Inversiones en explotaciones agrarias 2026, línea B (Illes Balears)

FOGAIBA (Govern de les Illes Balears) · Illes Balears

Plazo
Hasta el 20 de noviembre de 2026
Cuánto
Hasta 40.000 €
Tipo
Subvención

Subvención del 25 % de la inversión en modernización y mejora de explotaciones agrarias de las Illes Balears, con incrementos que pueden elevar la intensidad hasta el 40 % (50 % para jóvenes agricultores). En la línea B (inversión solicitada de hasta 100.000 €) la ayuda máxima ronda los 40.000 € por beneficiario. Se concede por concurrencia competitiva, con una puntuación mínima de 100,5 puntos sobre 402, y el plazo acaba el 20 de noviembre de 2026. Financiada con FEADER, MAPA y CAIB.

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas, o cualquier grupo de personas físicas o jurídicas, titulares o cotitulares de una explotación agraria inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias (REA); también agrupaciones o colectivos de agricultores que gestionen inversiones colectivas

«1.1. Las personas físicas o jurídicas o cualquier grupo de personas físicas o»

Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 6

Sectores: agricultura, ganadería y forestal.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

25 % de la inversión auxiliable como importe base, con incrementos de 5, 10 o 20 puntos porcentuales; la ayuda combinada no puede superar el 40 % de la inversión auxiliable (50 % para jóvenes agricultores). En la línea B la inversión auxiliable máxima es de 100.000 € por beneficiario, por lo que la ayuda máxima es de unos 40.000 €

«El importe base de la ayuda es del 25,00 % del coste de la inversión auxiliable.»

Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 17
Presupuesto total
2.300.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Incompatible con otras ayudas que, para las mismas actuaciones concretas, reciba el beneficiario de cualquier administración pública o entidad pública o privada

Qué financia

  • Construcción, adquisición (incluido arrendamiento financiero) o mejora de bienes inmuebles, excepto terrenos
  • Compra o arrendamiento con opción de compra de nueva maquinaria y equipamiento
  • Costes generales: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores y estudios de viabilidad
  • Adquisición o desarrollo de programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas

Gastos que cubre

  • Obra civil y mejora de bienes inmuebles (no la compra de terrenos)
  • Maquinaria y equipamiento nuevos, incluido el leasing y el renting con opción de compra
  • Honorarios técnicos y estudios de viabilidad, con un máximo del 10 % de la inversión subvencionable
  • Software, patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas
  • Inversiones en regadío que cumplan el artículo 74 del Reglamento (UE) 2021/2115 y el anexo 3
  • Inversiones en energías renovables destinadas al autoconsumo de la explotación

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOIB (publicada el 29 de septiembre de 2026) hasta el 20 de noviembre de 2026

«publicación de esta Resolución en el BOIB hasta el 20 de noviembre de 2026.»

Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 20

Cómo se pide

Registros de entrada del FOGAIBA o de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, o sede electrónica de la CAIB (trámite telemático del procedimiento) para los obligados a relacionarse electrónicamente

  • NIF, estatutos sociales inscritos y acreditación de la representación (personas jurídicas)
  • Título académico agrario o certificado de cursos de capacitación agraria, si procede
  • Informe de vida laboral e IRPF de los ejercicios necesarios, si procede
  • Plan de mejora según el modelo del FOGAIBA
  • Tres presupuestos o facturas proforma (uno solo si el gasto es inferior a 5.000 €)
  • Planos o croquis de los inmuebles y su ubicación en la explotación, si no hay proyecto técnico
  • Licencia urbanística concedida o solicitud con resguardo de presentación
  • Impuesto de sociedades (modelo 200) o declaración informativa (modelo 184), si procede
  • Resumen anual del IVA, para entidades jurídicas con explotación no prioritaria
  • Certificado de ingresos agrarios y relación de facturas, si hay otras actividades económicas
  • Memoria de cumplimiento del anexo 3, en inversiones en regadío
  • Certificación de pago a proveedores en plazo (Ley 3/2004) si la subvención supera 30.000 €
  • Certificación del artículo 44 del Reglamento de ejecución (UE) 2022/128 sobre grupo de empresas
  • Documentación de la agrupación sin personalidad jurídica, si es el caso
  • Documento que acredite la titularidad de las instalaciones donde se hace la inversión
  • Documentación justificativa de las condiciones de incremento de intensidad y de los criterios de prioridad

Qué obliga a hacer

  • Realizar y justificar la inversión en el plazo establecido (se entiende cumplido con el 50 % de la inversión aprobada)
  • Mantener las inversiones y su uso durante al menos cinco años desde el pago, o tres años en el caso de pymes
  • Mantener la ubicación, propiedad y posesión de las inversiones y no trasladar la actividad fuera de la zona
  • Cumplir las normas de información y publicidad del FEADER (anexos II y III del Reglamento de ejecución (UE) 2022/129), con placa o pantalla si la ayuda supera 50.000 €
  • Mantener los requisitos y condiciones exigidos durante un mínimo de seis meses y hasta el pago de la ayuda
  • Incrementar un 5 % los ingresos agrarios iniciales en uno de los cinco años posteriores a la solicitud
  • Constar en escritura el destino de los bienes inscribibles a la finalidad de la ayuda durante cinco años
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control de las administraciones autonómica, estatal y comunitaria

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Baleares

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.