Gastos de hogar (IBI y comunidad) de viviendas destinadas a alquiler social en Valls 2026
Ayuntamiento de Valls · Valls (Tarragona)
- Plazo
- Hasta el 24 de noviembre de 2026
- Cuánto
- Hasta el 100 %
- Tipo
- Subvención
Subvención del Ayuntamiento de Valls que cubre el 100 % del recibo de la comunidad y del IBI del año anterior de viviendas vacías que sus propietarios o usufructuarios ponen en alquiler social a través de la Oficina Local de Vivienda. El importe final se limita según el precio del alquiler por m2, aplicando un porcentaje sobre el valor catastral (entre el 0,489 % y el 0,978 %). Se concede en régimen de concurrencia no competitiva: se atiende a todas las solicitudes que cumplen requisitos y, si no hay crédito suficiente, se prorratea la ayuda. Presupuesto de 13.877,10 € (ampliable) y plazo de 20 días hábiles desde la publicación en el BOPT.
Quién puede pedirla
Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Personas físicas o jurídicas propietarias o usufructuarias de una vivienda desocupada en Valls que la destinen a alquiler social: son sobre todo particulares, aunque una sociedad propietaria de un inmueble también puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas propietarias o usufructuarias de una vivienda desocupada en el término municipal de Valls que hayan firmado con la Oficina Local de Vivienda el convenio de incorporación a la Bolsa de Vivienda de Alquiler Social
«Pueden acogerse a esta convocatoria las personas físicas o jurídicas propietarias o usufructuarias de una vivienda desocupada en el término municipal de Valls que cumplan los siguientes requisitos»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2
El proyecto tiene que estar en Valls (Tarragona).
Requisitos
De la empresa
Ser propietario o usufructuario de una vivienda desocupada en el término municipal de Valls
«personas físicas o jurídicas propietarias o usufructuarias de una vivienda desocupada en el término municipal de Valls»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Valls
«Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Valls.»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2No ser un ente integrante del sector público (art. 2 de la Ley 40/2015)
«Sean un ente integrante del sector público, tal y como éstas se definen en el artículo 2 de la Ley 40/2015»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2No estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
«Incorran en un supuesto de prohibición legal de percibir subvenciones de los previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2Haber firmado con la Oficina Local de Vivienda el convenio de incorporación a la Bolsa de Vivienda de Alquiler Social por un periodo mínimo de 5 años
«Que hayan firmado con la OLH el correspondiente convenio, por un período mínimo de 5 años.»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2Haber firmado con la OLH el contrato de alquiler como mínimo 6 meses antes de la fecha de finalización del plazo de solicitudes
«Que hayan firmado con la OLH el contrato de alquiler, como mínimo, 6 meses antes de la fecha en la que finaliza la presentación de solicitudes de la presente convocatoria.»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2No ser una asociación con el procedimiento de inscripción suspendido por indicios racionales de ilicitud penal (art. 30.4 de la LO 1/2002)
«Sean asociaciones respecto de las cuales se haya suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2Respetar los derechos humanos y no incurrir con la actividad en su vulneración
«No respeten los derechos humanos o incurran con su actividad directa o indirectamente en su vulneración.»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2No ser gran tenedor de vivienda según la legislación vigente en el momento de la convocatoria
«No podrán acogerse a esta subvención los grandes tenedores, según la legislación vigente, en el momento de la convocatoria.»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 2
Del proyecto o el gasto
La vivienda debe quedar destinada a la Bolsa de Vivienda de Alquiler Social de la Oficina Local de Vivienda de Valls
«Han de quedar destinats a la Borsa d’Habitatge de Lloguer Social de l'Oficina Local d’Habitatge de Valls.»
Texto en otra lengua de la convocatoria · Certificat JGL_Subvenció.pdf · pág. 4La vivienda debe disponer de cédula de habitabilidad en el momento de presentar la solicitud
«Han de disposar, en el moment de presentar la sol·licitud, de la corresponent cèdula d’habitabilitat.»
Texto en otra lengua de la convocatoria · Certificat JGL_Subvenció.pdf · pág. 4La vivienda debe ser apta según las condiciones establecidas por la Bolsa de Vivienda de Alquiler Social
«Han de ser aptes d’acord amb les condicions establertes per la Borsa d’Habitatge de Lloguer Social.»
Texto en otra lengua de la convocatoria · Certificat JGL_Subvenció.pdf · pág. 4Solo se subvencionan el recibo de la comunidad y el IBI del año anterior al de la convocatoria
«Serán gastos subvencionables aquellos que se deriven de la propiedad de la vivienda: recibo de la comunidad o el impuesto de bienes inmuebles del año anterior a esta convocatoria.»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 1
Cuánto da
100 % de los gastos justificados, con un límite del 0,489 % del valor catastral si el alquiler supera 4,83 €/m2, del 0,7335 % si está entre 4,52 y 4,83 €/m2 y del 0,978 % si es inferior a 4,52 €/m2; sin importe máximo fijo por beneficiario
«El importe de la subvención será del 100% de los gastos justificados con los siguientes límites:»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 1
- Presupuesto total
- 13.877,10 €
- Cómo se concede
- Otro sistema: ver las bases
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado por los mismos gastos; se exige declaración responsable
Qué financia
- Recibo de la comunidad de propietarios del año anterior a la convocatoria
- Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del año anterior a la convocatoria
Gastos que cubre
- Recibo de la comunidad de propietarios del inmueble, del año anterior a la convocatoria
- Recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del año anterior a la convocatoria
Plazo
20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona
«El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona.»
Texto en castellano de la convocatoria · Acuerdo JGL de convocatòria.pdf · pág. 3
Cómo se pide
Sede electrónica del Ayuntamiento de Valls (obligatorio para personas jurídicas) o presencialmente en la Oficina Local de Vivienda, Pl. Sant Jordi, 4, de Valls
- DNI de la persona solicitante (o NIE, pasaporte o documento equivalente)
- Último recibo del año anterior al de la convocatoria
- Recibo de la comunidad y/o del Impuesto de Bienes Inmuebles del año anterior al de la convocatoria
- Declaración responsable de no haber solicitado o recibido de otras administraciones o entes ayudas por los mismos gastos
- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas con el Ayuntamiento de Valls
- Datos bancarios para el cobro de la subvención
- Declaración responsable de no ser un gran tenedor
- Recibos o facturas objeto de la subvención y acreditación de su pago (justificación)
Qué obliga a hacer
- Cumplir todas las condiciones establecidas en la convocatoria
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y la hacienda municipal
- Someterse a las actuaciones de control financiero que realice el Ayuntamiento
- Justificar los gastos aportando los recibos o facturas y la acreditación de su pago junto con la solicitud
- Comunicar la renuncia expresa en 10 días hábiles si no interesa la subvención concedida
Documentos oficiales
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Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.