Ayudas a explotaciones de peral y membrillero afectadas por fuego bacteriano en Aragón 2026

Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria (Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Gobierno de Aragón) · Aragón

Plazo
Plazo en las bases
Cuánto
Hasta 30.000 €
Tipo
Subvención

Subvención del 50 % del gasto de arranque de parcelas de peral o membrillero afectadas por el fuego bacteriano (Erwinia amylovora) en Aragón y de compra de nuevos plantones de especies leñosas menos sensibles, con módulos de 2.000 €/ha para arranque y 3.000 €/ha para plantación y un máximo de 30.000 € por beneficiario. Se convoca con 500.000 € y se concede por concurrencia competitiva, con baremo de joven agricultor, agricultor profesional y altitud de las parcelas. El plazo es de 20 días desde el día siguiente a la publicación de la Orden en el BOA, sin que conste esa fecha en los materiales.

Quién puede pedirla

Personas físicas o jurídicas titulares de parcelas o explotaciones con plantaciones de peral o membrillero: agricultores profesionales, sociedades cuyo objeto social principal o único sea la producción agrícola y personas físicas que obtengan ingresos de la venta de productos de explotaciones de peral y membrillero de su propiedad, incluidos los propietarios de parcelas arrancadas

«Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la esta orden las personas físicas o jurídicas que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:»

Documento de la convocatoria en español · Borrador Orden convocatoria subvencion… · pág. 3

Sectores: agricultura, ganadería y forestal. El proyecto tiene que estar en Aragón.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Hasta el 50 % del gasto, con módulos: arranque 4.000 €/ha de gasto (máximo 2.000 €/ha) y plantones 6.000 €/ha de gasto (máximo 3.000 €/ha); límite máximo de 30.000 € por beneficiario

«4. En esta convocatoria se establece un límite máximo de 30.000 € por beneficiario de la ayuda.»

Documento de la convocatoria en español · Borrador Orden convocatoria subvencion… · pág. 6
Presupuesto total
500.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
Sí
Compatibilidad
Incompatible con cualquier otra ayuda obtenida sobre las mismas parcelas con la misma finalidad y objeto, en particular las ayudas por arranque y plantación de Programas Operativos de OPFH y las de plantación de modernización de explotaciones. Hay que presentar declaración responsable de no haber recibido ni solicitado otras ayudas para arranque y plantación de frutales en esas parcelas

Qué financia

  • Arranque de raíz de plantaciones de peral (Pyrus communis L.) y membrillero (Cydonia oblonga Mill.) en parcelas afectadas por fuego bacteriano
  • Adquisición de nuevos plantones de especies leñosas menos sensibles para replantar la superficie arrancada, en la misma parcela o en otra de la misma comarca agraria

Gastos que cubre

  • Costes de los trabajos y labores necesarios para realizar el arranque
  • Adquisición de nuevos plantones de especies leñosas para reemplazar las superficies arrancadas
  • Tributos, siempre que el beneficiario los abone efectivamente y no sean recuperables ni compensables ni se trate de impuestos personales sobre la renta

Plazo

20 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón

«El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el “Boletín Oficial de Aragón”.»

Documento de la convocatoria en español · Borrador Orden convocatoria subvencion… · pág. 7

Cómo se pide

Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, https://www.aragon.es/tramites, con certificado electrónico o clave permanente; procedimiento 11901

  • Documento que acredite la representación de la persona que suscribe la solicitud, en su caso
  • En caso de persona jurídica, documento en el que figure la relación de socios
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 (incluida en el modelo normalizado)
  • Declaración responsable de veracidad de la solicitud y de los datos y documentación aportados
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos
  • Declaración responsable de cumplimiento de la legislación medioambiental, de transparencia, laboral, de igualdad y de derechos de las personas con discapacidad
  • Declaración sobre el régimen fiscal del solicitante a efectos del IVA de los plantones
  • Declaración responsable de no haber recibido ni solicitado otras ayudas para arranque y plantación de frutales en las mismas parcelas
  • Si se piden más de 15.000 € (IVA excluido) en plantas, justificación de haber pedido al menos tres ofertas a proveedores distintos

Qué obliga a hacer

  • Realizar la plantación a la que queda vinculada la concesión (la ayuda al arranque obliga a solicitar plantación por superficie equivalente en la misma o siguientes convocatorias)
  • Mantener la actividad agrícola de forma directa en las parcelas subvencionadas durante los cinco años posteriores a la concesión, salvo venta o arrendamiento a otro agricultor que cumpla los requisitos y se subrogue en los compromisos
  • Justificar el arranque y/o la plantación con cuenta justificativa y justificantes de pago (no se admiten pagos en efectivo) antes del 30 de abril de 2027
  • Conservar los documentos justificativos durante los cinco años siguientes al pago
  • Comunicar al órgano concedente, en el plazo de un mes, el reconocimiento de otras ayudas para las actuaciones subvencionadas y cualquier circunstancia que modifique la actuación
  • Facilitar la información y dar cumplimiento a las obligaciones de información y publicidad, y someterse a los controles administrativos y sobre el terreno

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Aragón

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.