Compra de vehículos eléctricos y electrificados para empresas y autónomos 2026 (Línea 2 Programa Auto+)
Ministerio de Industria y Turismo (Dirección General de Programas Industriales) · Estatal
- Plazo
- Hasta el 31 de diciembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 7.500 €
- Tipo
- Subvención
Subvención directa para la compra, el leasing financiero o el renting de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta ambiental CERO (turismos M1, furgonetas N1, motocicletas L3e-L5e y cuadriciclos L6e y L7e) por empresas y autónomos de toda España. Se concede por orden de presentación hasta agotar los 50.000.000 €, con importes máximos por vehículo de 6.000 € (M1) y 7.500 € (N1) para autónomos y microempresas y de 4.500 € y 5.000 € para el resto de empresas, modulados según electrificación, precio y origen europeo del vehículo. Plazo del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026, con un máximo de diez vehículos por empresa.
Quién puede pedirla
Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia y personas físicas que desarrollen una actividad económica y estén dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores; quedan excluidos los concesionarios y puntos de venta con epígrafe IAE 615.1 o 654.1
«Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia, según las definiciones establecidas en la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…
Requisitos
De la empresa
Tener personalidad jurídica propia (empresa) o ser persona física con actividad económica; no valen comunidades de bienes ni sociedades civiles
«Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…Si es persona física, estar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT o censo foral equivalente
«Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, en cuyo caso, habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…No ser concesionario ni punto de venta de vehículos con epígrafe IAE 615.1 o 654.1
«No podrán ser beneficiarios los concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe de la sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas sea el 615.1 o el 654.1»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
«El beneficiario deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de la concesión de la subvención.»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…No tener pendiente ninguna obligación de reintegro de ayudas con la Administración General del Estado y sus entidades dependientes
«no deberá tener pendiente obligación alguna de reintegro de ayudas a la Administración General del Estado y sus organismos y entidades vinculados o dependientes»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea por ayuda ilegal e incompatible
«no deberá estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 bis de la Ley 38/2003
«deberá cumplir con el resto de los requisitos establecidos en el artículo 13.2 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…No ser una empresa en crisis según el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014
«no podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas empresas que se encuentren en situación de crisis según la definición del artículo 2.18 del citado Reglamento»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…Si es persona jurídica y acumula más de 30.000 € de ayuda solicitada, acreditar el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004
«acumulen una ayuda solicitada superior a 30.000 euros, acreditación del cumplimiento de los plazos de pago referidos en la Ley 3/2004»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…
Del proyecto o el gasto
El vehículo adquirido debe tener etiqueta ambiental CERO de la DGT (eléctrico puro, de célula de combustible, de autonomía extendida o híbrido enchufable)
«Sólo podrán recibir ayuda los beneficiarios que hayan adquirido un vehículo que ostente la etiqueta CERO, en una de las siguientes modalidades:»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…Vehículo nuevo matriculado por primera vez en España desde el 1 de enero de 2026 a nombre del beneficiario, o bien otro vehículo con primera matriculación en España desde el 1 de enero de 2025 y no más de doce meses entre matriculación y factura
«Vehículos nuevos, matriculados por primera vez después de la fecha estipulada en la respectiva convocatoria, siempre y cuando dicha matriculación se haya efectuado en España»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…Máximo de diez vehículos por beneficiario si es empresa y de tres si es persona física con actividad económica
«se podrá obtener ayuda para un máximo de diez vehículos con ayuda por beneficiario en el caso de empresas y de tres vehículos en caso de personas físicas que desarrollen una actividad económica»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…No son subvencionables los autocares y autobuses M2 o M3 ni los camiones y furgones N2 o N3
«En ningún caso serán actuaciones subvencionables en este programa las adquisiciones de autocares o autobuses de la categoría M2 o M3, y camiones o furgones de categoría N2 o N3.»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…Los turismos M1 de hasta siete plazas no pueden superar un precio de 45.000 € sin impuestos (los M1 de ocho y nueve plazas no tienen ese límite)
«Para vehículos M1 de hasta siete plazas, el precio máximo del vehículo por adquirir será de 45.000 euros.»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…Las motocicletas L3e, L4e y L5e no pueden superar un precio de 10.000 € sin impuestos
«Para vehículos L3e, L4e y L5e, el precio máximo del vehículo por adquirir será de 10.000 euros.»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…En vehículos nuevos M1 y N1, la factura debe recoger un descuento del punto de venta de al menos 1.000 € (impuestos excluidos) identificado con el Programa Auto+
«La factura deberá acreditar la aplicación de un descuento de al menos 1.000 euros en el precio de venta (impuestos excluidos) del vehículo»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…Si se adquiere por leasing financiero o renting, el contrato debe formalizarse en España y durar al menos tres años
«la duración mínima del contrato deberá ser de tres años»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…
Cuánto da
Importe máximo por vehículo: 6.000 € (M1), 7.500 € (N1), 1.100 € (L3e-L5e) y 1.500 € (L6e/L7e) si el solicitante es autónomo o microempresa; 4.500 € (M1), 5.000 € (N1), 1.100 € y 1.500 € para el resto de empresas. La ayuda de cada vehículo se calcula acumulando porcentajes sobre ese máximo: 50 % para eléctricos puros o 25 % para EREV e híbridos enchufables, más 25 % o 15 % según el precio, más hasta un 25 % adicional por criterio europeo.
«En el caso de las solicitudes presentadas en la Línea 2, se establecen los siguientes importes máximos de ayuda por vehículo, en euros:»
Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…
- Presupuesto total
- 50.000.000 €
- Cómo se concede
- Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para los mismos costes subvencionables siempre que no sean instrumentos de la Unión Europea, hasta un límite del 80 % del coste subvencionable; hay que comunicar al órgano gestor cualquier otra financiación incompatible o que supere ese umbral
Qué financia
- Adquisición de vehículos nuevos eléctricos o electrificados con etiqueta ambiental CERO (eléctricos puros, de célula de combustible, de autonomía extendida e híbridos enchufables)
- Adquisición de otros vehículos ya matriculados, con primera matriculación desde el 1 de enero de 2025 y no más de doce meses entre matriculación y factura
- Adquisición de la propiedad por compra directa o del uso mediante leasing financiero o renting formalizado en España
Gastos que cubre
- Coste de adquisición del vehículo: precio de factura sin impuestos, incluidos extras, accesorios y servicios asociados a la venta y deducidos los descuentos comerciales
- En leasing financiero y renting, las cuotas del contrato de arrendamiento, que debe durar al menos tres años
Plazo
Del 1 de octubre de 2026, a las 10:00 (hora peninsular), al 31 de diciembre de 2026, a las 14:00 (hora peninsular)
«el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 1 de octubre de 2026, a las 10:00 (hora peninsular), y finalizará el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00»
Extracto (BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO): Extracto de la Orden por la que se e…
Cómo se pide
Sistema telemático de gestión (STG) del Ministerio de Industria y Turismo, con firma electrónica avanzada del interesado o de un representante autorizado (concesionarios, puntos de venta y empresas de renting o leasing pueden representar)
- Formulario electrónico de solicitud con los datos del interesado, del vehículo y de la cuenta bancaria
- Declaración responsable de autorización de representación, si la solicitud se presenta por representante
- Copia de la Ficha Técnica (Tarjeta ITV) definitiva del vehículo
- Copia del Permiso de Circulación definitivo emitido por la DGT
- Certificación de los datos bancarios para la transferencia de la ayuda
- Factura de compraventa del vehículo a nombre del beneficiario (salvo renting y leasing)
- Justificantes bancarios del pago de la factura
- Contrato de financiación y certificado de la entidad financiera, si la compra se financia total o parcialmente
- Certificados de estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social y declaración responsable del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, si no se autoriza la consulta de datos
- Certificado de situación censal en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
- Contrato de leasing financiero o renting de duración igual o superior a tres años, si aplica
- Certificado del Registro Mercantil o poder notarial de representación, si el solicitante es persona jurídica
- Certificado de ayudas de minimis emitido a través de la BDNS, si el solicitante es persona jurídica
- Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004, si es persona jurídica y acumula más de 30.000 € de ayuda solicitada
Qué obliga a hacer
- Mantener la titularidad del vehículo y su matriculación en España durante al menos dos años desde la concesión de la subvención
- Comunicar al órgano gestor cualquier transmisión de la titularidad o baja definitiva o administrativa del vehículo en esos dos años
- Someterse a las actuaciones de comprobación del órgano gestor, al control financiero de la IGAE y al Tribunal de Cuentas
- Conservar la documentación justificativa de la subvención mientras no haya prescrito el derecho a exigir el reintegro
- Cumplir las obligaciones de publicidad y el uso de los logotipos institucionales previstos en las bases
- En renting y leasing, remitir los recibos mensuales o certificado bancario de los dos años siguientes a la concesión
- Mantener actualizados los datos de notificación y colaborar en el seguimiento y evaluación del programa
Documentos oficiales
- Extracto (BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO): Extracto de la Orden por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2026 de la Línea 2 del Programa Auto+
- Documento de la convocatoria en español · Convocatoria Programa Auto_ Empresas v3.1 (1).pdf
- Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+).
- Convocatoria 931088 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
Más ayudas estatales abiertas
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.