Subvenciones de cultura del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción 2026
Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Delegación de Cultura) · Valencina de la Concepción (Sevilla)
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Hasta 3.000 €
- Tipo
- Subvención
El Ayuntamiento de Valencina de la Concepción subvenciona proyectos culturales (artes plásticas y audiovisuales con nuevas tecnologías, y circo contemporáneo) ejecutados en el término municipal durante 2026-2027, con hasta el 100 % del presupuesto y un máximo de 3.000 € por proyecto cuando se financian las dos líneas (6.000 € si solo se financia una). Se concede en concurrencia competitiva, con un mínimo de 40 puntos, sobre un crédito total de 6.000 €. El plazo de solicitud es de 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Sevilla.
Quién puede pedirla
Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Entidades, personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, que ejecuten proyectos culturales en Valencina de la Concepción; el público habitual son asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro, aunque una empresa o autónomo también puede solicitarla
Entidades, personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro, constituidas legalmente, que realicen actividades, actuaciones o proyectos culturales en el término municipal de Valencina de la Concepción y no estén incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
«a entidades, personas físicas o jurídicas con o sin ánimo de lucro que realicen actividades, actuaciones o proyectos culturales que contribuyan a la mejora de la calidad de vida de los valencineros»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 2
Sectores: cultura, deporte y ocio. El proyecto tiene que estar en Valencina de la Concepción (Sevilla).
Requisitos
De la empresa
Si es persona jurídica, estar constituida conforme a la normativa vigente e inscrita en el registro administrativo correspondiente
«Para las entidades jurídicas, estar constituidas conforme a la normativa vigente y debidamente inscritas en el Registro Administrativo correspondiente.»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 6Si es persona jurídica, tener fines estatutarios coincidentes con las finalidades culturales de la convocatoria
«Si son personas jurídicas, tener como fines estatutarios objetivos y finalidades coincidentes o similares con los referidos en el artículo 2 de esta Convocatoria»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 6Ejecutar la actividad o proyecto en el término municipal de Valencina de la Concepción
«actividad para la que solicitan la subvención, en el término municipal de Valencina de la Concepción»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 6Estar al corriente de las obligaciones tributarias, no tributarias y con la Seguridad Social
«Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias y de la Seguridad Social.»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 6No ser deudor del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción por deuda tributaria o no tributaria
«No ser deudor del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción por cualquier deuda tributaria o no tributaria.»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 6Estar al corriente del pago de reintegros de subvenciones recibidas anteriormente
«Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones recibidas con anterioridad»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 6No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.1 y 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
«no se encuentren incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.1 y 13.2 de la LGS, que impide obtener la condición de beneficiaria»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 19Disponer de estructura y capacidad suficientes para ejecutar el proyecto
«Disponer de estructura y capacidad suficientes para garantizar la ejecución de los proyectos y actividades propuestos.»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 6No haber sido sancionado o condenado por resolución firme por prácticas laborales discriminatorias
«alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 6
Del proyecto o el gasto
Solo se admite un proyecto por solicitante en esta convocatoria
«No se admitirá más de UN proyecto por solicitante en esta convocatoria.»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 8La actividad debe ejecutarse entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de abril de 2027
«que en todo caso deberá corresponder al periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de abril de 2027»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 17No son subvencionables los gastos financieros (leasing, renting y similares), intereses, recargos y sanciones, gastos de procedimientos judiciales, impuestos indirectos recuperables, amortizaciones ni bebidas alcohólicas
«Los gastos financieros de ningún tipo, incluidos el leasing, renting y otros de similares características.»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 18Si el gasto subvencionable supera el umbral del contrato menor, hay que pedir al menos tres ofertas de proveedores distintos antes de contratar
«el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 19
Cuánto da
Hasta el 100 % del importe solicitado, con un máximo de 3.000 € por proyecto si se conceden subvenciones en las dos líneas y de 6.000 € si solo se concede una; la subvención mínima concedida es de 1.000 € (o el 100 % si el proyecto tiene menor presupuesto)
«podrá concederse un máximo de 3.000,00 € si se conceden subvenciones en las dos líneas señaladas en el punto 2.1 y un máximo de 6.000,00 € si se conceden subvenciones en sólo una de las líneas»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 5
- Presupuesto total
- 6.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones y ayudas para la misma finalidad, públicas o privadas, siempre que se comunique su importe; pero el proyecto solo puede tener una subvención municipal, siendo incompatible con otras convocatorias municipales o concesiones directas del Ayuntamiento
Qué financia
- Proyectos creativos y/o de formación cultural en artes plásticas y audiovisuales y nuevas tecnologías (ilustración, imagen, audiovisual, diseño)
- Proyectos creativos y/o de formación cultural en circo contemporáneo, entendido como combinación de disciplinas circenses y técnicas teatrales
Gastos que cubre
- Gastos que respondan de forma indudable a la finalidad de la actividad y se realicen entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de abril de 2027
- Gastos de personal (contratos, nóminas, TC1 y TC2, ingreso de retenciones de IRPF)
- Gastos de alquiler de inmuebles vinculados a la actividad (contrato y último recibo)
- Gastos de locomoción y alojamiento del personal propio o ajeno necesario para el proyecto
- Facturas por entregas de bienes y prestaciones de servicios, con los requisitos del RD 1619/2012
Plazo
10 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla
«El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.»
Documento de la convocatoria en español · 20260925_Resolución_RESOLUCION 2026-25… · pág. 9
Cómo se pide
Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción, accesible en la sede electrónica https://valencinadelaconcepcion.sedelectronica.es, o por cualquier otro medio del artículo 16.4 de la Ley 39/2015; toda la documentación debe ir firmada digitalmente
- Solicitud en modelo normalizado (Anexo 1), una por proyecto
- Memoria acreditativa de las actividades realizadas en 2025 (Anexo 2), con el importe de todas las subvenciones recibidas
- Proyecto de la actividad en modelo normalizado (Anexo 3): descripción, objetivos, presupuesto desglosado, calendario, metodología y recursos humanos
- Declaración de otras subvenciones obtenidas para el mismo programa o actividad (Anexo 4)
- Copia de los estatutos y certificación de los miembros de los órganos de gobierno y del número de socios, en su caso
- DNI del solicitante y CIF de la entidad
- Documento acreditativo de representación o apoderamiento
- Declaración responsable de reunir los requisitos y no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 (Anexo 5)
- Si se imputan gastos de alquiler: contrato de arrendamiento y último recibo de renta
- Anexo 1A si la documentación ya está en poder del Ayuntamiento
Qué obliga a hacer
- Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto o actividad objeto de la subvención
- Justificar ante el órgano concedente la actividad realizada mediante cuenta justificativa (Anexos 8 y 8.1) y declaración responsable (Anexo 9)
- Presentar la justificación antes del 1 de junio de 2027
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero
- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien la actividad
- Acreditar antes de la propuesta de concesión estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Conservar los documentos justificativos de los fondos recibidos
- Dar publicidad del carácter público de la financiación, haciendo constar que la actividad está subvencionada por el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción
- Cumplimentar la ficha de datos de la actividad (Anexo 7)
- Comunicar la aceptación o renuncia de la subvención en 15 días hábiles desde la notificación (Anexo 10)
- Reintegrar los fondos en los supuestos del artículo 37 de la Ley 38/2003 y del artículo 11 de la convocatoria
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