Compensación por pérdida de pastos en explotaciones ganaderas afectadas por incendios en Aragón 2026

Dirección General de Desarrollo Rural (Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Gobierno de Aragón) · Aragón

Plazo
Cierra mañana
Cuánto
Subvención
Tipo
Subvención

Subvención para compensar el sobrecoste de alimentación del ganado por la pérdida de superficies pastables en explotaciones de ovino, caprino, bovino y equino en extensivo o semiextensivo de Aragón afectadas por los incendios de junio, julio y agosto de 2026. Se dirige a titulares inscritos en el REGA con parcelas declaradas en la PAC 2026 y superficies de pastoreo dañadas en los municipios del anexo I. La cuantía se calcula según el método del anexo II (grado de afección, UGM y período) y se prorratea si se supera el crédito de 550.000 €. Concurrencia competitiva simplificada, con 10 días hábiles desde la publicación de la orden.

Quién puede pedirla

Titulares de explotaciones ganaderas de producción y reproducción de ovino, caprino, bovino y equino, en régimen extensivo o semiextensivo, radicadas en Aragón, inscritas en el REGA antes de la publicación de la orden y con superficies de pastoreo afectadas por los incendios en los municipios del anexo I

«Podrán ser personas beneficiarias de esta subvención las titulares de explotaciones»

Documento de la convocatoria en español · CSVKI2CGTH1LA1X0XFIL 14050 ORDEN SUBVE… · pág. 3

Sectores: agricultura, ganadería y forestal.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Cuantía individual determinada según el método del anexo II: grado de afección (superficie afectada ponderada / superficie pastable total) multiplicado por el período medio de permanencia del ganado en días y por el coste unitario diario de alimentación por UGM; si el total supera el crédito, se prorratea con un coeficiente reductor común. Límite de minimis: 50.000 € por beneficiario en tres ejercicios fiscales.

«La cuantía individual de la subvención se determinará de conformidad con el método de»

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Presupuesto total
550.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
Sí: como mucho 50.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatibles con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad de otras administraciones o entes públicos o privados, siempre que la suma no supere el valor del daño producido ni el límite de minimis; el beneficiario debe comunicar cualquier otra ayuda solicitada o concedida

Qué financia

  • El sobrecoste extraordinario de adquisición de alimentación para el ganado derivado de la pérdida de capacidad productiva de las superficies destinadas a alimentación a diente
  • La compensación de las pérdidas económicas de explotaciones ganaderas de producción y reproducción de ovino, caprino, bovino y equino en régimen extensivo o semiextensivo

Gastos que cubre

  • Alimentación adicional para el ganado adquirida en el mercado
  • Sobrecoste de alimentación calculado sobre la superficie pastable afectada (con coeficiente 0,5 para rastrojeras y producto 358), el período medio de permanencia del ganado y el coste unitario diario por UGM

Plazo

Diez días hábiles siguientes a la publicación de la orden: del 22 de octubre al 4 de noviembre de 2026 (calculado)

«El plazo de presentación de las solicitudes finalizará en los diez días hábiles siguientes a la»

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Cómo se pide

Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (https://www.aragon.es/tramites), procedimiento 11915, con certificado electrónico o clave permanente

  • Solicitud en el modelo normalizado de la sede electrónica (procedimiento 11915)
  • Estatutos de constitución de la sociedad, si es persona jurídica
  • Documento con el acuerdo del órgano correspondiente por el que se solicita la subvención
  • Documento que acredite la representación de quien suscribe la solicitud
  • Identificación del representante del ente sin personalidad jurídica y compromisos de ejecución de cada miembro
  • NIF de cada socio o cotitular, o autorización para consultar su identidad
  • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Declaración de ayudas de minimis percibidas en los dos ejercicios anteriores y en el ejercicio en curso
  • Declaración responsable de cumplimiento de la legislación de transparencia, laboral, de igualdad, LGTBI y discapacidad

Qué obliga a hacer

  • Mantener durante 1 año desde la concesión un censo de la explotación de al menos el 70 % del censo computado para la ayuda
  • Comunicar de inmediato al órgano concedente cualquier otra subvención, ayuda o ingreso solicitado, concedido o pagado para la misma finalidad
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control de la Intervención General y del órgano gestor y facilitar la información requerida
  • Cumplir las obligaciones de información, publicidad y transparencia derivadas de la concesión
  • Proceder al reintegro de las cantidades percibidas en caso de incumplimiento o sobrefinanciación

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Aragón

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.