Inversiones forestales productivas en Navarra 2026 (PEPAC 6883, campaña 2027)

Dirección General de Medio Ambiente, Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Gobierno de Navarra) · Comunidad Foral de Navarra

Plazo
Cierra en 6 días
Cuánto
Hasta el 45 %
Tipo
Subvención

Subvención a fondo perdido para inversiones en maquinaria y equipos forestales, instalaciones de primera transformación de la madera y sistemas de certificación forestal de las pymes y autónomos del sector forestal de Navarra. Se subvenciona entre el 20 % y el 40 % de la inversión aceptada (IVA excluido), con incrementos de 5 puntos en algunos supuestos, sobre expedientes de 20.000 a 500.000 €. Concurrencia competitiva con un mínimo de 27 puntos y 579.990 € de crédito, cofinanciado por el FEADER. El plazo es de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BON.

Quién puede pedirla

Personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, titulares forestales, municipios y sus asociaciones y pymes establecidas en Navarra dedicadas a aprovechamientos y explotaciones selvícolas, trabajos y servicios forestales y a la primera transformación de productos forestales, incluidos los autónomos que desarrollen con exclusividad servicios forestales

«titulares forestales, a municipios y sus asociaciones y a PYMES establecidas en Navarra»

Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 6

Sectores: agricultura, ganadería y forestal y industria.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Entre el 20 % y el 40 % de la inversión aceptada (IVA excluido) según el tipo de actuación y el tamaño de la empresa, con incrementos de 5 puntos en determinados supuestos (hasta el 45 %); la elaboración de proyectos y memorias se subvenciona al 100 %, con el límite del 4 % de la inversión. La inversión auxiliable por expediente debe estar entre 20.000 € y 500.000 € (IVA excluido)

«La inversión máxima auxiliable por expediente, (IVA excluido) incluyendo el coste de proyecto u otros documentos técnicos, no podrá ser superior a 500.000 euros.»

Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 10
Presupuesto total
579.990 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Incompatibles con otras ayudas para la misma finalidad financiadas con el FEDER o concedidas por el Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial. Con carácter general pueden acumularse con otras ayudas, incluidas las de minimis, sin superar los porcentajes máximos de intensidad de ayuda del Derecho de la Unión indicados en la base 22

Qué financia

  • Maquinaria para servicios forestales: plantaciones, repoblaciones, claras, limpiezas, podas, desbroces y tratamientos selvícolas (se excluye la maquinaria de jardinería)
  • Equipos e instalaciones móviles de procesado de la madera diseñados para desplazarse al área de corta
  • Maquinaria de primera transformación de la madera, incluidas picadoras o rajadoras de leña si no alteran las características químicas de la madera y se realizan a pequeña escala
  • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles e instalaciones de industrias de primera transformación
  • Implantación de sistemas de certificación forestal de cadena de custodia (PEFC, FSC o similares) y programas informáticos de gestión
  • Elaboración de proyectos, memorias justificativas y direcciones de obra

Gastos que cubre

  • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles (las tierras solo hasta el 10 % de los costes subvencionables)
  • Compra de maquinaria y equipo nuevos hasta el valor de mercado (se excluyen máquinas manuales como desbrozadoras, motosierras, pértigas o podadoras manuales)
  • Costes generales vinculados a bienes inmuebles: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores y estudios de viabilidad (100 %, sin superar el 4 % de la inversión subvencionable)
  • Certificación en cadena de custodia, adquisición o desarrollo de programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas ligados a la inversión
  • El IVA no es gasto elegible

Plazo

30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la resolución y sus bases en el Boletín Oficial de Navarra

«Plazos para efectuar la solicitud y acreditar los requisitos exigidos: 30 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución en la que se contienen las presentes bases en el Boletín Oficial de Navarra»

Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 21

Cómo se pide

Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (C/ González Tablas 9, 1ª, 31005 Pamplona) o por vía telemática a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra (www.navarra.es), con certificado digital

  • Impreso de solicitud de ayuda (anexo III), con la relación de compromisos y la declaración jurada sobre el tamaño de la empresa
  • Declaración responsable de justificación de la elección del proveedor, con las ofertas solicitadas (al menos tres facturas proforma con catálogos en compra de maquinaria)
  • Proyecto sellado por el colegio oficial en caso de obra civil, con tres ofertas y justificación por cada apartado
  • Solicitud de abono por transferencia, si se desea cobrar en otra cuenta
  • Copia del NIF, para nuevas empresas
  • Documento acreditativo de la personalidad de la solicitante y de la capacidad de representación
  • Situación económico-financiera: declaración del IRPF y del IVA de los dos últimos años si no hay obligación de depositar cuentas
  • Documentación acreditativa de los criterios de valoración de la base 8
  • Escritura de propiedad de los terrenos y su inscripción en el Registro de la Propiedad, y certificación urbanística, en su caso
  • Licencia municipal de obras, si procede
  • Licencia de apertura o de actividad clasificada, si procede
  • Plan de inversión (anexo II)

Qué obliga a hacer

  • Ejecutar la inversión conforme a la resolución de concesión y finalizarla antes del 1 de octubre de 2027; solicitud de pago antes del 8 de octubre de 2027
  • Mantener hasta la fecha de la resolución de pago los requisitos de admisibilidad y las circunstancias tenidas en cuenta en la valoración
  • Mantener la inversión y la actividad forestal durante 5 años desde la resolución de pago, sin cambio de propiedad, arrendamiento, cesión ni modificación de la naturaleza o condiciones de ejecución
  • Destinar la inversión subvencionada exclusivamente a la actividad forestal
  • No incurrir en deslocalización empresarial (Ley Foral 18/2020)
  • Permitir el acceso del personal del Servicio Forestal y Gestión Cinegética a las instalaciones y a la maquinaria
  • Comunicar al Departamento la solicitud o percepción de otras subvenciones públicas que financien las mismas inversiones
  • Cumplir las obligaciones de publicidad del FEADER: panel informativo desde 10.000 € de ayuda y panel o placa desde 50.000 €
  • Cumplir las obligaciones de transparencia cuando la ayuda supere 20.000 € o el 20 % de los ingresos anuales
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos
  • Reintegrar los fondos en los supuestos de incumplimiento previstos en las bases
  • Seguir los principios de actuación en materia de igualdad entre mujeres y hombres (Ley Foral 17/2019)

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Navarra

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.