Formación en teleformación para personas trabajadoras afectadas por silicosis en Andalucía 2026
Dirección General de Formación en el ámbito laboral (Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Junta de Andalucía) · Andalucía
- Plazo
- Cierra en 2 días
- Cuánto
- Hasta el 100 %
- Tipo
- Subvención
Subvención de la Junta de Andalucía para financiar la oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo en modalidad de teleformación (100 %) dirigida a personas trabajadoras desempleadas (Línea 1) y ocupadas (Línea 2) afectadas por silicosis. Se financia el 100 % del coste de la actividad formativa, calculado como horas formativas × número de alumnado × módulo económico de la especialidad (máximo 80 alumnos por especialidad). Se concede en concurrencia competitiva, con 700.000 € de crédito repartidos en 2026 y 2027, y el plazo de solicitud es de 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto.
Quién puede pedirla
Entidades de formación privadas, con y sin ánimo de lucro, que cuenten con centros del Sistema de Formación en el Trabajo y una plataforma de aprendizaje inscrita para las especialidades solicitadas; no pueden participar las entidades de formación públicas
«Podrán participar en la presente convocatoria y resultar beneficiarias de esta subvención las entidades de formación privadas con y sin ánimo de lucro de las recogidas en el apartado 4.a)1.º del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 3
Sectores: educación y formación.
Requisitos
De la empresa
Ser una entidad de formación privada: no puede ser entidad del sector público
«No podrán participar en esta convocatoria las entidades de formación públicas, entendiendo por estas las entidades integrantes del sector público»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 3Disponer de instalaciones (o plataforma tecnológica de teleformación) en la Comunidad Autónoma de Andalucía
«Disponer de instalaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, o en su caso de plataforma tecnológicas para teleformación, debidamente inscritas/acreditadas en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo en Andalucía»
Bases reguladoras: Orden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv.… · pág. 7Estar inscrita o acreditada en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo en Andalucía y en el Registro Estatal de Entidades de Formación para cada una de las especialidades solicitadas
«en el Registro Estatal de Entidades de Formación, según su modalidad, de cada una de las especialidades formativas solicitadas, de acuerdo con el artículo 15.3 de la Ley 30/2015»
Bases reguladoras: Orden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv.… · pág. 7Contar con una plataforma de aprendizaje debidamente inscrita en el registro correspondiente (artículo 25 del Real Decreto 438/2024)
«Podrán concurrir los centros del Sistema de Formación en el Trabajo que cuenten con una plataforma de aprendizaje debidamente inscrita en el correspondiente registro»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 4Disponer de los recursos humanos adecuados y los medios materiales necesarios para impartir la actividad formativa solicitada
«Garantizar que se dispone de los recursos humanos adecuados y de los medios»
Bases reguladoras: Orden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv.… · pág. 7Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
«se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 11No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria de subvenciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
«En ningún caso podrán obtener la condición de entidad beneficiaria, aquellas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 4.c) del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 4No tener pendiente una resolución administrativa o judicial firme de reintegro
«No ha recaido sobre ella resolución administrativa o judicial firme de reintegro.»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 15No tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía
«No tiene deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 15No haber sido sancionada por resolución firme por infracción grave o muy grave en materia de Formación Profesional para el Empleo con exclusión del acceso a subvenciones
«Las entidades a las que se haya impuesto mediante resolución firme sanción, por infracción grave y/o muy grave en materia de Formación Profesional para el Empleo, que conlleve la sanción accesoria de exclusión del acceso a subvenciones y ayudas»
Bases reguladoras: Orden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv.… · pág. 7No haber sido sancionada en los últimos cinco años por discriminación laboral o de género, acoso sexual en el trabajo, incumplimiento de las obligaciones de igualdad o falta muy grave en prevención de riesgos laborales
«Las personas físicas o jurídicas sancionadas por resolución administrativa firme en los últimos cinco años por prácticas de discriminación laboral o de género, acoso sexual en el trabajo, incumplimiento de las obligaciones sobre igualdad de trato y oportunidades, o por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales»
Bases reguladoras: Orden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv.… · pág. 7No haber sido sancionada por resolución firme por atentar, alentar o tolerar prácticas contra la Memoria Democrática de Andalucía
«sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la Memoria Democrática de Andalucía»
Bases reguladoras: Orden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv.… · pág. 7Presentar una única solicitud por cada línea y para toda Andalucía
«Cada entidad presentará una única solicitud para cada línea y para toda Andalucía.»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 7
Del proyecto o el gasto
Las acciones formativas se imparten en modalidad de teleformación al 100 %
«en la modalidad de teleformación (100%), utilizando metodologías adaptadas a las necesidades del alumnado y los objetivos formativos»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 3Las especialidades solicitadas deben pertenecer al Catálogo de Especialidades Formativas y figurar en el Anexo III de la convocatoria
«La oferta formativa de esta convocatoria comprende la oferta vinculada a especialidades formativas del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 3Máximo 80 alumnos por cada especialidad formativa
«El número máximo de alumnado que puede solicitarse es de 80 por cada especialidad formativa.»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 6El alumnado debe ser personas trabajadoras afectadas por silicosis: en la Línea 1, desempleadas inscritas en el SAE; en la Línea 2, ocupadas con centro de trabajo en Andalucía, con incapacidad permanente total asociada a la silicosis o con la enfermedad diagnosticada
«La actividad formativa subvencionada irá dirigida preferentemente, en la Línea 1, a personas trabajadoras desempleadas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo»
Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf · pág. 4
Cuánto da
100 % del coste de la actividad formativa, calculado como horas formativas × número de alumnado × módulo económico de la especialidad (máximo 80 alumnos por especialidad)
«El porcentaje máximo de la subvención a solicitar será del 100 % de la cuantía de la actividad formativa.»
Extracto (BOJA. B.O. DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA): Extracto de la Resolución de la …
- Presupuesto total
- 700.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la UE o internacional, hasta el límite del coste total de la actividad formativa subvencionada
Qué financia
- Puesta en marcha y realización de acciones formativas de «formación en el trabajo» en modalidad de teleformación (100 %) para personas afectadas por silicosis
- Línea 1: oferta formativa para personas trabajadoras desempleadas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo
- Línea 2: oferta formativa para personas trabajadoras ocupadas cuyo centro de trabajo esté en Andalucía
- Especialidades del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo incluidas en el Anexo III de la convocatoria
Gastos que cubre
- Retribuciones del personal formador y tutor-formador (preparación, impartición, tutoría y evaluación)
- Amortización, alquiler o arrendamiento financiero de equipos didácticos y plataformas tecnológicas
- Medios y materiales didácticos y bienes consumibles, incluidos los medios de comunicación de la teleformación
- Alquiler, arrendamiento financiero o amortización de aulas y superficies utilizadas
- Seguro de accidentes y responsabilidad civil del alumnado
- Transporte, manutención y alojamiento del alumnado ocupado, con los límites de la Orden HFP/793/2023
- Costes indirectos de la actividad formativa, hasta el 10 % del coste total justificado de cada acción formativa
- En esta convocatoria: retribuciones del personal de apoyo técnico a la dinamización de la teleformación, del personal especializado en atención a alumnado con discapacidad o vulnerable y gastos de publicidad, difusión y captación y selección de alumnado
Plazo
10 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOJA, hasta las 12:00 horas del último día (27/10/2026 a 05/11/2026)
«El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto»
Extracto (BOJA. B.O. DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA): Extracto de la Resolución de la …
Cómo se pide
A través de la plataforma «PROFEUS+A», accesible desde la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía (procedimiento 25406: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/25406.html), con firma electrónica
- Formulario de solicitud Anexo I (declaraciones responsables), generado en PROFEUS+A
- Anexo I bis: memoria de la actividad formativa solicitada, con relación priorizada de acciones formativas, personal formador y criterios de valoración
- Documentación acreditativa de las certificaciones de calidad de gestión consignadas en la solicitud
- Certificación de otros órganos gestores (autonómicos o estatales) sobre el grado de cumplimiento de acciones formativas de FPE
- Certificación de otros órganos gestores sobre el grado de satisfacción del alumnado
- Anexo II para alegaciones, aceptación, desistimiento y aportación de documentos en el trámite de audiencia
- Declaraciones de cumplimiento de la normativa de protección de datos (Anexo V)
Qué obliga a hacer
- Ejecutar las acciones formativas en un plazo máximo de 12 meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión
- Mantener los requisitos exigidos hasta la finalización de la actividad formativa subvencionada
- Utilizar PROFEUS+A en todas las comunicaciones y trámites, siendo responsable de la veracidad de los datos
- Comunicar la planificación formativa, verificar la acción formativa con 20 días naturales de antelación y comunicar el inicio con al menos 5 días hábiles de antelación
- Justificar la subvención mediante módulos en el plazo máximo de 2 meses desde la finalización de la actividad formativa
- Garantizar la gratuidad de las acciones formativas para el alumnado e informarle de sus derechos y obligaciones
- Aplicar las medidas de información y publicidad con la identidad corporativa de la Junta de Andalucía y de la Administración General del Estado
- Conservar los justificantes de la aplicación de los fondos durante al menos 4 años
- Facilitar el acceso a la plataforma y a las instalaciones al personal de seguimiento y control de las Delegaciones Territoriales
- Actuar como encargada del tratamiento de datos personales en los términos del Anexo V
Documentos oficiales
- Extracto (BOJA. B.O. DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA): Extracto de la Resolución de la Dirección General de Formación en el ámbito laboral, por la que se convoca para el año 2026 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta f
- Texto en castellano de la convocatoria · TextoConvocatoria.pdf
- Bases reguladoras: Orden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv. públicas, en rég.conc.comp., en materia de Form. Prof. para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas
- Convocatoria 936465 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
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Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.