Rehabilitación de viviendas para alquiler residencial en La Palma 2026

Cabildo Insular de La Palma (Servicio de Acción Social, Vivienda) · Provincia de Santa Cruz de Tenerife

Plazo
Plazo en las bases
Cuánto
Hasta 30.000 €
Tipo
Subvención

Subvención del Cabildo Insular de La Palma para rehabilitar, reformar o ampliar viviendas situadas en la isla que después se destinen a alquiler residencial durante al menos cinco años. Pueden solicitarla personas físicas o jurídicas propietarias o usufructuarias del inmueble, con hasta 30.000 € por vivienda (100 % del coste hasta 20.000 €). Se concede en concurrencia competitiva con un baremo de hasta 100 puntos (habitabilidad, accesibilidad, eficiencia energética, antigüedad y dormitorios) y un crédito de 500.000 €. El plazo es de 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOP, fecha que no consta en los materiales.

Quién puede pedirla

Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Personas físicas o jurídicas titulares en propiedad o usufructo de una vivienda en la isla de La Palma que la rehabiliten para ponerla en alquiler residencial; no es una ayuda para la actividad ordinaria de una empresa.

Personas físicas o jurídicas que sean titulares de la propiedad o del usufructo de una vivienda en la isla de La Palma y ejecuten actuaciones de rehabilitación destinadas a su posterior puesta en régimen de alquiler.

«Podrán ostentar la condición de beneficiarias las personas físicas o jurídicas que, siendo titulares de la propiedad o el usufructo de una vivienda en la isla de La Palma»

Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 4

El proyecto tiene que estar en Canarias o la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Hasta 30.000 € por solicitud: 100 % del coste de las obras cuando el presupuesto es de hasta 20.000 €; 20.000 € fijos más el 25 % del exceso entre 20.001 y 60.000 €; y 30.000 € cerrados por encima de 60.000 €. La ayuda, sumada a otras, no puede superar el coste de la actuación.

«La cuantía máxima de la subvención no podrá superar los 30.000 euros por solicitud.»

Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 5
Presupuesto total
500.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Compatible con cualquier otra ayuda para el mismo objeto de otra institución pública o privada, siempre que el conjunto no supere el coste de la actuación subvencionada.

Qué financia

  • Obras de rehabilitación, conservación, restauración, reforma y/o ampliación de viviendas aisladas o del interior de viviendas en edificios
  • Reformas de accesibilidad y adaptación para personas con discapacidad o dependencia, incluida la domótica
  • Reformas de cocinas, baños y aseos, instalaciones eléctricas interiores, fontanería y saneamiento
  • Conservación de cubiertas, azoteas, fachadas, medianerías y carpintería exterior, incluida la retirada de amianto
  • Refuerzo o sustitución de elementos estructurales y obras para preservar el patrimonio arquitectónico
  • Mejora de la envolvente térmica, agua caliente sanitaria, instalaciones fotovoltaicas y energía solar térmica
  • Obras en el perímetro de la parcela, vallados, barandillas e itinerarios accesibles

Gastos que cubre

  • Ejecución de las obras presupuestadas, con base imponible e impuestos aplicables (IGIC)
  • Redacción de informes y proyectos técnicos, certificaciones y gastos de tramitación administrativa
  • En actuaciones de cocina, el mobiliario y los electrodomésticos mínimos (fregadero, placa de cocción, nevera y lavadora)

Plazo

15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

«El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria»

Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 13

Cómo se pide

Sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma (https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es), Oficina de Atención Ciudadana y registros desconcentrados, o cualquier registro del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

  • Solicitud y declaración responsable de no estar incurso en prohibición para ser beneficiario (ANEXO I); una solicitud por cada inmueble
  • DNI/NIE del solicitante y, si actúa por representante, del representante y acreditación de la representación
  • Documentación acreditativa de la titularidad de la vivienda o del derecho de usufructo (escritura, inscripción registral u otro medio válido); en usufructo, autorización expresa del propietario
  • Autorización al Cabildo para recabar datos de estar al corriente (ANEXO II) o, en su defecto, certificados de la AEAT, la Agencia Tributaria Canaria, la Seguridad Social y el Cabildo
  • Modelo de alta de terceros firmado y sellado por la entidad bancaria y certificado de titularidad de la cuenta
  • Declaración de actuación (ANEXO III y ANEXO IV) con memoria descriptiva o proyecto técnico, fotografías del estado actual y presupuesto desglosado con medición y precios

Qué obliga a hacer

  • Ejecutar las obras conforme a la memoria o proyecto aceptado y a la normativa urbanística, en un plazo de 15 meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión
  • Poner la vivienda en régimen de alquiler residencial por un periodo mínimo de 5 años tras la finalización de las obras, sin dedicarla a alquiler turístico ni subarrendarla
  • Fijar el precio del alquiler dentro de los rangos del sistema estatal de referencia (SERPAVI)
  • Evitar que la vivienda permanezca deshabitada más de 6 meses al año
  • Colocar el cartel informativo (ANEXO VIII) durante la ejecución de la obra y hasta el final del periodo mínimo de 5 años de alquiler
  • Que el inmueble tenga la consideración de vivienda, cumpla las condiciones de habitabilidad y esté inscrito en el Registro de la Propiedad y en el Catastro
  • Comunicar al Cabildo la obtención de otras ayudas y cualquier modificación de las circunstancias que motivaron la concesión
  • Presentar la declaración responsable del gasto (ANEXO VI) y la comunicación de finalización de obras y puesta en alquiler (ANEXO VII) con facturas y justificantes de pago, y conservarlos 5 años
  • Estar dada de alta en el sistema de terceros del Cabildo para posibilitar el pago

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Canarias

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.