Compra de vehículos eléctricos y electrificados para empresas y autónomos 2026 (Línea 2 Programa Auto+)

Ministerio de Industria y Turismo (Dirección General de Programas Industriales) · Estatal

Plazo
Hasta el 31 de diciembre de 2026
Cuánto
Hasta 7.500 €
Tipo
Subvención

Subvención directa para la compra, el leasing financiero o el renting de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta ambiental CERO (turismos M1, furgonetas N1, motocicletas L3e-L5e y cuadriciclos L6e y L7e) por empresas y autónomos de toda España. Se concede por orden de presentación hasta agotar los 50.000.000 €, con importes máximos por vehículo de 6.000 € (M1) y 7.500 € (N1) para autónomos y microempresas y de 4.500 € y 5.000 € para el resto de empresas, modulados según electrificación, precio y origen europeo del vehículo. Plazo del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026, con un máximo de diez vehículos por empresa.

Quién puede pedirla

Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia y personas físicas que desarrollen una actividad económica y estén dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores; quedan excluidos los concesionarios y puntos de venta con epígrafe IAE 615.1 o 654.1

«Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia, según las definiciones establecidas en la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003»

Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Importe máximo por vehículo: 6.000 € (M1), 7.500 € (N1), 1.100 € (L3e-L5e) y 1.500 € (L6e/L7e) si el solicitante es autónomo o microempresa; 4.500 € (M1), 5.000 € (N1), 1.100 € y 1.500 € para el resto de empresas. La ayuda de cada vehículo se calcula acumulando porcentajes sobre ese máximo: 50 % para eléctricos puros o 25 % para EREV e híbridos enchufables, más 25 % o 15 % según el precio, más hasta un 25 % adicional por criterio europeo.

«En el caso de las solicitudes presentadas en la Línea 2, se establecen los siguientes importes máximos de ayuda por vehículo, en euros:»

Bases reguladoras: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula l…
Presupuesto total
50.000.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para los mismos costes subvencionables siempre que no sean instrumentos de la Unión Europea, hasta un límite del 80 % del coste subvencionable; hay que comunicar al órgano gestor cualquier otra financiación incompatible o que supere ese umbral

Qué financia

  • Adquisición de vehículos nuevos eléctricos o electrificados con etiqueta ambiental CERO (eléctricos puros, de célula de combustible, de autonomía extendida e híbridos enchufables)
  • Adquisición de otros vehículos ya matriculados, con primera matriculación desde el 1 de enero de 2025 y no más de doce meses entre matriculación y factura
  • Adquisición de la propiedad por compra directa o del uso mediante leasing financiero o renting formalizado en España

Gastos que cubre

  • Coste de adquisición del vehículo: precio de factura sin impuestos, incluidos extras, accesorios y servicios asociados a la venta y deducidos los descuentos comerciales
  • En leasing financiero y renting, las cuotas del contrato de arrendamiento, que debe durar al menos tres años

Plazo

Del 1 de octubre de 2026, a las 10:00 (hora peninsular), al 31 de diciembre de 2026, a las 14:00 (hora peninsular)

«el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 1 de octubre de 2026, a las 10:00 (hora peninsular), y finalizará el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00»

Extracto (BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO): Extracto de la Orden por la que se e…

Cómo se pide

Sistema telemático de gestión (STG) del Ministerio de Industria y Turismo, con firma electrónica avanzada del interesado o de un representante autorizado (concesionarios, puntos de venta y empresas de renting o leasing pueden representar)

  • Formulario electrónico de solicitud con los datos del interesado, del vehículo y de la cuenta bancaria
  • Declaración responsable de autorización de representación, si la solicitud se presenta por representante
  • Copia de la Ficha Técnica (Tarjeta ITV) definitiva del vehículo
  • Copia del Permiso de Circulación definitivo emitido por la DGT
  • Certificación de los datos bancarios para la transferencia de la ayuda
  • Factura de compraventa del vehículo a nombre del beneficiario (salvo renting y leasing)
  • Justificantes bancarios del pago de la factura
  • Contrato de financiación y certificado de la entidad financiera, si la compra se financia total o parcialmente
  • Certificados de estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social y declaración responsable del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, si no se autoriza la consulta de datos
  • Certificado de situación censal en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores
  • Contrato de leasing financiero o renting de duración igual o superior a tres años, si aplica
  • Certificado del Registro Mercantil o poder notarial de representación, si el solicitante es persona jurídica
  • Certificado de ayudas de minimis emitido a través de la BDNS, si el solicitante es persona jurídica
  • Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004, si es persona jurídica y acumula más de 30.000 € de ayuda solicitada

Qué obliga a hacer

  • Mantener la titularidad del vehículo y su matriculación en España durante al menos dos años desde la concesión de la subvención
  • Comunicar al órgano gestor cualquier transmisión de la titularidad o baja definitiva o administrativa del vehículo en esos dos años
  • Someterse a las actuaciones de comprobación del órgano gestor, al control financiero de la IGAE y al Tribunal de Cuentas
  • Conservar la documentación justificativa de la subvención mientras no haya prescrito el derecho a exigir el reintegro
  • Cumplir las obligaciones de publicidad y el uso de los logotipos institucionales previstos en las bases
  • En renting y leasing, remitir los recibos mensuales o certificado bancario de los dos años siguientes a la concesión
  • Mantener actualizados los datos de notificación y colaborar en el seguimiento y evaluación del programa

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas estatales abiertas

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.