Inversiones en empresas de economía social de Canarias 2026

Servicio Canario de Empleo (Gobierno de Canarias) · Canarias

Plazo
Plazo en las bases
Cuánto
Subvención
Tipo
Subvención

Subvención a fondo perdido para financiar inversiones en activos fijos (inmovilizado material e inmaterial) de cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción con actividad en Canarias. Cubre un porcentaje de la inversión, con un mínimo de 2.000 € de inversión por proyecto y sujeta a los límites de minimis (300.000 € en tres años; 750.000 € para empresas de inserción). Se concede en concurrencia competitiva, con baremo y lista de reserva, y el plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC.

Quién puede pedirla

Cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción que desarrollen su actividad económica en Canarias y tengan en funcionamiento centros de trabajo en las islas, con independencia del lugar de su domicilio social o del registro en que figuren inscritas

«Estas subvenciones se concederán únicamente a empresas de economía social definidas en la base primera para las inversiones realizadas y ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, con independencia del lugar de su domicilio social o del registro en el que figuren inscritas.»

Bases reguladoras: SUBVENCIONES PARA INVERSIONES EMPRESAS ECONOMÍA SOCIAL EN CAN…

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

  • La inversión debe superar 2.000 € (IGIC excluido)

    «Para que una inversión sea subvencionable, el coste mínimo de su realización ha de ser superior a la cuantía de dos mil (2.000 euros), IGIC excluido.»

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  • Las inversiones no pueden haber comenzado a ejecutarse en anualidades anteriores a la de la convocatoria

    «Será requisito imprescindible que la solicitud de ayuda se refiera a inversiones que no hayan comenzado a ejecutarse en anualidades anteriores a la de la convocatoria correspondiente.»

    Bases reguladoras: SUBVENCIONES PARA INVERSIONES EMPRESAS ECONOMÍA SOCIAL EN CAN…
  • Los bienes deben ser nuevos y no usados ni previamente matriculados, salvo las excepciones admitidas (terrenos, inmuebles, vehículos matriculados y activos de establecimientos preexistentes)

    «los bienes tienen la condición de bienes nuevos, no usados con anterioridad ni previamente matriculados»

    Bases reguladoras: SUBVENCIONES PARA INVERSIONES EMPRESAS ECONOMÍA SOCIAL EN CAN…
  • Las actuaciones deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026, o hasta el 30 de septiembre de 2027 si se concede abono anticipado

    «1. Con carácter general, el período de realización de las actuaciones subvencionables, en caso de inversiones realizadas y finalizadas en el año de aprobación de la presente convocatoria es el comprendido entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2026, ambos inclusive.»

    Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria castellano.PDF · pág. 5
  • No son subvencionables los bienes usados (salvo las excepciones), rótulos y carteles, bienes suntuarios, leasing, mantenimiento y actualizaciones de software, compras a entidades vinculadas, materias primas y suministros ni obras de autoconstrucción

    «Los bienes usados, con la única excepción de los terrenos e inmuebles, los vehículos ya matriculados y de los activos fijos vinculados directamente a un establecimiento preexistente señalados en el punto 5 de la base séptima.»

    Bases reguladoras: SUBVENCIONES PARA INVERSIONES EMPRESAS ECONOMÍA SOCIAL EN CAN…

Cuánto da

Porcentaje máximo sobre la inversión subvencionable según la tabla de la base duodécima (no disponible en el texto); el importe no puede superar los límites de minimis: 300.000 € en tres años con carácter general y 750.000 € para empresas de inserción

«La cuantía de la subvención se determinará mediante la aplicación de un porcentaje máximo sobre el importe subvencionable de la inversión realizada, sin que puedan rebasarse los límites que se establecen en la siguiente tabla:»

Bases reguladoras: SUBVENCIONES PARA INVERSIONES EMPRESAS ECONOMÍA SOCIAL EN CAN…
Presupuesto total
2.000.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatibles con otras subvenciones o aportaciones para la misma finalidad de cualquier administración o entidad pública o privada, siempre que el total no supere el coste de la actividad y respete los límites de los regímenes de ayudas; hay que comunicarlo al SCE en la solicitud

Qué financia

  • Inversiones en inmovilizado material: terrenos y edificios ya construidos para uso exclusivo de la entidad, equipos informáticos, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, mobiliario de oficina, vehículos industriales nuevos y obras de construcción, mejora, acondicionamiento o reforma
  • Inversiones en inmovilizado inmaterial: aplicaciones informáticas con licencia perpetua u OEM y páginas web alojadas en dominio propio
  • Cuota de IGIC soportada que la entidad no pueda recuperar o compensar, si lo solicita expresamente
  • Adquisición de activos fijos vinculados a establecimientos preexistentes en los supuestos de ERE, jubilación del titular o integración de plantilla de empresa en crisis

Gastos que cubre

  • Terrenos para uso exclusivo de la entidad solicitante
  • Edificios ya construidos para uso exclusivo de la beneficiaria
  • Equipos para procesos de información (ordenadores, pantallas, impresoras, escáneres, tabletas, etc.)
  • Instalaciones técnicas y maquinaria para la producción
  • Herramientas y utillaje, incluidos moldes y plantillas
  • Mobiliario y equipo de oficina
  • Vehículos industriales nuevos (o matriculados hace menos de tres meses adquiridos a concesionario)
  • Obras de construcción, mejora, acondicionamiento o reforma de inmuebles y proyectos de obra visados
  • Aplicaciones informáticas con licencia perpetua u OEM y sitios web en dominio propio de pago
  • IGIC no recuperable o no compensable, previa solicitud expresa y acreditación

Plazo

Diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias

«El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, a contar a partir del»

Texto en castellano de la convocatoria · Documento convocatoria castellano.PDF · pág. 5

Cómo se pide

Sede electrónica del Gobierno de Canarias, trámite 11076 (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/11076), con firma electrónica del representante legal

  • Poder bastante y escritura de constitución y estatutos en vigor, si no está inscrita en el Registro de Solicitantes de Subvenciones del SCE
  • Tarjeta de identificación fiscal de la solicitante
  • DNI de quien firma la solicitud, si no autoriza la consulta telemática
  • Declaración de hallarse al corriente de las obligaciones registrales propias de su forma jurídica y de no superar los límites de contratación
  • Memoria de inversión según el modelo de la convocatoria
  • Acreditación de estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal, la Agencia Tributaria Canaria y la Seguridad Social (o autorización de consulta)
  • Documentación acreditativa de la imposibilidad de recuperar o compensar el IGIC, si se pide incluirlo
  • Declaración de otras subvenciones o ayudas obtenidas o solicitadas para la misma actuación
  • Declaración responsable de cumplimiento de la normativa de integración laboral de personas con discapacidad o de estar exenta
  • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Tres ofertas de proveedores distintos cuando la cuantía del gasto lo exija (40.000 € en obra, 15.000 € en edificios, terrenos, equipos o consultoría)
  • Declaración de las ayudas de minimis recibidas o solicitadas en los tres años anteriores
  • Declaración responsable de no estar en crisis ni sujeta a orden de recuperación pendiente
  • Copia del Plan de Igualdad y acreditación de su aprobación, cuando sea exigible
  • Declaración responsable de cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004
  • Memoria económica, plan de financiación y previsión de gastos e ingresos del proyecto, con relación detallada de bienes y precios máximos
  • Presupuesto de la inversión con facturas proforma o presupuestos y relación por conceptos subvencionables
  • Balance y cuenta de pérdidas y ganancias de los dos últimos ejercicios
  • Proyecto técnico visado cuando la naturaleza de la actuación lo requiera
  • Programa de actuación con fechas de inicio y fin cuando la inversión sea obra civil o instalaciones técnicas en inmuebles

Qué obliga a hacer

  • Realizar y acreditar la inversión en los términos de la solicitud y la memoria, y justificarla antes del abono
  • Justificar con facturas pagadas y cuenta justificativa; auditor externo cuando la subvención sea de 50.000 € o más
  • Mantener la inversión durante al menos tres años desde la concesión (seis años en terrenos, edificios y obras o instalaciones técnicas), sin trasladarla fuera de Canarias
  • Mantener la forma jurídica de cooperativa, sociedad laboral o empresa de inserción durante cinco años (tres si es pyme)
  • Mantener el número de personas contratadas durante un año desde la resolución, salvo pérdida de ingresos superior al 20 %
  • Llevar contabilidad separada de la actividad subvencionada y conservar los justificantes al menos cuatro años
  • Dar publicidad de la financiación con la identidad corporativa del Gobierno de Canarias en carteles, materiales y medios
  • Comunicar al SCE cualquier modificación de las circunstancias y la obtención de otras ayudas
  • Cumplir las obligaciones de transparencia cuando la ayuda supere 60.000 € o el 30 % de los ingresos anuales
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control y cumplir el encargo de tratamiento de datos personales (anexo II)

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Canarias

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.