Ayudas a la contratación de jóvenes menores de 35 años y de mujeres tras la maternidad (Zaragoza 2026)

Ayuntamiento de Zaragoza (Unidad de Emprendimiento y Zaragoza Activa) · Zaragoza (Zaragoza)

Plazo
Cerrada el 19 de octubre de 2026
Cuánto
Hasta 9.000 €
Tipo
Subvención

Subvención municipal de Zaragoza para fomentar la contratación indefinida de jóvenes menores de 35 años en desempleo de larga duración y de mujeres que se reincorporan al mercado laboral en los 18 meses posteriores al parto. Se abonan 3.000 € por contrato indefinido a jornada completa (1.500 € si es fijo discontinuo, prorrateado si es a tiempo parcial), con un máximo de 3 contratos y 9.000 € por solicitante. Se concede por orden de presentación hasta agotar los 730.000 € del crédito; el plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el B.O.P.Z. (2 de octubre de 2026).

Quién puede pedirla

Autónomos y profesionales (personas físicas) y pymes con domicilio social y fiscal en el término municipal de Zaragoza, cualquiera que sea su forma jurídica, que contraten a desempleados inscritos en el Servicio Aragonés de Empleo pertenecientes a los colectivos de la cláusula séptima

«Podrán ser beneficiarios de las ayudas los autónomos/as, profesionales y pymes, establecidos en el término municipal de Zaragoza, cualquiera que sea su forma jurídica, que contraten desempleados/as, inscritos/as en el Servicio Aragonés de Empleo»

Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 2

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

  • El contrato subvencionado tiene que ser indefinido (se admiten fijos discontinuos de nueva creación con al menos 180 días de trabajo efectivo) y mantenerse al menos 180 días

    «2.- Los contratos deberán ser de duración indefinida. Se incluyen los contratos fijos discontinuos de nueva creación siempre que cumplan el requisito de días de trabajo efectivo previsto en estas bases.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 6
  • El contrato tiene que estar formalizado y con fecha de inicio del trabajo entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2026

    «serán objeto de subvención los contratos que se hayan formalizado y con fecha de inicio de trabajo entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2026 con las siguientes cuantías»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 6
  • Si el contrato es a jornada parcial, tiene que ser de al menos el 50 % de la jornada completa (y la ayuda se prorratea)

    «En los contratos que se celebren a jornada parcial, con una duración mínima del 50% de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo, el cálculo anterior se prorrateará en proporción al tiempo de trabajo efectivo.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 6
  • El centro de trabajo de la persona contratada tiene que estar en el término municipal de Zaragoza

    «tan sólo podrán ser objeto de subvención los contratos de los trabajadores/as cuyo centro de trabajo esté ubicado en el término municipal de Zaragoza»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 3
  • La persona contratada tiene que estar en desempleo e inscrita como demandante en el Servicio Aragonés de Empleo antes de la contratación, sin alta previa en ningún régimen de la Seguridad Social

    «a) Estar en situación de desempleo, e inscritas como demandantes sin estar inscritas en ningún régimen de la Seguridad Social previamente a la contratación.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 4
  • La persona contratada tiene que pertenecer a uno de los colectivos: joven menor de 35 años con al menos 12 meses ininterrumpidos en desempleo, o mujer que se reincorpora en los 18 meses posteriores al parto acreditando la interrupción por maternidad

    «b.2) Mujeres que se reincorporen al mercado laboral en los 18 meses posteriores al parto, siempre que acrediten la interrupción de su actividad profesional con motivo de la maternidad.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 5
  • La contratación no puede afectar a cónyuge, ascendientes, descendientes ni parientes hasta el segundo grado del empresario o de los administradores

    «b) Contrataciones que afecten a cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, del empresario»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 5
  • La persona contratada no puede tener ni haber tenido participaciones o acciones en la sociedad solicitante durante el año previo a la contratación

    «c) Contrataciones que afecten a personas que tengan o hayan tenido durante el año previo a la contratación, participaciones o acciones en las sociedades que soliciten la ayuda.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 5
  • La persona contratada no puede haber prestado servicios en la misma empresa en los 3 meses anteriores a la contratación con cualquier tipo de contrato

    «d) Contrataciones realizadas con personas que, en los 3 meses anteriores a la fecha de contratación, hubiesen prestado servicios en la misma empresa mediante cualquier tipo de contrato.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 5
  • La persona contratada no puede haber finalizado una relación laboral indefinida por mutuo acuerdo o baja voluntaria en los seis meses anteriores a la formalización del contrato

    «e) Personas que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido por mutuo acuerdo o baja voluntaria en un plazo de seis meses anteriores a la formalización del contrato.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 5
  • No se subvencionan las relaciones laborales de carácter especial del art. 2.1 del Estatuto de los Trabajadores (letras a, c, d, e, f, g, i, j, k y l)

    «a) Las relaciones laborales de carácter especial a que se refiere el art. 2.1, letras a), c), d), e), f), g), i), j), k) y l) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de Trabajadores»

    Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 5

Cuánto da

3.000 € por contrato indefinido a jornada completa (1.500 € si es fijo discontinuo de nueva creación, también a jornada completa); en jornada parcial, mínimo del 50 %, se prorratea. Máximo 3 contratos y 9.000 € por solicitante.

«4.- La cuantía máxima de subvención será de 9.000 euros por la aplicación de lo dispuesto en los apartados anteriores.»

Texto en castellano de la convocatoria · 1774_textoConvocatoria.pdf · pág. 6
Presupuesto total
730.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
El contrato subvencionado es incompatible con otras subvenciones a la contratación del Ayuntamiento de Zaragoza convocadas en 2026. Con otras ayudas de administraciones o entes públicos o privados es compatible, pero el importe total no puede superar el 80 % del coste salarial más las cargas sociales a cargo del empleador.

Qué financia

  • La contratación laboral indefinida de jóvenes menores de 35 años que llevan al menos 12 meses ininterrumpidos en desempleo
  • La contratación indefinida de mujeres que se reincorporan al mercado laboral en los 18 meses posteriores al parto
  • También los contratos fijos discontinuos de nueva creación con al menos 180 días de trabajo efectivo

Gastos que cubre

  • Retribución salarial de la persona contratada
  • Cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social a cargo del empleador

Plazo

10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el B.O.P.Z. (publicado el 2 de octubre de 2026)

«El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P.Z.»

Extracto (B.O.P. DE ZARAGOZA): Ayudas para el fomento de la contratación laboral…

Cómo se pide

Registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza (www.zaragoza.es), trámite de subvenciones a la contratación

  • Anexo de solicitud según modelo normalizado, con declaración responsable y autorización (o no) para que el Ayuntamiento consulte los certificados de estar al corriente
  • Empresas y personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal, acreditación del domicilio social, escritura de constitución (y de cambios de domicilio), certificado de composición de la Junta u órgano de gobierno y último modelo 200 con la cifra de negocio
  • Personas autónomas: DNI, copia del último recibo del RETA o mutualidad y modelo 100 de la renta de 2025 con la cifra de negocio
  • Informe de plantilla media de trabajadores en alta de la Seguridad Social del día anterior a cada contrato a subvencionar
  • Informe de plantilla media de trabajadores en alta en la fecha de solicitud
  • Copia del contrato de trabajo de cada trabajador para el que se solicita la ayuda
  • Informe de situación administrativa de la demanda de empleo en el INAEM que acredite la inscripción como desempleado antes de la contratación
  • Documentación acreditativa de la pertenencia de cada trabajador al colectivo previsto en la cláusula séptima

Qué obliga a hacer

  • Contratar de forma indefinida y mantener la relación laboral durante al menos 180 días (los fijos discontinuos, con al menos 180 días de trabajo efectivo)
  • Sustituir a la persona contratada que cause baja por otra con los mismos requisitos en el plazo de un mes, comunicándolo a la Unidad de Emprendimiento y Zaragoza Activa en 15 días naturales desde el nuevo contrato
  • Mantener la plantilla durante el periodo obligatorio de contratación, comparando la plantilla media de los 180 días posteriores con la del día anterior a la contratación
  • No haber disminuido la plantilla más de un 20 % entre el 31 de diciembre de 2025 y el periodo de solicitud
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control y aportar la información requerida
  • Justificar la subvención entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2027 por registro electrónico, con nóminas, RLC, RNT, modelos 111 y 190 e informes de plantilla
  • Dar publicidad de la subvención: informar a la persona contratada y sustituida, incluir en la nómina la identidad gráfica de que el contrato está subvencionado e incorporar «Colabora: Ayuntamiento de Zaragoza» con autorización previa del Dpto. de Comunicación
  • Recabar la autorización de la persona contratada para la cesión de datos necesarios para verificar el contrato
  • Reintegrar los fondos en los supuestos del artículo 37 de la Ley 38/2003 y de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones
  • Comunicar en cualquier momento la superación de los límites de acumulación de ayudas

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Aragón

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.