Ayuda financiera de los fondos operativos de las OPFH de La Rioja (programa operativo Kumix 25-27)
Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente (Gobierno de La Rioja) · La Rioja
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Subvención
- Tipo
- Subvención
Ayuda financiera (FEAGA) para aplicar el programa operativo de una organización de productores de frutas y hortalizas reconocida: inversiones en explotaciones e instalaciones, medios de producción, mejora de la comercialización, medidas medioambientales y climáticas, formación, asesoramiento y prevención de crisis, financiadas con el fondo operativo anual. Se concede previa aprobación del programa operativo por el órgano competente de la comunidad autónoma donde radique la sede social, con los límites del artículo 52 del Reglamento (UE) 2021/2115, y se cobra mediante anticipos, pagos parciales y saldo justificado. El presupuesto publicado en la BDNS es de 318.713,64 €.
Quién puede pedirla
Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Organizaciones de productores de frutas y hortalizas (OPFH) reconocidas y sus asociaciones, con sede social en La Rioja; no van dirigidas a empresas o autónomos individuales, aunque muchas OPFH sean cooperativas o sociedades de productores
Organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas reconocidas por los órganos competentes del Reino de España (y sus asociaciones), incluidas las transnacionales, que apliquen un programa operativo aprobado
«El ámbito de aplicación serán los programas operativos de las organizaciones de productores y de las asociaciones de organizaciones de productores, tanto transnacionales como no transnacionales, del sector de las frutas y hortalizas»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 4
Sectores: agricultura, ganadería y forestal.
Requisitos
De la empresa
Estar reconocida como organización de productores de frutas y hortalizas, o como asociación de organizaciones de productores, por el órgano competente
«reconocidas por los órganos competentes del Reino de España en virtud de los artículos 152 y 156 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 4Tener la sede social en La Rioja, que es la comunidad autónoma competente para aprobar el programa operativo y pagar la ayuda
«órgano designado por la comunidad autónoma donde radique la sede social de la organización de productores»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 5
Del proyecto o el gasto
El programa operativo debe tener una duración mínima de tres años y máxima de siete, aplicándose por periodos anuales del 1 de enero al 31 de diciembre
«Los programas operativos deberán tener una duración mínima de tres años y máxima de siete»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 8El programa debe destinar al menos el 15 % del gasto a los objetivos medioambientales y climáticos (con tres o más acciones), al menos el 2 % a investigación y producción sostenible, y no más de un tercio del gasto a retiradas, cosecha en verde y renuncia a la cosecha
«Al menos el 15 por cien del gasto debe cubrir acciones o actuaciones incluidas en tipos de intervención relacionadas con los objetivos citados en el artículo 4.2, letras b) y c)»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 7El proyecto de programa operativo debe haber sido aprobado por la asamblea general de la organización (o el órgano equivalente)
«Haber sido aprobado por la asamblea general de la organización de productores, o la asamblea de la sección en caso de que la organización de productores está organizada en secciones»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 10Solo pueden financiarse en varias anualidades inversiones de importe superior a 15.000 €, con un periodo de carencia máximo de dos años
«El importe de las inversiones que se prevean financiar en varios años deberá ser superior a 15.000 euros y podrán admitirse un periodo de carencia que no será superior a dos años»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 12Las explotaciones o instalaciones donde se ejecutan las intervenciones deben estar correctamente declaradas en el registro de explotaciones de la comunidad autónoma donde estén ubicadas
«deberán estar correctamente declaradas en el registro de explotaciones de la comunidad autónoma donde estén ubicadas»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 8No se pueden financiar inversiones en parcelas de regadío de miembros sancionados en firme por uso ilegal del agua
«En las parcelas de regadío de los miembros de una organización de productores que hayan sido sancionados en firme por la autoridad competente en materia de agua por hacer un uso ilegal de este recurso, no podrán realizarse inversiones financiadas con un programa operativo»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 14
Cuánto da
Ayuda financiera de la Unión calculada sobre el valor de la producción comercializada conforme al artículo 52 del Reglamento (UE) 2021/2115, que financia el fondo operativo anual; el fondo operativo no puede superar el doble de la ayuda de la Unión prevista, y determinados tipos de intervención tienen límites específicos (20 % para personal B.1 y F.4, 5 % para envases y palots, un tercio del gasto en retiradas, cosecha en verde y renuncia a la cosecha). No se fija un importe máximo por beneficiario en los documentos aportados.
«los montantes de los fondos operativos anuales de las organizaciones de productores no podrán superar el doble del importe previsto de la ayuda financiera de la Unión que les corresponda»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 19
- Presupuesto total
- 318.713,64 €
- Cómo se concede
- Otro sistema: ver las bases
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- No cabe doble financiación: cada titular de las acciones e inversiones debe declarar que no ha recibido ni va a solicitar otra ayuda de la Unión o nacional por las mismas actuaciones, salvo las ayudas medioambientales que complementen los eco-regímenes
Qué financia
- Inversiones en activos materiales e inmateriales: riego, invernaderos, construcciones auxiliares, maquinaria y aperos, vehículos, plantones
- Medidas dirigidas a mejorar la comercialización: obra civil, centrales hortofrutícolas, maquinaria de manipulación y envasado, equipamiento informático, tienda online
- Investigación y producción experimental, servicios de asesoramiento y asistencia técnica y formación
- Producción ecológica e integrada, medidas de conservación del suelo, agua, energía, biodiversidad y reducción de residuos y plaguicidas
- Acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, regímenes de calidad, trazabilidad, promoción y comunicación
- Prevención y gestión de crisis: mutualidades, retiradas del mercado, cosecha en verde y renuncia a la cosecha
Gastos que cubre
- Infraestructuras de las explotaciones o instalaciones (riego, embalses y balsas, desaladoras, acondicionamiento de parcelas, invernaderos, construcciones auxiliares)
- Medios de producción: maquinaria y aperos, vehículos, plantones y gastos de plantación, medios digitales y de agricultura de precisión
- Obra civil, maquinaria, instalaciones y equipos dirigidos a mejorar la comercialización, incluido equipamiento informático y canal web
- Instalaciones experimentales y fincas piloto, material no fungible de laboratorio y contrataciones con centros de investigación
- Gastos de personal propio o externo cualificado (limitados al 20 % del programa junto con la acción F.4)
- Estudios, gastos generales (cantidad fija a tanto alzado del 2 %) y gastos jurídicos de fusiones y adquisiciones
- Inversiones y costes específicos de las acciones medioambientales, climáticas y de biodiversidad del anexo I
- Envases y palots de campo de uso plurianual (limitados al 5 % del programa)
- Costes de certificación, análisis en laboratorios acreditados y acciones de promoción y formación
Plazo
Los documentos aportados no fijan un plazo de solicitud propio de esta convocatoria: el Real Decreto 857/2022 exige presentar el proyecto de programa operativo antes del 15 de septiembre del año anterior a su primera anualidad y la solicitud de saldo de la ayuda antes del 15 de febrero del año siguiente al que se solicita. La BDNS indica 15/02/2026–15/02/2028, pero corresponde a hitos del programa operativo (aprobación del programa Kumix 25/27 y solicitud de pago de la última anualidad), no a un plazo de presentación de solicitudes.
«la organización de productores deberá presentar al órgano competente el proyecto de programa operativo que pretenda aplicar, a más tardar el 15 de septiembre del año anterior al de su primera anualidad»
Texto en castellano de la convocatoria · BOE-A-2022-16586.pdf · pág. 9
Cómo se pide
Sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=14948); la presentación es electrónica obligatoria y, cuando la comunidad autónoma lo establezca, se realiza a través de la aplicación «Gestión de Programas Operativos» del FEGA o de las aplicaciones autonómicas equivalentes
- Proyecto de programa operativo con el contenido mínimo del anexo II (identificación de la entidad, situación de partida, evaluación ex ante, objetivos, intervenciones, acciones, actuaciones, inversiones y conceptos de gasto, ubicación SIGPAC y titularidad, plan financiero)
- Copia o certificación del acta de la asamblea general que aprueba la constitución del fondo operativo anual y el método de cálculo de las contribuciones financieras
- Certificado del valor de la producción comercializada y de la contabilidad aprobada por el órgano competente de la entidad
- Declaración responsable de cada titular de las acciones e inversiones de que no ha recibido ni solicitará otra ayuda por las mismas
- Documentación específica exigida para cada acción, actuación, inversión y concepto de gasto
- Certificado del acuerdo de la asamblea sobre el reembolso de inversiones en caso de baja de miembros
- Declaración responsable de compromiso de cumplir la normativa reguladora de los programas y fondos operativos
- Para el cobro: solicitud de ayuda o saldo con la cuenta justificativa, extractos bancarios o informe de auditoría y facturas con prueba de pago
Qué obliga a hacer
- Utilizar los activos adquiridos según la naturaleza, objetivos y uso previsto en el programa operativo aprobado
- Mantener los activos en propiedad de la organización de productores al menos cinco años desde la adquisición (tres años para plásticos, mallas, cintas de riego, plantones, envases y palots de campo y otros elementos del artículo 11.1)
- Llevar una contabilidad específica del fondo operativo en una cuenta exclusiva o, si no lo es, con informe de auditoría
- Presentar la cuenta justificativa con las solicitudes de pago parcial, de saldo o de ayuda total anual
- Presentar la solicitud de saldo de la ayuda antes del 15 de febrero del año siguiente al que se solicita
- Comunicar anualmente, antes del 15 de septiembre, el importe previsto del fondo operativo y las modificaciones del programa
- Comunicar las bajas de miembros productores que hayan realizado inversiones y recuperar su importe o valor residual
- Introducir en el sistema informático los indicadores financieros, de ejecución, resultado e impacto antes del 15 de febrero
- Facilitar los controles administrativos y sobre el terreno y no obstaculizarlos
Documentos oficiales
Guías para prepararla
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Plazo en las basesHasta 30.000 €
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Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente (Gobierno de La Rioja) · La Rioja
Plazo en las basesHasta 50.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.