Ayudas a rodajes de películas y series en la Región de Murcia para productoras de fuera de la Región 2026
ICA, Instituto de las Industrias Culturales y las Artes (Región de Murcia) · Región de Murcia
- Plazo
- Hasta el 20 de noviembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 1.000.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención del ICA para productoras audiovisuales con residencia fiscal en España fuera de la Región de Murcia que rueden allí un largometraje o una serie de más de 1,6 millones de euros de presupuesto y hayan estrenado al menos dos películas o series. Da el 15 % del presupuesto del proyecto (10 % de 6 a 10 millones; 1.000.000 € fijos a partir de 10 millones), a cambio de gastar en la Región al menos el 150 % de la ayuda, con un mínimo del 25 % de ese gasto en servicios audiovisuales de empresas con domicilio fiscal en Murcia, entre el 1 de enero de 2027 y el 30 de junio de 2028. Se concede por orden de entrada hasta agotar 3,5 millones de euros y el plazo acaba el 20 de noviembre de 2026.
Quién puede pedirla
Productoras audiovisuales con forma de persona jurídica privada y residencia fiscal en España fuera de la Región de Murcia, de alta en el epígrafe 961.1 del IAE, inscritas en un registro de empresas audiovisuales y con al menos dos películas o series estrenadas, que rueden en la Región un largometraje o una serie. En las coproducciones pide uno de los coproductores, con al menos el 20 %; las productoras de Murcia solo pueden entrar como coproductoras minoritarias.
«las personas jurídicas privadas con residencia fiscal en territorio español, que NO sea en la Región de Murcia, que lleven a cabo la producción de una obra cinematográfica de las recogidas en el artículo 1.2»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3
Sectores: información, comunicación y tecnología.
Requisitos
De la empresa
Ser una persona jurídica privada con ánimo de lucro: sociedad limitada, anónima, laboral, cooperativa u otra sociedad. No pueden pedirla los autónomos ni otras personas físicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las asociaciones ni las fundaciones
«entidades sin ánimo de lucro, personas físicas o agrupaciones de éstas, las que realicen actividades asociativas o profesionales (asociaciones, políticas, sindicales, colegios profesionales, etc.)»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3Ser una entidad privada: quedan fuera las entidades y sociedades públicas y cualquier entidad de derecho público
«Quedan excluidas las entidades o sociedades públicas o cualquier tipo de entidad de derecho público»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3Tener la residencia fiscal en España, pero fuera de la Región de Murcia: las productoras con sede fiscal en Murcia no pueden pedirla (solo participar como coproductoras minoritarias)
«Residencia fiscal en España (NO en la Región de Murcia)»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3Estar de alta en el epígrafe 961.1 del IAE
«y alta, en el epígrafe del Impuesto Actividades Económicas (I.A.E.) 961.1»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3Estar inscrita en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA o en otro registro de empresas audiovisuales de España, o haber pedido la primera inscripción al presentar la solicitud
«Inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales o en cualquier otro registro administrativo de empresas audiovisuales del territorio español»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 4Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social
«Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, así como con la Seguridad Social»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 4Estar al corriente en materia de subvenciones: no deber reintegros de subvenciones (en particular, a la CARM)
«que no es deudora de la CARM de obligaciones por reintegro de subvenciones»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 11Haber estrenado al menos 2 películas o series en salas de cine comerciales o plataformas de televisión a la carta, acreditado con la comunicación de fecha de estreno del ICAA (u organismo equivalente del país de origen) o, en las series, con la documentación del estreno
«La entidad solicitante deberá acreditar la calificación de mínimo 2 películas y/o series en salas de cine comercial/profesional o plataformas de televisión a la carta»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 4No haber sido sancionada con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones por incumplir cualquier normativa, en especial la de igualdad entre mujeres y hombres (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social)
«No haber sido objeto de la sanción consistente en la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones por el incumplimiento de cualquier normativa, y en especial en materia de igualdad entre mujeres y hombres»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 4Cumplir la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, si le es aplicable
«Cumplir con la obligación sobre la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, en el caso de que le sea aplicable»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 4No estar en las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
«quien incurra en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2, 3 y 3 bis, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 7Pagar a los proveedores dentro de los plazos de la Ley 3/2004 de morosidad (artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003)
«Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 11No estar en ninguno de los supuestos excluidos por el artículo 1.4 del Reglamento (UE) 651/2014 (ver dudas)
«en los supuestos recogidos en el apartado 4 del artículo 1 del Reglamento de Ayudas de la Unión Europea»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 7No ser un operador de televisión ni otro prestador de servicios de comunicación audiovisual (artículo 19.2 de la Ley 55/2007 del Cine): sus proyectos quedan excluidos
«los proyectos producidos por operadores de televisión u otros prestadores de servicios de comunicación de acuerdo con el apartado segundo del artículo 19 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3No estar bajo la influencia dominante (por propiedad, participación financiera o control de las decisiones) de entidades públicas, entidades sin ánimo de lucro, asociaciones u operadores de televisión (ver dudas)
«cualquier otra figura jurídica sobre las que cualquiera de los sujetos citados en el presente párrafo puedan ejercer una influencia dominante, ya sea, por razones de propiedad, participación financiera o por tener la facultad de condicionar, de algún modo, la toma de decisiones»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3No tener deudas laborales
«producidas por empresas con deudas laborales, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3No haber renunciado expresamente a esta ayuda después de obtenerla en la convocatoria inmediatamente anterior, salvo por una causa justificada que aprecie el ICA
«aquellas entidades que, habiendo resultado beneficiarias de subvención en la convocatoria inmediatamente anterior de esta misma línea de ayudas, hubieran renunciado expresamente a la subvención concedida, salvo que acrediten la concurrencia de causas debidamente justificadas»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3Rodar en la Región de Murcia la película o serie para la que se pide la ayuda
«realización de rodajes cinematográficos de productoras no residentes en la Región, excepto la coproducción minoritaria a que refiere el artículo 3.4 de la presente Resolución, que con ocasión de éstos incurran en los gastos en el territorio de la Región de Murcia en todas sus fases de rodaje»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 2
Del proyecto o el gasto
La obra tiene que ser un largometraje (ficción o documental, de 60 minutos o más, pensado en primer lugar para explotarse en salas de cine) o una serie (ficción, animación o documental, con episodios de 20 minutos o más)
«Películas cinematográficas (largometrajes): obra audiovisual ya sea en formato ficción o documental destinada, en primer término, a su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica con una duración igual o superior a sesenta minutos»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 2El proyecto tiene que estar destinado a exhibirse en salas de cine comerciales o en plataformas de televisión a la carta (VOD, TVOD, AVOD…)
«Que se trate de proyectos audiovisuales destinados a exhibición en salas de cine comerciales/profesionales o plataformas de televisión a la carta (VOD/ Video On Demand, SoD, TVoD, AVoD).»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 4El presupuesto global del proyecto tiene que superar 1.600.000 €
«Que el presupuesto global del proyecto sea superior a 1.600.000,00 €.»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 4Proyecto viable: plan de financiación con fuentes confirmadas (avales bancarios, créditos concedidos…) de al menos el 50 % del presupuesto global
«Proyecto viable económicamente, para lo que deberá disponer de un plan de financiación con fuentes de financiación confirmadas, de al menos un 50% del proyecto global (avales bancarios, créditos concedidos, etc.).»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 4El rodaje en la Región y los gastos tienen que hacerse entre el 1 de enero de 2027 y el 30 de junio de 2028, y pagarse antes de que acabe el plazo de justificación
«El periodo de ejecución para el desarrollo del proyecto objeto de la subvención albergará el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2027 al 30 de junio de 2028.»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 5Gastar en la Región de Murcia, ayuda incluida, al menos el 150 % de la ayuda que se reciba
«el gasto, ayuda incluida, que los beneficiarios deberán ejecutar en la Región de Murcia deberá alcanzar en cómputo global un mínimo del 150% del importe de la ayuda que reciban»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 6Al menos el 25 % de ese gasto mínimo tiene que ir a servicios audiovisuales técnicos, profesionales o artísticos contratados con empresas con domicilio fiscal en la Región de Murcia
«debiendo destinarse un mínimo del 25% de tal importe a la contratación de los servicios audiovisuales técnicos, profesionales o artísticos con empresas con domicilio fiscal en la Región de Murcia»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 6Solo cuentan los gastos del rodaje en la Región hechos con empresas o profesionales que desarrollen su actividad económica en la Región de Murcia (para el mínimo del 25 %, además, con domicilio fiscal allí)
«gastos en los que incurra el beneficiario como consecuencia del coste del rodaje en la Región de Murcia, que de manera indubitada se lleven a cabo con empresas o profesionales que desarrollen su actividad económica en la Región»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 7Los servicios logísticos, técnicos y artísticos del rodaje en la Región no pueden contratarse con miembros de la coproducción (tampoco con la productora murciana que participe en ella) ni con sociedades que controlen las coproductoras
«no se contraten con personas o entidades integradas en la coproducción del rodaje concurrente ni con sociedades sobre las que las coproductoras puedan ejercer cualquier tipo de control»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 4En una coproducción, la solicitante (uno de los coproductores, designado por los demás) tiene que tener al menos el 20 % de participación
«Cuando la ayuda se solicite para una coproducción, la entidad solicitante deberá tener una participación de, al menos, el 20%.»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 5Si en la coproducción participa una productora con sede fiscal en la Región de Murcia, su participación tiene que ser minoritaria e inferior a la de la solicitante
«la productora regional deberá ostentar una participación minoritaria en la coproducción, que en todo caso será inferior a la solicitante»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 5No se admiten obras financiadas íntegra o mayoritariamente por administraciones públicas
«quedan excluidos los proyectos u obras financiadas íntegra o mayoritariamente por Administraciones públicas»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3No se admiten obras de contenido esencialmente publicitario o de propaganda política, ni las calificadas como película «X»
«que tengan un contenido esencialmente publicitario y las de propaganda política; o que hubieran obtenido la calificación de película «X»»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3No se admiten obras que vulneren la normativa sobre cesión de derechos de propiedad intelectual ni las declaradas constitutivas de delito por sentencia firme
«o que vulneren o no respeten la normativa sobre cesión de derechos de propiedad intelectual; o que, por sentencia firme, fuesen declaradas en algún extremo constitutivas de delito»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3Un solo proyecto por solicitante; si el presupuesto global está en el primer tramo (de 1,6 a 6 millones de euros), hasta dos
«Se admitirá un único proyecto por solicitante salvo aquellos cuyo presupuesto global este incluido en el primer rango de la tabla recogida en el apartado 1, en cuyo caso podrán presentar un máximo de dos proyectos.»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 7La ayuda está sujeta al «efecto incentivador» del artículo 6 del Reglamento (UE) 651/2014 (ver dudas)
«Estas ayudas están sujetas a lo recogido en el Artículo 6 “Efecto incentivador” del citado Reglamento (UE) nº 651/2014 (RGEC).»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3No es subvencionable la compra de bienes inventariables o de capital (vehículos, mobiliario, equipos informáticos o técnicos…)
«La adquisición de bienes inventariables o de capital (vehículos, mobiliario, equipo informático o técnico, etc.).»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 8No son subvencionables los gastos de funcionamiento ordinario de la productora (gastos corrientes, de personal, seguros sociales, asesoría fiscal o laboral…), ni siquiera en proporción
«Los gastos de funcionamiento ordinarios de la entidad beneficiaria (gastos corrientes, gastos de personal, seguros sociales, asesoría fiscal, laboral, etc.) por no estar directamente vinculados con el desarrollo del proyecto»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 8No son subvencionables los gastos financieros ni los intereses
«Los gastos financieros e intereses.»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 8No son subvencionables los gastos de actos o celebraciones protocolarias, suntuarios, promocionales o de difusión (ver dudas)
«Los gastos derivados de actos o celebraciones protocolarias, suntuarios, promocionales o de difusión.»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 8No son subvencionables los impuestos indirectos, el impuesto de sociedades, las sanciones ni el IVA soportado que se pueda compensar
«Todo tipo de impuesto indirectos, de sociedades, sanciones, así como el importe del IVA soportado siempre que sean objeto de compensación.»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 8Se puede subcontratar con terceros hasta el 50 % del importe de la actividad subvencionada, solo cuando sea indispensable
«podrán concertar con terceros, partes de la ejecución de la actividad subvencionada cuando sea indispensable para el desarrollo de la actividad principal hasta en un 50% del importe de la actividad subvencionada»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 8
Cuánto da
15 % del presupuesto global del proyecto si es de 1,6 a 6 millones de euros; 10 % si es de 6 a 10 millones; 1.000.000 € fijos a partir de 10 millones. Si sobra crédito tras el primer reparto, se prorratea el sobrante (como mucho, un 10 % más de lo concedido). Quien esté en el primer tramo puede presentar hasta dos proyectos.
«1.- De 1.600.000,00 a 5.999.999,99 € 15% del presupuesto del proyecto 2.- De 6.000.000,00 a 9.999.999,99 € 10% del presupuesto del proyecto 3.- De 10.000.000,00 € en adelante 1.000.000,00 €»
Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 5
- Presupuesto total
- 3.500.000 €
- Cómo se concede
- Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras ayudas públicas o privadas si el total no supera el 50 % del presupuesto de la producción (60 % en producciones transfronterizas financiadas por más de un Estado miembro de la UE o con productores de varios; las obras audiovisuales difíciles quedan fuera de ese límite), sin financiar dos veces el mismo coste ni reducir la financiación propia exigida. Si se supera, se rebaja la ayuda.
Qué financia
- Rodajes en la Región de Murcia de largometrajes de ficción o documentales (60 minutos o más) destinados a estrenarse en salas de cine
- Rodajes en la Región de Murcia de series de ficción, animación o documentales (episodios de 20 minutos o más) para televisión o plataformas
- El gasto del rodaje hecho en la Región con empresas y profesionales de allí: servicios técnicos, personal, alojamiento, localizaciones, transporte, decorados, postproducción y publicidad
Gastos que cubre
- Empresas de servicios audiovisuales técnicos, maquillaje, efectos especiales, sonido, seguridad y prevención durante el rodaje en la Región (si al menos el 30 % del rodaje es en la Región, cuentan las de todo el rodaje)
- Hostelería, restauración y catering en establecimientos de la Región
- Alquiler o cesión de uso de inmuebles situados en la Región
- Agua, gas y electricidad con contador o acometida en la Región, consumidos por el rodaje
- Transporte de material o personal dentro de la Región o con origen o destino en ella, con empresas que trabajen en la Región
- Personal técnico y artístico murciano (nacido en la Región o empadronado allí al menos un año) por el tiempo de rodaje en la Región; si al menos el 30 % del rodaje es en la Región, el de todo el rodaje y la parte proporcional del personal no murciano
- Servicios anexos al rodaje, como la construcción de decorados, con empresas de la Región
- Bienes no inventariables o fungibles que se consuman en el rodaje en la Región, de proveedores con domicilio fiscal en la Región
- Tributos, tasas y precios públicos necesarios para rodar en espacios de la Región
- Informe de auditoría de la cuenta justificativa, con auditor de cualquier lugar
- Postproducción con empresas con domicilio fiscal en la Región, hasta un 10 % sobre el mínimo del 25 % en servicios audiovisuales
- Publicidad y marketing del proyecto contratados con empresas de la Región (ver dudas)
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM hasta el 20 de noviembre de 2026
«El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y finalizará el 20 de noviembre de 2026.»
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Cómo se pide
Solo por vía electrónica, en la sede electrónica de la CARM (sede.carm.es), procedimiento 4745 de la Guía de Procedimientos y Servicios. Si se presentan varias solicitudes, vale la primera registrada en plazo.
- Solicitud en el modelo del anexo I (toda la documentación, en castellano)
- Tarjeta de identificación fiscal
- Escritura de constitución y estatutos inscritos en el Registro Mercantil, con sus actos inscribibles, y poder de representación del firmante
- DNI en vigor del administrador, consejero delegado o persona con poder de representación y firma
- Certificado de cuenta bancaria en España a nombre del solicitante
- Declaración responsable de otras ayudas, ingresos o recursos pedidos o concedidos para la misma finalidad (anexo II)
- Declaración responsable sobre la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad (anexo III)
- Declaración responsable de no estar en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones y de no deber reintegros a la CARM (anexo IV)
- Acreditación del pago a proveedores en plazo (Ley 3/2004): declaración responsable (anexo V) si puede presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada; si no, certificado de un auditor inscrito en el ROAC
- Certificado de inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA
- Solo si se opone a que el ICA los consulte: certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con la AEAT (a efectos generales o de subvenciones), de alta en el epígrafe del IAE y de domicilio fiscal (ver dudas)
- En coproducciones: contrato de coproducción, porcentaje de participación de cada coproductor y designación del representante que actúa como solicitante
- Memoria del proyecto (fechas de inicio y fin, localizaciones de rodaje…) con el sistema de medición del impacto medioambiental
- Presupuesto y plan de gastos por partidas con el gasto previsto en la Región de Murcia (al menos el 150 % de la ayuda): contratos de servicios y suministros, pernoctaciones en hoteles de la Región y demás gastos, todos subvencionables
- Plan de financiación documentado (contratos, acuerdos…) de al menos el 50 % del presupuesto global
- Plan de comercialización y contratos de distribución y venta, nacional o internacional (incluidas televisiones y plataformas)
- Ficha técnica y artística: sinopsis del guion y titularidad o cesión de los derechos de propiedad intelectual
- Historial de la productora con al menos 2 películas o series estrenadas, acreditadas con su expediente de calificación (anexo VI)
- Plan de rodaje en la Región de Murcia: cronograma, posibles localizaciones y previsión de alojamiento (anexo VII)
- Presupuestos o facturas proforma de las contrataciones del artículo 6, con los domicilios fiscales de empresas y autónomos y el certificado de empadronamiento de las personas físicas
- Cualquier otra documentación que sirva para valorar el proyecto
Qué obliga a hacer
- Rodar en la Región de Murcia dentro del periodo de ejecución (del 1 de enero de 2027 al 30 de junio de 2028) y acreditar la actividad en los términos de la convocatoria y de la resolución de concesión
- Ejecutar en la Región un gasto de al menos el 150 % de la ayuda (con el mínimo del 25 % en servicios audiovisuales de empresas con domicilio fiscal en la Región) y justificar todo el gasto presupuestado como ejecutable en la Región, no solo la parte obligatoria
- Justificar en los tres meses siguientes al fin del rodaje en la Región (o al fin de la postproducción, si se contrata allí) con cuenta justificativa con informe de un auditor inscrito en el ROAC, memorias de actuación y económica y el anexo VIII en Excel
- Pagar los gastos por transferencia bancaria, con facturas a nombre de la beneficiaria (no se admiten pagos ni facturas de personas interpuestas)
- Pedir tres ofertas antes de contratar servicios o suministros de más de 15.000 € (sin IVA), salvo que no haya bastantes proveedores, y justificar la elección si no es la más económica
- Pedir autorización previa y firmar contrato por escrito para subcontratar más del 20 % de la subvención cuando ese importe supere 60.000 €
- Incluir los logotipos de la Región de Murcia, el ICA y la Film Commission en los títulos de crédito, en los soportes de difusión y publicidad y en todas las comunicaciones, asumiendo su coste
- Ceder material gráfico o audiovisual promocional al ICA y a la Film Commission, facilitar ruedas de prensa durante el rodaje en la Región y participar en las actividades de promoción del ICA a las que se le llame, autorizando la difusión de la obra
- Comunicar al ICA otras ayudas o ingresos para la misma actividad (en todo caso, antes de justificar) y cualquier cambio que afecte a los requisitos; no modificar el proyecto sin autorización previa del ICA
- Mantener los requisitos durante todas las fases del proyecto, la justificación y los plazos de prescripción del reintegro
- Acreditar, antes del pago anticipado, que está al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y en el pago de reintegros
- Cumplir los convenios del sector audiovisual (actores, figurantes, técnicos), cuyo incumplimiento puede llevar a revocar la ayuda, y la normativa medioambiental, de sostenibilidad y de residuos aplicable al rodaje
- Someterse a las comprobaciones del ICA (incluido el muestreo de gastos) y al control financiero, y conservar la documentación justificativa
- Cumplir las obligaciones de publicidad de la Ley 12/2014 de Transparencia de la Región de Murcia
- En coproducciones, los coproductores responden solidariamente de las obligaciones
- Si renuncia a la ayuda, comunicarlo por escrito al ICA en los 10 días naturales siguientes a la notificación de la concesión
Documentos oficiales
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