Diversificación pesquera y economía azul en los municipios pesqueros vascos 2026 (EDLP del GALP Itsas Garapen Elkartea, FEMPA)
Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca (Gobierno Vasco) · País Vasco
- Plazo
- Hasta el 16 de noviembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 200.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención del Gobierno Vasco, gestionada con el GALP Itsas Garapen Elkartea y cofinanciada por el FEMPA, para proyectos de diversificación del sector pesquero y de economía azul en 17 municipios pesqueros de Bizkaia y Gipuzkoa. Financia inversiones productivas de pymes y emprendedores (40 %, o 50 % si es diversificación del sector pesquero, con un máximo general de 200.000 € por proyecto), creación de empleo (de 3.780 € a 6.240 € por puesto) e inversiones no productivas de cofradías y entidades del sector (50 %). Se concede por concurrencia competitiva, con 2,1 millones de euros y un mínimo de 40 puntos, y las solicitudes se presentan del 17 de octubre al 16 de noviembre de 2026.
Quién puede pedirla
Inversión productiva: pymes, sean personas físicas (también las que van a crear su empresa) o jurídicas privadas, agrupaciones o comunidades de bienes. Creación de empleo: personas físicas o jurídicas que sean pymes. Inversión no productiva: cofradías de pescadores y sus federaciones, asociaciones profesionales del sector pesquero, organizaciones de productores, entidades sin ánimo de lucro formadas por cofradías o asociaciones pesqueras, y personas o entidades con fines de náutica, promoción pesquera, medio marino, patrimonio marítimo, formación, turismo azul o economía azul. Quedan fuera las entidades locales.
«En los proyectos de inversión productiva podrán resultar beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 8
Sectores: pesca y acuicultura, industria, comercio, hostelería y alojamiento, transporte y logística y cultura, deporte y ocio. El proyecto tiene que estar en 17 municipios (Santurtzi, Bermeo, Ondarroa, Lekeitio y 13 más).
Requisitos
De la empresa
Ser micro, pequeña o mediana empresa (líneas de inversión productiva y de creación de empleo)
«Las personas beneficiarias deberán ser micro, pequeñas y medianas empresas según la definición que efectúa la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 8No ser una entidad local ni un organismo dependiente o vinculado a ella; en inversión productiva, además, ser persona o entidad privada
«No podrán adquirir la condición de beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden las entidades locales definidas en la Ley 2/2016»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 8El proyecto tiene que estar en uno de los 17 municipios del litoral pesquero del Anexo I (de Donostia/San Sebastián, solo la zona portuaria). Los proyectos no productivos pueden incluir actuaciones fuera si benefician a la zona
«Estar localizados en el ámbito territorial elegible del GALP definido en el Anexo I de la presente Orden.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 5Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social
«Las personas solicitantes deberán estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 9Estar al corriente en el pago de reintegros de subvenciones
«hallarse al corriente de las relativas al reintegro de subvenciones»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 9No estar en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley vasca 20/2023 de subvenciones equivalentes a las de la Ley 38/2003 (condenas, concurso de acreedores, resolución de contratos con la Administración, incompatibilidades, paraísos fiscales, sanción con pérdida del derecho a subvenciones)
«No podrán ser beneficiarias de estas ayudas quienes se encuentren en algunas de las circunstancias señaladas como prohibiciones en el artículo 13 de la Ley 20/2023»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 9No tener sanciones firmes en materia de residuos (Ley 7/2022) ni de administración ambiental de Euskadi (Ley 10/2021)
«Haber sido sancionada mediante resolución firme, en los términos previstos en el artículo 109.4 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular o en los términos previstos en el artículo 116 de la Ley 10/2021»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 10No tener sanciones firmes de las previstas en el artículo 82 de la Ley 4/2023 (personas trans y derechos LGTBI)
«Haber sido sancionada mediante resolución firme, en los términos previstos en el artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 10Tener plan de igualdad vigente si la normativa estatal la obliga
«No recibirán ayudas las empresas que, debiendo tener un plan de igualdad vigente según la normativa del Estado, no lo tengan»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 10Si tiene más de 50 trabajadores, haber establecido medidas para prevenir el acoso sexual y por razón de sexo
«ni aquellas empresas de más de 50 personas trabajadoras que no acrediten haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 10Cumplir la reserva de empleo para personas con discapacidad o sus medidas alternativas, si está obligada
«No haber cumplido la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad, sin haber acreditado la puesta en marcha de medidas alternativas para su cumplimiento.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 10Si la subvención supera 30.000 €, cumplir los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 (no se exige a entidades sin ánimo de lucro)
«Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 10No estar en las causas de exclusión del artículo 11 del Reglamento FEMPA: infracciones graves de la política pesquera común, buques de pesca ilegal (INDNR) o de terceros países no cooperantes, delitos medioambientales o fraude en el FEMP o el FEMPA
«Conforme al artículo 11 del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio, no podrán optar a las ayudas previstas en esta orden si se comprueba que»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 10Tener financiación estable y suficiente para mantener la actividad y cofinanciar el proyecto, y la capacidad financiera, operativa y profesional para ejecutarlo (art. 198 del Reglamento financiero de la UE)
«Disponer de fuentes de financiación estables y suficientes para mantener su actividad durante todo el periodo subvencionado, así como para participar en su financiación.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 11No ser empresa en crisis
«Que no tiene la consideración de empresa en crisis»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 44No tener pendiente una orden de recuperación de ayudas de la Comisión Europea
«Que no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 46No haber sido objeto de una declaración de deslocalización empresarial (artículo 51 de la Ley 20/2023)
«No haber sido objeto de declaración de deslocalización empresarial en los términos fijados por el artículo 51 de la Ley 20/2023»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 45
Del proyecto o el gasto
Las inversiones y gastos no pueden haber empezado antes de presentar la solicitud ni estar terminados; en inversiones materiales el GALP levanta acta de no inicio
«Que las inversiones o los gastos no se hayan iniciado en el momento de presentación de la solicitud de ayuda»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 9Ser coherente con la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del GALP y contribuir a la prioridad 3 del FEMPA
«ser coherentes con la estrategia de desarrollo local participativo aprobada para la zona pesquera donde se vayan a desarrollar»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 5Perseguir alguno de los objetivos de la base 4.2: valor, empleo e innovación en la cadena de la pesca, economía azul, patrimonio medioambiental, bienestar social y patrimonio cultural pesquero, o papel de las comunidades pesqueras
«Los proyectos y actuaciones subvencionables deberán conseguir alguno de los objetivos indicados a continuación»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 6Ser viable técnica, financiera y económicamente
«Ser viables técnica, financiera y económicamente.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 5Inversión productiva: crear o desarrollar una empresa o línea de negocio que sea una actividad económica de diversificación del sector pesquero (ligada a la actividad, el producto o la cadena de valor pesquera) o de economía azul de los municipios pesqueros
«limitada a proyectos de diversificación del sector pesquero que estén directamente relacionados con la actividad, el producto o la cadena de valor pesquera, o bien con actividades propias de la economía azul de los municipios pesqueros»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 4No se financia la transformación de productos de la pesca y la acuicultura que no sea una diversificación de la actividad
«Se excluyen las inversiones en proyectos de transformación de productos de la pesca y de la acuicultura que no se consideren como diversificación de su actividad.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 4Creación de empleo por cuenta ajena: contratar a personas que no hayan tenido empleo o lo hayan perdido, en actividades de diversificación pesquera o de economía azul
«La contratación por cuenta ajena de aquellas personas trabajadoras que no hayan tenido empleo o lo hayan perdido anteriormente, en actividades que supongan la diversificación del sector pesquero o estén directamente relacionadas con la economía azul.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 4Creación de empleo: los puestos tienen que ser nuevos y de al menos el 50 % de la jornada del convenio
«deberá tratarse de nuevos empleos de, al menos, el 50 % de la jornada establecida en el convenio colectivo de aplicación»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 4Autoempleo o incorporación a una empresa de economía social: la actividad tiene que ser del sector pesquero o de economía azul
«La creación de actividades independientes que incentiven la instalación de personas trabajadoras autónomas o la incorporación a empresas bajo un régimen jurídico de economía social, siempre que dichas actividades se desarrollen en el ámbito del sector pesquero»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 4Autoempleo: acreditar con la vida laboral que la persona estaba desempleada antes del alta en la Seguridad Social
«En el caso de creación de actividades independientes, informe de vida laboral que acredite la situación de desempleo previa al alta»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 13Creación de empleo y autoempleo: las personas contratadas o que se establecen como autónomas tienen que estar empadronadas en un municipio del Anexo I
«deberán acreditar que están empadronados en los municipios del Anexo I con indicación de la fecha de alta»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 12Las inversiones no pueden tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente
«Las inversiones no deben ocasionar efectos negativos significativos sobre el medio ambiente.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 6Si el proyecto está sometido a evaluación de impacto ambiental, tener la declaración o el informe de impacto ambiental favorable dentro del plazo de justificación
«las personas promotoras deberán disponer, en el plazo de justificación, de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto favorable a su ejecución o del informe de impacto ambiental favorable al proyecto»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 6Proyectos del ámbito del Real Decreto 79/2019 (infraestructuras portuarias, defensa de costa, dragados, renovables o acuicultura marina, entre otros): acreditar el informe de compatibilidad con las estrategias marinas dentro del plazo de solicitud
«deben disponer del informe de compatibilidad, que se acreditará con la correspondiente autorización en el plazo de presentación de las solicitudes.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 6Actuaciones en dominio público hidráulico o marítimo-terrestre, sus zonas de servidumbre o policía, montes de utilidad pública o vías pecuarias: tener la autorización o concesión antes de empezar
«En el caso de actuaciones sobre el dominio público hidráulico, dominio público marítimo-terrestre, las correspondientes zonas de servidumbre o de policía, montes de utilidad pública o vías pecuarias, se dispondrá de la preceptiva autorización»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 7Obras: al menos el 70 % en peso de los residuos de construcción y demolición no peligrosos tiene que prepararse para reutilización, reciclaje o recuperación
«En el caso de proyectos que requieren la realización de obra, al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 7Infraestructuras con vida útil de cinco años o más: informe de un técnico competente sobre su protección frente al cambio climático
«En infraestructuras cuya vida útil sea como mínimo de cinco años, se asegurará la protección o defensa contra al cambio climático de las inversiones mediante informe emitido por técnico competente.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 7Inversiones en acuicultura de operadores acuícolas: tener la autorización de la Dirección de Pesca y Acuicultura para el proyecto
«En las inversiones en el ámbito de la acuicultura, cuando las personas solicitantes sean operadores del sector acuícola, disponer de la preceptiva autorización de la Dirección de Pesca y Acuicultura para realizar el proyecto.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 6Vehículos: solo industriales, con etiqueta ambiental 0 emisiones o ECO, y si la actividad se desarrolla con ellos
«serán subvencionables exclusivamente aquellos que cuenten con distintivo ambiental Etiqueta 0 emisiones»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 15Embarcaciones de las listas 2.ª, 4.ª y 6.ª: nuevas o de nueva matriculación, de menos de 24 metros de eslora y de menos de 25 años, y despachadas al comprarlas; la adaptación de pesqueros a pesca-turismo debe cumplir el Decreto 143/2021
«Las embarcaciones de la lista segunda, cuarta, y sexta deberán ser nuevas o de nueva matriculación, tener una eslora inferior a 24 metros, antigüedad inferior a 25 años»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 16Gastos que no valen: compra de edificios, locales o terrenos; equipos y materiales usados; mera reposición de equipos u obras de mantenimiento; leasing; gastos de constitución de sociedades; terminales telefónicos; viviendas y bienes de uso personal; impuestos recuperables; intereses, recargos y sanciones; facturas de menos de 100 € sin IVA
«Sin perjuicio de las operaciones o gastos no subvencionables establecidos en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio, no serán subvencionables los siguientes conceptos»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 16Una sola solicitud por línea de ayuda y solicitante, salvo proyectos de diversificación impulsados por el sector pesquero
«Cada solicitante únicamente podrá presentar una solicitud por línea de ayuda, excepto los proyectos impulsados por el sector pesquero que tengan como objeto la diversificación económica de su actividad.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 14Plazo de ejecución: hasta el 31 de diciembre de 2026 las inversiones anuales y hasta el 31 de diciembre de 2027 las plurianuales
«El plazo máximo de ejecución de las inversiones plurianuales será el 31 de diciembre de 2027.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 28
Cuánto da
Inversión productiva: 40 % del gasto subvencionable, o 50 % si es un proyecto de diversificación del sector pesquero; hasta el 100 % en operaciones de pesca costera artesanal o de interés colectivo, beneficiario colectivo o innovadoras con acceso público a los resultados (75 % para organizaciones de productores y 60 % para organizaciones de pescadores); barcos de la lista 6.ª, 25 % y 75.000 € como máximo; en minimis, hasta 200.000 € por proyecto y 300.000 € por beneficiario en tres años. Creación de empleo: cantidad fija por puesto, proporcional a la jornada: 6.240 € por autónomo en economía azul o diversificación, 5.821 € por contrato en diversificación pesquera y 4.158 € por contrato en economía azul fuera del sector si es mujer, menor de 40 años, desempleado mayor de 55, persona con discapacidad o parado de larga duración (5.760 €, 5.292 € y 3.780 € en el resto). Inversión no productiva: 50 % (con las mismas excepciones), eventos hasta 6.000 € y máximo 200.000 € por proyecto.
«El porcentaje de ayuda máxima ascenderá en el caso de proyectos de diversificación del sector pesquero al 50 % del gasto subvencionable total de la operación, y en el resto de los casos, al 40 %.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 17
- Presupuesto total
- 2.100.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Compatible con otras ayudas. Las de minimis, con otras de minimis de cualquier finalidad mientras el total no pase de 300.000 € en tres años; las del Reglamento (UE) 2022/2473, con otras para el mismo proyecto sin superar la intensidad ni el importe máximos de la Orden. Hay que comunicar al GALP las demás ayudas en 15 días.
Qué financia
- Inversiones productivas para crear, poner en marcha o desarrollar empresas y nuevas líneas de negocio de diversificación del sector pesquero (ligadas a la actividad, el producto o la cadena de valor pesquera) o de economía azul, como la pesca-turismo o el transporte de pasajeros en barco
- Creación de empleo: contratación por cuenta ajena de personas desempleadas, al menos a media jornada, en actividades de diversificación pesquera o de economía azul
- Autoempleo e incorporación a empresas de economía social en el sector pesquero o en la economía azul
- Inversiones no productivas: campañas para fomentar el consumo de pescado y divulgación del patrimonio marítimo pesquero y de las artes de pesca
- Estudios medioambientales, de explotación sostenible de los recursos pesqueros, de eficiencia energética y cambio climático, de transición digital, de ahorro de agua, de logística, de reaprovechamiento de activos pesqueros en desuso y de viabilidad de nuevos proyectos
- Actuaciones que mejoren la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones laborales del sector pesquero
- Eventos vinculados al sector pesquero o a la economía azul (hasta 6.000 €)
Gastos que cubre
- Construcción o rehabilitación de inmuebles vinculados al plan empresarial
- Maquinaria y equipos nuevos, hasta su valor de mercado (de los equipos necesarios para la actividad que no son objeto de la ayuda, solo la amortización durante la ejecución)
- Honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores ligados a esas inversiones
- Vehículos industriales con etiqueta 0 emisiones o ECO, si la actividad se desarrolla con ellos
- Adaptación de pesqueros de la lista 3.ª a la pesca-turismo y compra o modificación de embarcaciones de pasaje (lista 2.ª), auxiliares de acuicultura (lista 4.ª) y de la lista 6.ª
- Programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas
- Utillaje y mobiliario para la actividad
- Estudios vinculados a la inversión
- Otras infraestructuras vinculadas
- IVA no recuperable
- Creación de empleo: importe fijo por puesto (costes simplificados)
- Inversiones no productivas: los costes que se fijen en cada caso
Plazo
Un mes desde el día siguiente a la publicación de la Orden en el BOPV (16 de octubre de 2026): del 17 de octubre al 16 de noviembre de 2026
«El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.»
Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 14
Cómo se pide
Sede electrónica del Gobierno Vasco (https://www.euskadi.eus/servicios/1051709), obligatoria para las personas jurídicas. Las personas físicas también pueden presentarla en papel en las oficinas del GALP Itsas Garapen Elkartea (Zamudio, Donostia/San Sebastián o Bermeo) o por los cauces del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- Impreso de solicitud de la sede electrónica (en el canal presencial, cumplimentado electrónicamente e impreso)
- Alta de terceros; las personas jurídicas, además, poder del representante, escritura de constitución y estatutos inscritos
- Miembros de unidades familiares vinculadas al sector pesquero: alta de al menos un año en la Seguridad Social y rendimientos pesqueros en el IRPF del último ejercicio
- Armadores y empresas vinculadas al sector pesquero: acreditación de esa condición
- Creación de empleo: acreditación de los colectivos que se valoran y del empadronamiento en un municipio del Anexo I; en contrataciones, contratos, alta en la Seguridad Social, TC2, vida laboral con el desempleo previo e informes de plantilla media de la TGSS (dos años anteriores y día de la contratación); en autoempleo, vida laboral y alta en la Seguridad Social
- Agrupaciones y comunidades de bienes: documento firmado por todos con los compromisos y el importe de cada miembro y su representante
- Título de uso del inmueble donde se hará la actividad (propiedad, arrendamiento o usufructo)
- Obras: proyecto técnico y permisos y licencias, o su solicitud
- Memoria para la valoración del proyecto (Anexo III, IV o V, según la línea); solo se puntúa lo que incluya
- Declaración responsable del Anexo VI (requisitos, prohibiciones y compromiso de no deslocalización)
- Inversiones productivas y no productivas: certificado de fondos propios y financiación
- Presupuestos o facturas proforma con tabla resumen; tres presupuestos si el gasto llega a 15.000 € en suministros y servicios o a 40.000 € en obras (sin IVA)
- Declaración de ayudas de minimis de los últimos tres años (Anexo VIII)
- Si la subvención supera 30.000 € y la entidad tiene ánimo de lucro: acreditación del cumplimiento de los plazos de pago a proveedores (Anexo VII)
- Proyectos del ámbito del Real Decreto 79/2019: informe de compatibilidad con las estrategias marinas
Qué obliga a hacer
- Aceptar la ayuda: se entiende aceptada si no se renuncia en los 10 días siguientes a la notificación
- Ejecutar el proyecto en el plazo de la resolución (inversiones anuales hasta el 31-12-2026 y plurianuales hasta el 31-12-2027); se puede pedir una prórroga de hasta el 50 % del plazo al menos 30 días antes de que acabe
- Justificar ante el GALP en los 10 días siguientes al fin del plazo de ejecución (en las plurianuales, cada anualidad antes del 10 de enero siguiente): solicitud de pago, memoria, facturas con justificantes de pago, declaraciones y permisos o licencias
- Mantener las inversiones al menos 5 años, o 10 años si son inmuebles construidos, comprados o rehabilitados, con anotación en el Registro de la Propiedad
- Mantener los empleos creados al menos 3 años; en autoempleo, seguir residiendo en el municipio que justificó la ayuda al cobrarla
- Mantenerse al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y los reintegros de subvenciones
- Comunicar al GALP en 15 días otras ayudas para la misma finalidad y cualquier cambio en las condiciones de la concesión
- Llevar contabilidad separada o un código contable propio para el proyecto y conservar los justificantes al menos 5 años desde el 31 de diciembre del año del último pago
- Dar publicidad a la financiación del FEMPA y del Gobierno Vasco (web y redes, cartel A3 o pantalla; placa o valla si la operación supera 100.000 €), con lenguaje inclusivo y sin imágenes sexistas
- No deslocalizar la actividad (artículo 49 de la Ley 20/2023)
- Seguir cumpliendo las condiciones del artículo 11 del Reglamento FEMPA durante la ejecución y 5 años después del pago final
- Aceptar figurar en la lista pública de operaciones financiadas
- Subcontratación: hasta el 100 %; si supera el 20 % de la ayuda y 60.000 €, contrato escrito y autorización previa de la Dirección de Pesca y Acuicultura
- Facilitar las comprobaciones del GALP, la Dirección de Pesca y Acuicultura, la Oficina de Control Económico, el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas y la UE
Documentos oficiales
- Extracto (BOPV. B.O. DEL PAÍS VASCO): Procedimiento Beta
- Texto en otra lengua de la convocatoria · Documento convocatoria (euskera).PDF
- Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF
- Bases reguladoras: ORDEN de 15 de septiembre de 2026, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el ejercicio 2026, las ayu
- Bases reguladoras: ORDEN de 15 de septiembre de 2026, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el ejercicio 2026, las ayu (PDF enlazado)
- Convocatoria 937669 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
Más ayudas abiertas en el País Vasco
Emprender en economía social e incorporación de socios en empresas de economía social (País Vasco 2026)
Departamento de Economía, Trabajo y Empleo (Gobierno Vasco) · País Vasco
Cierra en 2 díasHasta 60.000 €
Asistencia técnica para mejorar la gestión de cooperativas y sociedades laborales de Euskadi 2026
Departamento de Economía, Trabajo y Empleo (Gobierno Vasco) · País Vasco
Cierra en 2 díasHasta 25.000 €
Bonos de compra para incentivar el comercio y los servicios de Ordizia 2026
Ayuntamiento de Ordizia (Gipuzkoa) · Ordizia (Gipuzkoa)
Cierra en 3 días
RSE y participación de las personas trabajadoras en empresas de Euskadi 2026
Departamento de Economía, Trabajo y Empleo (Gobierno Vasco) · País Vasco
Hasta el 13 de noviembre de 2026Hasta 12.000 €
Gauzatu Internacional 2026 (grandes empresas): anticipos reintegrables para implantarse en el extranjero
SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial (Gobierno Vasco) · País Vasco
Hasta el 20 de noviembre de 2026Hasta 1.000.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.