatorios por razón de género
«No haber sido nunca objeto de sanción administrativa firme ni de sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 9Cumplir la legislación de transparencia y no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre mujeres y hombres, de derechos de las personas LGTBI ni de derechos de las personas con discapacidad y empleo inclusivo
«Cumplir con la legislación de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 9No tener una resolución que le impida concurrir por haber justificado menos del 50 % de la inversión aprobada, o no haberla dejado operativa, en una de las dos convocatorias anteriores
«podrá acordar la imposibilidad de concurrir en las dos convocatorias siguientes»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 18
Del proyecto o el gasto
La inversión total del proyecto tiene que ser de al menos 100.000 €
«No se admitirán proyectos que supongan una inversión total inferior a 100.000 euros.»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 6Cada concepto de gasto (factura proforma) tiene que ser de al menos 2.000 € por proveedor y encuadrarse en Obra Civil, Instalaciones o Gastos Generales
«El importe mínimo admitido para cada concepto de gasto (factura proforma) solicitado, será de 2.000,00 euros por proveedor»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 4Las obras e inversiones no pueden empezar antes de presentar la solicitud (se levanta acta de no inicio). Solo se admiten gastos previos de los 12 meses anteriores en honorarios técnicos, estudios, patentes, licencias, permisos y seguros de construcción, y en acopio de materiales y compra de maquinaria sin montar
«Las iniciadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de la subvención con las excepciones previstas en el apartado 8 del anexo I de esta orden.»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 5No se subvencionan las inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria
«Las que consistan en inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria.»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 5La maquinaria, las instalaciones y los equipos tienen que ser nuevos (de primer uso); los de segunda mano no se subvencionan
«La adquisición de maquinaria, instalaciones y equipos de primer uso.»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 4Para cada gasto hay que pedir al menos tres ofertas de proveedores distintos, independientes entre sí y del solicitante, antes de contratar (salvo que no haya bastantes proveedores en el mercado), y justificar la elección con una memoria firmada por un técnico externo
«la persona solicitante deberá aportar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación de la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 5La inversión se ejecuta desde la presentación de la solicitud, con acta de no inicio, hasta el 15 de septiembre de 2027
«El plazo para el inicio de la ejecución comenzará el día de presentación de la solicitud de la subvención dentro del plazo establecido, siendo además necesario que se levante la correspondiente acta de no inicio de la inversión, y finalizará el día 15 de septiembre de 2027»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 16El proyecto tiene que ofrecer garantía suficiente de viabilidad técnica y económica, que se comprueba con informes técnicos
«debiendo ofrecer garantía suficiente de viabilidad técnica y económica del proyecto que se comprobará con los respectivos informes técnicos de viabilidad»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 3Hay que justificar la disponibilidad del suelo y que su calificación urbanística es compatible con el proyecto; las licencias de obras y de actividad tienen que estar concedidas antes de pedir el pago
«Se deberá justificar la disponibilidad y la calificación urbanística del suelo y que sea compatible con el proyecto presentado.»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 9Si el proyecto está afectado por la Ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, tiene que someterse a evaluación de impacto ambiental o a autorización ambiental integrada
«que estén afectados por la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, deberán someterse a las exigencias establecidas en la misma»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 9En la comercialización, las obras en inmuebles solo se subvencionan si el inmueble se usa exclusivamente para el comercio al por mayor
«no serán subvencionables las obras de ampliación, modernización o acondicionamiento de bienes inmuebles, cuando los mismos no sean exclusivamente utilizados en el comercio al por mayor»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 21No se subvencionan, entre otros (anexo I): compra de terrenos, gastos de constitución, IVA recuperable, alquiler de equipos y leasing (salvo compromiso de compra antes del 31/12/2027), mobiliario de oficina, material amortizable en un año, tinas, cajas y palés, mano de obra propia, reparaciones y mantenimiento, obras no vinculadas al proyecto (viviendas, comedores, jardinería), inversiones contabilizadas como gasto, lo que supere los precios de referencia y los vehículos, salvo los de transporte especiales y carrozados para productos de la pesca (máximo 40 % de la inversión)
«Gastos destinados a inversiones en transformación de productos de la pesca no subvencionables»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 21
Cuánto da
Hasta el 50 % del gasto subvencionable, con un máximo de 700.000 € por proyecto; si tras baremar no hay bastantes proyectos por encima del corte y sobra crédito, el máximo pasa a ser el que permita agotarlo
«La cuantía máxima de subvención con cargo a esta convocatoria por proyecto totalmente operativo y delimitado no podrá superar 700.000 euros valorando los expedientes de forma individualizada por cada proyecto»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 6
- Presupuesto total
- 992.812,22 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras ayudas públicas o privadas para la misma inversión si no están financiadas por otro fondo europeo y el total no supera el 50 % del gasto subvencionable; hay que comunicarlas
Qué financia
- Inversiones que mejoren la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura
- Eficiencia energética, reducción del impacto ambiental o movilidad sostenible en la distribución de productos de la pesca
- Mejora de la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo
- Economía circular: optimización de procesos, menos residuos y aprovechamiento de capturas no deseadas, descartes y subproductos
- Transformación de productos de la acuicultura ecológica
- Adaptación a la certificación de calidad (Reglamento (UE) 1151/2012) o ecológica (Reglamento (UE) 2018/848)
- Nuevos o mejores productos y procesos, o sistemas de gestión perfeccionados de transformación, conservación y comercialización, incluidos proyectos piloto
Gastos que cubre
- Construcción, ampliación, modernización o acondicionamiento de inmuebles necesarios para la actividad, si no han recibido otras subvenciones que supongan duplicidad
- Compra de maquinaria, instalaciones y equipos nuevos (de primer uso)
- Costes generales del proyecto (honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, asesoramiento en sostenibilidad y transformación digital, estudios de viabilidad), hasta el 8 %
- Programas informáticos de producción y comercialización
- Elementos de transporte interno que formen parte del proyecto
- Equipos y mobiliario de laboratorio
Plazo
15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón (BOA); la fecha de publicación no consta en los documentos
«El plazo para la presentación de solicitudes de las subvenciones será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”»
Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA T… · pág. 8
Cómo se pide
Solo por vía electrónica, en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/tramites), procedimiento 11837, con certificado electrónico o clave permanente
- Solicitud en el modelo normalizado, con la declaración responsable incluida: no estar en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003, otras ayudas pedidas o recibidas para la misma finalidad, ausencia de sanciones por discriminación de género, cumplimiento de la normativa ambiental, de transparencia, laboral, de igualdad, LGTBI y de discapacidad, y veracidad de los datos
- Proyecto técnico visado o memoria valorada visada (cuando proceda), impreso de inversión normalizado y presupuesto detallado con unidades de obra, precios unitarios, maquinaria y equipos
- Ofertas, presupuestos o facturas proforma de las inversiones (al menos tres de proveedores independientes por gasto) con la prueba de su petición, relacionadas en el modelo del Departamento e indicando la elegida
- Memoria justificativa de la elección de ofertas firmada por personal técnico competente externo
- Declaración responsable o documentación que acredite el cumplimiento de la normativa ambiental, o justificación de que no procede
- Impuesto de Sociedades de los tres últimos ejercicios presentados
- Licencias de obras y de actividad, o justificante de haberlas pedido, y justificación de la disponibilidad y la calificación urbanística del suelo
- Memoria descriptiva del cumplimiento de cada criterio de selección del anexo II, con su documentación justificativa
- Si pertenece a un grupo empresarial, declaración de empresas matrices y filiales (modelo del Departamento)
- Declaración de la condición de pyme o, en su caso, declaración responsable de persona física (modelo del Departamento)
- Documentación que justifique la financiación de la inversión (póliza de préstamo o certificado bancario, escritura de ampliación de capital, acuerdo de la junta de socios…)
- Informe de plantilla media de la Tesorería General de la Seguridad Social de los tres últimos ejercicios cerrados
- Personas jurídicas: documentos de personalidad jurídica y estatutos actualizados, acuerdo del órgano competente para pedir la subvención y acreditación de la representación (si no los tiene ya la Administración)
- Si se compran locales, declaración de las subvenciones concedidas al edificio en los diez últimos años
- Anexo III para indicar documentos ya presentados ante la Administración en los últimos cuatro años
- Declaraciones responsables que añaden las bases (art. 19): autorizaciones preceptivas o estar en disposición de obtenerlas, cesión y tratamiento de datos y ajuste a los artículos 26 y siguientes del Reglamento (UE) 2021/1139
Qué obliga a hacer
- Ejecutar la inversión por sí misma, desde la presentación de la solicitud (con acta de no inicio) hasta el 15 de septiembre de 2027, y dejarla totalmente operativa
- Justificar entre el 1 de enero y el 15 de septiembre de 2027 con cuenta justificativa (facturas y pagos, certificación final de obras e instalaciones y, si se compran inmuebles, certificado de tasador independiente); no se admiten pagos en efectivo
- Pagar los gastos subvencionables en los plazos de la Ley 3/2004 de morosidad (o de la normativa sectorial aplicable)
- Justificar al menos el 50 % de la inversión aprobada; si no, se pierde la ayuda y se puede quedar sin poder concurrir a las dos convocatorias siguientes
- Tener las licencias de obras y de actividad concedidas antes de pedir el pago, y las concesiones y licencias necesarias al cobrar el pago final
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no ser deudora por reintegro al cobrar (las deudas con la Hacienda de Aragón menores que la ayuda se compensan)
- Mantener los bienes subvencionados en la actividad al menos cinco años desde el pago final (o su vida útil, si es menor) y no transmitirlos sin autorización
- Llevar contabilidad separada o un código contable para todas las operaciones del proyecto
- Comunicar otras ayudas para la misma actuación y cualquier modificación en el plazo de un mes; las modificaciones sustanciales (cambio de ubicación o de conceptos de inversión) necesitan autorización previa y solo se admite una, pedida dos meses antes de la solicitud de pago
- Dar publicidad a la financiación de la UE: mención en documentos y materiales de comunicación y placa o valla con el emblema de la UE si el coste total supera 100.000 € (si no, cartel A3 o pantalla)
- Someterse al control financiero y a las inspecciones, facilitar la información que pidan las administraciones autonómica, estatal y europea y conservar los justificantes
- Cumplir la legislación medioambiental, de transparencia, laboral, de igualdad, de derechos LGTBI y de discapacidad y empleo inclusivo
- Si se pide un anticipo (hasta el 50 % de la ayuda), constituir una garantía por el 100 % del importe anticipado en la Caja General de Depósitos de Aragón
Documentos oficiales
- Documento de la convocatoria en español · CSVPC05KGI6LD110XFIL 14070 Orden AGA TRANSFORMACION_DE_LA_PESCA_2027.pdf
- Bases reguladoras: Orden AGA/1394/2024, de 12 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de transformación de productos de la pesca, para el periodo 2021-2027
- Convocatoria 939012 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
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Hasta el 24 de noviembre de 2026Hasta 650 €
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Ayuntamiento de Cariñena (Zaragoza) · Cariñena (Zaragoza)
Hasta el 9 de diciembre de 2026Hasta 1.500 €
Ayudas al pequeño comercio minorista de Teruel: programa Volveremos 2026
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Hasta el 31 de diciembre de 2026Hasta 20.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.