Subvenciones al sector primario de Guía de Isora 2026 (gastos corrientes e inversión)
Ayuntamiento de Guía de Isora · Guía de Isora (Santa Cruz de Tenerife)
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Hasta 1.500 €
- Tipo
- Subvención
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Guía de Isora para fomentar, mantener y modernizar las explotaciones del sector primario del municipio. Se articula en dos líneas independientes: 15.000 € para gastos corrientes y 5.000 € para gastos de inversión, con un máximo de 1.500 € por línea y solicitud y un mínimo de 500 €. La cuantía de cada solicitud se obtiene por reparto proporcional de la puntuación (máximo 100 puntos, mínimo 30 para acceder). Plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Santa Cruz de Tenerife.
Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas que ejerzan actividad en el sector primario: titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas (en propiedad o arrendamiento) en Guía de Isora, personas dadas de alta en el ISM (pesca) y apicultores con colmenas asentadas en el municipio
«Podrán tener la consideración de beneficiarios/as las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividad en el sector primario.»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 11
Sectores: agricultura, ganadería y forestal y pesca y acuicultura.
Requisitos
De la empresa
Ejercer una actividad del sector primario: agricultura, ganadería, pesca o apicultura (CNAE-2009 divisiones 01, 02 y 03)
«las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividad en el sector primario»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 11Tener la sede social o el centro de actividad (o ejercer la actividad) en el municipio de Guía de Isora
«tener la sede social o centro de actividad en el municipio de Guía de Isora»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 12Arraigo en el municipio: las personas físicas deben estar empadronadas en Guía de Isora con al menos seis meses de antigüedad antes de la publicación de las bases (las personas jurídicas no están sujetas a este requisito)
«estar inscritas en el Padrón Municipal de Habitantes del municipio de Guía de Isora con una antigüedad mínima de seis meses antes de la publicación de las presentes bases»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 12Estar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
«Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 12Estar de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda; en el caso de personas físicas, alta en el RETA
«Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y en los respectivos regímenes especiales de la Seguridad Social.»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 12Estar al corriente en las obligaciones tributarias (Hacienda estatal y autonómica y Tesorería Municipal) y con la Seguridad Social
«Los beneficiarios/as deberán estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, Hacienda Pública Estatal y Autonómica y Tesorería Municipal»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 12No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
«no estar incursos en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 12No tener pendiente de pago obligaciones por reintegro de subvenciones
«No hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 13Si ha recibido antes ayudas del Ayuntamiento de Guía de Isora, haberlas justificado
«En caso de haber recibido ayudas económicas con anterioridad del Ayuntamiento de Guía de Isora, haber justificado las mismas.»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 12Requisito específico según la actividad: ser titular o arrendatario de una explotación agrícola en el término municipal de Guía de Isora, o estar inscrito en el REGA como ganadero, o estar de alta en el ISM como pescador, o estar inscrito en el REGA como apicultor con colmenas asentadas en el municipio
«Ser persona física o jurídica titular de una explotación ganadera o en régimen de arrendamiento en el municipio de Guía de Isora, debiendo estar inscrito en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGA).»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 12
Del proyecto o el gasto
Los gastos subvencionables tienen que estar soportados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
«Los gastos subvencionables comprenderán todos aquellos soportados en el periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 16La solicitud tiene que obtener al menos 30 puntos de valoración para poder ser beneficiaria
«Para poder ser beneficiario de la subvención será necesario obtener una puntuación mínima de TREINTA (30) puntos.»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 21La cuantía resultante del reparto tiene que alcanzar al menos 500 € por línea; si queda por debajo, la solicitud se excluye
«la solicitud deberá alcanzar una cuantía de subvención de, al menos, QUINIENTOS EUROS (500,00 €)»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 9No son subvencionables los intereses, recargos o sanciones administrativas, los impuestos indirectos recuperables, los gastos de carácter personal o no vinculados a la actividad ni los bienes no afectos directamente a la explotación
«Intereses, recargos o sanciones administrativas.»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 16
Cuánto da
La cuantía se determina por reparto proporcional de la puntuación obtenida (valor económico del punto = crédito de la línea / suma de puntos). Límite máximo de 1.500 € por línea y por solicitud y mínimo de 500 € por línea para poder ser beneficiario; en ningún caso se supera el importe de los gastos subvencionables justificados
«MIL QUINIENTOS EUROS (1.500,00 €). Por línea y por subvención»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 9
- Presupuesto total
- 20.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos de otras administraciones o entidades públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que el importe acumulado no supere el coste total de la actividad, sin perjuicio de la normativa europea de ayudas de Estado. El beneficiario debe comunicar las otras ayudas obtenidas
Qué financia
- Gastos corrientes directamente relacionados con el desarrollo de la actividad del sector primario (servicios profesionales, formación, prevención de riesgos laborales, seguros de explotación, productos sanitarios y fitosanitarios, mantenimiento)
- Gastos corrientes específicos de agricultura (semillas, plantas, fertilizantes, material de riego no inventariable)
- Gastos corrientes específicos de ganadería (medicamentos veterinarios, piensos, retirada de cadáveres, seguro ganadero)
- Gastos corrientes específicos de pesca y apicultura (reparaciones ordinarias, material fungible, artes de pesca, alimentación suplementaria, tratamientos sanitarios)
- Inversiones destinadas a la mejora, modernización, innovación o incremento de la productividad de la explotación (maquinaria, equipos, instalaciones técnicas, eficiencia energética, energías renovables, aplicaciones informáticas)
Gastos que cubre
- Servicios profesionales (veterinarios, ingenieros agrónomos, técnicos)
- Formación directamente relacionada con la actividad
- Prevención de riesgos laborales y seguros de explotación
- Productos sanitarios, fitosanitarios y zootécnicos
- Gastos de mantenimiento necesarios para el desarrollo de la actividad
- Semillas, plantas, material vegetal, fertilizantes y material de riego no inventariable
- Medicamentos veterinarios, productos zoosanitarios y piensos
- Maquinaria, equipos, instalaciones técnicas, sistemas de eficiencia energética y energías renovables
- Aplicaciones informáticas y adecuación y mejora de instalaciones
- Tractor, motocultor, trituradora, sistemas de riego, invernaderos y maquinaria agrícola
- Equipos de ordeño, cerramientos, comederos automáticos, bebederos y animales reproductores
- Equipos electrónicos, GPS, sondas, sistemas de seguridad y modernización de embarcaciones (pesca)
- Colmenas, extractores, desoperculadoras, maduradores, remolques y material apícola inventariable
Plazo
20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
«será de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del extracto de la convocatoria»
Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de ac… · pág. 18
Cómo se pide
Sede electrónica del Ayuntamiento de Guía de Isora (https://guiadeisora.sedelectronica.es). Las personas jurídicas están obligadas a presentarla electrónicamente; las personas físicas pueden usar también los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- Modelo oficial de solicitud (ANEXO I) debidamente firmado
- Documento acreditativo de la personalidad del solicitante (DNI, NIF, NIE) y, en su caso, de la representación
- Documento público o privado de constitución y estatutos de la entidad (si procede)
- Copia del modelo 036/037 de declaración censal
- Documento acreditativo del alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social
- Documento de alta a terceros (si no está en el sistema contable municipal o cambian los datos bancarios)
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, Hacienda estatal y autonómica y Tesorería Municipal, o autorización de consulta (ANEXO II)
- Declaración responsable sobre otras subvenciones y de haber justificado las del Ayuntamiento (ANEXO III)
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 (ANEXO IV)
- Presupuestos de gastos (ANEXO V)
- Memoria breve explicativa del proyecto
- En obras de reforma: escritura o contrato de arrendamiento con autorización del propietario y licencia de obra o comunicación previa
- Agricultura: documento de titularidad del terreno e informe catastral o recibo del IBI con polígono, parcela y superficie
- Ganadería: documento acreditativo de la inscripción en el REGA
- Pesca: certificado de alta en el ISM y modelo TA.47
- Apicultura: certificado de inscripción en el REGA apícola con número de colmenas y asentamientos en Guía de Isora
Qué obliga a hacer
- Justificar el cumplimiento de la finalidad y la aplicación de los fondos recibidos mediante cuenta justificativa (ANEXO VI) antes del 31 de marzo de 2027
- Emplear los fondos en los fines para los que se otorgó la subvención
- Aportar la información y documentación complementaria que se requiera para seguimiento, evaluación y justificación
- Comunicar al órgano concedente las alteraciones de las circunstancias y requisitos tenidos en cuenta para la concesión
- Someterse a las actuaciones de comprobación y facilitar la información requerida por el Ayuntamiento
- Mantener el alta en la actividad económica, en el régimen de la Seguridad Social y, en su caso, en el IAE y registros sectoriales durante al menos 12 meses desde la resolución de concesión, salvo fuerza mayor
- Conservar los documentos justificativos originales a disposición del Ayuntamiento y de los órganos de control
- Comunicar la obtención de otras ayudas o recursos que financien la misma actividad
Documentos oficiales
- Documento de la convocatoria en español · 20260904_Certificado_Certificado de acuerdos_Certificado de acuerdo-2.pdf
- ANEXO I · 20260722_Otros_ANEXO I-2.pdf
- ANEXO II · 20260605_Otros_ANEXO II-1.pdf
- ANEXO VI · 20260722_Otros_ANEXO VI.-2.pdf
- ANEXO IV · 20260605_Otros_ANEXO IV-1.pdf
- ANEXO V · 20260722_Otros_ANEXO V.-1.pdf
- ANEXO III · 20260605_Otros_ANEXO III-1.pdf
- Convocatoria 929192 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
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Hasta el 12 de noviembre de 2026Hasta 2.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.