Ayudas a la creación y establecimiento de nuevas empresas en Vila-seca 2026 (Línea 1)

Ayuntamiento de Vila-seca · Vila-seca (Tarragona)

Plazo
Plazo en las bases
Cuánto
Hasta 4.000 €
Tipo
Subvención

Subvención de 4.000 € por beneficiario para la creación y el establecimiento de una nueva actividad económica con domicilio social en Vila-seca, con límites por tipo de gasto (hasta el 60 % en adaptación de locales y hasta el 30 % en utillaje, material informático y telefonía y cuotas de la Seguridad Social). Va dirigida a personas físicas y jurídicas privadas, incluidas las sociedades, que hayan causado alta censal entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2026. Se concede por concurrencia no competitiva, por orden de presentación, hasta agotar un presupuesto de 10.000 € ampliable en 49.000 € más. El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPT y en E-Tauler.

Quién puede pedirla

Personas físicas y jurídicas de naturaleza privada que instalen una nueva actividad económica con domicilio social en el municipio de Vila-seca y dispongan de capacidad legal antes de presentar la solicitud

«Aquellas personas físicas y jurídicas, de naturaleza privada, que instalen una nueva actividad económica con domicilio social en el municipio de Vila-seca»

Documento de la convocatoria en español · 20260923_CONVOCATORIA EMPRENEDORIA + a… · pág. 3

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

4.000 € por beneficiario, con límites por tipo de gasto: hasta el 60 % en adaptación de locales y hasta el 30 % en utillaje, material informático y telefonía y cuotas de la Seguridad Social

«será por importe de 4.000 €, con los límites siguientes segundos el tipo de gasto a justificar»

Documento de la convocatoria en español · 20260923_CONVOCATORIA EMPRENEDORIA + a… · pág. 2
Presupuesto total
10.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Compatible con el resto de ayudas previstas para este mismo concepto por otras administraciones

Qué financia

  • Puesta en marcha y establecimiento de una nueva actividad económica en el municipio de Vila-seca
  • Gastos de adaptación del local, utillaje, material informático y telefonía y cuotas de la Seguridad Social
  • Gastos estrictamente necesarios para la actividad, pagados durante el primer año de actividad

Gastos que cubre

  • Adaptación de locales (hasta el 60 % del gasto justificado)
  • Utillaje relacionado con el tipo de actividad (hasta el 30 %)
  • Material informático y telefonía (hasta el 30 %)
  • Cuotas de la Seguridad Social (hasta el 30 %)
  • Gastos satisfechos a partir de la fecha de alta de la actividad y durante el primer año de actividad

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona y en E-Tauler, durante 15 días hábiles

«desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona y a E-Tablero y durante el plazo de 15 días hábiles»

Documento de la convocatoria en español · 20260923_CONVOCATORIA EMPRENEDORIA + a… · pág. 5

Cómo se pide

Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Vila-seca (c. de la Font, 1) o sede electrónica https://vila-seca.eadministracio.cat/dossier.1

  • Solicitud mediante modelo normalizado
  • Copia del NIF/DNI/NIE del titular de la actividad; en personas jurídicas, escrituras o estatutos
  • Certificado censal del IAE (expedido como máximo 15 días naturales antes de la solicitud)
  • Acreditación de nueva alta en el RETA o en mutualidad alternativa (modelo 036/037)
  • Vida laboral de la TGSS o certificado de alta en el sistema alternativo al RETA
  • Permisos y licencia municipal de apertura del local, si son necesarios
  • Memoria de actividad según el anexo de la convocatoria
  • Certificados de estar al corriente con la AEAT, la ATC y la TGSS
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria donde se abonará la subvención
  • Declaración responsable firmada incluida en la solicitud

Qué obliga a hacer

  • Justificar la subvención ante el órgano concedente en los dos meses siguientes a que transcurra un año desde el alta de la actividad, aportando facturas y justificantes de pago
  • No haber cesado definitivamente la actividad económica en el momento de la justificación
  • Aceptar por escrito la subvención en el plazo de 10 días (se presume con la presentación de la solicitud)
  • Permitir al Ayuntamiento de Vila-seca la difusión de las ayudas concedidas
  • Mantener el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social antes de la resolución y antes de cualquier pago
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control que correspondan

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Cataluña

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.