Proyectos culturales en Cantabria 2026: artistas plásticos, comisarios, salas escénicas, cines, galerías y entidades locales
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Gobierno de Cantabria) · Cantabria
- Plazo
- Hasta el 13 de noviembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 10.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención en concurrencia competitiva para actividades culturales hechas sobre todo en Cantabria entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, incluidas las ya realizadas: proyectos de artistas plásticos y comisarios (modalidad A, hasta 5.000 € por proyecto), mantenimiento y programación de salas escénicas, cines y galerías privados (modalidad B, hasta 10.000 € por espacio) y actividades de entidades locales (modalidad D). Las modalidades A y B son para autónomos y sociedades con domicilio fiscal en Cantabria y alta en el IAE de la actividad. Cubre hasta el 90 % del presupuesto, en proporción a la puntuación (mínimo 45 puntos), y puede cobrarse por anticipado; hay 251.000 €, de ellos 121.000 € para A y B. Plazo: 15 días hábiles desde la publicación del extracto (23 de octubre de 2026), hasta el 13 de noviembre de 2026.
Quién puede pedirla
Modalidades A y B: autónomos (empresarios individuales) y sociedades privadas con domicilio fiscal en Cantabria y alta en el IAE en la actividad: artistas plásticos y comisarios (A) y empresas que gestionan espacios culturales privados de artes escénicas, cine o exposición de artes plásticas (B). Modalidad D: entidades locales de Cantabria.
«Podrán ser beneficiarios de subvención en las modalidades A y B, dirigidas a Profesionales y Empresas, las personas físicas (empresarios individuales) y las personas jurídicas privadas con forma societaria que tengan su domicilio fiscal en Cantabria»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 2
Sectores: comercio, información, comunicación y tecnología y cultura, deporte y ocio.
Requisitos
De la empresa
Ser autónomo (empresario individual) o sociedad: SL, SA, cooperativa o sociedad laboral. No valen comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones ni fundaciones
«las personas físicas (empresarios individuales) y las personas jurídicas privadas con forma societaria»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 2Ser una persona o empresa privada, no del sector público
«Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas privadas con forma societaria»
Bases reguladoras: Subvención concurrencia competitiva para realizar actividades… · pág. 2Tener el domicilio fiscal en Cantabria
«con forma societaria que tengan su domicilio fiscal en Cantabria»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 2Estar al corriente con Hacienda (también con la Administración de Cantabria) y con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución y del pago
«Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Segu- ridad Social con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago»
Bases reguladoras: Subvención concurrencia competitiva para realizar actividades… · pág. 11No tener deudas por reintegro de subvenciones
«así como con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro»
Bases reguladoras: Subvención concurrencia competitiva para realizar actividades… · pág. 11Ser artista plástico o comisario artístico (modalidad A) o gestionar un espacio cultural de artes escénicas, cine o exposición de artes plásticas (modalidad B)
«ayudas a profesionales y empresas para el fomento y la difusión de las artes plásticas (creadores y comisarios) y para los espacios culturales dedicados a las artes escénicas, la proyección cinematográfica y la exposición de artes plásticas»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 1En la modalidad B, el espacio cultural que se gestiona tiene que ser de titularidad privada
«podrán ser beneficiarios las empresas gestoras de espacios culturales de titularidad privada dedicados a cualquiera de esas actividades»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 3Estar de alta en el IAE en el sector de actividad relacionado con la actividad subvencionada
«que estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) en el sector de actividad relacionado con las que son objeto de subvención»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 2Las galerías y espacios de exposición de artes plásticas (modalidad B) tienen que estar de alta en el epígrafe 615 del IAE, subepígrafe Galerías de arte
«el alta en el I.A.E deberá ser específicamente en el epígrafe 615, sub-epígrafe Galerías de arte»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 3En la modalidad B, el espacio tiene que tener todas las autorizaciones administrativas obligatorias para su actividad
«Disponer de todas las autorizaciones administrativas que resulten preceptivas para el desarrollo de su actividad.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 3Aforo total máximo, sumando todas las salas: 150 espectadores en los espacios de artes escénicas y 350 en los de proyección cinematográfica
«Tener un aforo máximo de 150 espectadores en los espacios culturales dedicados a las artes escénicas, y de 350 espectadores en los espacios dedicados a la proyección cinematográfica.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 3Si es una sociedad, la actividad para la que pide la ayuda tiene que estar relacionada con su objeto social
«La documentación aportada deberá permitir verificar que la actividad propuesta para ser subvencionada está relacionada con el objeto social y fines de la entidad solicitante.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 6No estar en ninguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de Subvenciones de Cantabria
«No podrán obtener la condición de beneficiario quienes se hallaren en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 3
Del proyecto o el gasto
Modalidad A: los artistas, para producir obra o proyectos artísticos que se vayan a presentar o desarrollar en espacios culturales adecuados; los comisarios, para proyectos innovadores que den a conocer las artes plásticas y presten especial atención a creadores cántabros o residentes en Cantabria
«los creadores artísticos, para la producción de obras de arte y desarrollo de proyectos artísticos que vayan a ser presentados o desarrollados en espacios culturales apropiados; y los comisarios artísticos, para el desarrollo y organización de proyectos culturales de carácter innovador»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 3La actividad tiene que realizarse íntegramente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
«para la realización de actividades y proyectos culturales en la Comunidad Autónoma de Cantabria entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 1La actividad tiene que desarrollarse mayoritariamente en Cantabria; las partes que se hagan fuera se indican en la memoria
«la actividad subvencionable se debe desarrollar mayoritariamente en Cantabria, haciéndose constar en la memoria explicativa de la actividad aquellas partes de la misma que no cumplan este requisito»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 3Modalidad A: como máximo dos proyectos por solicitante, con una solicitud para cada uno (si se presentan más, valen las dos últimas)
«En las modalidades A y D, cada interesado podrá solicitar ayuda para un máximo de dos proyectos, debiendo presentar una solicitud individualizada por cada uno de ellos.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 2Modalidad B: una sola solicitud por espacio cultural
«En la modalidad B solo se podrá presentar una solicitud de ayuda por cada espacio cultural.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 2Programación mínima al año: 15 funciones en los espacios de artes escénicas y 20 pases en las salas de cine (cuentan las funciones o pases en línea si se acreditan)
«Los espacios culturales dedicados a las artes escénicas (teatro, danza, magia…) deberán programar un mínimo de 15 funciones al año, y las salas de proyección cinematográfica deberán exhibir al menos 20 pases al año.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 4Los espacios de exposición de artes plásticas tienen que programar al menos tres exposiciones al año y acreditarlo en la justificación
«Programar al menos tres exposiciones al año y acreditarlo debidamente en la justificación.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 4En los espacios de artes escénicas y salas de cine, la ayuda es para el mantenimiento del espacio y su actividad durante el año, no para producciones o espectáculos concretos
«Las subvenciones se concederán para el mantenimiento de estos espacios ubicados en Cantabria y para las actividades que se realizan en los mismos a lo largo del año, pero no para la realización de producciones o espectáculos determinados»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 4Solo cuentan los gastos hechos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y pagados antes de que termine el plazo de justificación (31 de enero de 2027)
«Se consideran gastos subvencionables los que se produzcan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, considerándose gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del plazo de justificación previsto en el artículo 12.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 4Los costes indirectos no pueden superar el 20 % del importe del proyecto
«en la medida que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad, suponiendo como máximo el 20 % del importe del proyecto.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 4Quedan fuera las actividades ocupacionales, lúdicas o recreativas, las fiestas gastronómicas, locales o patronales (salvo su parte cultural), las deportivas, infantiles, juveniles o de residencias de ancianos, las de promoción social de colectivos en riesgo de exclusión, las escolares, los viajes culturales recreativos y lo que no encaje en las líneas de la convocatoria
«No serán subvencionables los gastos relacionados con: a) Actividades de naturaleza ocupacional. b) Actividades de carácter meramente lúdico o recreativo.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 4No se subvencionan los servicios del propio solicitante si es persona física, ni los de autónomos que sean (o hayan sido en el último año) miembros, directivos, socios o administradores de la sociedad beneficiaria
«j) Los servicios prestados por el propio solicitante de la subvención en el caso de tratarse de una persona física. k) Los servicios prestados por profesionales autónomos cuando estos sean miembros, directivos, socios o administradores de la persona jurídica beneficiaria»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 5No se subvencionan los catálogos de exposiciones
«l) Catálogos de exposiciones.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 5No se subvencionan inversiones en infraestructuras o equipamiento (informático, audiovisual, vestuario, instrumentos…) ni compras de bienes muebles que aumenten el patrimonio: solo gastos propios de la actividad
«No se subvencionarán gastos de inversiones en infraestructuras o equipamientos (informático, audiovisual, vestuario, instrumentos, etc.), sino exclusivamente los conceptos de gasto inherentes a la propia actividad en cada modalidad.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 5No es subvencionable el IVA que se pueda recuperar o compensar ni los impuestos personales sobre la renta (en las empresas, el presupuesto subvencionable va sin IVA)
«En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 5No son subvencionables los intereses bancarios, recargos, sanciones ni gastos judiciales
«En ningún caso serán subvencionables los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los gastos de procedimientos judiciales.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 5Ningún gasto puede superar su valor de mercado
«En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 4Se puede subcontratar como máximo el 75 % de la actividad
«Los beneficiarios únicamente podrán subcontratar con terceros la ejecución de la ac- tividad subvencionada en un porcentaje que no excederá del setenta y cinco por ciento del importe de la actividad subvencionada.»
Bases reguladoras: Subvención concurrencia competitiva para realizar actividades… · pág. 10
Cuánto da
Hasta el 90 % del presupuesto subvencionable y nunca más de lo pedido: máximo 5.000 € por proyecto en la modalidad A, 10.000 € por espacio en la B y 30.000 € en la D (entidades locales). El importe es proporcional a la puntuación (mínimo 45 puntos sobre 100).
«La subvención no superará el 90 % del presupuesto subvencionable de la actividad, ni las siguientes cuantías máximas respecto de cada modalidad: - Modalidad A. Creadores y comisarios: 5.000,00 €. - Modalidad B. Espacios culturales: 10.000,00 €.»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 13
- Presupuesto total
- 251.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o privados para la misma actividad, siempre que el total no supere su coste y, en las empresas, sin pasar del límite de minimis
Qué financia
- Modalidad A: producción de obra y proyectos de artistas plásticos que se vayan a presentar o desarrollar en espacios culturales
- Modalidad A: proyectos innovadores de comisarios que den a conocer las artes plásticas, con atención especial a creadores cántabros o residentes en Cantabria
- Modalidad B: mantenimiento y programación anual de espacios culturales privados de artes escénicas (teatro, danza, magia…) y de salas de cine, no producciones o espectáculos concretos
- Modalidad B: actividad de galerías y espacios privados de exposición de artes plásticas (al menos tres exposiciones al año)
- Modalidad D: actividades culturales de las entidades locales de Cantabria
Gastos que cubre
- Gastos que respondan sin duda a la naturaleza de la actividad, sean necesarios para ella, se hagan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y estén pagados antes de que acabe el plazo de justificación
- Costes indirectos imputados en la parte que corresponda, hasta el 20 % del importe del proyecto
- Gastos financieros, de garantía bancaria, asesoría jurídica o financiera, notariales, registrales, periciales y de administración específicos, si son indispensables para la actividad (cuentan como indirectos)
- Tributos efectivamente pagados, salvo el IVA recuperable y los impuestos personales sobre la renta
Plazo
15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria (23 de octubre de 2026): del 26 de octubre al 13 de noviembre de 2026
«El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de esta convocatoria»
Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 5
Cómo se pide
Registro electrónico, preferentemente el Registro Electrónico Común (REC) de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria (obligatorio para las personas jurídicas); las personas físicas también pueden usar los lugares del art. 16.4 de la Ley 39/2015. Modelos en www.cantabria.es y https://www.culturadecantabria.com/subvenciones-accion-cultural
- Solicitud en el modelo del Anexo I, firmada (una por proyecto en la modalidad A, hasta dos; una por espacio en la B), con sus declaraciones responsables: otras ayudas pedidas o recibidas para la misma actividad, no estar en las prohibiciones del art. 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, veracidad de los datos y cuenta bancaria
- DNI/NIF del solicitante y documento que acredite su domicilio (relación de documentos del Anexo I)
- Sociedades: escritura de constitución y modificaciones con los estatutos vigentes, NIF y acreditación de la representación de quien firma
- Autónomos: alta en el IAE en el epígrafe correspondiente y, si actúa un representante, acreditación de la representación
- Memoria técnica y económica de la actividad (máximo 20 folios): descripción (objeto, contenidos, fechas, plan, participación e interés social), medios humanos con currículum y medios técnicos y materiales (propios o alquilados), actividades relacionadas de 2024 y 2025, conmemoraciones culturales y, en salas escénicas y cines, aforo y metros del espacio
- Presupuesto detallado de gastos e ingresos según el Anexo II, con la aportación propia y el IVA por separado (en las empresas, el presupuesto subvencionable va sin IVA)
- Certificados de estar al corriente con la AEAT, la Administración de Cantabria y la Seguridad Social, solo si se opone a que la Administración los consulte
Qué obliga a hacer
- Aceptar la subvención: se entiende aceptada si no se renuncia en los 10 días siguientes a la notificación
- Realizar la actividad en 2026 tal como se describió en la memoria presentada con la solicitud
- Presentar la cuenta justificativa antes del 31 de enero de 2027: memoria técnica (actividades, resultados y pruebas de la publicidad), relación clasificada de gastos según el Anexo III (también en Excel), facturas y justificantes de pago por al menos el importe concedido, memoria de gastos indirectos si los hay y relación de otros ingresos, ayudas y fondos propios (Anexo IV)
- Gastar y justificar el presupuesto subvencionable completo: si se justifica al menos el 80 %, el reintegro es proporcional al gasto no justificado
- Facturas a nombre del beneficiario, fechadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, y pagos a través de entidad financiera, nunca en efectivo; si hay retenciones de IRPF, acreditar su ingreso
- Poner el logotipo del Gobierno de Cantabria y mencionar la subvención de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en la publicidad y difusión de la actividad (si no, reintegro del 2 % y 10 puntos menos en solicitudes futuras)
- Comunicar cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la actividad y cualquier cambio en las condiciones
- Mantener los requisitos de beneficiario hasta justificar la ayuda
- Pedir autorización para los cambios sustanciales del proyecto, en el plazo de un mes desde que surjan y antes de que acabe la ejecución
- Pedir tres ofertas cuando un gasto supere el importe del contrato menor, salvo excepciones o si el gasto es anterior a la solicitud
- Someterse a las comprobaciones y controles, llevar la contabilidad exigible y conservar los justificantes
- Transparencia: las personas jurídicas con ayudas de la Administración de Cantabria de al menos 100.000 € concedidas en 2025 deben publicar en su web las retribuciones de sus órganos de dirección y acreditarlo
Documentos oficiales
- Extracto (BOC. B.O. DE CANTABRIA): Extracto de la resolución del consejero de Cultura, Turismo y Deporte de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades y proyectos culturales durante el año 2026.
- Anexo I · Anexo_I_solic_partici.pdf
- Anexo II · Anexo_II_Presupuesto.pdf
- Anexo III · Anexo_III_memoria_econ_justificativa.pdf
- Anexo IV · Anexo_IV_otras_subvenciones.pdf
- Anexo V · Anexo_V_renuncia.pdf
- Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf
- Bases reguladoras: Subvención concurrencia competitiva para realizar actividades y proyectos culturales en 2026
- Convocatoria 935767 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Más ayudas abiertas en Cantabria
Inversiones en empresas turísticas de Cantabria 2026
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Dirección General de Turismo y Hostelería, Gobierno de Cantabria) · Cantabria
Cierra en 6 díasHasta 100.000 €
Actividades culturales en el medio rural de Cantabria 2026-2027
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de Cantabria (D.G. de Cultura y Patrimonio Histórico) · Cantabria
Hasta el 13 de noviembre de 2026Hasta 10.000 €
Vehículos autotaxi adaptados a personas con movilidad reducida en Cantabria 2026
Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (Cantabria) · Cantabria
Plazo en las basesHasta 10.000 €
Santander Crea y Emplea 2026: ayudas para emprender y para contratar a jóvenes y mujeres de 45 o más años en Santander
Ayuntamiento de Santander (Concejalía de Empleo, Emprendimiento y Desarrollo Empresarial) · Santander (Cantabria)
Plazo en las basesHasta 6.000 €
Subvenciones a salas de cine de Cantabria para la creación de audiencias 2026
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de Cantabria (D.G. de Cultura y Patrimonio Histórico) · Cantabria
Plazo en las basesHasta 25.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.