Inversiones forestales productivas en Navarra 2026 (PEPAC 6883, campaña 2027)
Dirección General de Medio Ambiente, Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Gobierno de Navarra) · Comunidad Foral de Navarra
- Plazo
- Cierra en 6 días
- Cuánto
- Hasta el 45 %
- Tipo
- Subvención
Subvención a fondo perdido para inversiones en maquinaria y equipos forestales, instalaciones de primera transformación de la madera y sistemas de certificación forestal de las pymes y autónomos del sector forestal de Navarra. Se subvenciona entre el 20 % y el 40 % de la inversión aceptada (IVA excluido), con incrementos de 5 puntos en algunos supuestos, sobre expedientes de 20.000 a 500.000 €. Concurrencia competitiva con un mínimo de 27 puntos y 579.990 € de crédito, cofinanciado por el FEADER. El plazo es de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BON.
Quién puede pedirla
Personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, titulares forestales, municipios y sus asociaciones y pymes establecidas en Navarra dedicadas a aprovechamientos y explotaciones selvícolas, trabajos y servicios forestales y a la primera transformación de productos forestales, incluidos los autónomos que desarrollen con exclusividad servicios forestales
«titulares forestales, a municipios y sus asociaciones y a PYMES establecidas en Navarra»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 6
Sectores: agricultura, ganadería y forestal y industria.
Requisitos
De la empresa
Ser pyme (micro, pequeña o mediana empresa) o persona autónoma que desarrolle con exclusividad servicios forestales
«Las empresas subvencionables deben ser PYME. A estos efectos se entiende por PYME las empresas que cumplan con los criterios establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) nº 702/2014»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 7Ser una pyme establecida en Navarra
«titulares forestales, a municipios y sus asociaciones y a PYMES establecidas en Navarra»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 6Dedicarse a aprovechamientos y explotaciones selvícolas, trabajos y servicios forestales o a la primera transformación de productos forestales
«dedicadas a aprovechamientos y explotaciones selvícolas, trabajos y servicios forestales y a la primera transformación de los productos forestales»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 6No ser una empresa dedicada a la jardinería, ni total ni principalmente
«no considerándose como potenciales beneficiarias aquellas dedicadas a jardinería»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 6No ser una empresa en crisis
«Tratarse de una “empresa en crisis”»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 8Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Foral de Navarra y con la Seguridad Social
«Encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda Foral, y frente a la Seguridad Social»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 7No incurrir en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones
«No concurrir ninguna circunstancia establecida en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones que le impidan ser persona beneficiaria.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 7No tener pendiente la recuperación de una ayuda ilegal declarada incompatible por la Comisión Europea
«una ayuda ilegal anterior declarada incompatible»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 6No tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones por resolución firme
«No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 8No haber sido condenada por sentencia firme a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación, tráfico de influencias, fraudes o delitos urbanísticos
«Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 8No estar cumpliendo sanciones firmes ni sentencias firmes por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o de género
«No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 9Que la actividad económica no cause un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 (DNSH), acreditado con declaración responsable
«Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 9Si la subvención supera 30.000 €, cumplir los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004
«En el caso de subvenciones de importe superior a 30.000 euros, no podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 9
Del proyecto o el gasto
La inversión auxiliable por expediente debe ser de al menos 20.000 € (IVA excluido); no hay mínimo para sistemas de certificación forestal ni para programas informáticos de gestión
«La inversión mínima auxiliable por expediente deberá alcanzar los 20.000 euros (IVA excluido), excepto en los casos de implantación de sistemas de certificación forestal y los programas informáticos de gestión para los que no hay un umbral mínimo de inversión.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 10La inversión auxiliable por expediente no puede superar 500.000 € (IVA excluido), incluidos los costes de proyecto
«La inversión máxima auxiliable por expediente, (IVA excluido) incluyendo el coste de proyecto u otros documentos técnicos, no podrá ser superior a 500.000 euros.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 10Los gastos no pueden haberse realizado antes de presentar la solicitud (efecto incentivador); solo se admiten antes los costes generales de proyectos y estudios de viabilidad en determinados supuestos
«no serán subvencionables los gastos anteriores a la presentación de la solicitud de subvención»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 19Presentar documentación técnica que concrete y valore la solicitud y acredite un avance tecnológico en reducción de emisiones, afecciones al suelo o seguridad y salud
«La solicitante deberá presentar una documentación técnica que concrete y valore la solicitud. Para que la operación sea subvencionable deberá aportar un avance tecnológico en la reducción de emisiones de gases contaminantes»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 7Las actuaciones deben ser compatibles con la Agenda Forestal de Navarra
«Las actuaciones subvencionables deben ser compatibles con la Agenda Forestal de Navarra»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 7Las actuaciones deben estar autorizadas ambientalmente, si lo requieren, y contar con los permisos necesarios
«Las actuaciones deben ser autorizadas desde el punto de vista ambiental, si lo requieren, y contar con los permisos que sean necesarios dependiendo del tipo de actuación.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 7La inversión debe estar finalizada el 1 de octubre de 2027 y no puede haberse iniciado antes de presentar la solicitud
«La fecha de finalización de la inversión para las solicitudes de ayuda correspondientes a la campaña 2027 será el 1 de octubre de 2027.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 24Presentar una sola solicitud por convocatoria
«La beneficiaria deberá presentar solamente una solicitud por convocatoria.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 21
Cuánto da
Entre el 20 % y el 40 % de la inversión aceptada (IVA excluido) según el tipo de actuación y el tamaño de la empresa, con incrementos de 5 puntos en determinados supuestos (hasta el 45 %); la elaboración de proyectos y memorias se subvenciona al 100 %, con el límite del 4 % de la inversión. La inversión auxiliable por expediente debe estar entre 20.000 € y 500.000 € (IVA excluido)
«La inversión máxima auxiliable por expediente, (IVA excluido) incluyendo el coste de proyecto u otros documentos técnicos, no podrá ser superior a 500.000 euros.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 10
- Presupuesto total
- 579.990 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Incompatibles con otras ayudas para la misma finalidad financiadas con el FEDER o concedidas por el Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial. Con carácter general pueden acumularse con otras ayudas, incluidas las de minimis, sin superar los porcentajes máximos de intensidad de ayuda del Derecho de la Unión indicados en la base 22
Qué financia
- Maquinaria para servicios forestales: plantaciones, repoblaciones, claras, limpiezas, podas, desbroces y tratamientos selvícolas (se excluye la maquinaria de jardinería)
- Equipos e instalaciones móviles de procesado de la madera diseñados para desplazarse al área de corta
- Maquinaria de primera transformación de la madera, incluidas picadoras o rajadoras de leña si no alteran las características químicas de la madera y se realizan a pequeña escala
- Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles e instalaciones de industrias de primera transformación
- Implantación de sistemas de certificación forestal de cadena de custodia (PEFC, FSC o similares) y programas informáticos de gestión
- Elaboración de proyectos, memorias justificativas y direcciones de obra
Gastos que cubre
- Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles (las tierras solo hasta el 10 % de los costes subvencionables)
- Compra de maquinaria y equipo nuevos hasta el valor de mercado (se excluyen máquinas manuales como desbrozadoras, motosierras, pértigas o podadoras manuales)
- Costes generales vinculados a bienes inmuebles: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores y estudios de viabilidad (100 %, sin superar el 4 % de la inversión subvencionable)
- Certificación en cadena de custodia, adquisición o desarrollo de programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas ligados a la inversión
- El IVA no es gasto elegible
Plazo
30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la resolución y sus bases en el Boletín Oficial de Navarra
«Plazos para efectuar la solicitud y acreditar los requisitos exigidos: 30 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución en la que se contienen las presentes bases en el Boletín Oficial de Navarra»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución de aprobacióncampaña 2027_10… · pág. 21
Cómo se pide
Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (C/ González Tablas 9, 1ª, 31005 Pamplona) o por vía telemática a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra (www.navarra.es), con certificado digital
- Impreso de solicitud de ayuda (anexo III), con la relación de compromisos y la declaración jurada sobre el tamaño de la empresa
- Declaración responsable de justificación de la elección del proveedor, con las ofertas solicitadas (al menos tres facturas proforma con catálogos en compra de maquinaria)
- Proyecto sellado por el colegio oficial en caso de obra civil, con tres ofertas y justificación por cada apartado
- Solicitud de abono por transferencia, si se desea cobrar en otra cuenta
- Copia del NIF, para nuevas empresas
- Documento acreditativo de la personalidad de la solicitante y de la capacidad de representación
- Situación económico-financiera: declaración del IRPF y del IVA de los dos últimos años si no hay obligación de depositar cuentas
- Documentación acreditativa de los criterios de valoración de la base 8
- Escritura de propiedad de los terrenos y su inscripción en el Registro de la Propiedad, y certificación urbanística, en su caso
- Licencia municipal de obras, si procede
- Licencia de apertura o de actividad clasificada, si procede
- Plan de inversión (anexo II)
Qué obliga a hacer
- Ejecutar la inversión conforme a la resolución de concesión y finalizarla antes del 1 de octubre de 2027; solicitud de pago antes del 8 de octubre de 2027
- Mantener hasta la fecha de la resolución de pago los requisitos de admisibilidad y las circunstancias tenidas en cuenta en la valoración
- Mantener la inversión y la actividad forestal durante 5 años desde la resolución de pago, sin cambio de propiedad, arrendamiento, cesión ni modificación de la naturaleza o condiciones de ejecución
- Destinar la inversión subvencionada exclusivamente a la actividad forestal
- No incurrir en deslocalización empresarial (Ley Foral 18/2020)
- Permitir el acceso del personal del Servicio Forestal y Gestión Cinegética a las instalaciones y a la maquinaria
- Comunicar al Departamento la solicitud o percepción de otras subvenciones públicas que financien las mismas inversiones
- Cumplir las obligaciones de publicidad del FEADER: panel informativo desde 10.000 € de ayuda y panel o placa desde 50.000 €
- Cumplir las obligaciones de transparencia cuando la ayuda supere 20.000 € o el 20 % de los ingresos anuales
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos
- Reintegrar los fondos en los supuestos de incumplimiento previstos en las bases
- Seguir los principios de actuación en materia de igualdad entre mujeres y hombres (Ley Foral 17/2019)
Documentos oficiales
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