Ayudas a la contratación de jóvenes del Programa Talento Joven 2026 (2ª convocatoria) - Cámara de Comercio de Ceuta

Cámara de Comercio de Ceuta · Ceuta

Plazo
Hasta el 31 de diciembre de 2026
Cuánto
Hasta 5.000 €
Tipo
Subvención

Subvención de 5.000 € por cada contratación por cuenta ajena, a jornada completa, de un joven menor de 30 años inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que haya completado la orientación vocacional del Programa Talento Joven. Va dirigida a empresas y autónomos con centro de trabajo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Ceuta, con un máximo de 5 solicitudes por empresa. El contrato debe estar en vigor al solicitar, haberse firmado desde la entrada en vigor de la convocatoria (o en los seis meses anteriores) y mantenerse al menos seis meses. Se concede por estricto orden de entrada en la sede electrónica hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta agotar el crédito.

Quién puede pedirla

Empresas, en el sentido del artículo 1 del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 (toda entidad que ejerza una actividad económica, incluidos autónomos, asociaciones, comunidades de bienes, sociedades civiles y fundaciones dadas de alta en el IAE), con centro de trabajo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Ceuta

«se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica.»

Documento de la convocatoria en español · Convocatoria_Talento_Joven_2026_2ª_Con… · pág. 6

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

5.000 € por cada contratación subvencionada, importe fijo y no superior; hasta 5 solicitudes por empresa

«El importe de la subvención concedida por la contratación de un o una joven menor»

Documento de la convocatoria en español · Convocatoria_Talento_Joven_2026_2ª_Con… · pág. 4
Presupuesto total
50.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Incompatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o internacional, excepto las bonificaciones o reducciones de cuotas a la Seguridad Social

Qué financia

  • La contratación por cuenta ajena de jóvenes menores de 30 años beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
  • Contratos indefinidos (incluido fijo-discontinuo a tiempo completo con seis meses de actividad continuada), de duración determinada por circunstancias de la producción de al menos seis meses y contratos formativos para la práctica profesional
  • Contratos formalizados por escrito y a jornada completa o tiempo completo

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta hasta el 31 de diciembre de 2026, o antes si se agota la disponibilidad presupuestaria

«El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación del Anuncio»

Documento de la convocatoria en español · Convocatoria_Talento_Joven_2026_2ª_Con… · pág. 12

Cómo se pide

Sede electrónica de la Cámara de Comercio, https://sede.camara.es/sede/ceuta, mediante formulario electrónico y firma con certificado electrónico reconocido

  • Documento de identificación fiscal del solicitante (NIF/NIE del firmante, tarjeta de identificación fiscal y escritura pública de constitución, en su caso)
  • Documento privado de constitución y Anexo VII (solo comunidades de bienes y sociedades civiles no constituidas en escritura pública)
  • Anexo II: declaración responsable de requisitos y de otras ayudas de minimis recibidas
  • Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta de los treinta días anteriores a la entrada en vigor del contrato
  • Alta en la Seguridad Social como empleador
  • Anexo III: información de la persona contratada, con DNI, contrato de trabajo e informe de vida laboral actualizado
  • Anexo IV: declaración responsable del trabajador o trabajadora
  • Modelo TA.7 (solo empresas de trabajo temporal)
  • Anexo V, certificados de estar al corriente con AEAT y TGSS, vida laboral, informe de plantilla media, Anexo VI, Anexo XII (fijo-discontinuo) y certificado de titularidad de cuenta corriente, en la fase de justificación

Qué obliga a hacer

  • Mantener el contrato subvencionado al menos seis meses desde su firma
  • Mantener el nivel de empleo: el número de trabajadores al final del período subvencionado debe ser superior al existente en los treinta días anteriores a la entrada en vigor del contrato
  • Asumir la condición de empleador y cumplir la normativa laboral y de Seguridad Social
  • Disponer de registros contables independientes o un código de contabilidad apropiado para la operación
  • Conservar la documentación justificativa durante cinco años (art. 82 del Reglamento (UE) 2021/1060)
  • Dar publicidad a la cofinanciación del FSE+: cartel A3 o pantalla electrónica, mención en la web y redes sociales con el emblema de la Unión, e informar a la persona contratada
  • Comunicar al órgano concedente las modificaciones de condiciones y la obtención concurrente de otras ayudas
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control, incluidos los controles del FSE+
  • Presentar la justificación en los 60 días naturales siguientes a la finalización del plazo de mantenimiento del empleo
  • Aceptar formalmente la ayuda mediante firma de la resolución en diez días hábiles desde su notificación
  • Aplicar las medidas de análisis del riesgo y prevención del fraude
  • Informar a la representación legal de los trabajadores de los contratos subvencionados, si existe

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Ceuta

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.