Ayuda de emergencia a agricultores de Galicia por el sobrecoste de fertilizantes y gasóleo 2026
FOGGA (Consellería de Medio Rural, Xunta de Galicia) · Galicia
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Hasta 6.010 €
- Tipo
- Subvención
Ayuda directa de emergencia que compensa a las explotaciones agrarias gallegas el sobrecoste de fertilizantes y gasóleo agrícola soportado desde el 1 de marzo de 2026 por la crisis de Oriente Próximo. Es para titulares de explotaciones situadas total o parcialmente en Galicia que presentaron en Galicia la Solicitud Única de la PAC 2026, con alta en el RETA y al menos un 25 % de ingresos agrarios en 2025, con reglas y excepciones según el tipo de titular. Se paga por hectárea de superficie agraria útil sin pastos (55,32 €/ha en secano o 145,51 €/ha en regadío, más 12 €/ha por gasóleo), entre 100 y 6.010 € por beneficiario. No hay solicitud: el Fogga publica una relación provisional de beneficiarios con sus importes y quienes figuren en ella deben comunicar la aceptación en la sede de la Xunta en 10 días hábiles desde la publicación de la resolución en el DOG (la fecha no consta en los documentos; la BDNS indica hasta el 12 de noviembre de 2026).
Quién puede pedirla
Personas físicas, sociedades y entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, herencias yacentes, sociedades civiles…) titulares de una explotación agraria situada total o parcialmente en Galicia que ejerzan la actividad agraria, hayan presentado en Galicia la Solicitud Única de la PAC 2026 y cumplan, según su tipo, el alta en el RETA y el mínimo del 25 % de ingresos agrarios en 2025. Las cooperativas agroalimentarias, de explotación comunitaria de la tierra y de trabajo asociado agropecuario, y las explotaciones de titularidad compartida inscritas, están exentas de estas dos últimas condiciones.
«Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que cumplan los siguientes requisitos comunes»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 7
Sectores: agricultura, ganadería y forestal.
Requisitos
De la empresa
Tener la explotación agraria situada, total o parcialmente, en Galicia
«Ser titulares de una explotación agraria situada total o parcialmente en la Comunidad Autónoma de Galicia.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 7Estar al corriente con la AEAT, la Seguridad Social y la Xunta de Galicia (se comprueba de oficio)
«Certificado de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria para solicitar ayudas y subvenciones. — Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 15Ser titular de una explotación agraria
«Ser titulares de una explotación agraria»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 7Ejercer la actividad agraria bajo su control efectivo (Real Decreto 1048/2022), obteniendo sus beneficios y asumiendo el riesgo empresarial
«Ejercer una actividad agraria bajo su control efectivo, de conformidad con lo estipulado en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, obtener los beneficios derivados de ella y asumir el riesgo empresarial correspondiente.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 7Haber presentado en Galicia la Solicitud Única de la PAC de la campaña 2026
«Haber presentado en Galicia la Solicitud Única de la Política Agrícola Común (PAC) correspondiente a la campaña 2026.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 7Alta en el RETA, con o sin SETA, en una actividad relacionada con el sector agroalimentario, efectiva al terminar el plazo de la Solicitud Única de la PAC 2026: la propia persona si es persona física, o al menos un comunero, socio o partícipe si es una comunidad de bienes, herencia yacente, sociedad civil u otra entidad sin personalidad jurídica. No se exige a las sociedades mercantiles que tributan por el impuesto sobre sociedades, ni a las cooperativas agroalimentarias, de explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado agropecuario, ni a las explotaciones de titularidad compartida inscritas (si están válidamente constituidas, inscritas cuando proceda y desarrollan efectivamente la actividad agraria).
«Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con una actividad relacionada con el sector agroalimentario, con incorporación o no al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA).»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 7Ingresos agrarios de al menos el 25 % de los ingresos totales en el período impositivo 2025 (según el IRPF en personas físicas; en sociedades mercantiles, los de actividades agrícolas y ganaderas según el modelo 200, y en las SAT solo los de su propia actividad agraria; en entidades sin personalidad jurídica basta con que lo cumpla un comunero, socio o partícipe). No se exige a quienes empezaron la actividad agraria en las campañas 2025 o 2026 (sin Solicitud Única en ninguna de las cinco campañas anteriores) ni a las cooperativas agrarias y titularidades compartidas exentas.
«Haber obtenido ingresos agrarios que representen, como mínimo, el 25 % de sus ingresos totales en el período impositivo 2025.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 7No haber creado artificialmente las condiciones exigidas para obtener la ayuda
«no haber creado artificialmente las condiciones exigidas para obtener la ayuda»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 7No estar inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas (se consulta de oficio)
«Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 15Figurar en la relación provisional de personas beneficiarias que publica el Fogga en su web: solo quienes estén en ella pueden aceptar la ayuda
«La relación provisional de las personas beneficiarias que podrán aceptar la ayuda estará disponible en la página web del Fogga»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 12
Del proyecto o el gasto
La ayuda se calcula solo sobre la superficie agraria útil de secano y de regadío declarada en la Solicitud Única de la PAC 2026: los pastos temporales y permanentes no cuentan
«Para el cálculo de la cuantía de la ayuda se tendrá en cuenta la superficie agraria útil de secano y de regadío de la explotación determinada en la campaña de la Solicitud Única de la PAC de 2026, excluida la correspondiente a los pastos temporales y permanentes.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 10No se concede si la ayuda calculada, una vez descontada la ayuda estatal y aplicados los límites, es inferior a 100 €
«No se concederán ayudas cuyo importe total, una vez efectuados los cálculos y aplicados, en su caso, los límites establecidos en este apartado, sea inferior a 100 euros.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 11Comprar fertilizantes y gasóleo agrícola a partir del 1 de marzo de 2026 para usarlos en 2026 y tener las facturas: al aceptar se declara que se tienen o se tendrán, y el Fogga puede pedirlas en los controles
«aporten las facturas u otros documentos justificativos de la adquisición de fertilizantes y de gasóleo agrícola correspondientes al período iniciado el 1 de marzo de 2026, destinados a su utilización en el año 2026.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 11
Cuánto da
Importe fijo por hectárea de superficie agraria útil declarada en la PAC 2026, sin pastos: 55,32 €/ha en secano o 145,51 €/ha en regadío por fertilizantes, más 12 €/ha por gasóleo agrícola. Mínimo 100 € y máximo 6.010 € por beneficiario. A quien cobró la ayuda estatal por fertilizantes (art. 50 del Real Decreto-ley 7/2026) solo se le paga la parte del sobrecoste que esta no cubrió, y si no llega el crédito los importes se reducen en proporción.
«En todo caso, el importe de la ayuda no podrá superar los 6.010 euros por persona beneficiaria.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 11
- Presupuesto total
- 3.652.583,30 €
- Cómo se concede
- Otro sistema: ver las bases
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras ayudas para lo mismo siempre que no se supere el 100 % del coste subvencionado. Para evitar la sobrecompensación se tienen en cuenta las ayudas de la UE, nacionales o privadas por las mismas pérdidas y, en especial, la ayuda estatal por fertilizantes del art. 50 del Real Decreto-ley 7/2026, que se descuenta. Hay que declarar las ayudas concedidas o solicitadas para el mismo fin.
Qué financia
- Compensación del sobrecoste de los fertilizantes soportado desde el 1 de marzo de 2026 por la crisis de Oriente Próximo: 55,32 €/ha de secano y 145,51 €/ha de regadío
- Compensación parcial del sobrecoste del gasóleo agrícola: 12 €/ha adicionales
Gastos que cubre
- Sobrecoste de los fertilizantes comprados desde el 1 de marzo de 2026 para usar en 2026 (se compensa con un importe fijo por hectárea, no sobre factura)
- Sobrecoste del gasóleo agrícola comprado desde el 1 de marzo de 2026 para usar en 2026 (12 €/ha)
Plazo
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para presentar la comunicación de aceptación (solo quienes figuren en la relación provisional del Fogga). Si el último día es inhábil, pasa al siguiente día hábil.
«El plazo de presentación de la comunicación de aceptación de la ayuda será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución ayuda crisis_CASTELLANO_firm… · pág. 13
Cómo se pide
No hay solicitud: quienes figuren en la relación provisional del Fogga (https://fogga.xunta.gal/gl/pac/resolucions-de-axudas/outras-axudas) presentan la comunicación de aceptación (anexo I, procedimiento MR243A) solo por vía electrónica en la sede de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), con certificado digital o Chave365
- Comunicación de aceptación en el formulario normalizado del anexo I, con el importe aceptado por fertilizantes y por gasóleo agrícola
- Declaración, en el mismo formulario, de que dispone o dispondrá de las facturas de compra de fertilizantes y gasóleo agrícola desde el 1 de marzo de 2026
- Declaración de las ayudas concedidas o solicitadas para el mismo fin
- Acreditación de la representación, si se actúa mediante representante
- Si se opone a la consulta de oficio, los documentos correspondientes (DNI/NIE o NIF, certificados de estar al corriente, alta en el RETA o el SETA, ingresos agrarios…)
Qué obliga a hacer
- Aportar las facturas u otros justificantes de compra de fertilizantes y gasóleo agrícola si el Fogga los pide en los controles; si no se aportan o el sobrecoste real es menor que el calculado, la ayuda puede reducirse o tener que reintegrarse
- Reintegrar la ayuda si se incumplen las condiciones de la concesión
- Facilitar la información que pidan la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas de Galicia
- Dar a la Administración, si la pide, la información necesaria para sus obligaciones de transparencia (Ley 1/2016)
- Hacer los trámites posteriores por vía electrónica (Carpeta ciudadana) y mantener la dirección electrónica habilitada única de Notifica.gal
Documentos oficiales
Guías para prepararla
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Plazo en las bases
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Plazo en las basesHasta 1.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.