Ayudas al sector primario de Oiartzun 2026 (inversiones, agua agraria, sanidad animal)
Ayuntamiento de Oiartzun · Oiartzun (Gipuzkoa)
- Plazo
- Hasta el 1 de diciembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 3.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención del Ayuntamiento de Oiartzun para proyectos del sector primario desarrollados en el municipio: inversiones y mejora de explotaciones, agua de uso agrario, gestión de animales muertos, adaptación a la emergencia climática, servicio veterinario y otras actuaciones. Cubre el 50 % del gasto (100 % en animales muertos, 75 % en agua), con un máximo de 3.000 € por explotación de Tipo 1 y 1.000 € para las de Tipo 2. Se concede en concurrencia competitiva, con un crédito total de 50.000 € y solicitudes hasta el 1 de diciembre de 2026.
Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias situadas en Oiartzun e inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa
«Con carácter general, las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 2
Sectores: agricultura, ganadería y forestal.
Requisitos
De la empresa
Tener la explotación en el municipio de Oiartzun
«Que la explotación esté en Oiartzun.»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 2Explotación inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa
«Que la explotación esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Gipuzkoa.»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 2Estar al corriente con la Hacienda Foral, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Oiartzun
«Estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Foral y la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Oiartzun»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 2Estar al corriente de las obligaciones de reintegro de subvenciones
«así como de las obligaciones de reintegro de subvenciones»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 2No estar incurso en ninguna de las situaciones de inhabilitación del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
«No encontrarse incurso en ninguna de las situaciones de inhabilitación a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 2En explotaciones de Tipo 1, el titular debe estar dado de alta en el Régimen Agrario de la Seguridad Social
«En el caso de explotaciones de Tipo 1, que el titular esté dado de alta en el Régimen Agrario de la Seguridad Social.»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 2La explotación cumple la normativa vigente de sanidad vegetal, identificación y sanidad animal, bienestar animal y medio ambiente
«Que la explotación cumpla con la normativa vigente en materia de sanidad vegetal, identificación y sanidad animal, bienestar animal y medio ambiente.»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 2Tener plan de igualdad vigente o no estar legalmente obligado a ello
«ez dagoela laguntza eta dirulaguntzetatik kanpo estatu-araudiaren arabera berdintasun-plan bat indarrean dutela edo legez behar ez dutelako»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 11Tener implantadas medidas de prevención del acoso sexual o por razón de sexo, o no estar legalmente obligado
«sexu-jazarpena edo sexuan oinarritutako jazarpena prebenitzeko edo haien aurka egiteko neurriak ezarri dituztela edo ez dituztela legez ezarri beharrik»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 11
Del proyecto o el gasto
Los gastos tienen que estar realizados entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026
«Se considerarán gastos subvencionables total o parcialmente los gastos realizados desde el 1 de enero hasta el 1 de diciembre de 2026.»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 2No son subvencionables el IVA ni otros impuestos, tasas o permisos, la compra de derechos de producción, animales y plantas anuales, las inversiones forestales, el mantenimiento de maquinaria, los gastos generales y financieros, los seguros ni la investigación, promoción de productos agrícolas o erradicación de enfermedades animales
«El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y en general cualquier impuesto, tasa o permiso pagado.»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 4
Cuánto da
50 % del gasto, con un máximo de 3.000 € por explotación de Tipo 1 y de 1.000 € para las de Tipo 2. Excepciones: gestión de animales muertos, 100 % hasta 3.000 €; agua de uso agrario, 75 % de la factura hasta 3.000 €; otras actuaciones, 50 % hasta 1.000 €. En inversiones, la ayuda se incrementa un 20 % (una sola vez) si el titular es mujer, menor de 41 años o la producción tiene certificado de calidad, denominación de origen o ecológico
«Cada explotación Tipo 1 recibirá una subvención máxima de 3.000 €.»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 4
- Presupuesto total
- 50.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones para el mismo fin de entidades públicas o privadas, sin que la suma supere el 100 % del coste de la actividad; si se obtienen otras fuentes de financiación hay que comunicarlo al Ayuntamiento
Qué financia
- Inversiones y mejora de explotaciones: construcción de naves, maquinaria y equipos agrícolas, instalaciones de horticultura y floricultura, honorarios técnicos, asesoramiento en innovación y relevo generacional, impulso de la producción ecológica
- Pago del coste del consumo de agua con fines agrarios
- Gestión de animales muertos
- Adaptación, prevención o protección frente a la emergencia climática (forraje y pienso, tomas de agua, cubiertas climáticas, tratamientos frente a plagas)
- Gastos del servicio veterinario
- Otras actuaciones: incorporación de las mujeres de Oiartzun al sector primario, recuperación de suelos agrarios abandonados o en riesgo de abandono y mejora de las condiciones laborales de los baserritarras
Gastos que cubre
- Construcción de edificios o naves de explotaciones agrícolas o ganaderas
- Adquisición de maquinaria y equipos agrícolas
- Instalaciones para horticultura y floricultura intensiva (túneles, invernaderos, riego, calefacción, mallas de sombreo, mesas de cultivo, entutorado) y mejoras tecnológicas en huertas al aire libre
- Honorarios de arquitectos e ingenieros y estudios e informes de viabilidad ligados a la inversión
- Asesoramiento orientado a la innovación tecnológica y al relevo generacional
- Facturas de consumo de agua con fines agrarios
- Gestión de animales muertos
- Gastos de adaptación a la emergencia climática (forraje y pienso, tomas de agua, cubiertas climáticas, tratamientos frente a plagas)
- Facturas veterinarias o expedidas con autorización veterinaria
- Gastos de las actuaciones de la letra f) del artículo 4
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 1 de diciembre de 2026 (incluido)
«Las solicitudes deberán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria de subvenciones en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 1 de diciembre.»
Documento de la convocatoria en español · Bases.pdf · pág. 8
Cómo se pide
Registro General del Ayuntamiento de Oiartzun, de forma presencial, o en la sede electrónica municipal, en las hojas de solicitud habilitadas al efecto
- Instancia general
- Certificado del censo de la explotación
- Número de cuenta corriente y certificado de titularidad
- En explotaciones Tipo 1, acreditación de alta en el Régimen Agrario de la Seguridad Social o justificante de tener 1 UTA o más
- Facturas que justifiquen el gasto según la línea solicitada
- Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas o recibidas para el mismo fin
Qué obliga a hacer
- Cumplir las obligaciones del artículo 6 de la Ordenanza reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Oiartzun (BOG 30/11/2018)
- Mantener la actividad durante al menos 6 meses
- Comunicar al Ayuntamiento de Oiartzun la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
- Justificar la subvención: el Ayuntamiento verifica de oficio la documentación del artículo 7 y las obligaciones del artículo 12
Documentos oficiales
Guías para prepararla
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