Subvenciones EMPRECAN y EMPLEA para autónomos y empresas de reciente creación de Cantabria
SODERCAN (Gobierno de Cantabria) · Cantabria
- Plazo
- Hasta el 25 de diciembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 67.600 €
- Tipo
- Subvención
El Decreto 68/2026 de Cantabria regula dos líneas de subvención directa de SODERCAN para personas autónomas y empresas de reciente creación con centro de trabajo en Cantabria: EMPRECAN financia formación, constitución, puesta en marcha y activos fijos ya pagados (hasta 67.600 € por beneficiario) y EMPLEA subvenciona con 10.000 a 16.000 € cada contrato indefinido según el grupo de cotización. La concesión es directa, sin concurrencia, y el plazo es de tres meses desde el pago de los gastos o desde el alta del contrato; hay un plazo transitorio de tres meses desde la entrada en vigor (25-09-2026) para gastos y contratos anteriores.
Quién puede pedirla
Personas autónomas y empresas, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, válidamente constituidas, titulares en Cantabria de una actividad de las recogidas en el Anexo del decreto y creadas en los últimos 2 años (EMPRECAN) o 4 años (EMPLEA)
«Podrán obtener la condición de persona beneficiaria las personas autónomas y empresas,»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 4
Sectores: industria, industria agroalimentaria, servicios profesionales y a empresas, información, comunicación y tecnología, construcción y otros servicios personales y reparaciones.
Requisitos
De la empresa
Ser empresa o persona autónoma privada; quedan excluidas las empresas y entes públicos
«Quedan expresamente excluidas de este decreto las empresas y entes públicos.»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 4Tener el domicilio social o fiscal y el centro de trabajo en Cantabria
«Las solicitantes deben contar con domicilio social o fiscal y centro de trabajo en Cantabria»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 4Estar de alta en un epígrafe del IAE incluido en el Anexo del Decreto 68/2026 (tabla IAE 2026)
«IAE (Impuesto de Actividades Económicas) de los que aparecen recogidos en el Anexo de este»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 4Estar dada de alta en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (modelos 036 o 037)
«Las solicitantes deberán estar dadas de alta en la Agencia Estatal de Administración»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 4Estar de alta en la Seguridad Social (RETA si es persona física) o en la mutua de previsión correspondiente si es mutualista
«o incorporadas a la mutua de previsión social correspondiente»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 4Estar al corriente con SODERCAN, la AEAT, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social
«Los solicitantes deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a SODERCAN,»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 5No estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 ni del artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006
«Las empresas y personas autónomas que incurran en alguno de los supuestos contemplados»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 5No ser empresa en crisis según el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014
«ni aquellas que puedan ser consideradas empresas en crisis con arreglo a la definición establecida»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 5No tener una orden de recuperación pendiente de una ayuda ilegal e incompatible declarada por la Comisión Europea
«Las empresas y personas autónomas que estén sujetas a una orden de recuperación»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 5Si la ayuda supera 30.000 €, pagar a proveedores dentro de los plazos de la Ley 3/2004 de morosidad
«Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, las personas solicitantes incluidas»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 5La actividad no puede basarse en el comercio electrónico ni ser dropshipping o marketplace
«Quedan expresamente excluidas de estas ayudas las actividades basadas en ecommerce.»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 4Empresa o autónomo de reciente creación: actividad iniciada según el modelo 036/037 dentro de los 2 años previos a la solicitud (EMPRECAN) o de los 4 años previos (EMPLEA)
«dentro de los dos años previos a la fecha de solicitud de la ayuda.»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 4No haber sido beneficiaria de la misma línea en las convocatorias de la Orden IND/35/2023 (EMPRECAN Plus)
«resultado beneficiarias en convocatorias realizadas al amparo de la Orden IND/35/2023»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 5En EMPLEA, no haber recibido más de dos subvenciones del programa (contando las de la Orden IND/13/2023)
«Las solicitantes podrán ser beneficiarias, como máximo, de dos subvenciones dentro»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 18Cada línea de EMPRECAN (formación, constitución, puesta en marcha y activos fijos) solo se puede solicitar una vez en el marco del decreto
«La solicitante sólo podrá ser beneficiaria de la presente línea una única vez en el marco del»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 6
Del proyecto o el gasto
El proyecto se desarrolla en Cantabria y los activos materiales se ubican en el centro de trabajo o establecimiento de Cantabria
«reviertan en Cantabria, las personas beneficiarias deberán desarrollar su proyecto, acometer»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 9Los gastos de EMPRECAN tienen que estar realizados y pagados íntegramente antes de presentar la solicitud (fecha de valor del cargo bancario)
«Por lo anterior, todos los gastos deberán estar realizados y pagados íntegramente en el»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 6Los gastos tienen que estar comprendidos entre el inicio de la actividad (modelo 036/037) y la fecha de la solicitud
«Se consideran gastos subvencionables los comprendidos entre la fecha de inicio de una»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 6No se admiten gastos de importe inferior a 200 € (IVA incluido), salvo en constitución, alquiler, registro de marcas, marketing mensual y SaaS
«Como normal general, no serán subvencionables los gastos de importe inferior a 200 €»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 8No son subvencionables los impuestos, cargas y gravámenes
«En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos, cargas y gravámenes.»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 9El proveedor no puede ser una persona o entidad vinculada con la solicitante
«Con carácter general, no se podrán subvencionar actuaciones en las que la proveedora»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 9En EMPLEA, el contrato tiene que ser indefinido, a tiempo completo o parcial, con alta en un código de cuenta de cotización de la empresa en Cantabria
«El contrato subvencionable deberá tener carácter indefinido, a tiempo completo o parcial,»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 20En EMPLEA, la persona contratada no puede estar en pluriempleo o pluriactividad en el momento de la contratación
«La persona trabajadora cuyo contrato se subvenciona no deberá estar en situación de»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 19En EMPLEA, la persona contratada no puede tener vinculación laboral previa ni ser socio, administrador o familiar de la empresa
«La persona trabajadora cuyo contrato se subvenciona no deberá haber tenido vinculación»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 19En EMPLEA, no se subvencionan contratos de relevo, interinidad, sustitución ni fijos discontinuos
«No serán subvencionables aquellos contratos suscritos en modalidad de contrato de»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 20
Cuánto da
EMPRECAN: hasta 67.600 € por empresa o autónomo (formación 60 %, máx. 2.100 €; constitución 100 %, máx. 500 €; puesta en marcha 60 %, máx. 15.000 €; activos fijos 50 %, máx. 50.000 €). EMPLEA: 16.000 € por contrato indefinido a jornada completa del grupo 1-2, 14.000 € (grupos 3-4), 12.000 € (grupos 5-7) y 10.000 € (grupos 8-11), reducido al 50 % si es a jornada parcial
«todos los gastos subvencionables de 67.600 € por empresa o persona autónoma:»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 9
- Presupuesto total
- 100.000 €
- Cómo se concede
- Otro sistema: ver las bases
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Para la misma inversión es incompatible con cualquier otra ayuda de la Comunidad Autónoma de Cantabria o de su sector público institucional; compatible con ayudas de otras administraciones o de la UE (salvo bonificaciones de la Seguridad Social) siempre que el total no supere el coste de la actividad y respete el límite de minimis
Qué financia
- Formación especializada del personal propio (programa EMPRECAN)
- Gastos de constitución de la sociedad (programa EMPRECAN, solo empresas)
- Puesta en marcha: alquiler de instalaciones, identidad corporativa, página web, prototipos, marketing digital, acreditaciones, patentes y SaaS (programa EMPRECAN)
- Activos fijos: bienes de equipo, mobiliario, maquinaria, informática, propiedad industrial, ingeniería y acondicionamiento de instalaciones (programa EMPRECAN)
- Contratación indefinida de trabajadores a tiempo completo o parcial (programa EMPLEA)
Gastos que cubre
- Línea 1: acciones formativas especializadas en habilidades técnicas no bonificadas por FUNDAE (se excluyen idiomas y máster posgrado)
- Línea 2: gastos de tramitación de la constitución de la sociedad (registro, notaría, asesoría); excluidos para autónomos
- Línea 3: alquiler de las instalaciones, hasta 12 mensualidades y 12.000 €, excluidos suministros, domicilios particulares y subarriendo
- Línea 3: diseño de identidad corporativa hasta 1.500 € (sin impresión) y de página web corporativa hasta 2.500 €
- Línea 3: diseño y fabricación de preseries y prototipos no comercializables
- Línea 3: plan de marketing digital (SEM/SEO y community manager), hasta 6.000 € y 12 mensualidades
- Línea 3: acreditaciones necesarias para la actividad, patentes y modelos de utilidad (tasas y asistencia técnica) y servicios SaaS hasta 12 mensualidades
- Línea 4: bienes de equipo, mobiliario, máquinas y herramientas, instalaciones y servicios auxiliares, informática, propiedad industrial y registro de marcas (solo tasas), ingeniería y dirección facultativa, y acondicionamiento de instalaciones hasta 30.000 €
- Bienes de segunda mano, con informe de perito independiente si el precio es de 1.000 € o más
Plazo
Procedimiento abierto: la solicitud se presenta a partir del día siguiente al pago íntegro de los gastos (EMPRECAN) o dentro de los tres meses siguientes al alta del contrato indefinido en la Seguridad Social (EMPLEA). Para gastos pagados íntegramente antes de la entrada en vigor del decreto y para contratos firmados entre el 01-07-2025 y esa fecha, el plazo es de tres meses desde la entrada en vigor, es decir, hasta finales de diciembre de 2026
«en vigor de este decreto, el plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a partir de la»
Documento de la convocatoria en español · Decreto 68_2026.pdf · pág. 10
Cómo se pide
Gestor de Ayudas de SODERCAN (https://ayudas.sodercan.es); solo las personas físicas pueden presentarla presencialmente en la sede de SODERCAN (C/ Isabel Torres 1, Santander)
- NIF de la entidad y poder de representación de la persona firmante
- Escritura de constitución y estatutos inscritos en el Registro Mercantil (sociedades)
- Informe de vida laboral de la TGSS (autónomos en RETA) o certificado de la mutua (mutualistas)
- Certificado de situación en el censo de actividades económicas (IAE) de la AEAT, actualizado
- Modelo 036 o 037 de alta de la actividad incluida en el Anexo
- Documento acreditativo de titularidad de la cuenta bancaria
- Certificados de estar al corriente con AEAT, TGSS y Agencia Cántabra de Administración Tributaria
- Declaración responsable de otras ayudas recibidas y de ayudas de minimis de los últimos tres años
- Declaración responsable sobre prevención de riesgos, plan de igualdad y cuota de discapacidad en el Gestor de Ayudas
- Justificantes de gasto (facturas) y de pago bancario de las inversiones realizadas (EMPRECAN)
- Memoria justificativa descriptiva de las actividades realizadas
- Documento de adhesión al programa de Emprendedores de SODERCAN (emprecan@sodercan.es)
- Diploma o certificado de asistencia y acreditación de que asiste personal propio (línea 1)
- Contrato de alquiler firmado, informe de trabajos y resultados e informe de prototipos (línea 3)
- Documentación de segunda mano: declaración de adquisición, informe de perito independiente si el bien cuesta 1.000 € o más, o declaración del vendedor si cuesta menos (línea 4)
- EMPRESA/EMPLEA: IDC, DNI/NIE e informe de vida laboral de la persona contratada y contrato indefinido comunicado al SEPE con salario bruto anual
- Declaración responsable de no vinculación con la persona contratada (EMPLEA)
Qué obliga a hacer
- Destinar los bienes al fin concreto de la ayuda durante al menos 5 años si son inscribibles en un registro público y 2 años para el resto
- Mantener el contrato indefinido subvencionado durante 24 meses desde el alta en la Seguridad Social y justificarlo en los dos meses siguientes con vida laboral, IDC y certificado de la TGSS (EMPLEA)
- Comunicar a SODERCAN en el plazo de tres meses cualquier incidencia que afecte al contrato subvencionado (EMPLEA)
- Dar difusión de la ayuda con cartel anunciador y en la página web, en el plazo que fije la resolución
- Cumplir las obligaciones de los artículos 13 de la Ley 10/2006 y 14 de la Ley 38/2003
- Realizar la evaluación de riesgos laborales y la planificación preventiva, salvo exención
- Implantar y registrar un plan de igualdad, salvo exención, y respetar la cuota de reserva de discapacidad si tiene 50 o más trabajadores
- Cumplir el Código Ético y la política de riesgos penales de SODERCAN
- Reintegrar la ayuda en los supuestos de revocación y reintegro previstos (incluido el incumplimiento del mantenimiento del contrato)
Documentos oficiales
Guías para prepararla
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Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 4 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.