Vehículos autotaxi adaptados a personas con movilidad reducida en Cantabria 2026

Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (Cantabria) · Cantabria

Plazo
Plazo en las bases
Cuánto
Hasta 10.000 €
Tipo
Subvención

Subvención a fondo perdido para la adquisición o transformación de vehículos autotaxi adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi) en Cantabria. Va dirigida a los titulares de licencia de taxi municipal y de autorización VT, con domicilio fiscal en Cantabria. Cubre hasta el 70 % del coste, con un máximo de 10.000 € por beneficiario, sobre un crédito total de 80.000 €. La concesión se hace por orden de fecha de solicitud hasta agotar el crédito, en un plazo de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOC.

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas titulares de licencia de autotaxi expedida por un ayuntamiento de Cantabria y de autorización de transporte público interurbano de viajeros (VT) en alta, con domicilio fiscal en Cantabria

«Tendrán la condición de personas beneficiarias, las personas solicitantes, físicas o jurídicas, que,»

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Sectores: transporte y logística.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Hasta el 70 % de los costes de adaptación o adquisición del vehículo adaptado, con un máximo de 10.000 € por beneficiario; el IVA no es subvencionable

«Será subvencionable hasta el 70% de los costes en los que haya incurrido o deba incurrir la»

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Presupuesto total
80.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Incompatibles con otras subvenciones o ayudas para los mismos costes subvencionables, procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional

Qué financia

  • Adquisición de un vehículo taxi adaptado a personas con movilidad reducida (Eurotaxi) que sustituya al adscrito a la licencia y a la autorización VT
  • Transformación de un vehículo taxi para adaptarlo a personas con movilidad reducida, con modificaciones homologadas

Gastos que cubre

  • Facturas de adquisición o transformación del vehículo, con detalle separado de las adaptaciones efectuadas
  • Justificantes de pago de las facturas (transferencia, cheque nominativo, tarjeta u otros medios acreditados)
  • Ficha técnica o certificado de ITV con los cambios homologados
  • No es subvencionable el IVA

Plazo

10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria

«El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el día»

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Cómo se pide

Registro Electrónico Común de la Administración de Cantabria (https://rec.cantabria.es/), dirigidas al consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente; obligatorio por medios electrónicos para personas jurídicas

  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo I), firmado por el titular de la licencia y la autorización
  • Documentación acreditativa de la constitución y, en su caso, modificaciones y poder del representante (personas jurídicas)
  • Acreditación de la representación, si se presenta a través de representante
  • Certificación bancaria con el código de cuenta completo y su titularidad
  • Declaración responsable de no incurrir en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 ni en el 12.2 de la Ley 10/2006
  • Declaración responsable de no haber solicitado ni recibido otras subvenciones para los mismos costes
  • Declaración de ayudas de minimis recibidas en los tres años previos
  • Factura de adquisición o transformación del vehículo adaptado, detallada
  • Justificante de pago y certificado de titularidad de la cuenta desde la que se pagó, si no coincide con la de la solicitud
  • Ficha técnica del vehículo o certificado de ITV con los cambios homologados
  • Copia de la póliza del seguro del vehículo en vigor, con responsabilidad ampliada
  • En su caso, certificados de estar al corriente de AEAT, ACAT y TGSS si no se autoriza su consulta

Qué obliga a hacer

  • Mantener el vehículo adaptado adscrito a la autorización VT durante al menos 5 años desde la resolución de concesión; si hay transmisión, el vehículo debe seguir adscrito el tiempo restante
  • Si el vehículo se adquiere antes del plazo pero no está disponible, adscribirlo a la autorización VT antes del 1 de enero del año siguiente al de la convocatoria
  • Destinar el importe íntegro de la ayuda al pago de las actuaciones subvencionadas
  • Comunicar al órgano instructor la obtención de otras ayudas para la misma finalidad en un plazo máximo de diez días hábiles
  • Facilitar los datos necesarios para las inspecciones de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones
  • Comunicar cualquier eventualidad que surja en el desarrollo de la actividad subvencionada
  • Facilitar la información requerida por la Intervención General, el Tribunal de Cuentas y otros órganos de control
  • Incorporar en lugar visible del cuarto trasero del vehículo el adhesivo de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones que indica que fue subvencionado

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Cantabria

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.