Ayuda a las cuotas de la Seguridad Social de autónomos y pymes de El Hierro 2026
Cabildo Insular de El Hierro (Área de Empleo y Desarrollo Económico) · Provincia de Santa Cruz de Tenerife
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Hasta el 100 %
- Tipo
- Subvención
Subvención de las cuotas a la Seguridad Social de septiembre de 2025 a agosto de 2026: hasta 12 cuotas de autónomo (o de mutualidad) del titular, de un socio administrador o de un comunero al 100 %, más el 50 % de las cotizaciones de un trabajador (el 100 % si la empresa ha tenido 3 o más trabajadores todos los meses). Es para autónomos, profesionales y pymes con domicilio y centro de trabajo en El Hierro, en activo desde antes de 2025, de la industria, la construcción, el comercio, el transporte, los servicios y las actividades profesionales y artísticas; quedan fuera el sector primario, la hostelería y las empresas turísticas. Se concede en concurrencia competitiva, por antigüedad de la actividad, con 1.400.000 € de crédito, y la solicitud, que ya incluye la justificación, se presenta en los 10 días hábiles siguientes a la publicación de las bases en el BOP de Santa Cruz de Tenerife.
Quién puede pedirla
Autónomos y profesionales, sociedades y otras entidades privadas, comunidades de bienes, sociedades civiles y sociedades de trabajo asociado que sean pymes, con domicilio y centro de trabajo en El Hierro, con la actividad iniciada antes de 2025 y dados de alta en el IAE en la industria, la construcción, el comercio, el transporte, los servicios o en actividades profesionales o artísticas. Quedan fuera el sector primario, la hostelería y las empresas turísticas, la banca y los seguros, el sector público y las asociaciones.
«las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, pequeñas y medianas empresas de carácter privado, incluidos los empresarios individuales y los profesionales, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y sociedades de trabajo asociado, con centro de trabajo en la isla de El Hierro»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 4
Requisitos
De la empresa
Tener el domicilio social y fiscal en la isla de El Hierro (Valverde, La Frontera o El Pinar) y ejercer la actividad en centros de trabajo de la isla
«las sociedades civiles y sociedades de trabajo asociado, con centro de trabajo en la isla de El Hierro»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 4Ser autónomo o pyme según la definición de la UE: menos de 250 trabajadores, volumen de negocio de hasta 50 millones de euros o balance de hasta 43 millones, y cumplir el criterio de independencia
«y con un volumen de negocio anual que no excede de 50 millones de euros o con balance general anual que no excede de 43 millones de euros y que cumple el criterio de independencia»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 6No ser una Administración pública, una entidad de derecho público ni una entidad o sociedad controlada por una administración o financiada sobre todo con fondos públicos
«Las Administraciones Públicas, las entidades de derecho público, los organismos autónomos o entidades y sociedades dependientes o vinculadas a cualquier entidad privada o pública»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 7No ser una asociación: quedan fuera las asociaciones sin ánimo de lucro y las asociaciones empresariales
«Las asociaciones sin ánimo de lucro, constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1//2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 7Haber iniciado la actividad económica antes del 1 de enero de 2025, según el certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT
«antes del 01 de enero de 2025.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 5Figurar de alta en la Seguridad Social, o en la mutualidad o el colegio profesional que corresponda, desde antes del 1 de enero de 2025 (se acredita con la vida laboral y el informe de actividades de trabajo autónomo, o con la resolución de alta en la mutualidad del empresario y de cada socio)
«Figurar de alta en la Tesorería de la»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 4Desarrollar una actividad empresarial de las divisiones 2 a 9 del IAE (minerales no energéticos y química, metal, otras manufacturas, construcción, comercio y reparaciones, transporte y comunicaciones, servicios a empresas y alquileres, otros servicios), salvo instituciones financieras y seguros (agrupaciones 81 y 82), o una actividad profesional o artística del IAE
«• Servicios prestados a las empresas y alquileres (división 8 del IAE, excepto las agrupaciones 81 (instituciones financieras) y 82 (seguros). • Otros servicios (división 9 del IAE). b: Las actividades profesionales incluidas en el IAE. c: Las actividades artísticas incluidas en el IAE»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 5No dedicarse a la agricultura, la ganadería, la pesca o la acuicultura. La regla solo descarta lo que seguro está dentro (CNAE-2009 01.1 a 01.5 y 03); el resto de esta exclusión se pregunta en r9
«Que hayan causado alta en la Tesorería General de la Seguridad Social por el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar o dentro del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, o hayan ejercido actividad agraria por cuenta propia»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 7No haber estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar ni en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, ni haber ejercido actividad agraria por cuenta propia, aunque sea junto a otra actividad distinta
«o hayan ejercido actividad agraria por cuenta propia, aunque realicen cualquier otro tipo de actividad económica adicional y diferente.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 7No dedicarse a la hostelería: alojamiento (CNAE-2009 55) ni restaurantes, bares y cafeterías (CNAE-2009 56). La regla mira la actividad principal; el resto de esta exclusión se pregunta en r11
«Aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades pertenecientes a los apartados de hospedaje y restauración de la división 6 de los epígrafes del IAE»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 7No tener ninguna actividad, ni siquiera secundaria, de hospedaje o restauración, ni ninguna actividad inscrita en el Registro General Turístico (casas rurales y alojamientos, turismo activo como guías o centros de buceo, restaurantes y bares)
«así como cualquier actividad que esté inscrita en el registro general turístico, como las siguientes:»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 7No ser un autónomo colaborador familiar del titular de la actividad (sus cuotas sí pueden imputarse en la solicitud del titular)
«Trabajadores/as autónomos/as en calidad de familiar colaborador del titular de la explotación.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 7No recibir en este ejercicio ninguna subvención directa del Cabildo de El Hierro (las que figuran en su plan estratégico de subvenciones)
«Las cooperativas o empresas que reciban cualquier subvención directa por parte del Cabildo Insular de El Hierro en el presente ejercicio económico»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 7La actividad principal con la que está inscrito en la Agencia Tributaria tiene que coincidir con la que figura en la Seguridad Social
«La actividad económica principal en la que figure inscrito en la Agencia Tributaria deberá coincidir con la que figure en la Tesorería General de la Seguridad Social.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 6Estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal y la autonómica y con la Seguridad Social (con certificados si se piden más de 3.000 €; si no, basta la declaración responsable)
«Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la subvención, así como, con anterioridad a realizarse el abono de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 13No estar en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
«entidad colaboradora, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 6Tener justificadas todas las subvenciones que le haya concedido antes el Cabildo de El Hierro
«Tener justificadas todas las subvenciones anteriores concedidas por el Cabildo de El Hierro»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 14Estar al corriente de sus obligaciones con el Cabildo de El Hierro, sus organismos y sus empresas públicas, incluido el pago de reintegros de subvenciones
«así como estar al corriente de las obligaciones con el mismo y sus empresas públicas»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 14Estar inscrito en el registro de terceros del Cabildo Insular de El Hierro (se declara en la solicitud)
«Estar inscrito en el registro de terceros del»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 5Mantener la actividad económica de alta al menos hasta la fecha de la solicitud
«Mantener la actividad económica en alta al menos hasta la fecha de solicitud de la subvención.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 14
Del proyecto o el gasto
Solo cuentan las cuotas de los meses de septiembre de 2025 a agosto de 2026
«El plazo de realización del proyecto, actuación o actividad subvencionada estará comprendido entre el 01 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 3Las cuotas tienen que estar pagadas entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
«deberán haberse realizado y pagado entre el 01 de septiembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 3No vale el pago en metálico: los recibos bancarios tienen que salir de una cuenta a nombre del solicitante (o del autónomo colaborador familiar, si se imputan sus cuotas)
«No se admitirá como justificación el pago en metálico de los gastos subvencionables.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 16No se subvencionan intereses, recargos ni sanciones (por ejemplo, los recargos por pagar tarde las cuotas)
«Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 3Las cuotas tienen que corresponder a la actividad subvencionable y a centros de trabajo de la empresa en El Hierro; el trabajador imputado tiene que trabajar en un centro de la isla
«ser indubitadamente imputables a los centros de trabajo de titularidad de la empresa o profesional radicados en la isla de El Hierro»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 3En las sociedades solo se subvenciona la cuota de autónomo de un socio administrador que trabaje en El Hierro (si hay varios administradores solidarios se elige uno, y no puede estar subvencionado en otra solicitud); en las comunidades de bienes, la de un solo comunero
«En caso de personas jurídicas sólo se subvencionará la cuota de cotización a la Tesorería General de la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del socio administrador si ejerciera su actividad en la isla de El Hierro»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 8Las cuotas que se imputen no pueden tener otra ayuda: esta es incompatible, entre otras, con la «cuota cero» del Gobierno de Canarias y con las ayudas del Cabildo a los autónomos del sector primario y a la Seguridad Social del sector turístico
«Declaración responsable de no haber recibido otra subvención para los gastos subvencionados imputados como justificación a la presente convocatoria.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 16
Cuánto da
Hasta 12 cuotas mensuales (de septiembre de 2025 a agosto de 2026): el 100 % de la cuota de autónomo o de mutualidad del titular, del socio administrador o de un comunero (o, en su lugar, la del trabajador con funciones de gestión), más el 50 % de las cotizaciones de un trabajador por cuenta ajena o autónomo colaborador familiar, que pasa al 100 % si la empresa ha tenido 3 o más trabajadores cada mes. No hay importe máximo en euros.
«La cuantía individualizada de la subvención a otorgar asciende a un importe máximo equivalente a doce cuotas de seguridad social correspondientes a los meses de septiembre de»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 7
- Presupuesto total
- 1.400.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Incompatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, de cualquier administración, entidad privada o de la Unión Europea; en concreto, con la subvención del Cabildo a los autónomos del sector primario, con la «cuota cero» del Gobierno de Canarias para autónomos y con las ayudas del Cabildo a los gastos de Seguridad Social del sector turístico. Hay que comunicar cualquier otra ayuda para la misma actividad.
Qué financia
- La cuota de autónomo (RETA), o la de la mutualidad o el colegio profesional que la sustituye, del titular, de un socio administrador o de un comunero
- Las cotizaciones a la Seguridad Social de un trabajador por cuenta ajena o de un autónomo colaborador familiar
- La cotización en el Régimen General de un trabajador con funciones de gestión, en lugar de la cuota de autónomo, si el empresario está jubilado o los socios cotizan en el Régimen General
Gastos que cubre
- Cuota de autónomo (RETA) de septiembre de 2025 a agosto de 2026, al 100 %
- Cuota a la mutualidad o colegio profesional, cuando se exige para ejercer la profesión, al 100 % (si se pagan las dos, solo cuenta una: o el RETA o la mutualidad)
- Cotización en el Régimen General del trabajador con funciones de gestión, al 100 %, en sustitución de la cuota de autónomo
- Cotizaciones en el Régimen General (cuota de empresa más cuota del trabajador) de un trabajador por cuenta ajena, o cuota de autónomo del familiar colaborador: el 50 %, o el 100 % si la empresa ha tenido 3 o más trabajadores todos los meses del periodo
Plazo
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las bases, que hacen de convocatoria, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Esa fecha no consta en los materiales. La justificación de las cuotas se presenta en el mismo plazo, con la solicitud.
«Las solicitudes se deberán presentar en el plazo de diez (10) días hábiles, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de las Bases específicas, que tendrán la consideración de convocatoria, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.»
Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio a… · pág. 10
Cómo se pide
Sede electrónica del Cabildo de El Hierro (https://elhierro.sedelectronica.es), con el modelo normalizado del catálogo de procedimientos. La vía electrónica es obligatoria también para las personas físicas.
- Solicitud en el modelo normalizado, con las declaraciones responsables (registro de terceros, reintegros y subvenciones anteriores del Cabildo, prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones, condición de pyme y no haber recibido otra ayuda para las mismas cuotas)
- Personas jurídicas y comunidades de bienes: escritura de constitución y documento que acredite la representación del socio administrador o comunero
- Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, actualizado a la fecha de la solicitud (copia auténtica)
- Informe de vida laboral del autónomo e informe de actividades de trabajo autónomo declaradas de la Tesorería General de la Seguridad Social, o resolución de alta en la mutualidad o el colegio profesional del empresario y de cada socio
- Si se piden más de 3.000 €: certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal, la autonómica y la Seguridad Social, o autorización para consultarlos (en las comunidades de bienes, también los de cada socio); si no, basta la declaración responsable
- Informe de vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa desde el 1 de septiembre de 2025, con el número de trabajadores
- Si se imputan las cuotas de un autónomo colaborador familiar: su IDC del último mes, su informe de vida laboral y su informe de actividades de trabajo autónomo
- Justificación con la propia solicitud (anexo II): memoria de actuación, memoria económica con la relación de gastos, recibos bancarios de las cuotas de septiembre de 2025 a agosto de 2026, TC1 y TC2 y nóminas del trabajador imputado, y relación de otros ingresos o ayudas
- Declaración del trabajador cuyas cotizaciones se imputan (anexo III)
- Foto del cartel del anexo I expuesto en un lugar visible del establecimiento
Qué obliga a hacer
- Presentar la justificación completa (anexo II, recibos, TC1 y TC2, nóminas y anexo III) en el mismo plazo de la solicitud: sin justificación no se puede ser beneficiario
- Exponer el cartel del anexo I en un lugar visible del establecimiento como mínimo hasta el 31 de diciembre de 2026 y aportar una foto con la justificación
- Informar de la subvención al trabajador cuyas cotizaciones se imputan
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución y antes del pago, que es único, por transferencia a una cuenta de la que sea titular el beneficiario
- Comunicar cualquier cambio en las condiciones y cualquier otra ayuda para la misma actividad antes de la justificación
- Comunicar en 10 días desde la publicación de la resolución si no acepta la subvención
- Someterse a las comprobaciones del Cabildo, que puede hacer una visita de verificación
- Llevar contabilidad separada de la actividad subvencionada (o libros de registro) y conservar los justificantes al menos cuatro años
- Reintegrar la ayuda en los casos del artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, y el exceso si con otras ayudas se supera el coste
Documentos oficiales
- Documento de la convocatoria en español · 20261013_Publicación_Anuncio_Anuncio aprobación bases específicas reguladoras para el otorgamiento de subvenciones para la consolidación y mantenimiento de actividades económicas en la isla de El Hierro 2026.pdf
- Anexo III · 20261019_Otros_ANEXO III DECLARACIÓN TRABAJADOR.pdf
- AnexoII · 20261019_Otros_ANEXO II SOLICITUD DE JUSTIFICACIÓN.pdf
- Anexo I · 20261019_Otros_ANEXO I CARTEL.pdf
- Convocatoria 937001 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
Más ayudas abiertas en Canarias
Producción ecológica 2026 – Cabildo Insular de El Hierro
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Cierra en 3 díasHasta 25.000 €
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Ayuntamiento de Breña Alta (La Palma) · Breña Alta (Santa Cruz de Tenerife)
Cierra en 3 díasHasta 1.100 €
Compensación del sobrecoste de combustibles de la industria canaria por la crisis de Oriente Medio 2026
Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos (Gobierno de Canarias) · Canarias
Cierra en 3 días
Videovigilancia en vehículos autotaxi de Gran Canaria 2026 (cooperativas de taxistas)
Cabildo Insular de Gran Canaria (Consejería de Gobierno de Presidencia y Movilidad Sostenible) · Provincia de Las Palmas
Cierra en 4 días
Premios al mejor aceite de oliva virgen extra de Gran Canaria, campaña 2025/2026 (IX Concurso Insular del Cabildo)
Cabildo de Gran Canaria (Consejería de Sector Primario, Soberanía Alimentaria y Seguridad Hídrica) · Provincia de Las Palmas
Hasta el 12 de noviembre de 2026Hasta 2.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.