Rehabilitación de viviendas para alquiler residencial en La Palma 2026
Cabildo Insular de La Palma (Servicio de Acción Social, Vivienda) · Provincia de Santa Cruz de Tenerife
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Hasta 30.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención del Cabildo Insular de La Palma para rehabilitar, reformar o ampliar viviendas situadas en la isla que después se destinen a alquiler residencial durante al menos cinco años. Pueden solicitarla personas físicas o jurídicas propietarias o usufructuarias del inmueble, con hasta 30.000 € por vivienda (100 % del coste hasta 20.000 €). Se concede en concurrencia competitiva con un baremo de hasta 100 puntos (habitabilidad, accesibilidad, eficiencia energética, antigüedad y dormitorios) y un crédito de 500.000 €. El plazo es de 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOP, fecha que no consta en los materiales.
Quién puede pedirla
Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Personas físicas o jurídicas titulares en propiedad o usufructo de una vivienda en la isla de La Palma que la rehabiliten para ponerla en alquiler residencial; no es una ayuda para la actividad ordinaria de una empresa.
Personas físicas o jurídicas que sean titulares de la propiedad o del usufructo de una vivienda en la isla de La Palma y ejecuten actuaciones de rehabilitación destinadas a su posterior puesta en régimen de alquiler.
«Podrán ostentar la condición de beneficiarias las personas físicas o jurídicas que, siendo titulares de la propiedad o el usufructo de una vivienda en la isla de La Palma»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 4
El proyecto tiene que estar en Canarias o la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Requisitos
De la empresa
Ser titular de la propiedad o del derecho de usufructo de la vivienda para la que se solicita la ayuda
«de la propiedad o el usufructo de una vivienda en la isla de La Palma, ejecuten actuaciones de»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 4Tener nacionalidad española o de un Estado miembro de la UE, del EEE o Suiza, o residencia legal en España si es extraño no comunitario
«Las personas beneficiarias deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 4La vivienda no puede ser el domicilio habitual del propietario, usufructuario o arrendatario en el momento de presentar la solicitud
«Las viviendas objeto de las obras de adaptación NO deben constituir el domicilio habitual de sus propietarios/as, usufructuarios/as o arrendatarios/as en el momento de la solicitud»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 5No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
«quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 5Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
«así como que no se encuentren al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 5No haber sido sujeto de una revocación de alguna subvención de los planes estatales o autonómicos de vivienda
«hayan sido sujetos de una revocación, por el órgano competente de la tramitación, de alguna de las subvenciones contempladas en planes estatales o autonómicos de vivienda»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 5
Del proyecto o el gasto
La vivienda objeto de la subvención debe estar situada en algún municipio de la isla de La Palma, en suelo urbano o rústico
«Estar radicada la vivienda objeto de la subvención en cualquier municipio de la isla de La Palma, ya sea en suelo urbano o rústico»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 5Solo se admiten obras iniciadas a partir del 1 de enero del año de la convocatoria (no se subvenciona lo ejecutado antes)
«La subvención se podrá solicitar con efecto retroactivos en obras iniciadas desde el 1 de enero del año en curso»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 5Debe tramitarse ante el ayuntamiento la comunicación previa o la licencia de obras que corresponda antes de iniciar la actuación, y las obras deben ser conformes a la normativa urbanística y ambiental
«deberá solicitarse ante el ayuntamiento correspondiente la comunicación previa o licencia de obras, según proceda»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 7
Cuánto da
Hasta 30.000 € por solicitud: 100 % del coste de las obras cuando el presupuesto es de hasta 20.000 €; 20.000 € fijos más el 25 % del exceso entre 20.001 y 60.000 €; y 30.000 € cerrados por encima de 60.000 €. La ayuda, sumada a otras, no puede superar el coste de la actuación.
«La cuantía máxima de la subvención no podrá superar los 30.000 euros por solicitud.»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 5
- Presupuesto total
- 500.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con cualquier otra ayuda para el mismo objeto de otra institución pública o privada, siempre que el conjunto no supere el coste de la actuación subvencionada.
Qué financia
- Obras de rehabilitación, conservación, restauración, reforma y/o ampliación de viviendas aisladas o del interior de viviendas en edificios
- Reformas de accesibilidad y adaptación para personas con discapacidad o dependencia, incluida la domótica
- Reformas de cocinas, baños y aseos, instalaciones eléctricas interiores, fontanería y saneamiento
- Conservación de cubiertas, azoteas, fachadas, medianerías y carpintería exterior, incluida la retirada de amianto
- Refuerzo o sustitución de elementos estructurales y obras para preservar el patrimonio arquitectónico
- Mejora de la envolvente térmica, agua caliente sanitaria, instalaciones fotovoltaicas y energía solar térmica
- Obras en el perímetro de la parcela, vallados, barandillas e itinerarios accesibles
Gastos que cubre
- Ejecución de las obras presupuestadas, con base imponible e impuestos aplicables (IGIC)
- Redacción de informes y proyectos técnicos, certificaciones y gastos de tramitación administrativa
- En actuaciones de cocina, el mobiliario y los electrodomésticos mínimos (fregadero, placa de cocción, nevera y lavadora)
Plazo
15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
«El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria»
Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Soc… · pág. 13
Cómo se pide
Sede electrónica del Cabildo Insular de La Palma (https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es), Oficina de Atención Ciudadana y registros desconcentrados, o cualquier registro del artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- Solicitud y declaración responsable de no estar incurso en prohibición para ser beneficiario (ANEXO I); una solicitud por cada inmueble
- DNI/NIE del solicitante y, si actúa por representante, del representante y acreditación de la representación
- Documentación acreditativa de la titularidad de la vivienda o del derecho de usufructo (escritura, inscripción registral u otro medio válido); en usufructo, autorización expresa del propietario
- Autorización al Cabildo para recabar datos de estar al corriente (ANEXO II) o, en su defecto, certificados de la AEAT, la Agencia Tributaria Canaria, la Seguridad Social y el Cabildo
- Modelo de alta de terceros firmado y sellado por la entidad bancaria y certificado de titularidad de la cuenta
- Declaración de actuación (ANEXO III y ANEXO IV) con memoria descriptiva o proyecto técnico, fotografías del estado actual y presupuesto desglosado con medición y precios
Qué obliga a hacer
- Ejecutar las obras conforme a la memoria o proyecto aceptado y a la normativa urbanística, en un plazo de 15 meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión
- Poner la vivienda en régimen de alquiler residencial por un periodo mínimo de 5 años tras la finalización de las obras, sin dedicarla a alquiler turístico ni subarrendarla
- Fijar el precio del alquiler dentro de los rangos del sistema estatal de referencia (SERPAVI)
- Evitar que la vivienda permanezca deshabitada más de 6 meses al año
- Colocar el cartel informativo (ANEXO VIII) durante la ejecución de la obra y hasta el final del periodo mínimo de 5 años de alquiler
- Que el inmueble tenga la consideración de vivienda, cumpla las condiciones de habitabilidad y esté inscrito en el Registro de la Propiedad y en el Catastro
- Comunicar al Cabildo la obtención de otras ayudas y cualquier modificación de las circunstancias que motivaron la concesión
- Presentar la declaración responsable del gasto (ANEXO VI) y la comunicación de finalización de obras y puesta en alquiler (ANEXO VII) con facturas y justificantes de pago, y conservarlos 5 años
- Estar dada de alta en el sistema de terceros del Cabildo para posibilitar el pago
Documentos oficiales
- Texto en castellano de la convocatoria · Resolución Consejero/a de Servicios Sociales.PDF
- Bases reguladoras: BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDA Y POSTERIOR PUESTA A DISPOSICIÓN EN RÉGIMEN DE ALQUILER
- Convocatoria 929960 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
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Hasta el 12 de noviembre de 2026Hasta 2.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.