Emprendimiento en el sector del Arte Sacro de Sevilla 2026: digitalización y relevo generacional
Ayuntamiento de Sevilla (Dirección General de Promoción Económica, Parques Empresariales y Ciencia) · Sevilla (Sevilla)
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Hasta 6.500 €
- Tipo
- Subvención
Subvención del Ayuntamiento de Sevilla para micropymes artesanales especializadas en Arte Sacro, en dos líneas: modernización y digitalización del taller (hasta el 100 % del gasto, máximo 5.000 €) y contratación de jóvenes menores de 30 años para práctica profesional en oficios artesanales (máximo 5.000 €); si se piden ambas, el tope conjunto es de 6.500 €. Se concede en concurrencia competitiva por puntuación hasta agotar los 100.000 € del crédito. El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Sevilla.
Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que sean microempresas, estén de alta en el IAE, desarrollen su actividad en el término municipal de Sevilla y tengan vigente la inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía en un oficio artesano asociado al Arte Sacro
«Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente convocatoria tanto las personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 4
Sectores: otros servicios personales y reparaciones.
Requisitos
De la empresa
Ser microempresa: menos de 10 personas ocupadas y volumen de negocios anual o balance general anual no superior a 2 millones de euros
«Estar definida como micro empresa conforme al Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 4Desarrollar la actividad en el término municipal de Sevilla
«desarrollar su actividad en el término municipal de Sevilla con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de solicitud establecido en la presente convocatoria»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 4Estar en situación de alta en algún epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas
«Estar en situación de alta en algún epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 4Tener vigente la inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía en un oficio artesano asociado al Arte Sacro (dorado, bordado, orfebrería, imaginería, talla, restauración, etc.)
«Tener vigente su inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía a la fecha de finalización del plazo de solicitud»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 4No estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
«Cumplir lo establecido para obtener la condición de beneficiaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS.»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 5Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
«Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 9Si es persona jurídica, no estar vinculada o participada en más de un 25 % por empresas que no sean microempresas
«no deberá estar vinculadas o participadas en más de un 25 por ciento por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 4
Del proyecto o el gasto
Línea 1: gasto mínimo de 1.500 € en los servicios subvencionables
«Para optar a las ayudas reguladas en la línea 1 se requiere un gasto mínimo de 1.500,00 euros»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 6Línea 1: los gastos deben haberse realizado entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027 y estar pagados al final del periodo de justificación
«aquellos que hayan sido realizados desde el 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de junio de 2027»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 8Línea 1: no son subvencionables el software a medida, los equipos, los gastos de personal de la entidad, seguros, fianzas, tasas, tributos, gastos de financiación ni los costes indirectos
«No serán subvencionables en ningún caso los gastos asociados a:»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 6Línea 2: contrato para la obtención de práctica profesional de duración mínima de 6 meses y a jornada completa
«Los contratos tendrán una duración mínima de 6 meses y deberán ser a jornada completa.»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 6Línea 2: la persona contratada debe ser menor de 30 años, estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo en el momento de la contratación (salvo supuestos de vulnerabilidad del art. 4.1.a del RDL 1/2023)
«Que se encuentre desempleada (desocupada en el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato) e inscrita como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo en el momento de su contratación.»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 6Línea 2: la persona contratada debe tener titulación universitaria, de grado medio o superior, certificado de formación profesional o equivalente, relacionada directamente con las funciones del contrato, y el contrato debe formalizarse dentro de los 3 años (5 si hay discapacidad) siguientes a la terminación de los estudios
«La titulación acreditada deberá guardar una relación directa con las funciones establecidas en el contrato de trabajo.»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 7Línea 2: el centro de trabajo designado en el contrato debe estar en el municipio de Sevilla
«El centro de trabajo designado en el contrato deberá estar localizado en el municipio de Sevilla.»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 7Línea 2: no son subvencionables los contratos con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes hasta segundo grado del empresario o de los administradores (salvo autónomos que contraten a hijos menores de 30 años), ni con quien haya finalizado una relación indefinida en los 4 meses anteriores
«Los contratos realizados con el cónyuge, los ascendentes, los descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el según grado inclusive»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 7Línea 2: los contratos deben haberse formalizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y los gastos de personal imputables como máximo 6 meses, sin gastos posteriores al 30 de junio de 2027
«los contratos para la obtención de práctica profesional en oficios artesanales que se hayan formalizado o se formalicen»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 8
Cuánto da
Línea 1: hasta el 100 % de los gastos subvencionables, con un máximo de 5.000 € por beneficiaria. Línea 2: hasta 5.000 € por beneficiaria. Si se solicita ayuda para ambas líneas, el importe conjunto máximo es de 6.500 € por beneficiaria, respetando el límite de cada línea
«El importe de las ayudas de la línea 1 podrá alcanzar el 100% de los gastos justificados en los conceptos considerados como subvencionables, con el límite de 5.000,00 € por beneficiaria.»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 8
- Presupuesto total
- 100.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatibles con cualquier otra ayuda no prevista por el Ayuntamiento de Sevilla, dentro de los límites legales, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad subvencionada; la concurrencia puede dar lugar a la modificación de la resolución
Qué financia
- Línea 1: identidad corporativa, páginas web, tiendas online, catálogos digitales, marketing online, omnicanalidad, SEO/SEM, gestión de redes sociales, marketplace y sistemas ERP/CRM
- Línea 2: contratación por cuenta ajena de jóvenes menores de 30 años desempleados mediante contratos de práctica profesional de al menos 6 meses a jornada completa, incluida la cotización empresarial
Gastos que cubre
- Línea 1: contratación de servicios externos especializados en identidad corporativa, web, tienda online, catálogos digitales, comunicación y marketing online, omnicanalidad, SEO/SEM, redes sociales, marketplace y ERP
- Línea 1: IVA soportado cuando no sea recuperable por la beneficiaria, previa acreditación
- Línea 2: gastos de personal y cotización empresarial a la Seguridad Social del contrato de práctica profesional incentivado, durante un máximo de 6 meses
Plazo
15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. La fecha de esa publicación no consta en los documentos disponibles, por lo que no se pueden calcular las fechas exactas
«El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del extracto de la presente convocatoria»
Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-2… · pág. 11
Cómo se pide
Registro Electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla (https://www.sevilla.org/sede-electronica) o en las oficinas de asistencia en materia de registro
- Solicitud en el modelo del Anexo I, firmada por el solicitante o su representante legal, indicando línea o líneas y gastos para los que se pide la ayuda
- Información y datos para la aplicación de los criterios de valoración (Anexo II)
- Solicitud de transferencia bancaria sellada por la entidad financiera (Anexo III) o certificado de titularidad bancaria
- Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas, con actividad, fecha de alta, domicilio fiscal y domicilio de actividad
- Certificado de inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía en los oficios de Arte Sacro
- Vida laboral de empresa referida a todas las cuentas de cotización operativas en la TGSS
- Personas jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes: escritura de constitución y estatutos, CIF, escritura de poder de representación y DNI/NIE del representante
- Personas físicas: DNI/NIE del solicitante y, en su caso, del representante, y vida laboral del trabajador autónomo
- Certificado de la asociación empresarial acreditativo de ser socio y estar al corriente de cuota (solo para el criterio de valoración)
Qué obliga a hacer
- Realizar la actividad que fundamenta la subvención conforme a la solicitud, la resolución de concesión y la convocatoria
- Aportar la documentación justificativa en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de realización de la actividad
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento y de otros órganos de control
- Comunicar cualquier alteración sobrevenida de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y la obtención de otras subvenciones para la misma actividad
- Mantener el requisito de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no ser deudor por reintegro
- Línea 2: mantener en plantilla a la persona contratada durante al menos 6 meses, salvo las excepciones previstas (baja voluntaria, incapacidad, despido procedente, fallecimiento), pudiendo sustituirla una única vez
- Línea 2: comunicar los contratos a través de Contrat@ en el plazo máximo de 10 días y abonar los salarios y cotizaciones que correspondan
- Línea 2: cumplir las obligaciones de los contratos formativos y las medidas contra la discriminación por razón de sexo
- Dar publicidad de que la actividad está subvencionada por el Ayuntamiento de Sevilla
Documentos oficiales
- Documento de la convocatoria en español · 12. ACUERDO JG CONVOCATORIA Expte 38-26.report.pdf
- Bases reguladoras: Extracto del Acuerdo de 9 de octubre de 2026 de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, por el que se aprueba la Convocatoria pública de subvenciones para el fomento y apoyo del emprendimiento en el sector del Arte Sacro de la ciudad de Sevilla.
- Convocatoria 935451 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
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