Ayudas a rodajes de películas y series en la Región de Murcia para productoras de fuera de la Región 2026

ICA, Instituto de las Industrias Culturales y las Artes (Región de Murcia) · Región de Murcia

Plazo
Hasta el 20 de noviembre de 2026
Cuánto
Hasta 1.000.000 €
Tipo
Subvención

Subvención del ICA para productoras audiovisuales con residencia fiscal en España fuera de la Región de Murcia que rueden allí un largometraje o una serie de más de 1,6 millones de euros de presupuesto y hayan estrenado al menos dos películas o series. Da el 15 % del presupuesto del proyecto (10 % de 6 a 10 millones; 1.000.000 € fijos a partir de 10 millones), a cambio de gastar en la Región al menos el 150 % de la ayuda, con un mínimo del 25 % de ese gasto en servicios audiovisuales de empresas con domicilio fiscal en Murcia, entre el 1 de enero de 2027 y el 30 de junio de 2028. Se concede por orden de entrada hasta agotar 3,5 millones de euros y el plazo acaba el 20 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Productoras audiovisuales con forma de persona jurídica privada y residencia fiscal en España fuera de la Región de Murcia, de alta en el epígrafe 961.1 del IAE, inscritas en un registro de empresas audiovisuales y con al menos dos películas o series estrenadas, que rueden en la Región un largometraje o una serie. En las coproducciones pide uno de los coproductores, con al menos el 20 %; las productoras de Murcia solo pueden entrar como coproductoras minoritarias.

«las personas jurídicas privadas con residencia fiscal en territorio español, que NO sea en la Región de Murcia, que lleven a cabo la producción de una obra cinematográfica de las recogidas en el artículo 1.2»

Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 3

Sectores: información, comunicación y tecnología.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

15 % del presupuesto global del proyecto si es de 1,6 a 6 millones de euros; 10 % si es de 6 a 10 millones; 1.000.000 € fijos a partir de 10 millones. Si sobra crédito tras el primer reparto, se prorratea el sobrante (como mucho, un 10 % más de lo concedido). Quien esté en el primer tramo puede presentar hasta dos proyectos.

«1.- De 1.600.000,00 a 5.999.999,99 € 15% del presupuesto del proyecto 2.- De 6.000.000,00 a 9.999.999,99 € 10% del presupuesto del proyecto 3.- De 10.000.000,00 € en adelante 1.000.000,00 €»

Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 5
Presupuesto total
3.500.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Compatible con otras ayudas públicas o privadas si el total no supera el 50 % del presupuesto de la producción (60 % en producciones transfronterizas financiadas por más de un Estado miembro de la UE o con productores de varios; las obras audiovisuales difíciles quedan fuera de ese límite), sin financiar dos veces el mismo coste ni reducir la financiación propia exigida. Si se supera, se rebaja la ayuda.

Qué financia

  • Rodajes en la Región de Murcia de largometrajes de ficción o documentales (60 minutos o más) destinados a estrenarse en salas de cine
  • Rodajes en la Región de Murcia de series de ficción, animación o documentales (episodios de 20 minutos o más) para televisión o plataformas
  • El gasto del rodaje hecho en la Región con empresas y profesionales de allí: servicios técnicos, personal, alojamiento, localizaciones, transporte, decorados, postproducción y publicidad

Gastos que cubre

  • Empresas de servicios audiovisuales técnicos, maquillaje, efectos especiales, sonido, seguridad y prevención durante el rodaje en la Región (si al menos el 30 % del rodaje es en la Región, cuentan las de todo el rodaje)
  • Hostelería, restauración y catering en establecimientos de la Región
  • Alquiler o cesión de uso de inmuebles situados en la Región
  • Agua, gas y electricidad con contador o acometida en la Región, consumidos por el rodaje
  • Transporte de material o personal dentro de la Región o con origen o destino en ella, con empresas que trabajen en la Región
  • Personal técnico y artístico murciano (nacido en la Región o empadronado allí al menos un año) por el tiempo de rodaje en la Región; si al menos el 30 % del rodaje es en la Región, el de todo el rodaje y la parte proporcional del personal no murciano
  • Servicios anexos al rodaje, como la construcción de decorados, con empresas de la Región
  • Bienes no inventariables o fungibles que se consuman en el rodaje en la Región, de proveedores con domicilio fiscal en la Región
  • Tributos, tasas y precios públicos necesarios para rodar en espacios de la Región
  • Informe de auditoría de la cuenta justificativa, con auditor de cualquier lugar
  • Postproducción con empresas con domicilio fiscal en la Región, hasta un 10 % sobre el mínimo del 25 % en servicios audiovisuales
  • Publicidad y marketing del proyecto contratados con empresas de la Región (ver dudas)

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM hasta el 20 de noviembre de 2026

«El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y finalizará el 20 de noviembre de 2026.»

Documento de la convocatoria en español · 01 Resolución AYUDAS FORTZ INDUSTRIA A… · pág. 9

Cómo se pide

Solo por vía electrónica, en la sede electrónica de la CARM (sede.carm.es), procedimiento 4745 de la Guía de Procedimientos y Servicios. Si se presentan varias solicitudes, vale la primera registrada en plazo.

  • Solicitud en el modelo del anexo I (toda la documentación, en castellano)
  • Tarjeta de identificación fiscal
  • Escritura de constitución y estatutos inscritos en el Registro Mercantil, con sus actos inscribibles, y poder de representación del firmante
  • DNI en vigor del administrador, consejero delegado o persona con poder de representación y firma
  • Certificado de cuenta bancaria en España a nombre del solicitante
  • Declaración responsable de otras ayudas, ingresos o recursos pedidos o concedidos para la misma finalidad (anexo II)
  • Declaración responsable sobre la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad (anexo III)
  • Declaración responsable de no estar en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones y de no deber reintegros a la CARM (anexo IV)
  • Acreditación del pago a proveedores en plazo (Ley 3/2004): declaración responsable (anexo V) si puede presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada; si no, certificado de un auditor inscrito en el ROAC
  • Certificado de inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA
  • Solo si se opone a que el ICA los consulte: certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con la AEAT (a efectos generales o de subvenciones), de alta en el epígrafe del IAE y de domicilio fiscal (ver dudas)
  • En coproducciones: contrato de coproducción, porcentaje de participación de cada coproductor y designación del representante que actúa como solicitante
  • Memoria del proyecto (fechas de inicio y fin, localizaciones de rodaje…) con el sistema de medición del impacto medioambiental
  • Presupuesto y plan de gastos por partidas con el gasto previsto en la Región de Murcia (al menos el 150 % de la ayuda): contratos de servicios y suministros, pernoctaciones en hoteles de la Región y demás gastos, todos subvencionables
  • Plan de financiación documentado (contratos, acuerdos…) de al menos el 50 % del presupuesto global
  • Plan de comercialización y contratos de distribución y venta, nacional o internacional (incluidas televisiones y plataformas)
  • Ficha técnica y artística: sinopsis del guion y titularidad o cesión de los derechos de propiedad intelectual
  • Historial de la productora con al menos 2 películas o series estrenadas, acreditadas con su expediente de calificación (anexo VI)
  • Plan de rodaje en la Región de Murcia: cronograma, posibles localizaciones y previsión de alojamiento (anexo VII)
  • Presupuestos o facturas proforma de las contrataciones del artículo 6, con los domicilios fiscales de empresas y autónomos y el certificado de empadronamiento de las personas físicas
  • Cualquier otra documentación que sirva para valorar el proyecto

Qué obliga a hacer

  • Rodar en la Región de Murcia dentro del periodo de ejecución (del 1 de enero de 2027 al 30 de junio de 2028) y acreditar la actividad en los términos de la convocatoria y de la resolución de concesión
  • Ejecutar en la Región un gasto de al menos el 150 % de la ayuda (con el mínimo del 25 % en servicios audiovisuales de empresas con domicilio fiscal en la Región) y justificar todo el gasto presupuestado como ejecutable en la Región, no solo la parte obligatoria
  • Justificar en los tres meses siguientes al fin del rodaje en la Región (o al fin de la postproducción, si se contrata allí) con cuenta justificativa con informe de un auditor inscrito en el ROAC, memorias de actuación y económica y el anexo VIII en Excel
  • Pagar los gastos por transferencia bancaria, con facturas a nombre de la beneficiaria (no se admiten pagos ni facturas de personas interpuestas)
  • Pedir tres ofertas antes de contratar servicios o suministros de más de 15.000 € (sin IVA), salvo que no haya bastantes proveedores, y justificar la elección si no es la más económica
  • Pedir autorización previa y firmar contrato por escrito para subcontratar más del 20 % de la subvención cuando ese importe supere 60.000 €
  • Incluir los logotipos de la Región de Murcia, el ICA y la Film Commission en los títulos de crédito, en los soportes de difusión y publicidad y en todas las comunicaciones, asumiendo su coste
  • Ceder material gráfico o audiovisual promocional al ICA y a la Film Commission, facilitar ruedas de prensa durante el rodaje en la Región y participar en las actividades de promoción del ICA a las que se le llame, autorizando la difusión de la obra
  • Comunicar al ICA otras ayudas o ingresos para la misma actividad (en todo caso, antes de justificar) y cualquier cambio que afecte a los requisitos; no modificar el proyecto sin autorización previa del ICA
  • Mantener los requisitos durante todas las fases del proyecto, la justificación y los plazos de prescripción del reintegro
  • Acreditar, antes del pago anticipado, que está al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y en el pago de reintegros
  • Cumplir los convenios del sector audiovisual (actores, figurantes, técnicos), cuyo incumplimiento puede llevar a revocar la ayuda, y la normativa medioambiental, de sostenibilidad y de residuos aplicable al rodaje
  • Someterse a las comprobaciones del ICA (incluido el muestreo de gastos) y al control financiero, y conservar la documentación justificativa
  • Cumplir las obligaciones de publicidad de la Ley 12/2014 de Transparencia de la Región de Murcia
  • En coproducciones, los coproductores responden solidariamente de las obligaciones
  • Si renuncia a la ayuda, comunicarlo por escrito al ICA en los 10 días naturales siguientes a la notificación de la concesión

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en la Región de Murcia

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.