Proyectos culturales en Cantabria 2026: artistas plásticos, comisarios, salas escénicas, cines, galerías y entidades locales

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Gobierno de Cantabria) · Cantabria

Plazo
Hasta el 13 de noviembre de 2026
Cuánto
Hasta 10.000 €
Tipo
Subvención

Subvención en concurrencia competitiva para actividades culturales hechas sobre todo en Cantabria entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, incluidas las ya realizadas: proyectos de artistas plásticos y comisarios (modalidad A, hasta 5.000 € por proyecto), mantenimiento y programación de salas escénicas, cines y galerías privados (modalidad B, hasta 10.000 € por espacio) y actividades de entidades locales (modalidad D). Las modalidades A y B son para autónomos y sociedades con domicilio fiscal en Cantabria y alta en el IAE de la actividad. Cubre hasta el 90 % del presupuesto, en proporción a la puntuación (mínimo 45 puntos), y puede cobrarse por anticipado; hay 251.000 €, de ellos 121.000 € para A y B. Plazo: 15 días hábiles desde la publicación del extracto (23 de octubre de 2026), hasta el 13 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Modalidades A y B: autónomos (empresarios individuales) y sociedades privadas con domicilio fiscal en Cantabria y alta en el IAE en la actividad: artistas plásticos y comisarios (A) y empresas que gestionan espacios culturales privados de artes escénicas, cine o exposición de artes plásticas (B). Modalidad D: entidades locales de Cantabria.

«Podrán ser beneficiarios de subvención en las modalidades A y B, dirigidas a Profesionales y Empresas, las personas físicas (empresarios individuales) y las personas jurídicas privadas con forma societaria que tengan su domicilio fiscal en Cantabria»

Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 2

Sectores: comercio, información, comunicación y tecnología y cultura, deporte y ocio.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Hasta el 90 % del presupuesto subvencionable y nunca más de lo pedido: máximo 5.000 € por proyecto en la modalidad A, 10.000 € por espacio en la B y 30.000 € en la D (entidades locales). El importe es proporcional a la puntuación (mínimo 45 puntos sobre 100).

«La subvención no superará el 90 % del presupuesto subvencionable de la actividad, ni las siguientes cuantías máximas respecto de cada modalidad: - Modalidad A. Creadores y comisarios: 5.000,00 €. - Modalidad B. Espacios culturales: 10.000,00 €.»

Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 13
Presupuesto total
251.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o privados para la misma actividad, siempre que el total no supere su coste y, en las empresas, sin pasar del límite de minimis

Qué financia

  • Modalidad A: producción de obra y proyectos de artistas plásticos que se vayan a presentar o desarrollar en espacios culturales
  • Modalidad A: proyectos innovadores de comisarios que den a conocer las artes plásticas, con atención especial a creadores cántabros o residentes en Cantabria
  • Modalidad B: mantenimiento y programación anual de espacios culturales privados de artes escénicas (teatro, danza, magia…) y de salas de cine, no producciones o espectáculos concretos
  • Modalidad B: actividad de galerías y espacios privados de exposición de artes plásticas (al menos tres exposiciones al año)
  • Modalidad D: actividades culturales de las entidades locales de Cantabria

Gastos que cubre

  • Gastos que respondan sin duda a la naturaleza de la actividad, sean necesarios para ella, se hagan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y estén pagados antes de que acabe el plazo de justificación
  • Costes indirectos imputados en la parte que corresponda, hasta el 20 % del importe del proyecto
  • Gastos financieros, de garantía bancaria, asesoría jurídica o financiera, notariales, registrales, periciales y de administración específicos, si son indispensables para la actividad (cuentan como indirectos)
  • Tributos efectivamente pagados, salvo el IVA recuperable y los impuestos personales sobre la renta

Plazo

15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria (23 de octubre de 2026): del 26 de octubre al 13 de noviembre de 2026

«El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de esta convocatoria»

Texto en castellano de la convocatoria · 3.Resolución_convocatoria firmada.pdf · pág. 5

Cómo se pide

Registro electrónico, preferentemente el Registro Electrónico Común (REC) de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria (obligatorio para las personas jurídicas); las personas físicas también pueden usar los lugares del art. 16.4 de la Ley 39/2015. Modelos en www.cantabria.es y https://www.culturadecantabria.com/subvenciones-accion-cultural

  • Solicitud en el modelo del Anexo I, firmada (una por proyecto en la modalidad A, hasta dos; una por espacio en la B), con sus declaraciones responsables: otras ayudas pedidas o recibidas para la misma actividad, no estar en las prohibiciones del art. 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, veracidad de los datos y cuenta bancaria
  • DNI/NIF del solicitante y documento que acredite su domicilio (relación de documentos del Anexo I)
  • Sociedades: escritura de constitución y modificaciones con los estatutos vigentes, NIF y acreditación de la representación de quien firma
  • Autónomos: alta en el IAE en el epígrafe correspondiente y, si actúa un representante, acreditación de la representación
  • Memoria técnica y económica de la actividad (máximo 20 folios): descripción (objeto, contenidos, fechas, plan, participación e interés social), medios humanos con currículum y medios técnicos y materiales (propios o alquilados), actividades relacionadas de 2024 y 2025, conmemoraciones culturales y, en salas escénicas y cines, aforo y metros del espacio
  • Presupuesto detallado de gastos e ingresos según el Anexo II, con la aportación propia y el IVA por separado (en las empresas, el presupuesto subvencionable va sin IVA)
  • Certificados de estar al corriente con la AEAT, la Administración de Cantabria y la Seguridad Social, solo si se opone a que la Administración los consulte

Qué obliga a hacer

  • Aceptar la subvención: se entiende aceptada si no se renuncia en los 10 días siguientes a la notificación
  • Realizar la actividad en 2026 tal como se describió en la memoria presentada con la solicitud
  • Presentar la cuenta justificativa antes del 31 de enero de 2027: memoria técnica (actividades, resultados y pruebas de la publicidad), relación clasificada de gastos según el Anexo III (también en Excel), facturas y justificantes de pago por al menos el importe concedido, memoria de gastos indirectos si los hay y relación de otros ingresos, ayudas y fondos propios (Anexo IV)
  • Gastar y justificar el presupuesto subvencionable completo: si se justifica al menos el 80 %, el reintegro es proporcional al gasto no justificado
  • Facturas a nombre del beneficiario, fechadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, y pagos a través de entidad financiera, nunca en efectivo; si hay retenciones de IRPF, acreditar su ingreso
  • Poner el logotipo del Gobierno de Cantabria y mencionar la subvención de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en la publicidad y difusión de la actividad (si no, reintegro del 2 % y 10 puntos menos en solicitudes futuras)
  • Comunicar cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la actividad y cualquier cambio en las condiciones
  • Mantener los requisitos de beneficiario hasta justificar la ayuda
  • Pedir autorización para los cambios sustanciales del proyecto, en el plazo de un mes desde que surjan y antes de que acabe la ejecución
  • Pedir tres ofertas cuando un gasto supere el importe del contrato menor, salvo excepciones o si el gasto es anterior a la solicitud
  • Someterse a las comprobaciones y controles, llevar la contabilidad exigible y conservar los justificantes
  • Transparencia: las personas jurídicas con ayudas de la Administración de Cantabria de al menos 100.000 € concedidas en 2025 deben publicar en su web las retribuciones de sus órganos de dirección y acreditarlo

Documentos oficiales

Más ayudas abiertas en Cantabria

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.