Chiva Emprende 2026: ayudas a la creación de empresas en Chiva
Ayuntamiento de Chiva · Chiva (Valencia/València)
- Plazo
- Hasta el 15 de noviembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 3.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención a fondo perdido para personas emprendedoras que creen una empresa o inicien actividad en el municipio de Chiva durante 2026: hasta 2.000 € por empresa, ampliables hasta 3.000 € (jóvenes o mayores de 45 años, mujeres, personas con discapacidad o en riesgo de exclusión, y proyectos innovadores). Se financia la puesta en marcha (constitución, asesoría, alquiler y adecuación de local, nuevas tecnologías, personal, suministros, mercancías, publicidad), con gastos realizados desde la creación de la empresa hasta la presentación de la solicitud. Se concede por orden de entrada de las solicitudes completas hasta agotar el crédito, con plazo del 3 de octubre al 15 de noviembre de 2026.
Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas privadas, legalmente constituidas, que inicien una actividad empresarial o comercial en el término municipal de Chiva en el ejercicio 2026. Quedan excluidas las empresas públicas y entes públicos, las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.
«Las beneficiarias finales de la ayuda serán personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas que inicien actividades empresariales o comerciales en el ámbito territorial del municipio de Chiva»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 2
Requisitos
De la empresa
Ser persona física o jurídica privada con ánimo de lucro: no valen empresas públicas ni entes públicos, asociaciones, fundaciones ni otras entidades sin ánimo de lucro
«Quedan excluidas las empresas públicas, sus organismos autónomos y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y en general las entidades sin ánimo de lucro y similares.»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 3Tener el domicilio fiscal y, en su caso, el local donde se desarrolla la actividad en el municipio de Chiva
«Que tanto el domicilio fiscal como el local de desarrollo de la actividad en su caso, se encuentren en el municipio de Chiva.»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 3Haber iniciado la actividad como muy pronto doce meses antes del cierre del plazo de solicitudes (15/11/2025), según la fecha de alta en el censo (modelo 036 o 037)
«El inicio de la actividad se deberá haber producido los doce meses antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 2Que se haya producido un alta nueva, tanto en la Seguridad Social como en la actividad
«Que se haya producido un alta nueva tanto en seguridad social como en la actividad.»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 2Estar de alta en la Seguridad Social (RETA, mutualidad correspondiente o régimen general) y en Hacienda en el momento de presentar la solicitud
«Que esté dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad correspondiente»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 2Estar de alta en el IAE o estar exenta de ese impuesto por los requisitos legales vigentes a la fecha de la solicitud
«Que figuren de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a fecha de la presentación de la solicitud o estén exentos de dicho impuesto por aplicación de los requisitos legales vigentes para ello.»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 3Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Chiva
«Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como que no tenga deuda pendiente con el Ayuntamiento de Chiva.»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 3No estar incursa en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
«Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 3No haber obtenido ni solicitado otra ayuda para la misma acción u objeto subvencionable
«Que no haya obtenido ni solicitado cualquier otra ayuda para la misma acción u objeto subvencionable.»
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Del proyecto o el gasto
Solo se admiten gastos realizados desde la fecha de creación de la empresa hasta el día de presentación de la solicitud
«Se admitirán los gastos realizados a partir de la fecha de creación de la empresa y hasta el día en que se presente la solicitud de la ayuda.»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 4No son subvencionables los intereses y gastos financieros, recargos, multas y sanciones, los gastos judiciales, las inversiones y la adquisición de inmuebles, ni el IBI, el IVA y el resto de impuestos y tasas
«Intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, gastos derivados de operaciones financieras, recargos, multas y sanciones administrativas y penales ni gastos en procedimientos judiciales.»
Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AY… · pág. 4El importe de la ayuda no puede superar el gasto correctamente justificado: hay que acreditar facturas y pagos por al menos la cuantía máxima subvencionable
«En ningún caso el importe de las ayudas podrá ser superior al importe de los gastos justificados correctamente por las beneficiarias.»
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Cuánto da
Hasta 2.000 € por empresa, ampliables hasta un máximo de 3.000 €: 2.500 € si la persona emprendedora tiene hasta 30 años o más de 45; +250 € si es mujer, persona con discapacidad de al menos el 33 % o en riesgo de exclusión social; hasta 3.000 € si la actividad es innovadora
«de hasta 2.000 € por empresa, que podrán incrementarse hasta un máximo de 3.000 € en los siguientes supuestos»
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- Presupuesto total
- 10.000 €
- Cómo se concede
- Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de otras administraciones o entidades, públicas o privadas, siempre que los gastos subvencionados sean diferentes entre sí y el total no supere el coste de la actividad. Hay que comunicar al Ayuntamiento las demás ayudas obtenidas.
Qué financia
- Gastos de constitución de la empresa
- Asesoría y consultoría
- Alquiler y adecuación de locales
- Nuevas tecnologías para el desarrollo de la actividad
- Personal y seguros sociales
- Seguros
- Mercancías y aprovisionamiento
- Suministros de energía eléctrica, telecomunicaciones y agua
- Equipos de protección individual
- Publicidad vinculada a la actividad
Gastos que cubre
- Facturas a nombre de la persona beneficiaria, pagadas por transferencia bancaria
- Contrato de alquiler y pagos a nombre de la persona beneficiaria, en los gastos de alquiler
- Gastos realizados desde la fecha de creación de la empresa hasta el día de presentación de la solicitud
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 15 de noviembre de 2026
«La solicitud de la ayuda deberá presentarse desde el día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 15 de noviembre de 2026.»
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Cómo se pide
Sede electrónica del Ayuntamiento de Chiva (https://chiva.sedelectronica.es), con firma electrónica avanzada o Cl@ve; caben representación y registro presencial a través de representante
- Solicitud normalizada firmada por la persona interesada o su representante legal
- Certificado de situación censal (modelo 036 o 037) con la actividad, la fecha de alta, el domicilio fiscal y el local de desarrollo en Chiva
- Informe de situación actual de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social
- Memoria-plan de empresa, con atención al carácter innovador si procede
- Facturas y justificantes bancarios de pago de los gastos subvencionables
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la TGSS y acreditación de no ser deudor del Ayuntamiento de Chiva (o declaración responsable si la ayuda no supera 3.000 €)
- Ficha de mantenimiento de terceros según modelo normalizado, si no se aportó antes o si han variado los datos
- Solicitud de pago (Anexo 6 de las bases de ejecución)
- Memoria justificativa del proyecto o actividades realizadas (Anexo 7)
- Cuenta justificativa de la actividad, con presupuesto final de gastos e ingresos (Anexo 8)
- Declaración responsable según modelo (Anexo 9)
- Relación detallada de facturas y documentos de valor probatorio (Anexo 10)
Qué obliga a hacer
- Mantener la actividad durante al menos 12 meses desde el inicio de la misma
- Acreditar a los 12 meses del inicio de actividad que la empresa sigue en funcionamiento, presentando la certificación censal actualizada y el informe de situación actual de alta en la Seguridad Social en los 10 días naturales siguientes
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero del órgano concedente
- Comunicar al Ayuntamiento cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y la obtención de otras ayudas
- Conservar durante 4 años los justificantes de la actividad y de la aplicación de los fondos
- Reintegrar los fondos en caso de incumplimiento, con los intereses de demora
- Cumplir las obligaciones de los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003 y las de publicidad activa de la Ley 19/2013 cuando sean aplicables
- Declarar el importe recibido ante la Agencia Tributaria
Documentos oficiales
- Extracto (B.O.P. DE VALENCIA): BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A APOYAR LA CREACIÓN DE EMPRESAS EN EL MUNICIPIO DE CHIVA “CHIVA EMPRENDE” 2026
- Documento de la convocatoria en español · BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A APOYAR LA CREACIÓN DE EMPRESAS EN EL MUNICIPIO DE CHIVA. CHIVA EMPRENDE 2026.pdf
- Convocatoria 931203 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
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Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.