Familiar colaborador para autónomos de Extremadura 2026-2027 (Programa II)

SEXPE (Junta de Extremadura) · Extremadura

Plazo
Hasta el 9 de octubre de 2027
Cuánto
Hasta 10.000 €
Tipo
Subvención

Subvención de 6.000 a 9.000 € (hasta 10.000 € si la actividad se ejerce en un municipio de menos de 5.000 habitantes) a personas trabajadoras autónomas de Extremadura que incorporen a una persona desempleada como familiar colaborador en su explotación. Se concede de forma directa y abierta, sin concurrencia, con un crédito de 2.800.000 € para 2026-2027. La convocatoria está vigente durante doce meses desde el día siguiente a la publicación del extracto (10 de octubre de 2026) y cada solicitud se presenta desde el alta en RETA del familiar colaborador y los cinco meses naturales siguientes.

Quién puede pedirla

Personas trabajadoras autónomas que incorporen a personas desempleadas como familiares colaboradores en las explotaciones de las que sean titulares

«Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas del Programa II, las personas trabajadoras autónomas que incorporen a personas desempleadas como familiares colaboradores en las explotaciones de las que sean titulares.»

Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa II, a pe… · pág. 4

Requisitos

De la empresa

Cuánto da

Importe fijo de 6.000, 7.500 o 9.000 € según el colectivo del familiar colaborador, más 1.000 € adicionales si la actividad se ejerce en un municipio de menos de 5.000 habitantes (máximo 10.000 €)

«se modulan en función de los colectivos en los que se encuadren las personas familiares colaboradoras, variando desde 6.000,00 euros hasta 10.000,00 euros.»

Extracto (DOE. D.O. DE EXTREMADURA): EXTRACTO DE LA RESOLUCION DE 28 DE SEPTIEMB…
Presupuesto total
2.800.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Incompatible con otras ayudas públicas que financien directamente la creación de autoempleo; compatible con los demás programas de este decreto, con reducciones o bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social y con ayudas para finalidad distinta

Qué financia

  • La incorporación de una persona desempleada como familiar colaborador en la actividad del autónomo principal
  • Subvención fija según el colectivo del familiar colaborador: 9.000 € (mujer desempleada u hombre con discapacidad), 7.500 € (hombre en colectivo prioritario) o 6.000 € (resto)
  • Incremento de 1.000 € cuando la actividad se ejerce en un municipio de menos de 5.000 habitantes

Plazo

Convocatoria vigente doce meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el DOE; dentro de ese periodo, la solicitud se presenta desde la fecha de alta del familiar colaborador en RETA y los cinco meses naturales siguientes

«La convocatoria tiene una vigencia de doce meses y se inicia el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura»

Extracto (DOE. D.O. DE EXTREMADURA): EXTRACTO DE LA RESOLUCION DE 28 DE SEPTIEMB…

Cómo se pide

Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, a través del Punto de Acceso General Electrónico (https://www.juntaex.es/w/0644422); presentación obligatoriamente telemática

  • Modelo normalizado de solicitud del Programa II firmado electrónicamente
  • Anexo de consentimiento del familiar colaborador, firmado por el propio familiar colaborador
  • Copia del modelo 036 o 037 de declaración censal (o consulta de oficio si se autoriza)
  • Certificado de la AEAT de altas y bajas en el IAE
  • Certificado de los Servicios Públicos de Empleo acreditativo de la inscripción como demandante de empleo del familiar colaborador a la fecha de alta en RETA
  • Informe de vida laboral del solicitante y del familiar colaborador
  • Declaración responsable de altas y bajas de los familiares colaboradores de los últimos seis meses (segunda o sucesivas incorporaciones)
  • Certificado de la mutualidad alternativa, en su caso
  • Acta de constitución y NIF de la comunidad de bienes u entidad sin personalidad jurídica, en su caso
  • Certificado de domicilio fiscal, solo si se opone a la consulta de oficio

Qué obliga a hacer

  • Mantenerse ininterrumpidamente de alta en RETA (el beneficiario y el familiar colaborador) y ejerciendo la actividad durante al menos 24 meses
  • Mantener el domicilio fiscal en Extremadura durante el periodo de obligaciones cuando se haya tenido en cuenta para el requisito territorial
  • Mantener la actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes durante 24 meses si la ayuda se concedió por esa circunstancia
  • No ser autónomo societario ni consejero/a, administrador/a o socio/a trabajador/a de sociedades o cooperativas durante el periodo de obligaciones
  • No darse de alta en el Régimen General de la misma empresa o grupo de empresas, durante más de 30 días, en los seis meses posteriores al alta en RETA
  • Comunicar al órgano gestor la obtención de otras ayudas para la misma finalidad y cualquier alteración de las condiciones de la concesión
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control del SEXPE, la Intervención General y los órganos de control comunitarios
  • Hacer constar en toda información o publicidad que la actividad está financiada por el Servicio Extremeño Público de Empleo y, si hay cofinanciación del FSE+, cumplir las obligaciones de información y publicidad (cartel o placa y mención de la ayuda de la Unión)
  • Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado y conservar la documentación justificativa cinco años, cuando la ayuda esté cofinanciada por el FSE+
  • Comunicar al familiar colaborador que la ayuda está cofinanciada por el Fondo Social Europeo Plus, en su caso

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Extremadura

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.