Inversiones en explotaciones agrarias 2026 (Línea A) - Illes Balears

FOGAIBA (Govern de les Illes Balears) · Illes Balears

Plazo
Hasta el 20 de noviembre de 2026
Cuánto
Hasta el 40 %
Tipo
Subvención

Subvención para modernizar y mejorar explotaciones agrarias de las Illes Balears mediante un plan de mejora: obra civil, maquinaria nueva, programas informáticos y costes generales. La ayuda base es el 25 % de la inversión auxiliable, con incrementos de 5, 10 o 20 puntos (máximo 40 %, ampliable al 50 % para jóvenes agricultores), inversión máxima de 70.000 €/UTA. Se concede por concurrencia competitiva con una puntuación mínima de 100,5 puntos sobre 402 y un plazo de solicitud hasta el 20 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas, o cualquier grupo de personas físicas o jurídicas, titulares o cotitulares de una explotación agraria inscrita en el REA con datos actualizados, con capacitación profesional agraria; también las agrupaciones o colectivos de agricultores que gestionen inversiones colectivas

«Las personas físicas o jurídicas o cualquier grupo de personas físicas o jurídicas que reúnan, en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda»

Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 6

Sectores: agricultura, ganadería y forestal.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

25 % de la inversión auxiliable como importe base, con incrementos de 5, 10 o 20 puntos porcentuales según las condiciones del apartado quinto (máximo combinado del 40 %; hasta el 50 % para jóvenes agricultores). Inversión máxima auxiliable de 70.000 € por UTA y de 1.000.000 € por beneficiario en la línea A (1.500.000 € en todo el periodo PEPAC).

«El importe base de la ayuda es del 25,00 % del coste de la inversión auxiliable.»

Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 17
Presupuesto total
7.700.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Incompatible con otras ayudas que, para las mismas actuaciones concretas, pueda recibir el beneficiario de cualquier administración pública o de otra entidad pública o privada

Qué financia

  • Construcción, adquisición (incluido leasing) o mejora de bienes inmuebles, excepto compra de terrenos
  • Compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipamiento nuevos
  • Costes generales: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, y estudios de viabilidad (máximo 10 % de la inversión subvencionable en estos conceptos)
  • Adquisición o desarrollo de programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas
  • Inversiones en regadío que cumplan el artículo 74 del Reglamento (UE) 2021/2115 y el anexo 3 de la resolución
  • Inversiones en energías renovables destinadas al autoconsumo de la explotación

Gastos que cubre

  • Obra civil de construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles (sin incluir terrenos)
  • Maquinaria y equipamiento nuevos, incluido el arrendamiento financiero y el leasing con opción de compra
  • Honorarios técnicos y estudios de viabilidad, hasta el 10 % de la inversión subvencionable en estos conceptos
  • Software, patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOIB hasta el 20 de noviembre de 2026

«El plazo de presentación de solicitudes empezará el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOIB hasta el 20 de noviembre de 2026.»

Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 20

Cómo se pide

Registros de entrada del FOGAIBA o de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, o por medios electrónicos mediante el trámite telemático de la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (obligatorio para quien deba relacionarse electrónicamente)

  • Solicitud en el modelo del formulario de la web del FOGAIBA
  • Personas jurídicas: NIF, estatutos sociales inscritos y documento acreditativo de la representación
  • Título académico agrario o documento acreditativo de cursos de capacitación agraria, si procede
  • Informe de vida laboral e IRPF (modelo 100), si procede
  • Plan de mejora según el modelo del FOGAIBA
  • Tres presupuestos o facturas proforma (una sola oferta si el gasto es inferior a 5.000 €)
  • Planos o croquis de los inmuebles y su ubicación en la explotación, si no se aporta proyecto técnico
  • Licencia urbanística concedida o solicitud con resguardo de presentación, si procede
  • Impuesto de sociedades (modelo 200) o declaración informativa (modelo 184) de entidades jurídicas
  • Memoria acreditativa del cumplimiento del anexo 3 en inversiones en regadío
  • Certificación de cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 si la subvención supera 30.000 €
  • Certificación del artículo 44 del Reglamento de ejecución (UE) 2022/128 (identificación de la empresa y su grupo)
  • Documento que acredite la titularidad de las instalaciones donde se hará la inversión
  • Documentación justificativa de las condiciones de incremento de intensidad y de los criterios de puntuación, si procede

Qué obliga a hacer

  • Ejecutar y justificar la inversión en 6 meses si es maquinaria y 12 meses para el resto, desde el día siguiente a la notificación de la concesión, y en todo caso antes del 3 de septiembre de 2029
  • Mantener la ubicación, propiedad y posesión de las inversiones al menos 5 años desde el pago final (3 años para pymes)
  • Mantener los requisitos y condiciones del beneficiario un mínimo de seis meses desde el fin del plazo de solicitudes y hasta el pago de la ayuda
  • Incrementar un 5 % los ingresos agrarios iniciales en uno de los cinco años posteriores a la solicitud
  • Cumplir las normas de información y publicidad del FEADER: emblema de la UE y mención «Financiado por la Unión Europea»; placa o pantalla si la subvención supera 50.000 €
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control de las administraciones autonómica, estatal y comunitaria y facilitar la información requerida
  • No cambiar las inversiones aprobadas sin autorización previa del FOGAIBA
  • Solicitar la subrogación y autorización si se transmite la explotación durante el periodo de ejecución

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Baleares

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.