Ayudas al emprendimiento y relevo generacional del comercio local de Alcoy 2026
Ayuntamiento de Alcoy/Alcoi · Alcoy (Alicante/Alacant)
- Plazo
- Plazo en las bases
- Cuánto
- Hasta 2.300 €
- Tipo
- Subvención
Subvención a fondo perdido del Ayuntamiento de Alcoy para abrir un nuevo comercio minorista (Línea A) o para tomar el traspaso o relevo generacional de uno existente (Línea B). Cubre hasta el 80 % del gasto justificado, con un máximo de 2.000 € por establecimiento, más 300 € si el rótulo permanente está en valenciano (tope total 2.300 €). Se concede en concurrencia competitiva (hasta 100 puntos) con un crédito de 50.000 € repartido inicialmente en 25.000 € por línea. El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Alicante.
Quién puede pedirla
Personas físicas, personas jurídicas y comunidades de bienes legalmente constituidas que desarrollen o inicien una actividad de comercio minorista en un establecimiento permanente ubicado en el término municipal de Alcoy, con la consideración de microempresa
«Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en las presentes Bases las personas»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 3
Sectores: comercio.
Requisitos
De la empresa
Tener la consideración de microempresa según la Recomendación 2003/361/CE
«Tener la consideración de microempresa, de conformidad con la Recomendación»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 3Ser persona física, persona jurídica o comunidad de bienes legalmente constituida
«las personas jurídicas y las comunidades de bienes legalmente constituidas que»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 3Tener el establecimiento comercial en el término municipal de Alcoy
«dentro del término municipal de Alcoy.»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 4Desarrollar una actividad de comercio minorista (CNAE-2009 división 47); quedan fuera las actividades industriales, de servicios y de hostelería y restauración
«aquellas actividades que no tengan la consideración de comercio minorista.»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 2No ser farmacia, estanco, administración de lotería ni estación de servicio (exclusiones expresas de las bases)
«quedan excluidas las oficinas de farmacia, los estancos, las administraciones de»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 4Estar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT desarrollando una actividad de comercio minorista
«Estar dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 4Estar al corriente con la AEAT, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Alcoy
«Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 4No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
«No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 4Haber iniciado la nueva actividad comercial (Línea A) o adquirido la titularidad del establecimiento existente (Línea B) el 1 de enero de 2026 o después
«Podrán acogerse a esta línea las personas que hayan iniciado una nueva actividad»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 4
Del proyecto o el gasto
El establecimiento tiene que ser permanente, abierto al público, estar en planta baja y tener acceso directo desde la vía pública
«permanente, abierto al público, situado en planta baja y con acceso directo desde la vía»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 4Los gastos tienen que estar realizados y efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2026 y el fin del plazo de presentación de solicitudes
«Haber sido realizados y efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 5No son subvencionables el IVA recuperable, impuestos, tasas, intereses, recargos y sanciones, gastos judiciales, suministros y gastos corrientes, alquiler del local ni compra de mercancías
«El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cuando sea susceptible de recuperación o»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 5En la Línea A no se consideran nuevos establecimientos los que resulten de un cambio de titularidad, traspaso o transmisión de un negocio ya existente
«No tendrán la consideración de nuevos establecimientos aquellos que sean consecuencia»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 4Los gastos se acreditan con factura y justificante de pago que identifique pagador, perceptor, importe y fecha; no se admiten pagos en efectivo por encima de los límites legales
«Los pagos deberán acreditarse mediante justificante bancario u otro medio de pago admitido»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 5
Cuánto da
Hasta el 80 % del gasto subvencionable efectivamente justificado, con un máximo de 2.000 € por establecimiento, más 300 € adicionales si dispone de rótulo comercial permanente en valenciano (máximo total 2.300 € por establecimiento)
«La cuantía de la subvención será de hasta el 80 % del gasto subvencionable»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 5
- Presupuesto total
- 50.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones o ayudas de cualquier Administración o entidad pública o privada para la misma finalidad, siempre que el importe conjunto no supere el coste total de la actuación
Qué financia
- Apertura de un nuevo establecimiento de comercio minorista en Alcoy (Línea A)
- Transmisión, traspaso o relevo generacional de un comercio existente (Línea B)
- Adecuación, modernización o mejora del establecimiento comercial
- Imagen comercial: rótulos, escaparates, página web y comercio electrónico
Gastos que cubre
- Obras de adecuación y reforma del establecimiento
- Instalaciones
- Equipamiento y mobiliario comercial
- Equipamiento informático y terminales de punto de venta (TPV)
- Programas informáticos de gestión comercial
- Desarrollo de páginas web y herramientas de comercio electrónico
- Imagen corporativa, escaparatismo y rótulos comerciales
- Honorarios profesionales vinculados a la apertura o transmisión del establecimiento
- Gastos derivados del traspaso del negocio
Plazo
20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
«El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles, contados a partir»
Texto en castellano de la convocatoria · Certificado_de_acuerdo_de_JGL.pdf · pág. 7
Cómo se pide
Preferentemente por medios electrónicos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcoy (https://sedeelectronica.alcoi.org), con el modelo normalizado del Anexo I; también por los restantes medios del procedimiento administrativo común
- Modelo normalizado de solicitud (Anexo I)
- Memoria de actuación justificativa (Anexo II)
- Memoria económica justificativa (Anexo III)
- Declaración responsable (Anexo IV)
- Documento acreditativo del alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT
- Documento acreditativo de la disponibilidad del establecimiento (escritura, contrato de arrendamiento, contrato de traspaso u otro válido)
- Licencia, declaración responsable o comunicación municipal cuando las obras la exijan
- Fotografía del rótulo comercial, si se solicita el incentivo adicional por rótulo en valenciano
- Modelo de Mantenimiento de Terceros del Ayuntamiento, cuando proceda
- Facturas y justificantes de pago del 100 % de los gastos justificados
- Documentación acreditativa e identificativa del solicitante
Qué obliga a hacer
- Destinar la subvención a la finalidad para la que fue concedida
- Mantener la actividad comercial y el establecimiento abierto al público durante un mínimo de 6 meses desde el inicio de la actividad o la adquisición de la titularidad, salvo fuerza mayor acreditada
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos durante el plazo legal
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control del Ayuntamiento, la Intervención Municipal y demás órganos competentes
- Comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión
- Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la misma actuación
Documentos oficiales
Guías para prepararla
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Hasta el 20 de noviembre de 2026Hasta 8.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.