Inversiones en explotaciones agrarias 2026, línea B (Illes Balears)
FOGAIBA (Govern de les Illes Balears) · Illes Balears
- Plazo
- Hasta el 20 de noviembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 40.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención del 25 % de la inversión en modernización y mejora de explotaciones agrarias de las Illes Balears, con incrementos que pueden elevar la intensidad hasta el 40 % (50 % para jóvenes agricultores). En la línea B (inversión solicitada de hasta 100.000 €) la ayuda máxima ronda los 40.000 € por beneficiario. Se concede por concurrencia competitiva, con una puntuación mínima de 100,5 puntos sobre 402, y el plazo acaba el 20 de noviembre de 2026. Financiada con FEADER, MAPA y CAIB.
Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas, o cualquier grupo de personas físicas o jurídicas, titulares o cotitulares de una explotación agraria inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias (REA); también agrupaciones o colectivos de agricultores que gestionen inversiones colectivas
«1.1. Las personas físicas o jurídicas o cualquier grupo de personas físicas o»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 6
Sectores: agricultura, ganadería y forestal.
Requisitos
De la empresa
La explotación sobre la que se invierte tiene que estar en las Illes Balears
«El ámbito territorial de aplicación de estas ayudas es la Comunidad Autónoma»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 5Tener al menos 18 años
«a) Tener una edad mínima de 18 años.»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 6Ser titular o cotitular de una explotación agraria inscrita en el REA, con los datos actualizados en los cinco años anteriores al fin del plazo
«Ser titular o cotitular de una explotación agraria inscrita en el Registro»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 6Tener competencia y cualificación profesional adecuadas en materia agraria (titulación, 150 horas de cursos o más de seis años de actividad agraria)
«Tener la competencia y la calificación profesionales adecuadas en»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 6No estar incursa en las prohibiciones del artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de las Illes Balears y del artículo 13 de la Ley 38/2003
«No podrán beneficiarse de las subvenciones previstas en esta Resolución las»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 9Estar al corriente de las obligaciones tributarias (estatales y autonómicas) y con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución
«se considerará que las personas beneficiarias están al corriente de las»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 10No ser empresa en crisis según las Directrices comunitarias de salvamento y reestructuración
«No pueden ser beneficiarias de las ayudas las empresas que se encuentren en crisis»
Bases reguladoras: Orden 10/2023 de la Consejera de Agricultura, Pesca y Aliment… · pág. 6Para subvenciones de más de 30.000 €, acreditar que se paga a los proveedores dentro de los plazos de la Ley 3/2004
«deben acreditar que cumplen los plazos de pago»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 10No haber sido sancionada o condenada en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género
«que hayan sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 11
Del proyecto o el gasto
El plan de mejora tiene que obtener al menos 100,5 puntos sobre 402 (73 puntos en la línea C del sector bovino lechero)
«Con carácter general, deben obtenerse 100,5 puntos (25,00 %»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 6La explotación tiene que generar un volumen de trabajo mínimo: 0,75 UTA en Mallorca y Menorca, 0,5 UTA en Ibiza y 0,3 UTA en Formentera
«Un volumen de trabajo equivalente, al menos, a 0,75 unidades de»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 8La explotación tiene que ser económicamente viable, con los ingresos agrarios mínimos del anexo 6 según el número de UTA
«Que sean viables económicamente, de acuerdo con lo establecido en el»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 9La inversión auxiliable tiene que ser de al menos 5.000 €
«14. La inversión auxiliable deberá tener un importe mínimo de 5.000,00 euros.»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 16En la línea B la inversión solicitada inicialmente no puede superar 100.000 € (por encima de esa cifra se va a la línea A)
«b) 100.000,00 euros si pertenece al grupo previsto en el punto 2.b) del»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 16Solo se admite una solicitud por beneficiario y línea de ayuda
«en esta convocatoria solo se admite una solicitud por persona»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 8La inversión tiene que estar hecha y pagada entre el 1 de abril de 2025 (1 de enero de 2025 para honorarios y reservas de maquinaria) y el plazo de justificación, y no puede estar completada físicamente antes de la visita de inspección
«El periodo de elegibilidad de las inversiones de esta convocatoria empieza el 1»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 15En maquinaria y equipos móviles, la factura tiene que emitirse después de presentar la solicitud
«la fecha de emisión de la factura deberá ser posterior a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 15Hay que aportar un plan de mejora viable que justifique la contribución de las inversiones a los objetivos de la convocatoria
«debe aportarse un plan de mejora que incluya las inversiones que pretenden cofinanciarse»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 11
Cuánto da
25 % de la inversión auxiliable como importe base, con incrementos de 5, 10 o 20 puntos porcentuales; la ayuda combinada no puede superar el 40 % de la inversión auxiliable (50 % para jóvenes agricultores). En la línea B la inversión auxiliable máxima es de 100.000 € por beneficiario, por lo que la ayuda máxima es de unos 40.000 €
«El importe base de la ayuda es del 25,00 % del coste de la inversión auxiliable.»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 17
- Presupuesto total
- 2.300.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Incompatible con otras ayudas que, para las mismas actuaciones concretas, reciba el beneficiario de cualquier administración pública o entidad pública o privada
Qué financia
- Construcción, adquisición (incluido arrendamiento financiero) o mejora de bienes inmuebles, excepto terrenos
- Compra o arrendamiento con opción de compra de nueva maquinaria y equipamiento
- Costes generales: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores y estudios de viabilidad
- Adquisición o desarrollo de programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas
Gastos que cubre
- Obra civil y mejora de bienes inmuebles (no la compra de terrenos)
- Maquinaria y equipamiento nuevos, incluido el leasing y el renting con opción de compra
- Honorarios técnicos y estudios de viabilidad, con un máximo del 10 % de la inversión subvencionable
- Software, patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas
- Inversiones en regadío que cumplan el artículo 74 del Reglamento (UE) 2021/2115 y el anexo 3
- Inversiones en energías renovables destinadas al autoconsumo de la explotación
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOIB (publicada el 29 de septiembre de 2026) hasta el 20 de noviembre de 2026
«publicación de esta Resolución en el BOIB hasta el 20 de noviembre de 2026.»
Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_im… · pág. 20
Cómo se pide
Registros de entrada del FOGAIBA o de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, o sede electrónica de la CAIB (trámite telemático del procedimiento) para los obligados a relacionarse electrónicamente
- NIF, estatutos sociales inscritos y acreditación de la representación (personas jurídicas)
- Título académico agrario o certificado de cursos de capacitación agraria, si procede
- Informe de vida laboral e IRPF de los ejercicios necesarios, si procede
- Plan de mejora según el modelo del FOGAIBA
- Tres presupuestos o facturas proforma (uno solo si el gasto es inferior a 5.000 €)
- Planos o croquis de los inmuebles y su ubicación en la explotación, si no hay proyecto técnico
- Licencia urbanística concedida o solicitud con resguardo de presentación
- Impuesto de sociedades (modelo 200) o declaración informativa (modelo 184), si procede
- Resumen anual del IVA, para entidades jurídicas con explotación no prioritaria
- Certificado de ingresos agrarios y relación de facturas, si hay otras actividades económicas
- Memoria de cumplimiento del anexo 3, en inversiones en regadío
- Certificación de pago a proveedores en plazo (Ley 3/2004) si la subvención supera 30.000 €
- Certificación del artículo 44 del Reglamento de ejecución (UE) 2022/128 sobre grupo de empresas
- Documentación de la agrupación sin personalidad jurídica, si es el caso
- Documento que acredite la titularidad de las instalaciones donde se hace la inversión
- Documentación justificativa de las condiciones de incremento de intensidad y de los criterios de prioridad
Qué obliga a hacer
- Realizar y justificar la inversión en el plazo establecido (se entiende cumplido con el 50 % de la inversión aprobada)
- Mantener las inversiones y su uso durante al menos cinco años desde el pago, o tres años en el caso de pymes
- Mantener la ubicación, propiedad y posesión de las inversiones y no trasladar la actividad fuera de la zona
- Cumplir las normas de información y publicidad del FEADER (anexos II y III del Reglamento de ejecución (UE) 2022/129), con placa o pantalla si la ayuda supera 50.000 €
- Mantener los requisitos y condiciones exigidos durante un mínimo de seis meses y hasta el pago de la ayuda
- Incrementar un 5 % los ingresos agrarios iniciales en uno de los cinco años posteriores a la solicitud
- Constar en escritura el destino de los bienes inscribibles a la finalidad de la ayuda durante cinco años
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control de las administraciones autonómica, estatal y comunitaria
Documentos oficiales
- Extracto (BOIB. B.O. DE LAS ISLAS BALEARES): Procedimiento Beta
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_REV_OK_imprimible.pdf
- Documento de la convocatoria en español · AJ_35.26_-_INEA_2026_v.10_def_ES_OK_imprimible.pdf
- Bases reguladoras: Orden 10/2023 de la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen bases reguladoras para concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027
- Convocatoria 930990 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
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FOGAIBA (Govern de les Illes Balears) · Illes Balears
Hasta el 20 de noviembre de 2026Hasta el 40 %
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.