Inversiones en comercio y hostelería en Cariñena 2026
Ayuntamiento de Cariñena (Zaragoza) · Cariñena (Zaragoza)
- Plazo
- Hasta el 9 de diciembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 1.500 €
- Tipo
- Subvención
El Ayuntamiento de Cariñena subvenciona hasta el 80 % (máximo 1.500 €) de las inversiones en locales comerciales y de hostelería del municipio que mejoren el medio ambiente o supongan rehabilitación, conservación o digitalización, realizadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. Se concede por concurrencia competitiva, con criterios de puntuación (eficiencia energética, antigüedad del negocio, accesibilidad, tienda online…), hasta agotar un crédito de 6.000 €. El plazo de solicitudes termina el 9 de diciembre de 2026.
Quién puede pedirla
Personas físicas mayores de edad y menores emancipados, personas jurídicas y otras entidades sin personalidad que no estén incursas en causa que impida ser beneficiario y estén al corriente de sus obligaciones tributarias (incluida la Hacienda Municipal) y con la Seguridad Social
«Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas mayores de edad y»
Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 20… · pág. 3
Sectores: comercio y hostelería y alojamiento.
Requisitos
De la empresa
Ser persona física (mayor de edad o menor emancipada), persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica
«Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas mayores de edad y»
Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 20… · pág. 3El local comercial o de hostelería objeto de la inversión está en el municipio de Cariñena
«noviembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2026 en el municipio de Cariñena, mediante»
Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 20… · pág. 3Estar al corriente de las obligaciones tributarias (incluida la Hacienda Municipal) y con la Seguridad Social
«de sus obligaciones tributarias, incluida la Hacienda Municipal, y con la Seguridad Social.»
Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 20… · pág. 3No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003
«incursas en causa que impida obtener la condición de beneficiario, según el artículo 13, párrafo»
Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 20… · pág. 3
Del proyecto o el gasto
La inversión debe realizarse en un local comercial o de hostelería y dirigirse a la mejora medioambiental, rehabilitación, conservación o digitalización
«Serán subvencionables las inversiones en locales comerciales y hostelería que»
Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 20… · pág. 3Las facturas de los gastos deben tener fecha entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
«tener fecha entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.»
Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 20… · pág. 8La subvención solicitada no puede superar el 80 % del presupuesto presentado en la memoria del proyecto
«solicita para el mismo, que no podrá exceder del 80% del presupuesto que se presente en la»
Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 20… · pág. 4
Cuánto da
Hasta el 80 % del presupuesto del proyecto, con un máximo de 1.500 € por beneficiario. Si las solicitudes con derecho a ayuda superan el crédito, se reparte proporcionalmente a los puntos obtenidos.
«Se podrá financiar hasta el 80% del proyecto subvencionable, hasta un máximo de»
Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 20… · pág. 3
- Presupuesto total
- 6.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras ayudas de entes públicos o privados para la misma actuación, siempre que la suma no supere el coste total de los conceptos subvencionados; hay que comunicar al Ayuntamiento las demás ayudas obtenidas
Qué financia
- Inversiones en locales comerciales y de hostelería que contribuyan a la mejora medioambiental
- Rehabilitación y conservación del local
- Digitalización del negocio (incluida la creación, renovación o desarrollo de tienda online)
- Renovación de iluminación de bajo consumo, aislamiento térmico y calefacción eficiente
- Sustitución de maquinaria por otra de mayor eficiencia energética
- Rehabilitación de fachadas, pintados y adecuación de espacios interiores
- Mejora de la accesibilidad al establecimiento
Gastos que cubre
- Facturas y justificantes de pago de la inversión, con fecha entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
- Facturas con todos sus elementos (razón social y NIF del emisor, fecha, desglose, IVA diferenciado, base imponible e importe total)
- IVA excluido cuando sea deducible o recuperable por el beneficiario
- Pago acreditado preferentemente mediante adeudo bancario; en metálico solo facturas inferiores a 100 € y hasta 300 € por subvención y beneficiario
Plazo
Desde la publicación de la convocatoria en el BOPZ (22 de octubre de 2026) hasta el 9 de diciembre de 2026, incluido
«El plazo de presentación de solicitudes será desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOPZ)»
Extracto (B.O.P. DE ZARAGOZA): ANUNCIO relativo a extracto del Decreto número 07…
Cómo se pide
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cariñena (https://carinena.sedelectronica.es/info.0), dirigida al Sr. Alcalde-Presidente; las personas físicas pueden presentarla también en el Registro General del Ayuntamiento o por los medios de la Ley 39/2015
- Modelo de solicitud (Anexo I), indicando importe del proyecto y subvención solicitada
- Acreditación de la representación legal y fotocopia del CIF/NIF; escritura, estatutos o documento de constitución inscritos cuando proceda
- Memoria explicativa del proyecto con calendario de ejecución, presupuesto total, financiación prevista y otros ingresos (Anexo II)
- Certificados de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria
- Certificado de la Agencia Tributaria de alta censal
- Declaración responsable de estar al corriente con la Hacienda Municipal y no incurrir en prohibiciones (Anexo III)
- Ficha de Terceros (Anexo IV)
- Relación de gastos subvencionables efectuados con facturas y justificantes de pago (Anexo V)
Qué obliga a hacer
- Realizar el proyecto que fundamenta la subvención y acreditarlo ante el Ayuntamiento de Cariñena
- Comunicar con antelación las fechas de realización del proyecto, si no constan en la solicitud o se modifican
- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad antes de la justificación
- Dar publicidad e informar de que la actividad está subvencionada por el Ayuntamiento de Cariñena
- Cumplir las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar en posesión de todos los permisos, licencias y autorizaciones municipales o de otro carácter necesarios para la instalación y funcionamiento
- Mantenerse al corriente de pagos con el Ayuntamiento, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social
- Presentar la justificación antes del 9 de diciembre de 2026: certificados de estar al corriente, memoria de la actividad, facturas y justificantes de pago, relación de ingresos y declaración del Anexo V
Documentos oficiales
- Extracto (B.O.P. DE ZARAGOZA): ANUNCIO relativo a extracto del Decreto número 0757, de 17 de octubre de 2026 por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a Inversiones en Comercio y Hostelería en el municipio de Cariñena, anualidad 2026.
- Documento de la convocatoria en español · 20261017_Resolución_Decreto_DECRETO 2026-0757 [05. Decreto aprobación bases ayudas comercio y hostelería 2026].pdf
- Convocatoria 935991 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
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