Ayudas a la contratación de jóvenes del Programa Talento Joven 2026 (Cámara de Motril)
Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Motril · Motril (Granada)
- Plazo
- Hasta el 31 de diciembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 5.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención de 5.000 € por cada contratación por cuenta ajena, a jornada completa y con una duración mínima de seis meses, de una persona menor de 30 años beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que haya finalizado la orientación vocacional del Programa Talento Joven. Va dirigida a empresas y personas físicas con actividad económica cuyo centro de trabajo esté en la demarcación de la Cámara de Comercio de Motril (Granada). Se concede por estricto orden de entrada de las solicitudes hasta agotar el crédito, con un máximo de 6 solicitudes por empresa y una contratación por solicitud. El plazo termina el 31 de diciembre de 2026 y las ayudas son de minimis (300.000 € en tres años) e incompatibles con otras subvenciones para el mismo fin.
Quién puede pedirla
Empresas conforme al artículo 1 del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, incluidos autónomos y personas físicas con actividad económica y también asociaciones sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, sociedades civiles, fundaciones y otras entidades que ejerzan actividad económica y estén de alta en el IAE, con centro de trabajo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Motril
«se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6
Requisitos
De la empresa
Ejercer una actividad económica y estar dado de alta en el IAE
«pero que ejerzan una actividad económica y se encuentren dadas de alta en el IAE.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6No ser Administración Pública ni entidad, organismo o sociedad del sector público (tampoco Cámaras de Comercio ni sus consejos regionales)
«Las Administraciones Públicas Internacionales, Europeas, Estatales, Autonómicas, Locales o cualesquiera otras, sea cual sea su ámbito de actuación»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 7Tener el centro de trabajo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Motril
«El centro de trabajo del beneficiario/a de la subvención debe estar ubicado en la demarcación de la Cámara de Comercio de Motril.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
«No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
«Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6No ser empresa de trabajo temporal, salvo que la contratación se destine a su propia estructura
«Las empresas de trabajo temporal, salvo en aquellos casos donde la contratación de los jóvenes esté destinada a la propia estructura de la empresa de trabajo temporal»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 7No haber extinguido contratos por despido disciplinario reconocido o declarado improcedente, despido colectivo o por el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores en los seis meses anteriores a la firma del contrato
«Las empresas que hayan extinguido cualquier contrato de trabajo por despido disciplinario reconocido o declarado como improcedente, por despido colectivo o por la causa prevista en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, quedarán excluidas de las ayudas»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 8No haber sido excluida del acceso a los programas de empleo por la comisión de infracciones del artículo 46 del Real Decreto Legislativo 5/2000
«Las empresas que hayan sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 8Que la persona contratada no haya generado ya una ayuda del Programa Talento Joven (antes PICE) concedida a otra empresa
«No se podrá conceder la ayuda asociada a la contratación de un joven, si otra empresa, sea o no de la demarcación de la Cámara de Comercio convocante, ya ha resultado beneficiaria de una ayuda económica por la contratación de la misma persona»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 9
Del proyecto o el gasto
El contrato debe estar formalizado por escrito, en vigor en el momento de presentar la solicitud y con menos de seis meses transcurridos desde su entrada en vigor
«El contrato de trabajo deberá formalizarse por escrito y encontrarse en vigor en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 4La persona contratada debe tener menos de 30 años en la fecha de entrada en vigor del contrato
«No se podrá conceder la ayuda a la empresa solicitante si en el momento de entrada en vigor del contrato el joven tiene 30 o más años, independientemente de su estado en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 9La persona contratada debe ser beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la fecha de inicio del contrato y haber finalizado al menos la orientación vocacional del Programa Talento Joven
«sean beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos previstos en la normativa estatal que lo regula, y que al menos hayan finalizado la orientación vocacional del Programa Talento Joven.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 5La persona contratada no debe haber trabajado el día inmediatamente anterior a la entrada en vigor del contrato
«que no hayan trabajado en el día inmediatamente anterior a la entrada en vigor del contrato»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 7El contrato debe ser de una de las tipologías admitidas: indefinido (incluido fijo-discontinuo a tiempo completo), de duración determinada por circunstancias de la producción de al menos seis meses, o formativo para la obtención de la práctica profesional
«La tipología de contratos subvencionables en el marco de la presente convocatoria son los siguientes:»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 5El contrato debe ser a jornada completa o tiempo completo
«Únicamente se considerarán válidos a efectos de la presente convocatoria los contratos formalizados por escrito a jornada completa o tiempo completo.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6La persona contratada no puede haber tenido relación laboral con la empresa o su grupo de sociedades en los seis meses anteriores a la formalización del contrato (no cuenta un periodo de prácticas no laborales)
«No tendrán la consideración de subvencionables los contratos formalizados con personas que hubieran tenido relación laboral con el beneficiario/a o, en su caso, el grupo de sociedades al que éste pertenece»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 5La contratación no puede afectar al cónyuge, ascendientes, descendientes ni parientes hasta el segundo grado de los socios, administradores o apoderados, ni a los propios socios o comuneros
«Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 7El alta del joven en la Seguridad Social y el inicio de la relación laboral deben ser anteriores a la presentación de la solicitud
«Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social del joven contratado, como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud de ayuda.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 7Cada solicitud solo puede incluir una contratación y una misma empresa no puede presentar más de seis solicitudes
«En cada solicitud solo se podrá incluir la financiación de una sola contratación. El número de solicitudes presentadas por una misma empresa no podrá superar el número de 6.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 4
Cuánto da
5.000 € por cada contratación subvencionada (importe fijo, no un porcentaje del gasto), con un máximo de 6 solicitudes por empresa y una sola contratación por solicitud
«El importe de la subvención concedida por la contratación de un o una joven menor de 30 años inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil será de 5.000,00€, no pudiendo ser en ningún caso superior.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 4
- Presupuesto total
- 10.000 €
- Cómo se concede
- Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Incompatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad de cualquier administración o ente público o privado, nacional o europeo; solo se admiten las bonificaciones o reducciones de cuotas a la Seguridad Social
Qué financia
- La contratación por cuenta ajena de jóvenes menores de 30 años inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
- Contratos indefinidos (incluido el fijo-discontinuo a tiempo completo), de duración determinada por circunstancias de la producción de al menos seis meses, o formativos para la obtención de la práctica profesional
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada hasta el 31 de diciembre de 2026, o antes si se agota el crédito
«El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación del Anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y concluirá a más tardar el día 31 de diciembre de 2026.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 13
Cómo se pide
Sede electrónica de la Cámara de Comercio de Motril (https://sede.camara.es/sede/motril), con certificado electrónico reconocido y modelo de solicitud habilitado al efecto
- Documento de identificación fiscal del solicitante (NIF/NIE del firmante y tarjeta de identificación fiscal de la empresa)
- Escritura pública de constitución o acta fundacional, en su caso, y poder de representación
- Anexo VII de declaraciones responsables de comunidades de bienes y sociedades civiles (solo CB/SC)
- Anexo II: declaración responsable de requisitos y de ayudas de minimis recibidas
- Informe de plantilla media de trabajadores en alta en los 30 días anteriores a la entrada en vigor del contrato
- Alta en la Seguridad Social como empleador
- Anexo III con los datos de la persona contratada, acompañado de su DNI, del contrato de trabajo y del informe de vida laboral actualizado
- Anexo IV: declaración responsable del trabajador
- Modelo TA.7 (solo empresas de trabajo temporal)
Qué obliga a hacer
- Mantener el contrato subvencionado durante un mínimo de seis meses desde su firma
- Mantener el nivel de empleo existente: al final del periodo subvencionado la plantilla debe ser superior a la de los 30 días anteriores a la entrada en vigor del contrato
- Asumir la condición de empleador y cumplir la normativa laboral y de Seguridad Social, con pago de nóminas
- Justificar la ayuda en los 60 días naturales siguientes al fin del periodo de mantenimiento del empleo, con la documentación del artículo 17.2 (Anexo V, certificados de Hacienda y Seguridad Social, vida laboral, plantilla media, Anexo VI, Anexo XII para fijos-discontinuos y certificado de titularidad de cuenta)
- Disponer de registros contables independientes o código de contabilidad apropiado y conservar los justificantes cinco años
- Comunicar al órgano concedente cualquier modificación de las condiciones y la obtención de otras ayudas
- Dar publicidad a la cofinanciación del FSE+ (cartel A3 o pantalla en el centro y mención en web y redes con el emblema de la Unión) e informar al trabajador de la cofinanciación
- Facilitar datos e información y someterse a las actuaciones de comprobación y control, incluidos los del FSE+
- Aceptar formalmente la resolución de concesión en el plazo de 10 días hábiles desde su notificación
- Comunicar al órgano concedente cualquier extinción del contrato y, en su caso, la sustitución del trabajador en los plazos previstos
Documentos oficiales
- Resumen documentación · 2026_Anexo_V_Resumen_Documentación_Justificación.pdf
- Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocatoria_Ayudas_+_LOPD.pdf
- Declaración fijo discontinuo · 2026_Anexo_XII_Declaración_Fijos_Discontinuos.pdf
- Declaración responsable justificación · 2026_Anexo_VI_Declaración_Responsable_Minimis_Fase_Justificación.pdf
- Declaración C.B. · 2026_Anexo_VII_Declaraciones_CB_SC.pdf
- Relación de trabajadores · 2026_Anexo_III_Relación_Personas_Contratadas.pdf
- Declaración responsable · 2026_Anexo_II_Declaracion_Responsable_Minimis_Fase_Solicitud.pdf
- Declaración responsable trabajador · 2026_Anexo_IV_Declaracion_Responsable_Trabajador.pdf
- Convocatoria 932674 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
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