Ayudas a explotaciones agrarias de Asturias dañadas por los incendios forestales de agosto de 2025

Consejería de Medio Rural y Política Agraria (Principado de Asturias) · Principado de Asturias

Plazo
Plazo en las bases
Cuánto
Hasta 30.000 €
Tipo
Subvención

Subvención para agricultores, ganaderos y apicultores con explotación agraria inscrita y actividad en Asturias que sufrieron daños por los incendios forestales de 2025 en Cabrales, Cangas del Narcea, Caso, Degaña, Ibias, Onís, Ponga y Somiedo. Paga un importe fijo por unidad dañada (bolas de silo, colmenas quemadas o cercanas al fuego y metros de cierre), con un máximo de 30.000 € por beneficiario; el crédito es de 500.000 € y la ayuda está sujeta al minimis agrícola (50.000 € en tres años). No se puntúan las solicitudes: todas las que cumplen cobran según el baremo, con prorrateo si no llega el crédito. El plazo es de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA, cuya fecha no consta en los materiales.

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias inscritas, que ejerzan la agricultura o la ganadería con la actividad radicada en Asturias y hayan sufrido daños en sus medios de producción por los incendios forestales de 2025 de Cabrales, Cangas del Narcea, Caso, Degaña, Ibias, Onís, Ponga y Somiedo

«Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias debidamente inscritas en el registro administrativo correspondiente, que hayan sufrido daños en su explotación como consecuencia de incendios forestales.»

Texto en castellano de la convocatoria · Orden_BBRR_Convocatoria_Ayudas_Incendio… · pág. 4

Sectores: agricultura, ganadería y forestal. El proyecto tiene que estar en 8 municipios (Cabrales, Cangas del Narcea, Caso, Degaña y 4 más).

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

  • Solo se indemnizan daños en bolas de silo, en colmenas y enjambres, la pérdida de producción apícola (colmenas quemadas o a menos de 2 km del perímetro) y en cierres; otros medios de producción que citan las bases, como las traídas de agua, no tienen importe en esta convocatoria

    «Daños en bolas de silo. b) Daños directos en colmenas y enjambres. c) Daños por la pérdida de producción apícola. En estas se incluyen tanto las colmenas afectadas directamente por el fuego, como las situadas a una distancia inferior a 2 km del perímetro del mismo. d) Daños en cierres.»

    Texto en castellano de la convocatoria · Orden_BBRR_Convocatoria_Ayudas_Incendio… · pág. 18
  • La ayuda es subsidiaria de los seguros y demás sistemas de cobertura de daños, públicos o privados: solo cubre la parte del daño que estos no cubran

    «La concesión de estas ayudas tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, estatal o internacional, del que puedan ser beneficiarios los afectados.»

    Texto en castellano de la convocatoria · Orden_BBRR_Convocatoria_Ayudas_Incendio… · pág. 4
  • Si varias personas piden ayuda por los mismos daños, va primero el titular catastral de los terrenos y después el titular de los derechos de aprovechamiento declarados en la PAC; si ninguno acredita esa titularidad, se deniegan las solicitudes

    «En caso de duplicidad en las solicitudes se concederán las ayudas de acuerdo al siguiente orden de prelación: Se atenderán en primer lugar las solicitudes realizadas por el titular catastral de los terrenos.»

    Texto en castellano de la convocatoria · Orden_BBRR_Convocatoria_Ayudas_Incendio… · pág. 20

Cuánto da

Importe por unidad dañada según baremo, con un máximo de 30.000 € por beneficiario: 35 € por bola de silo quemada; 150 € por colmena quemada más 166,42 € por su pérdida de producción (y el cierre que corresponda); de 83,21 € a 11,65 € por colmena situada a menos de 2 km del perímetro, según la distancia; 8,42 €/m en cierres de alambre, 9,15 €/m en malla metálica y 20 €/m en cercados metálicos (50 % a cada colindante si el cierre es medianero). Si las solicitudes superan el crédito, se prorratea.

«Se establece un límite máximo de ayuda de 30.000 € por beneficiario.»

Texto en castellano de la convocatoria · Orden_BBRR_Convocatoria_Ayudas_Incendio… · pág. 18
Presupuesto total
500.000 €
Cómo se concede
Otro sistema: ver las bases
Minimis
Sí: como mucho 50.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatible con otras ayudas e indemnizaciones (PAC, ayudas de Estado o de minimis) si sus normas no dicen otra cosa, siempre que el total no supere el daño efectivamente sufrido. Es subsidiaria de los seguros y demás sistemas de cobertura de daños: solo complementa lo que estos no cubran.

Qué financia

  • Bolas de silo quemadas
  • Colmenas y enjambres dañados directamente por el fuego, con su pérdida de producción y el cierre correspondiente
  • Pérdida de producción de colmenas situadas a menos de 2 km del perímetro del incendio
  • Cierres quemados: de alambre, de malla metálica o cercados metálicos

Plazo

20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA. Las solicitudes presentadas fuera de plazo quedan excluidas.

«el plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales desde el siguiente a la publicación en el BOPA del extracto de la convocatoria.»

Texto en castellano de la convocatoria · Orden_BBRR_Convocatoria_Ayudas_Incendio… · pág. 19

Cómo se pide

Sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es), con el formulario normalizado AYUD0580T01

  • Formulario normalizado de solicitud (AYUD0580T01), con las tablas de daños en explotaciones apícolas, ganaderas (bolas de silo) y cierres: código de explotación (C.E.A.), municipio, lugar, unidades dañadas y coordenadas GPS
  • Planos o croquis con la ubicación exacta de los daños (los cierres, sobre SIGPAC) y su cuantificación en unidades dañadas
  • Documento que acredite la representación, en su caso
  • Declaración responsable de no estar en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003, de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y de no tener deudas con la Hacienda del Principado de Asturias
  • Declaración responsable con las subvenciones solicitadas y concedidas para la misma finalidad y sobre la justificación de las ayudas concedidas antes por el Principado de Asturias
  • Declaración responsable de las ayudas de minimis recibidas en los tres últimos años
  • Declaración responsable de la condición de agricultor o ganadero y de los medios de producción dañados y su localización
  • Ficha de acreedores
  • Para que se cuenten bolas de silo apiladas en más de un piso, acreditación del número exacto de bolas afectadas

Qué obliga a hacer

  • Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención
  • Someterse a las comprobaciones del órgano concedente y al control financiero, aportando la información que se pida
  • Comunicar en cuanto se conozca la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para lo mismo
  • Reintegrar la ayuda en los casos del artículo 37 de la Ley 38/2003, y el exceso si junto con otras ayudas o indemnizaciones supera el daño sufrido
  • Cumplir las obligaciones de transparencia de la Ley del Principado de Asturias 8/2018 si se reúnen los requisitos de su artículo 2.2
  • No hay justificación posterior: los daños se acreditan durante la instrucción y la ayuda se paga de una vez en la cuenta indicada en la solicitud

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Asturias

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 2 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.