Programa IV Extremadura 2026-2027: 6.000 € a personas ocupadas que se establecen como autónomas
SEXPE — Servicio Extremeño Público de Empleo (Junta de Extremadura) · Extremadura
- Plazo
- Hasta el 9 de octubre de 2027
- Cuánto
- Hasta 6.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención de 6.000 € por persona para quienes, estando ocupadas por cuenta ajena en el Régimen General, se establecen como trabajadoras autónomas y se dan de alta en el RETA en Extremadura. Se concede por concesión directa en convocatoria abierta, sin criterios de prelación, hasta agotar el crédito de 1.700.000 € del Programa IV. La solicitud debe presentarse desde el alta en el RETA y dentro de los cinco meses naturales siguientes; la convocatoria está vigente doce meses desde el día siguiente a su publicación en el DOE (2026-10-09).
Quién puede pedirla
Personas ocupadas encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena que inicien una actividad empresarial o profesional como trabajadoras autónomas y queden encuadradas en el RETA
«Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas del Programa IV, las personas ocupadas encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 4
Requisitos
De la empresa
Ser persona física que se da de alta en el RETA como autónoma; no valen autónomos societarios, consejeros/administradores de sociedades mercantiles ni socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado, sociedades civiles o sociedades laborales
«no podrán ser personas autónomas societarias, ni podrán ejercer los cargos de consejero/a y administrador/a para una sociedad mercantil»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 8No ser personal empleado público ni percibir retribuciones del sector público (incluidos órganos constitucionales y órganos legislativos y de control autonómicos)
«No podrán ser beneficiarios de las ayudas del Programa IV el personal empleado público ni las personas que reciban retribuciones del sector público»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 7Estar ocupada por cuenta ajena en el Régimen General en el momento del alta en el RETA
«Que a fecha de alta en RETA desarrolla un trabajo por cuenta ajena en la Comunidad Autónoma de Extremadura.»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 55Desarrollar la actividad económica en Extremadura desde el alta en el RETA (domicilio de la actividad o algún centro de trabajo en la comunidad)
«deberán desarrollar desde la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad alternativa, su actividad económica en Extremadura.»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 4El puesto de trabajo por cuenta ajena debe estar situado en Extremadura en el momento del alta en el RETA
«certificado de la empresa con la que mantiene un contrato vigente, donde se acredite que el puesto de trabajo del solicitante está situado en la Comunidad Autónoma de Extremadura»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 14Tener cumplidos 18 años a la fecha de alta en el RETA
«Tener cumplidos dieciocho años de edad.»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 4No haber estado de alta en el RETA ni haber realizado actividad por cuenta propia en los seis meses anteriores al alta
«Haber estado en situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos o por cuenta propia en los seis meses anteriores a la fecha en que se produce el alta en RETA»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 8No haber sido beneficiaria de las ayudas al autoempleo de los Programas I, II, III, IV o VI de la Junta de Extremadura en los siete años anteriores al alta
«Quienes hayan sido anteriormente personas beneficiarias de las ayudas para el fomento del autoempleo correspondientes a los Programas I, II, III, IV y VI o personas causantes de las ayudas»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 8No desarrollar actividades agrícolas, ganaderas, forestales, de pesca o acuicultura, de producción primaria agrícola ni del sector del carbón (excluidas por el régimen de minimis)
«están excluidas de estas ayudas las actividades agrícolas, ganaderas o forestales.»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 8Hallarse al corriente con la Hacienda estatal, la Hacienda autonómica y la Seguridad Social
«Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como frente a la Seguridad Social»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 5No estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 12.2 de la Ley 6/2011 de Subvenciones de Extremadura
«no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias que contempla el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 5
Del proyecto o el gasto
Disponer a la fecha de alta en el RETA de un Plan de Empresa elaborado y tutorizado según el artículo 23 de las bases (salvo incorporación a una comunidad de bienes ya constituida con dos años de antigüedad o adquisición de negocio por relevo generacional)
«las personas beneficiarias deben cumplir con todos los requisitos específicos establecidos en el artículo 23 del Decreto 39/2024, de 30 de abril, para el Programa I.»
Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a pe… · pág. 7Presentar la solicitud desde el día siguiente al alta en el RETA y dentro de los cinco meses naturales siguientes al mes de ese alta
«en el plazo iniciado el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes del citado inicio.»
Extracto (DOE. D.O. DE EXTREMADURA): EXTRACTO DE LA RESOLUCION DE 28 DE SEPTIEMB…
Cuánto da
6.000 € por beneficiario, en un pago único
«para acceder a estas ayudas del Programa IV, podrán tener derecho a una subvención de 6.000,00 euros.»
Extracto (DOE. D.O. DE EXTREMADURA): EXTRACTO DE LA RESOLUCION DE 28 DE SEPTIEMB…
- Presupuesto total
- 1.700.000 €
- Cómo se concede
- Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Incompatible con otras ayudas o subvenciones públicas que financien directamente la creación de autoempleo mediante el establecimiento como trabajador por cuenta propia; compatible con bonificaciones de cuotas y con ayudas para finalidades distintas
Qué financia
- El establecimiento de personas ocupadas por cuenta ajena como trabajadoras autónomas, con alta en el RETA, en Extremadura
Plazo
La convocatoria está vigente doce meses desde el día siguiente a su publicación en el DOE (extracto publicado el 2026-10-09). Dentro de esa vigencia, cada persona debe solicitar desde el día siguiente al alta en el RETA y los cinco meses naturales siguientes al mes de ese alta.
«La convocatoria tiene una vigencia de doce meses y se inicia el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura»
Extracto (DOE. D.O. DE EXTREMADURA): EXTRACTO DE LA RESOLUCION DE 28 DE SEPTIEMB…
Cómo se pide
Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, a través del Punto de Acceso General Electrónico (https://www.juntaex.es), modelo normalizado del Programa IV: https://www.juntaex.es/w/0644622
- Solicitud en el modelo normalizado del Programa IV con declaración responsable de cumplimiento de requisitos
- Certificado de la empresa con la que mantiene contrato vigente acreditando que el puesto de trabajo está en Extremadura, o declaración responsable con la dirección del puesto
- Copia del modelo 036 o 037 de declaración censal
- Certificado de la AEAT sobre altas y bajas en el IAE
- Informe de vida laboral en los distintos regímenes de la Seguridad Social
- Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social (si no se autoriza la consulta)
- Justificante de realización del Plan de Empresa, caso de ser exigible
- Documentación del relevo generacional (modelo 036/037 de baja del transmitente y resolución de pensión), si se adquiere un negocio en funcionamiento
- Declaración de todas las ayudas de minimis recibidas en los últimos tres años
- Certificado de la mutualidad alternativa, si opta por ella
Qué obliga a hacer
- Mantenerse ininterrumpidamente de alta en el RETA y ejerciendo actividad durante un mínimo de 24 meses desde el alta
- Mantener el domicilio fiscal en Extremadura durante ese periodo cuando se haya tenido en cuenta para acreditar la actividad
- Mantenerse de alta en el RETA durante la tramitación del expediente de subvención
- No ser autónomo societario ni ejercer cargos de consejero/a o administrador/a de sociedades mercantiles, ni ser socio trabajador de cooperativas, sociedades civiles o sociedades laborales durante el periodo de obligaciones
- Hacer constar en toda información o publicidad que la actividad está financiada por el SEXPE; si hay cofinanciación FSE+, cumplir las obligaciones de información y publicidad del Reglamento (UE) 2021/1060
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control de la Administración y comunicar cualquier variación o ayuda concurrente
- Comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad
Documentos oficiales
- Extracto (DOE. D.O. DE EXTREMADURA): EXTRACTO DE LA RESOLUCION DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2026 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA IV: "AYUDAS A PERSONAS OCUPADAS, ENCUADRADAS EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL COMO TRABAJADORAS POR CUENTA AJENA, QUE INICIEN UNA ACTIVIDAD EMPRESARIAL O PROFESIONAL COMO PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS, SIEMPRE QUE DEBAN QUEDAR ENCUADRADAS EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS"
- Texto en castellano de la convocatoria · Ayudas 2026/2027, del Programa IV, a personas ocupadas que se hayan establecido como trabajadoras autónomas, según Resol_ de 28 de septiembre de 2026 que las convoca.PDF
- Bases reguladoras: Decreto 39/2024, de 30 de abril, de bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en la CA de Extremadura y primera convocatoria de los programas I, II, III, IV y V para 2024-2025
- Convocatoria 933303 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
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