Nuevas plazas de alojamiento turístico en bodegas de las Rutas del Vino de Murcia 2026

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes (Región de Murcia) · Región de Murcia

Plazo
Hasta el 16 de noviembre de 2026
Cuánto
Hasta 125.000 €
Tipo
Subvención

Subvención a fondo perdido para que las bodegas de las Rutas del Vino de Bullas, Jumilla y Yecla creen nuevas plazas de alojamiento turístico en el recinto de la bodega o en un anexo contiguo: obra, reforma, adaptación de espacios y mobiliario. Financia el 100 % de lo solicitado hasta 125.000 € por proyecto, con un crédito total de 500.000 € que se reparte por riguroso orden de presentación hasta agotarse. El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM (20 de octubre a 16 de noviembre de 2026).

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, cooperativas, comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica que sean propietarias o arrendatarias de bodegas situadas en las Rutas del Vino de Yecla, Bullas o Jumilla, con su ámbito de acción en la Región de Murcia

«Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, cooperativas, comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, que sean propietarias de bodegas de las enumeradas en el artículo 2, con su ámbito de acción dentro de la Región de Murcia.»

Extracto (BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA): Extracto de la Orden de 14 de octu…

Sectores: industria agroalimentaria y hostelería y alojamiento.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

100 % del importe solicitado, sin que la ayuda pueda superar 125.000 € por proyecto subvencionable; el resto del coste corre a cargo del beneficiario

«2. La cuantía individualizada de la subvención a conceder a cada beneficiario será el 100% de la señalada en su solicitud, sin que ésta pueda ser superior a 125.000,00 € por proyecto subvencionable.»

Extracto (BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA): Extracto de la Orden de 14 de octu…
Presupuesto total
500.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad de cualquier administración pública o entidad privada, siempre que el total no supere el coste de la actuación. Las actuaciones subvencionadas por este régimen de especial concurrencia no podrán obtener otra subvención por concesión directa para la misma finalidad.

Qué financia

  • Construcción, instalación, reforma o ampliación de infraestructuras que permitan dotar nuevas plazas de alojamiento turístico
  • Adaptación de estructuras, elementos y espacios destinados a nuevas plazas de alojamiento
  • Mobiliario y equipamiento para la puesta en marcha de las nuevas unidades de alojamiento (sin menaje ni decoración)

Gastos que cubre

  • Redacción de los proyectos técnicos relacionados con la actuación
  • Proyecto de obra, hasta el 5 % de la inversión subvencionable y un máximo de 5.000 €
  • Dirección facultativa de las actuaciones
  • Ejecución de las obras y/o instalaciones
  • Inversión en mobiliario, equipos y materiales
  • Gestión de la solicitud de la ayuda, hasta el 5 % de la ayuda solicitada y un máximo de 3.000 € por expediente
  • Gestión de la justificación (incluido el informe de auditor), hasta el 7 % de la ayuda solicitada y un máximo de 7.000 € por expediente

Plazo

20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM (publicado el 19 de octubre de 2026)

«1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.»

Extracto (BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA): Extracto de la Orden de 14 de octu…

Cómo se pide

Sede electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), Guía de Procedimientos y Servicios, procedimiento 4729; presentación exclusivamente electrónica

  • Modelo de solicitud normalizado del procedimiento 4729 (en comunidades de bienes, cooperativas y entidades sin personalidad jurídica, firmada por cada cooperativista, comunero o partícipe)
  • DNI/NIE del empresario persona física o tarjeta de identificación fiscal de la persona jurídica
  • Escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil y estatutos sociales, en su caso
  • En cooperativas, inscripción en el Registro de Cooperativas de la Región de Murcia y acta constitutiva
  • En comunidades de bienes o entidades sin personalidad jurídica, contrato privado de constitución
  • Documento que acredite que la bodega pertenece a alguna de las tres Rutas del Vino y su ámbito de actuación
  • Acreditación de la representación
  • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos (modelo específico para personas físicas o jurídicas)
  • Certificados de estar al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si no se autoriza la consulta
  • Declaración responsable de cumplimiento del artículo 13.3 bis LGS, si la ayuda solicitada supera 30.000 €
  • Certificado de entidad bancaria con el número de cuenta para el pago
  • Documento que acredite la propiedad del inmueble o la facultad expresa para ejecutar las obras
  • Informe justificativo firmado por el solicitante con descripción de las actuaciones, costes y cuantía solicitada
  • Proyecto o memoria técnica suscrita por técnico competente, con planos, calidades, relación de bienes muebles y reportaje fotográfico
  • Presupuesto desglosado de las empresas ejecutoras (tres ofertas si el importe supera el contrato menor)

Qué obliga a hacer

  • Ejecutar las actuaciones en un máximo de 12 meses desde la notificación de la resolución de concesión
  • Justificar la actuación en un máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de ejecución, mediante cuenta justificativa con memoria técnica y memoria económica
  • Justificar la totalidad de los gastos del proyecto, no solo la parte subvencionada
  • Mantener el destino de los bienes cinco años si son inscribibles en un registro público y dos años en el resto
  • Comunicar al órgano concedente cualquier otra subvención, ayuda o ingreso obtenido para la misma finalidad
  • Comunicar en el plazo de un mes cualquier eventualidad que altere las condiciones de la concesión
  • Someterse al control de la Dirección General de Competitividad y Calidad Turísticas, la Intervención General y el Tribunal de Cuentas
  • Custodiar la documentación original justificativa y mantener una codificación contable adecuada
  • Firmar, antes de la resolución de concesión, el compromiso de cumplimiento del código de conducta en materia de subvenciones de la Región de Murcia
  • Dar publicidad del carácter público de la financiación con el logotipo institucional de la CARM

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en la Región de Murcia

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.