Ayudas a la contratación de jóvenes Talento Joven 2026 - Cámara de Comercio de Avilés
Cámara de Comercio de Avilés · Provincia de Asturias
- Plazo
- Hasta el 31 de diciembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 5.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención de 5.000 € por cada contrato de trabajo celebrado con un joven menor de 30 años beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que haya completado la orientación vocacional del Programa Talento Joven. Va dirigida a empresas y personas físicas con actividad económica cuyo centro de trabajo esté en la demarcación de la Cámara de Comercio de Avilés, con un máximo de seis solicitudes por empresa. Se concede por estricto orden de entrada hasta agotar los 25.000 € del presupuesto, con plazo hasta el 31 de diciembre de 2026. El contrato debe mantenerse al menos seis meses y la ayuda está acogida al régimen de minimis.
Quién puede pedirla
Empresas, en el sentido del artículo 1 del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014: toda entidad que ejerza una actividad económica, incluidos autónomos, asociaciones, fundaciones, comunidades de bienes y sociedades civiles dadas de alta en el IAE, con centro de trabajo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Avilés
«Asimismo, se entenderá dentro del concepto de empresa, a efectos de lo establecido por la presente convocatoria, a asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y sociedades civiles, a fundaciones, federaciones,»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6
Requisitos
De la empresa
Ser una entidad privada: no ser Administración pública, organismo público ni entidad del sector público
«Las Administraciones Públicas Internacionales, Europeas, Estatales, Autonómicas, Locales o cualesquiera otras, sea cual sea su ámbito de actuación»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 7Estar de alta en el IAE y ejercer una actividad económica
«pero que ejerzan una actividad económica y se encuentren dadas de alta en el IAE.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6Tener el centro de trabajo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Avilés (Asturias)
«El centro de trabajo del beneficiario/a de la subvención debe estar ubicado en la demarcación de la Cámara de Comercio de Avilés.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
«Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
«No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6No ser una empresa de trabajo temporal, salvo que la contratación se destine a su propia estructura
«Las empresas de trabajo temporal, salvo en aquellos casos donde la contratación de los jóvenes esté destinada a la propia estructura de la empresa de trabajo temporal»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 7La persona contratada es beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la fecha de inicio del contrato
«La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de ésta sean beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 4La persona contratada ha finalizado al menos la orientación vocacional del Programa Talento Joven
«que hayan finalizado al menos la orientación vocacional del»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6La empresa no ha extinguido contratos por despido disciplinario reconocido o declarado improcedente, despido colectivo o por la causa del artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores en los seis meses anteriores a la firma del contrato
«Las empresas que hayan extinguido cualquier contrato de trabajo por despido disciplinario reconocido o declarado como improcedente, por despido colectivo o por la causa prevista en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, quedarán excluidas»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 8La empresa no está excluida del acceso a programas de empleo por infracciones del artículo 46 del Real Decreto Legislativo 5/2000
«Las empresas que hayan sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 8Ninguna otra empresa ha obtenido ya una ayuda Talento Joven por la contratación de la misma persona
«No se podrá conceder la ayuda asociada a la contratación de un joven, si otra empresa,»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 8
Del proyecto o el gasto
El contrato se formaliza con una persona menor de 30 años en la fecha de entrada en vigor del contrato
«No se podrá conceder la ayuda a la empresa solicitante si en el momento de entrada en vigor del contrato el joven tiene 30 o más años»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 9El contrato es de una de las tipologías admitidas: indefinido (incluido fijo-discontinuo a tiempo completo), temporal por circunstancias de la producción de al menos seis meses o formativo para la práctica profesional
«La tipología de contratos subvencionables en el marco de la presente convocatoria son los siguientes:»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 5El contrato consta por escrito y es a jornada completa
«contratos formalizados por escrito a jornada completa o tiempo completo.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6El contrato está en vigor en el momento de presentar la solicitud y no han transcurrido seis meses desde su entrada en vigor
«El contrato de trabajo deberá formalizarse por escrito y encontrarse en vigor en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 4El alta en la Seguridad Social y el inicio de la relación laboral son anteriores a la presentación de la solicitud
«Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social del joven contratado, como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud de ayuda.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 7La persona contratada no ha trabajado el día inmediatamente anterior a la entrada en vigor del contrato
«que no hayan trabajado en el día inmediatamente anterior a la entrada en vigor del contrato»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6El contrato se ha formalizado desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2026, o antes cumpliendo que siga vigente y que no hayan pasado seis meses desde su entrada en vigor
«Podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que, desde la entrada en vigor de la convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2026, hayan formalizado un contrato»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 6La persona contratada no ha tenido relación laboral con la empresa (ni con su grupo de sociedades) en los seis meses anteriores a la formalización del contrato
«No tendrán la consideración de subvencionables los contratos formalizados con personas que hubieran tenido relación laboral con el beneficiario/a o, en su caso, el»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 5La contratación no afecta al cónyuge, ascendientes, descendientes ni parientes hasta segundo grado de los socios, administradores o apoderados de la empresa
«Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad de alguno de los socios de la empresa»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 7Cada solicitud incluye una sola contratación y la empresa no presenta más de 6 solicitudes
«En cada solicitud solo se podrá incluir la financiación de una sola contratación. El número de solicitudes presentadas por una misma empresa no podrá superar el número de 6.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 4La contratación debe mantener el empleo al menos durante los seis primeros meses desde la firma del contrato
«se deberá garantizar un mantenimiento mínimo del empleo durante al menos los seis primeros meses, a contar desde la firma del contrato.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 5La empresa no supera el límite de ayudas de minimis de 300.000 € en tres años
«No superar el límite de ayudas de minimis conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023»
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Cuánto da
5.000 € por cada contratación subvencionable, sin poder superar esa cifra; hasta 6 solicitudes por empresa (máximo 30.000 € por empresa)
«El importe de la subvención concedida por la contratación de un o una joven menor de 30 años inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil será de 5.000,00€, no pudiendo ser en ningún caso superior.»
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- Presupuesto total
- 25.000 €
- Cómo se concede
- Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Incompatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o de la UE, salvo las bonificaciones o reducciones de cuotas a la Seguridad Social
Qué financia
- Contratación por cuenta ajena de jóvenes menores de 30 años beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
- Contratos indefinidos (incluido fijo-discontinuo a tiempo completo), contratos temporales por circunstancias de la producción de al menos seis meses y contratos formativos para la obtención de la práctica profesional
- Contratos a jornada completa formalizados por escrito
Gastos que cubre
- Contratación del joven: importe fijo de 5.000 € por contrato, no ligado a gastos concretos acreditados
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias hasta el 31 de diciembre de 2026; puede cerrarse antes si se agota el crédito
«El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación del Anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y concluirá a más tardar el día 31 de diciembre de 2026.»
Documento de la convocatoria en español · 2026_Anexo_21_Talento_Joven_Convocator… · pág. 12
Cómo se pide
Sede electrónica de las Cámaras de Comercio: https://sede.camara.es/sede/aviles (solo por vía electrónica, con certificado electrónico reconocido)
- Documento de identificación fiscal del solicitante (NIF/NIE; en personas jurídicas, tarjeta de identificación fiscal y escritura de constitución o acta fundacional inscrita)
- Anexo II: declaración responsable de requisitos y de otras ayudas de minimis
- Informe de plantilla media de trabajadores en alta de los 30 días anteriores a la entrada en vigor del contrato
- Alta en la Seguridad Social como empleador
- Anexo III: información de la persona contratada, con DNI, contrato de trabajo e informe de vida laboral
- Anexo IV: declaración responsable del trabajador
- Modelo TA.7 (solo empresas de trabajo temporal)
- Anexo VII: declaración responsable de los miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles, en su caso
Qué obliga a hacer
- Mantener el contrato subvencionado durante al menos seis meses desde su firma
- Mantener el nivel de empleo existente en la empresa (que el número de trabajadores al final del periodo subvencionado sea superior al de los 30 días anteriores a la entrada en vigor del contrato)
- Asumir la condición de empleador y cumplir la normativa laboral y de Seguridad Social
- Disponer de registros contables independientes y conservar la documentación justificativa durante cinco años
- Facilitar la información y someterse a las actuaciones de comprobación y control, incluidas las de los fondos FSE+
- Comunicar al órgano concedente cualquier modificación de las condiciones y la obtención concurrente de otras subvenciones
- Estar al día de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social antes de la propuesta de pago
- Dar publicidad a la cofinanciación del FSE+ (cartel A3 o pantalla, mención en web y redes) e informar de ello a la persona contratada
- Justificar la ayuda en los 60 días naturales siguientes a la finalización del periodo de mantenimiento del empleo
- Presentar la documentación de justificación (Anexo V, certificados de estar al corriente, vida laboral, informe de plantilla media, Anexo VI y certificado de titularidad de la cuenta corriente)
- Colaborar con la Cámara en los indicadores del programa y aplicar medidas de prevención del fraude
Documentos oficiales
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Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.