Tarifa plana tras la baja de maternidad: bonificación de cuotas de autónomos durante el descanso por nacimiento y al reincorporarse
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
- Plazo
- Siempre abierta
- Cuánto
- Hasta el 100 %
- Tipo
- Bonificación de cuotas
Bonificación de la cuota de autónomos por contingencias comunes en dos casos: el 100 % durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o riesgo durante el embarazo o la lactancia natural (para hombres y mujeres), y el 80 % durante 24 meses para las trabajadoras que vuelven a una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a cesar por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o tutela. Es para quien cotiza en el RETA o, como autónomo, en el grupo primero del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, incluidos los socios trabajadores de cooperativas. La cuota bonificada se calcula con la base media de los 12 meses anteriores y el tipo de contingencias comunes sin la parte de incapacidad temporal, así que no hay un importe fijo. Es un incentivo permanente de la Ley 20/2007 (arts. 38 y 38 bis): no hay convocatoria ni plazo y tiene derecho quien cumple los requisitos.
Quién puede pedirla
Trabajadores incluidos en el RETA o, como autónomos, en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, incluidos los socios trabajadores o de trabajo de cooperativas encuadrados en ellos, mientras están de descanso por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o riesgo durante el embarazo o la lactancia; y las trabajadoras de esos regímenes que vuelven a una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a cesar por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o tutela
«Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, como trabajadores por cuenta propia, en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 38, Artículo 38 bis), t…
Requisitos
De la empresa
Ser trabajador por cuenta propia (persona física): la bonificación rebaja la cuota de autónomos de la propia persona, no la de una sociedad
«Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 38, Artículo 38 bis), t…Estar de alta en el RETA o, como trabajador por cuenta propia, en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar (también los socios trabajadores o de trabajo de cooperativas encuadrados en ellos)
«o, como trabajadores por cuenta propia, en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, incluidos los socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas encuadrados en esos regímenes»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 38, Artículo 38 bis), t…Descanso (art. 38): estar en un periodo de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural
«durante los períodos de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 38, Artículo 38 bis), t…Reincorporación (art. 38 bis): es solo para trabajadoras; la del descanso vale también para hombres
«Las trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 38, Artículo 38 bis), t…Reincorporación (art. 38 bis): haber cesado en su actividad por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela
«habiendo cesado su actividad por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, en los términos legalmente establecidos»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 38, Artículo 38 bis), t…Reincorporación (art. 38 bis): volver a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese
«vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 38, Artículo 38 bis), t…
Cuánto da
100 % de la cuota por contingencias comunes durante el descanso y 80 % de esa cuota durante 24 meses al volver tras el cese. Se calcula aplicando el tipo de contingencias comunes, sin la parte de incapacidad temporal, a la base media de los 12 meses anteriores al inicio de la bonificación (o al cese, en la de reincorporación; desde la última alta si se lleva menos tiempo), y no cambia aunque después se regularicen las bases provisionales. No hay importe fijo: depende de la base de cada autónomo
«a una bonificación del 100 por cien de la cuota por contingencias comunes resultante de aplicar a la base media que tuviera el trabajador en los doce meses anteriores a la fecha en la que inicie esta bonificación»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 38, Artículo 38 bis), t…
- Cómo se concede
- Otro sistema: ver las bases
- Minimis
- No se acoge a minimis
Qué financia
- La cuota de autónomos por contingencias comunes durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural (100 %)
- La cuota por contingencias comunes de la trabajadora que vuelve a una actividad por cuenta propia tras cesar por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, durante los 24 meses siguientes a su vuelta (80 %)
Plazo
Sin convocatoria ni fecha límite. La del descanso se aplica mientras dura el periodo de descanso por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o riesgo durante el embarazo o la lactancia. La de reincorporación exige volver a una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha efectiva del cese y dura los 24 meses siguientes a la reincorporación. La norma no fija un plazo para pedirla.
«dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese, tendrán derecho a una bonificación, durante los veinticuatro meses inmediatamente siguientes a la fecha de su reincorporación al trabajo»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 38, Artículo 38 bis), t…
Cómo se pide
Ante la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre la cuota de autónomos. Los artículos no dicen si hay que pedirla ni cómo, o si se aplica de oficio
Documentos oficiales
Guías para prepararla
Más incentivos
Bonificación por contratar a víctimas de violencia de género o terrorismo y a personas en exclusión social
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
Siempre abiertaHasta 6.372 €
Bonificación por contratar a personas con discapacidad
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
Siempre abierta
Bonificación por contratar a parados de larga duración
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
Siempre abiertaHasta 4.608 €
Bonificación del contrato de formación y por convertir en indefinido un contrato en prácticas
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
Siempre abierta
Crédito de formación de FUNDAE
FUNDAE y SEPE (Ministerio de Trabajo y Economía Social) · Estatal
Siempre abiertaHasta el 100 %
Resumen hecho a partir del texto consolidado de la norma en el BOE y de las webs oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de aplicarlo, comprueba los datos en la norma. Cómo hacemos las fichas.