Rehabilitación y edificación en el Casco Histórico de Calahorra 2026
Ayuntamiento de Calahorra · Calahorra (La Rioja)
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Hasta 30.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención a fondo perdido del Ayuntamiento de Calahorra para obras ya ejecutadas de rehabilitación, accesibilidad, elementos singulares y fachadas en el Casco Histórico y en edificios de más de 50 años del resto del casco urbano, incluidos locales comerciales en planta baja. Financia entre el 10 % y el 75 % del coste de la obra sin IVA, con un máximo de 30.000 € por promotor y edificio, vivienda o local, sobre un crédito total de 100.000 €. Se concede por orden de presentación de solicitudes hasta agotar el crédito, con un plazo de 20 días desde la publicación del extracto en el BOLR. Las obras subvencionables son las finalizadas en 2025.
Quién puede pedirla
Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Promotores de obras en Calahorra: propietarios, usufructuarios, arrendatarios de viviendas o locales, comunidades de propietarios y promotores de vivienda nueva; solo la línea de locales comerciales en planta baja se dirige típicamente a empresas
Promotores de las obras: promotores de viviendas de nueva edificación en el Casco Histórico, comunidades de propietarios legalmente constituidas, propietarios de la totalidad del edificio, propietarios y usufructuarios de viviendas o locales en edificios en propiedad horizontal y arrendatarios de viviendas o locales
«Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los promotores de las obras en cualquiera de los siguientes casos:»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 2
El proyecto tiene que estar en Calahorra (La Rioja).
Requisitos
De la empresa
Ser promotor de las obras: propietario, usufructuario o arrendatario del inmueble, comunidad de propietarios legalmente constituida o promotor de la nueva edificación
«Los arrendatarios de viviendas o locales, siempre que las actuaciones se ajusten a lo previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos.»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 2El inmueble objeto de las obras está en el término municipal de Calahorra, en el Casco Histórico o en el resto del casco urbano
«en el término municipal de Calahorra, en concreto las siguientes:»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 1No estar incursa en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
«En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 13,2 y 3 de la Ley 38/2003»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 2No tener participaciones de entidades u organismos del sector público en su organización o capital social
«Se excluirán asimismo de la condición de beneficiarios aquellos en los que existan participaciones de cualquier entidad u organismo del sector público en su organización o capital social.»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 2Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Calahorra
«Que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Calahorra.»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 3
Del proyecto o el gasto
Las obras deben haber sido autorizadas previamente por el Ayuntamiento (licencia de obras, comunicación previa o requerimiento del deber de conservación)
«la condición de beneficiario requiere que las obras ejecutadas hayan sido previamente autorizadas por el Ayuntamiento, mediante la obtención de licencia municipal de obras»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 2El presupuesto protegido de las obras debe superar 1.000 € sin IVA
«Estas ayudas se concederán a las obras cuyo presupuesto protegido supere la cantidad de 1.000,00 euros sin incluir IVA.»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 8Las obras deben haber finalizado en el ejercicio anterior (año 2025)
«que hayan finalizado en el ejercicio anterior (año 2025), siempre que cumplan los restantes requisitos establecidos en las bases reguladoras y en esta convocatoria.»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 2Fuera del Casco Histórico, el inmueble debe tener más de 50 años según Catastro
«La rehabilitación y mejora de la accesibilidad y uso de los inmuebles de carácter residencial con una antigüedad superior a 50 años (según Catastro).»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 1No son subvencionables las obras para pisos turísticos, residencias o edificios residenciales con fines lucrativos
«Las obras conducentes al establecimiento de pisos turísticos, residencias, o cualquier edificio residencial con fines lucrativos.»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 8No son subvencionables las obras de instalación o renovación de ascensores ni la bajada a cota 0, mientras existan subvenciones del Gobierno de La Rioja en esta materia
«Las obras de instalación o renovación de ascensores, así como de la bajada a cota 0 de los existentes, mientras existan subvenciones en esta materia del Gobierno de La Rioja.»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 8No es subvencionable la instalación de calderas de calefacción de combustibles (gasóleo, carbón, gas)
«La instalación de calderas de calefacción de combustibles (gasóleo, carbón, gas).»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 8Para la línea del 50 % por mejora de accesibilidad hay que acreditar al menos una persona empadronada con discapacidad reconocida del 33 % o más, o mayor de 65 años
«acreditar que al menos exista una persona empadronada con un porcentaje de discapacidad reconocida mayor o igual al 33 % o con una edad superior a 65 años.»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 6
Cuánto da
Porcentaje variable según la actuación: 56 €/m² útil en nueva edificación, 20 % en rehabilitación, 50 % en mejora de accesibilidad, 10 % en locales comerciales, 75 % en elementos arquitectónicos singulares y 50 % o 20 % en fachadas; máximo 30.000 € por promotor y edificio, vivienda o local
«En ningún caso se concederán ayudas superiores a 30.000 € por promotor y edificio, vivienda o local.»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 8
- Presupuesto total
- 100.000 €
- Cómo se concede
- Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad de cualquier Administración o entidad pública o privada, siempre que el importe total no supere el coste de la actuación; el beneficiario debe comunicar al Ayuntamiento las demás ayudas obtenidas
Qué financia
- Nueva edificación de viviendas de uso residencial en el Casco Histórico (56 €/m² útil)
- Rehabilitación de viviendas del Casco Histórico y de edificios de más de 50 años del resto del casco urbano (20 %)
- Mejora de accesibilidad en viviendas y zonas comunes de edificios residenciales (50 %)
- Rehabilitación de locales comerciales en planta baja de edificios del Casco Histórico (10 %)
- Rehabilitación de elementos arquitectónicos singulares catalogados en el Plan General Municipal (75 %)
- Mantenimiento y restauración de fachadas completas: 50 % en el Casco Histórico y 20 % en edificios de más de 50 años del resto
Gastos que cubre
- Coste total de las obras ejecutadas, acreditado con facturas a nombre del beneficiario y sus justificantes de pago
- Quedan excluidos el IVA y cualquier otro impuesto o tasa ligados a las obras (licencias, vados)
- En obras que requieran proyecto, certificado fin de obra y liquidación económica firmada por técnico competente
Plazo
Veinte días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja
«Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja»
Documento de la convocatoria en español · TEXTO DE LA CONVOCATORIA.pdf · pág. 3
Cómo se pide
Registro General del Ayuntamiento de Calahorra o cualquier registro del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, y sede electrónica (sede.calahorra.es), con el modelo normalizado n.º 1561; las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica están obligadas a presentarla por sede electrónica
- NIF del solicitante y, en su caso, del representante, con documentación acreditativa de la representación
- Escritura de propiedad o nota simple del Registro de la Propiedad, o contrato de arrendamiento con autorización del propietario para las obras
- Declaración responsable (documentación original o copia fiel, otras ayudas solicitadas, no estar en el artículo 13 de la Ley 38/2003, estar al corriente de Hacienda, Seguridad Social y Ayuntamiento, y compromiso de no destinar la vivienda a uso turístico 10 años)
- Fotografías del estado inicial del edificio, vivienda, local o elemento singular antes de las obras
- Facturas de la inversión emitidas a nombre del beneficiario con la dirección de la obra y justificantes de pago
- Declaración de finalización de las obras o, si requieren proyecto, certificado fin de obra y liquidación económica firmada por técnico competente
- Ficha de Alta de Terceros del modelo de la sede electrónica
- Comunidades de propietarios: NIF de la comunidad y acta del acuerdo de solicitar las ayudas y nombrar representante
- Varias personas físicas propietarias sin comunidad constituida: DNI/NIF de cada propietario y acuerdo firmado con la ejecución, el representante y la cuota de cada uno
Qué obliga a hacer
- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien las obras subvencionadas
- Cuando la ayuda sea para obras de rehabilitación de vivienda, no destinar la vivienda a uso turístico durante al menos 10 años desde la fecha de pago de la subvención
- Mantener la documentación de la solicitud a disposición de la Administración durante el tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho
- Someterse a las comprobaciones y requerimientos de documentación complementaria que realice el Ayuntamiento
Documentos oficiales
Guías para prepararla
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Plazo en las bases
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Plazo en las basesHasta 50.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.