Promoción y comunicación de vinos de Madrid en terceros países (FEAGA 2027)

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (Comunidad de Madrid) · Comunidad de Madrid

Plazo
Cierra en 7 días
Cuánto
Hasta el 50 %
Tipo
Subvención

Subvención del FEAGA para programas de promoción y comunicación de vinos en mercados de terceros países, ejecutados entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2027 por bodegas y entidades vitivinícolas con domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid. Cubre hasta el 50 % de los gastos subvencionables del programa (acciones de promoción, ferias, campañas, estudios y expedientes técnicos, más un 4 % de gastos administrativos y un 20 % de gastos de personal). Se concede en concurrencia competitiva, con criterios de priorización y un mínimo de 25 puntos, y el plazo de solicitud es de un mes desde la publicación del extracto (10 de octubre a 10 de noviembre de 2026).

Quién puede pedirla

Empresas y entidades del artículo 60 del Real Decreto 905/2022 (empresas vinícolas, organizaciones de productores y sus asociaciones, organizaciones interprofesionales, organizaciones profesionales del sector, órganos de gestión de DOP/IGP, asociaciones de productores, cooperativas, entidades asociativas sin ánimo de lucro del sector y organismos públicos con competencia en promoción) que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid

«Podrán solicitar las ayudas las empresas y entidades indicadas en el artículo 60 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.»

Extracto (BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID): Extracto de la Orden 3550/2026 …

Sectores: industria agroalimentaria.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Hasta el 50 % de los gastos subvencionables del programa, financiado al 100 % por el FEAGA; la ayuda se determina según los fondos asignados a la Comunidad de Madrid en Conferencia Sectorial y, para cada empresa vinícola, no puede superar el 5 % del presupuesto total de la intervención de promoción

«La ayuda financiera de la Unión para las acciones de promoción y comunicación no superará el 50 % de los gastos subvencionables»

Extracto (BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID): Extracto de la Orden 3550/2026 …
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Incompatibles con las intervenciones de los Programas de Desarrollo Rural y otras medidas financiadas por instrumentos de la UE, con los programas de información y promoción del Reglamento (UE) 1144/2014 y con cualesquiera otras ayudas para la misma finalidad y objeto de otras administraciones o entes públicos o privados

Qué financia

  • Acciones de promoción, publicidad o relaciones públicas que destaquen las normas de calidad, seguridad alimentaria o medio ambiente de la UE
  • Participación en actos, ferias o exposiciones de importancia internacional
  • Campañas de información sobre regímenes de calidad de la Unión (DOP, IGP, producción ecológica)
  • Estudios de nuevos mercados o de mercados existentes y estudios de evaluación de resultados
  • Preparación de expedientes técnicos, pruebas de laboratorio y evaluaciones sobre prácticas enológicas, normas fitosanitarias e higiénicas y requisitos de importación de terceros países

Gastos que cubre

  • Gastos directamente vinculados a cada acción o sub-acción del programa, ejecutados entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2027 y pagados antes del 15 de febrero de 2028
  • Gastos administrativos y de gestión del beneficiario, hasta el 4 % del total de costes subvencionables del programa
  • Gastos de personal del beneficiario (contrato laboral, autónomo, societario o TRADE), hasta el 20 % del total de costes subvencionables de las acciones ejecutadas
  • Costes del certificado de estados financieros emitido por auditor inscrito en el ROAC, dentro de la partida del 4 % de gastos administrativos

Plazo

Un mes contado desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM (publicado el 9 de octubre de 2026)

«El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizará en el plazo de un mes.»

Extracto (BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID): Extracto de la Orden 3550/2026 …

Cómo se pide

Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través de https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-promocion-vino-terceros-paises (con certificado electrónico y alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid)

  • Modelo de solicitud (Modelo 367F1)
  • Formulario del Beneficiario (I) y Formulario del Programa (II)
  • Anexo I: cuadro recapitulativo por país y Anexo II: cuadro recapitulativo global
  • Memoria detallada de todas las acciones, sub-acciones y públicos objetivos del programa
  • Anexo III: declaración responsable del beneficiario conforme al Reglamento (UE) 2021/2115
  • Anexo IV: declaración de condición de PYME, en su caso
  • Declaración responsable de disposición de fondos propios para garantizar la ejecución del programa
  • Declaración responsable de no haber solicitado o recibido ayudas incompatibles
  • Declaración responsable matriz-filial
  • Cuadro de moderación de costes con las tres ofertas correspondientes
  • Respaldo documental de las fuentes de financiación (pólizas de préstamo o crédito, ampliación de capital, etc.)
  • Certificado bancario de titularidad de la cuenta única dedicada en exclusiva al proyecto
  • Certificación de cumplimiento del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003 (declaración responsable y certificado de auditor si no presenta cuentas abreviadas)
  • Certificación actualizada del registro mercantil o escrituras con poder suficiente del firmante
  • Últimas tres declaraciones del Impuesto de Sociedades (modelo 200-201)
  • Última declaración de producción de vino y, en su caso, contratos de producción a maquila o comercialización
  • Certificado de la Seguridad Social con el número de trabajadores
  • Copia del número de Registro Sanitario y certificado vigente de adscripción a DOP/IGP o al Comité de Agricultura Ecológica
  • Cuadro de seguimiento de públicos objetivos

Qué obliga a hacer

  • Ejecutar el programa entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2027
  • Solicitar el pago entre el 1 de enero y el 14 de febrero de 2028, con facturas, justificantes y certificado de estados financieros de auditor inscrito en el ROAC
  • Comunicar la aceptación de la subvención en el plazo de un mes y justificar el depósito de una garantía de buena ejecución no inferior al 15 % de la financiación de la Unión
  • Ejecutar al menos el 50 % del presupuesto total del programa aprobado; en caso contrario se ejecuta la garantía
  • Realizar todos los pagos a través de una cuenta bancaria única dedicada en exclusiva al programa
  • Incluir el emblema de la Unión Europea y la declaración de financiación en todo el material promocional y en la web corporativa
  • Presentar declaración responsable de conformidad del material promocional con la normativa de la UE y del tercer país, con prueba de llegada a destino
  • Comunicar con antelación las modificaciones del programa y solicitar autorización para las modificaciones mayores
  • Mantener la documentación accesible y a disposición de los organismos de control y auditoría
  • Someterse a los controles administrativos y sobre el terreno de la Comunidad de Madrid, el FEGA y la Comisión

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en la Comunidad de Madrid

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.