Fomento de la actividad cultural en el medio rural de Canarias 2026

Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura (Gobierno de Canarias) · Canarias

Plazo
Plazo en las bases
Cuánto
Hasta 20.000 €
Tipo
Subvención

Subvención para proyectos y actividades culturales (artes visuales, cine y audiovisual, teatro, danza, circo, música, literatura, arquitectura, diseño, artesanía, patrimonio inmaterial y mediación) que se desarrollen en municipios rurales de Canarias, los del Anexo II con menos de 30.000 habitantes y densidad inferior a 100 hab./km². Pueden solicitarla autónomos, empresas, entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas con domicilio fiscal en Canarias. Se conceden entre 10.000 y 20.000 € por proyecto, sin superar el 80 % del coste subvencionable y con un presupuesto mínimo de 12.500 €. Se resuelve por concurrencia competitiva, con 15 días hábiles desde la publicación de la Orden en el BOC para presentar solicitudes.

Quién puede pedirla

Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Autónomos, sociedades, entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas que hagan actividades culturales en el medio rural de Canarias; una empresa cultural puede pedirla, pero no es su público principal

Personas físicas que desarrollen por cuenta propia una actividad cultural y estén de alta en el RETA; personas jurídicas privadas con ánimo de lucro; entidades privadas sin ánimo de lucro con fines estatutarios culturales; y entidades públicas con competencias o actividades en materia cultural

«b) Las personas jurídicas privadas con ánimo de lucro legalmente constituidas que desarrollen»

Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria castellano.PDF · pág. 11

Sectores: cultura, deporte y ocio. El proyecto tiene que estar en 26 municipios (Frontera, El Pinar de El Hierro, Valverde, Barlovento y 22 más).

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Entre 10.000 y 20.000 € por proyecto y beneficiario, sin superar el 80 % de los costes subvencionables; el presupuesto mínimo del proyecto es de 12.500 € (sin IGIC)

«2.2. Se establece una cuantía mínima de subvención de 10.000,00 euros y máxima de 20.000,00»

Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria castellano.PDF · pág. 9
Presupuesto total
85.095 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Compatible con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas siempre que el importe conjunto no supere el coste de la actividad y que, sobre los mismos costes subvencionables, la ayuda acumulada no supere el 80 % de dichos costes

Qué financia

  • Eventos, espectáculos, festivales, exposiciones y otras actividades culturales de artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo, música, literatura y palabra, arquitectura, diseño y artesanía, incluidas las multidisciplinares
  • Proyectos de experimentación, investigación e innovación cultural con participación multiagente (laboratorios de ideas, prototipos, alianzas transectoriales) con concreción práctica en el territorio
  • Patrimonio inmaterial en conexión con la cultura y las prácticas contemporáneas
  • Actividades de educación, transferencia y mediación artística y cultural, incluido el uso de las nuevas tecnologías

Gastos que cubre

  • Proyecto técnico y consultoría especializada en gestión cultural
  • Remuneraciones de espectáculos artísticos o culturales: cachés de artistas, compañías y comisariados
  • Diseño, creación, producción, montaje, desmontaje e instalación de escenografías
  • Servicios técnicos y auxiliares asociados a la programación
  • IGIC cuando no sea susceptible de recuperación o compensación
  • Derechos de autor
  • Investigación e innovación, formación, mediación y consultoría, incluidos sistemas de medición y evaluación de impactos
  • Alquiler de espacios para la exhibición
  • Difusión en plataformas en línea o streaming
  • Comunicación y publicidad en línea u off line
  • Contratación de personal vinculado al proyecto
  • Gastos financieros indispensables para el proyecto
  • Costes indirectos, hasta el 10 % del coste total del proyecto

Plazo

Quince (15) días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias

«día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.»

Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria castellano.PDF · pág. 6

Cómo se pide

Sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/), dirigidas a la Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural; la presentación electrónica es el único medio válido

  • Solicitud en el modelo normalizado (Anexo III), firmada electrónicamente
  • Certificado de situación censal de la AEAT con el alta del epígrafe de la actividad (autónomos y personas con actividad económica)
  • Acreditación de la residencia fiscal en Canarias
  • Escritura pública de constitución y estatutos inscritos en el registro correspondiente (personas jurídicas)
  • Acreditación de la representación legal, si es distinta de la que figura en la escritura de constitución
  • Certificado de inscripción en el registro de asociaciones (asociaciones)
  • Memoria descriptiva del proyecto con justificación de los criterios de valoración
  • Cronograma provisional de desarrollo del proyecto
  • Memoria económico-financiera: coste total, cuantía solicitada y presupuesto detallado de gastos (con IGIC desglosado) e ingresos equilibrado
  • Detalle de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos con los que se financia el proyecto
  • En su caso, tres ofertas de proveedores para gastos que superen el contrato menor

Qué obliga a hacer

  • Ejecutar el proyecto o actividad conforme al plan de trabajo presentado, que es vinculante
  • Justificar la subvención mediante cuenta justificativa simplificada antes del 1 de noviembre de 2027
  • Dar publicidad del carácter público de la financiación: logotipo del Ministerio de Cultura y nombre y escudo del Gobierno de Canarias en todos los materiales y redes sociales
  • Entregar a la Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural muestras de los materiales de promoción
  • Llevar una contabilidad separada de la actividad subvencionada con un código contable específico
  • Conservar los justificantes durante cuatro años desde el fin del plazo de justificación
  • Comunicar al órgano gestor la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos antes de la justificación
  • Comunicar cualquier alteración de las condiciones de la concesión
  • Estar dado de alta como tercero acreedor de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • Publicar en su web las subvenciones percibidas conforme a la Ley 12/2014 de transparencia
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control de la Dirección General y de la Intervención General

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Canarias

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.