Gauzatu Internacional 2026 (grandes empresas): anticipos reintegrables para implantarse en el extranjero

SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial (Gobierno Vasco) · País Vasco

Plazo
Hasta el 20 de noviembre de 2026
Cuánto
Hasta 1.000.000 €
Tipo
Préstamo

Anticipo reintegrable de SPRI, un préstamo que se devuelve en cinco cuotas anuales iguales tras un año de carencia y sin intereses previstos, para que grandes empresas con instalación productiva en el País Vasco abran, amplíen, renueven o compren una implantación productiva o de servicios técnicos en el extranjero, con una inversión mínima de 120.000 € que tiene que empezar en 2026 y después de pedir la ayuda. Cubre el 25 % de la inversión, hasta 1.000.000 € por empresa, y se recorta si su equivalente de subvención bruta y las demás ayudas de minimis pasan de 300.000 € en tres años. Se concede por concurrencia competitiva (hacen falta al menos 50 de 100 puntos) y las solicitudes se presentan hasta el 20 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Grandes empresas con personalidad jurídica que tengan en el País Vasco una instalación productiva, desde la que desarrollen su actividad y con personal propio implicado en el proyecto de implantación en el extranjero. Las mismas bases admiten pymes, con otro régimen, que no son objeto de esta entrada de la BDNS

«b) Las Grandes Empresas, a las que les será de aplicación el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023»

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Sectores: industria.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

  • Tiene que ser una inversión en el extranjero para abrir un establecimiento, renovar o ampliar uno existente o comprar una sociedad extranjera, con participación mayoritaria de la empresa vasca salvo que la ley del país de destino lo impida

    «los proyectos de inversión en el exterior consistentes en la apertura de un nuevo establecimiento, la renovación o ampliación de los ya existentes o la adquisición de sociedades extranjeras, siempre que la participación de la empresa vasca en las mismas sea mayoritaria»

    Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 7
  • Inversión mínima de 120.000 € en las partidas del Plan General de Contabilidad admitidas (propiedad industrial, aplicaciones informáticas, terrenos, construcciones, instalaciones, maquinaria, utillaje, mobiliario y equipos informáticos), contada en proporción a la participación de la empresa vasca

    «Los proyectos susceptibles de apoyo deberán alcanzar, como mínimo, una inversión de 120.000 euros en las categorías del Plan General de Contabilidad»

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  • La inversión y, en su caso, la constitución de la nueva sociedad tienen que empezar en 2026 y después de presentar la solicitud. Si la inversión empieza antes, solo vale si antes de empezarla se presentó por escrito una presolicitud (empresa y tamaño, descripción, fechas y ubicación del proyecto, costes, tipo de ayuda e importe de financiación pública necesario); después hay que presentar la solicitud definitiva en plazo

    «Tanto la constitución de una nueva sociedad, como la inversión susceptible de apoyo, deberán iniciarse en 2026 y con posterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda.»

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  • Ejecutar las inversiones en un máximo de 36 meses (si hubo presolicitud, contados desde ella) y siempre antes del 31 de diciembre de 2029

    «Las inversiones deberán materializarse en un período máximo de 36 meses, en todo caso antes del 31 de diciembre de 2029.»

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  • Constituir una sociedad nueva no cuenta como inversión: además hay que invertir en los activos admitidos

    «La mera constitución de una nueva sociedad no se considerará inversión a los efectos de la concesión de la presente ayuda»

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  • Los activos tienen que ser de primer uso (los de una empresa extranjera que se compra cuentan como nuevos) y amortizables en al menos tres años, y no pueden haber sido cedidos a terceros

    «a) Deberán ser utilizados, o entrar en funcionamiento, por primera vez. b) En el caso de adquisición de una empresa extranjera, los activos correspondientes tendrán el tratamiento de nuevos. c) Deberán tener un período mínimo de amortización de tres años»

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  • No valen los activos fabricados por la propia empresa (y nunca cuentan por más que los consumos externos que incorporen) ni las aportaciones de capital en especie de los socios

    «e) No podrán haber sido fabricados por la propia empresa solicitante (y, en cualquier caso, nunca se computarán por un valor superior al de los consumos externos que incorporen). f) No serán susceptibles de apoyo las aportaciones de capital en especie por parte de cualquier persona socia.»

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  • Los activos inmateriales tienen que usarse solo en el establecimiento que recibe la ayuda, ser amortizables y comprarse a terceros en condiciones de mercado

    «Los activos inmateriales subvencionables deberán ser utilizados exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda, serán considerados elementos de activo amortizables, serán adquiridos a terceras personas en condiciones de mercado»

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  • Los terrenos y las construcciones solo cuentan hasta un importe igual al del resto de activos subvencionables; lo que pase de ahí no computa

    «La inversión en «Terrenos y Bienes naturales» y en «Construcciones» se considerará por una cuantía máxima igual al resto de los activos susceptibles de apoyo.»

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  • Los activos cuentan por su valor neto, sin IVA ni el impuesto equivalente del país de destino, y nunca por encima de su valor de mercado

    «Se considera como precio de los activos su valor «neto», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el impuesto sobre el valor añadido o su equivalente en el país destino de la inversión.»

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  • Los activos en leasing o arrendamiento financiero solo valen si la empresa se compromete expresamente a ejercer la opción de compra al final del contrato

    «La inversión, financiada mediante leasing o arrendamiento financiero, será considerada susceptible de apoyo, siempre y cuando la empresa se comprometa expresamente a ejercitar la opción de compra al término del contrato»

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  • Si se compran los activos de un establecimiento: tiene que haber cerrado o haber estado a punto de cerrar, el vendedor tiene que ser un tercero no relacionado (salvo familiares o empleados que se hagan cargo de una pequeña empresa) y la operación, en condiciones de mercado. Cuenta el menor entre el precio pagado y el valor neto contable de esos activos

    «a) Que el establecimiento haya cerrado o habría cerrado si no hubiera sido adquirido. b) Que los activos sean adquiridos a un tercero no relacionado con el comprador. c) Que la operación tenga lugar en condiciones de mercado.»

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  • La renovación tiene que suponer un cambio esencial en el proceso general de producción del establecimiento: no vale sustituir equipos o maquinaria sin un cambio sustancial del proceso

    «Las inversiones que tengan como objeto la mera sustitución de equipamiento o maquinaria, si ello no conlleva un cambio sustancial en el proceso productivo.»

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  • Si invierte a través de una filial en el extranjero, el objeto social de la filial y el de la empresa beneficiaria tienen que estar claramente vinculados

    «serán susceptibles de apoyo únicamente las inversiones que realicen las filiales en el extranjero de las empresas beneficiarias de la ayuda siempre que el objeto social de ambas empresas tenga una clara vinculación»

    Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 9
  • La compra de activos a empresas asociadas o vinculadas hay que comunicarla expresamente a SPRI y se valora con auditorías externas

    «Las inversiones consistentes en la adquisición de activos a empresas asociadas o vinculadas, según Anexo I del Reglamento n.º 651/2014, deberán comunicarse expresamente a la Dirección de Internacionalización de SPRI»

    Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 9
  • No valen las inversiones dirigidas a construcción, inmobiliario, finanzas, seguros, defensa, pesca y acuicultura o producción agrícola primaria

    «Las inversiones dirigidas a los sectores de construcción, inmobiliario, financiero, seguros, defensa, productos de la pesca y acuicultura y producción agrícola primaria.»

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  • No se financia una red de distribución en el extranjero ni nada ligado directamente a las cantidades exportadas o a otros gastos corrientes de la exportación

    «En ningún caso dichas ayudas estarán directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.»

    Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 4
  • La empresa no puede subcontratar la actividad subvencionada, total ni parcialmente (sí contratar los gastos que necesite para hacerla ella misma)

    «no se prevé la posibilidad de la beneficiaria contrate, total o parcialmente, la actividad subvencionada»

    Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 9
  • Si un gasto supera el importe del contrato menor del sector público, pedir al menos tres ofertas de proveedores distintos antes de contratar, salvo que no haya bastantes en el mercado o el gasto sea anterior a la concesión; si no se elige la más barata, justificarlo en una memoria

    «la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores o proveedoras, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien»

    Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 9
  • El proyecto tiene que ser tecnológico o innovador y reforzar la posición en el mercado, la competitividad y la sostenibilidad de la empresa sin perjudicar su actividad industrial en Euskadi, y la memoria tiene que demostrarlo

    «la memoria tendrá que demostrar el carácter tecnológico y/o innovador del proyecto y que el mismo refuerza su posición en el mercado, su competitividad y sostenibilidad futura sin perjuicio de su actividad industrial en Euskadi»

    Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 13
  • Solo se apoya un proyecto por convocatoria, empresa y país

    «Se apoyará un solo proyecto por convocatoria y empresa y país.»

    Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 11

Cuánto da

Anticipo reintegrable (préstamo que hay que devolver): 25 % de la inversión susceptible de apoyo, contada en proporción a la participación de la empresa vasca en el proyecto, con un máximo de 1.000.000 € por empresa. Si el equivalente de subvención bruta del anticipo, sumado a las ayudas de minimis que haya declarado la empresa, pasa de 300.000 €, el anticipo se reduce hasta ese límite

«25 % de la inversión susceptible de apoyo para grandes empresas. 4.– A efectos del cálculo de la ayuda se tendrá en cuenta únicamente el porcentaje de participación de la empresa vasca en el proyecto inversor. 5.– El anticipo reintegrable no podrá superar el importe de 1.000.000 euros por empresa.»

Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria (castellano).PDF · pág. 11
Presupuesto total
2.500.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatible con otras ayudas públicas o privadas para el mismo proyecto, siempre que en total no superen el coste de la inversión apoyada. Al ser de minimis, no se puede acumular con ayudas de Estado para los mismos gastos si se pasa de la intensidad o el importe máximos que fije un reglamento de exención o una decisión de la Comisión. Hay que comunicar a SPRI las demás ayudas pedidas u obtenidas

Qué financia

  • Abrir en el extranjero un establecimiento productivo o de servicios técnicos ligados al proceso productivo, también mediante una sociedad nueva (constituirla no basta: tiene que haber inversión)
  • Ampliar un establecimiento que la empresa ya tiene en el extranjero
  • Renovar un establecimiento en el extranjero cuando cambia de forma esencial su proceso general de producción
  • Comprar una sociedad extranjera con participación mayoritaria de la empresa vasca (salvo que la ley del país de destino lo impida)
  • Comprar los activos de un establecimiento que ha cerrado o habría cerrado, a un tercero no relacionado y en condiciones de mercado

Gastos que cubre

  • Propiedad industrial y patentes (cuenta 203 del Plan General de Contabilidad o su equivalente en el país de destino)
  • Aplicaciones informáticas (206)
  • Terrenos y bienes naturales (210) y construcciones (211), como máximo por el mismo importe que el resto de activos
  • Instalaciones técnicas (212) y otras instalaciones (215)
  • Maquinaria (213) y utillaje (214)
  • Mobiliario (216)
  • Equipos para procesos de información (217)
  • Activos en leasing o arrendamiento financiero, si se compromete a ejercer la opción de compra

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOPV (lunes 19 de octubre de 2026) hasta el 20 de noviembre de 2026

«El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el día 20 de noviembre de 2026.»

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Cómo se pide

Solo por vía electrónica, con los formularios de www.spri.eus/gauzatuinternacional/ y la firma reconocida de la empresa; el expediente se sigue por el mismo canal. Basque Trade & Investment (BT&I) recibe y analiza las solicitudes

  • Solicitud telemática firmada por un representante con poder suficiente
  • Memoria detallada del proyecto de inversión según el anexo 1: plan de implantación, plan económico-financiero, plazos e impacto en el empleo, la facturación y la posición competitiva de la empresa (y de las empresas vascas de su grupo)
  • Si se compra una sociedad extranjera, su valoración hecha por una empresa ajena y sus cuentas del ejercicio anterior a la compra; si se renueva maquinaria, la justificación del cambio esencial en el proceso de producción
  • En su caso, memoria del impacto positivo en el entorno de destino y certificaciones del anexo 2 (criterio 3 de valoración)
  • Escrituras de constitución y poderes de la solicitante y de la implantación (si forma parte de un grupo, de todas las sociedades que intervienen)
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
  • Cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil de los dos últimos ejercicios y las dos últimas declaraciones del Impuesto sobre Sociedades
  • Informe de plantilla media de trabajadores en alta de la Seguridad Social (en cooperativas, certificado de la media de personas mutualistas) de los dos periodos anuales anteriores a la convocatoria
  • Declaración responsable según el anexo 3
  • Relación de las ayudas de minimis de los tres años anteriores y de las ayudas pedidas o concedidas para el mismo proyecto (fecha, organismo, programa e importe)
  • Para ayudas de más de 30.000 €, certificado de la empresa, de un auditor inscrito en el ROAC o informe de procedimientos acordados sobre el cumplimiento de los plazos legales de pago
  • Las tres ofertas de proveedores cuando el gasto supere el importe del contrato menor
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, solo si se opone a que se consulten de oficio

Qué obliga a hacer

  • Aceptar la ayuda: se entiende aceptada si no renuncia por escrito en 15 días
  • Ejecutar la inversión y generar el empleo comprometidos en la solicitud, y justificarlo
  • Para cobrar, presentar ante BT&I la declaración de inversiones con el cuadro de facturas (modelo oficial), las facturas y los justificantes de pago, más un informe de auditoría externa que certifique las inversiones; la justificación final, como tarde 12 meses después del plazo para acabar el proyecto. El IVF paga una vez al año por empresa
  • Si el anticipo liquidado acumulado pasa de 600.000 € por expediente, presentar garantías (Decreto 698/1991) antes del pago; se liberan cuando la deuda baja a 600.000 € o menos
  • Devolver el anticipo en cinco cuotas anuales iguales, de una quinta parte cada una: la primera en el segundo año siguiente al final del proyecto de inversión y las otras en los cuatro años siguientes, ingresándolas en una cuenta del IVF en los dos primeros meses de cada año y enviando copia de la transferencia a BT&I. Se puede pedir, de forma excepcional, un aplazamiento de un año en la ejecución o una prórroga de hasta un año en las devoluciones (con intereses legales), y adelantar devoluciones
  • Mantener los activos subvencionados al menos cinco años en el activo de la empresa
  • Mantener los requisitos desde la solicitud hasta la devolución completa, también estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y los reintegros
  • Comunicar a SPRI las demás ayudas pedidas u obtenidas para la misma finalidad, cualquier cambio en las circunstancias tenidas en cuenta para concederla y las órdenes de recuperación de la Comisión Europea (sin cancelarlas no se hace el pago final)
  • Conservar las facturas cinco años y los demás justificantes mientras puedan comprobarse, y someterse a los controles de SPRI, la Oficina de Control Económico y el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas
  • Publicidad: logotipo de SPRI y la frase «subvencionado por SPRI» en lo que se difunda, en las dos lenguas oficiales, con lenguaje e imágenes no sexistas
  • No incurrir en deslocalización empresarial (arts. 48.1 y 49 de la Ley 20/2023) ni en sobrefinanciación
  • Pagar los gastos subvencionables dentro de los plazos de la Ley 3/2004 de morosidad
  • Si incumple la inversión, las devoluciones o las condiciones, pierde la ayuda y tiene que reintegrarla con intereses de demora

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en el País Vasco

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.