Rehabilitación de inmuebles del casco histórico de Utiel y edificios catalogados 2026

Ayuntamiento de Utiel · Utiel (Valencia/València)

Plazo
Cierra en 3 días
Cuánto
Hasta 10.000 €
Tipo
Subvención

Subvención del Ayuntamiento de Utiel para obras de rehabilitación, conservación y ornato en inmuebles privados del Plan Especial del Núcleo Histórico Tradicional de Utiel y en edificios catalogados. Financia el 80 % de las obras estructurales (máximo 10.000 € por inmueble) y el 50 % de las obras de ornato y adecuación (máximo 6.000 € por inmueble), sin IVA. Se concede en concurrencia competitiva, con 50.000 € de crédito y un plazo de 20 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOP de Valencia (8 de octubre de 2026).

Quién puede pedirla

Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Comunidades de propietarios, propietarios (totales o parciales) y usuarios de viviendas con permiso de la propiedad, de inmuebles del casco histórico de Utiel o catalogados. Una empresa puede pedirla si es titular del inmueble, pero el público principal son particulares y comunidades de vecinos.

Comunidades de propietarios, propietarios de la totalidad del inmueble, propietarios de parte con autorización de la comunidad cuando la obra afecte a elementos comunes, y usuarios de viviendas (arrendatarios, usufructuarios o titulares de derechos reales) con permiso expreso de la propiedad.

«Podrán acceder a las ayudas económicas reguladas por las presentes bases»

Documento de la convocatoria en español · Resolución de Alcaldia.pdf · pág. 6

El proyecto tiene que estar en Utiel (Valencia/València).

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

  • Las obras no pueden estar iniciadas en el momento de presentar la solicitud; lo comprueban los servicios técnicos municipales

    «siempre que las obras no se hayan iniciado en el momento de presentar la solicitud de subvención.»

    Documento de la convocatoria en español · Resolución de Alcaldia.pdf · pág. 5
  • La licencia de obras debe haberse concedido dentro de los tres meses anteriores a la publicación de la convocatoria; si se concede después de la ayuda, hay que solicitarla y pagar la liquidación antes de empezar las obras

    «aquellas actuaciones que hayan obtenido la correspondiente autorización administrativa mediante la concesión de la preceptiva licencia de obras dentro de los tres meses anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria»

    Documento de la convocatoria en español · Resolución de Alcaldia.pdf · pág. 5
  • La actuación debe consistir en obras de carácter estructural (cubierta o consolidación) o en obras de ornato y adecuación de fachada de las enumeradas en las bases

    «Las obras objeto de subvención consistirán en la sustitución de la cubierta y en la consolidación estructural de los edificios.»

    Documento de la convocatoria en español · Resolución de Alcaldia.pdf · pág. 5

Cuánto da

80 % de las obras de carácter estructural, sin IVA, con un máximo de 10.000 € por inmueble; 50 % de las obras de ornato y adecuación, sin IVA, con un máximo de 6.000 € por inmueble; hasta 1.000 € para estudio y seguimiento arqueológico. La ayuda personal complementaria por vulnerabilidad puede alcanzar el 100 % del coste imputable a la vivienda, en expediente aparte.

«Para las obras de carácter estructural se subvencionará el 80% de la actuación, excluido el IVA y con un importe máximo por inmueble de 10.000€.»

Documento de la convocatoria en español · Resolución de Alcaldia.pdf · pág. 7
Presupuesto total
50.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Compatible con cualquier otra subvención de otro organismo, siempre que la suma de todas no supere el coste de las actuaciones

Qué financia

  • Obras de carácter estructural: sustitución de cubierta (total o parcial) y consolidación estructural del edificio
  • Obras de ornato y adecuación de fachadas: pintado integral, reparación de balcones, aleros y cuerpos volados, impermeabilización de medianeras, carpinterías exteriores, canalones y bajantes, retirada de zócalos y elementos impropios, ocultación de contadores, rehabilitación de muros de fachada y retirada o reubicación de equipos de climatización
  • Estudio y seguimiento arqueológico cuando lo exija el PE NHT y la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano

Gastos que cubre

  • Presupuesto de ejecución de las obras, valorado con los precios unitarios máximos fijados en las bases (IVA excluido)
  • Honorarios del arqueólogo por estudio y seguimiento arqueológico, hasta 1.000 € por actuación
  • Las obras deben haberse licitado o encargado conforme a la memoria y presupuesto presentados con la solicitud

Plazo

20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (extracto publicado el 8 de octubre de 2026); la BDNS concreta que empieza el día siguiente a la publicación.

«Las solicitudes se formularán a través del modelo del Anexo I, en el plazo de 20 días hábiles desde la publicación de la resolución de aprobación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia»

Extracto (B.O.P. DE VALENCIA): Extracto de la Resolución de Alcaldía nº 2026-275…

Cómo se pide

Registro General del Ayuntamiento de Utiel o cualquiera de los medios del artículo 16 de la Ley 39/2015; sede electrónica https://utiel.sedelectronica.es

  • Instancia según el modelo del Anexo I
  • Documentación acreditativa de la condición de beneficiario: titularidad de la propiedad o documento que acredite la condición de usuario (arrendamiento, usufructo o derecho real) con permiso expreso del propietario
  • Memoria de actuación, medición y presupuesto de ejecución de las obras, firmada por el solicitante o representante y por la empresa que las va a ejecutar
  • Fotografías del estado inicial del edificio antes de la intervención
  • Certificado de titularidad bancaria
  • Declaración responsable de estar al corriente con la Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social
  • Comunidades de propietarios: acta de la reunión con el acuerdo de solicitar la ayuda, nombramiento del representante, aprobación del presupuesto, designación de cuenta bancaria y firma de todos los interesados
  • Ayuda complementaria por vulnerabilidad: datos económicos de la unidad familiar, certificado de empadronamiento, certificado de componentes de la unidad de convivencia, informe de vulnerabilidad de Servicios Sociales, certificado de titularidad bancaria y cesión del derecho de cobro al constructor (Anexo IV)
  • Indicación del número de expediente de licencia de obras, si se ha solicitado, y del expediente de orden de ejecución o ruina, en su caso
  • Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI/NIE de quien firma, y acreditación de la representación

Qué obliga a hacer

  • Destinar el importe de la ayuda a la finalidad para la que se concede
  • Ejecutar las obras conforme al presupuesto, calidades y documentación presentados, con un plazo máximo de 8 meses desde la concesión de la licencia de obras
  • Solicitar la licencia de obras en el plazo máximo de 15 días desde la notificación de la concesión definitiva
  • Presentar la solicitud de pago y la justificación dentro del plazo de 8 meses: certificado final de obras, fotografías del proceso y del estado final, facturas y justificantes de pago
  • Acreditar al término de las obras el coste total de las mismas
  • Someterse a las actuaciones de comprobación e inspección de los servicios técnicos municipales
  • Mantener las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y no derribar el inmueble en los 10 años siguientes al acuerdo de justificación y pago
  • Aceptar la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en la Comunidad Valenciana

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.