Bonificación de cuotas a la Seguridad Social en Ceuta y Melilla
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
- Plazo
- Siempre abierta
- Cuánto
- Hasta el 75 %
- Tipo
- Bonificación de cuotas
Bonificación del 75 % de las cuotas a la Seguridad Social para empresas privadas y autónomos de Ceuta y Melilla. Las empresas la aplican a su aportación por contingencias comunes, desempleo, formación profesional y Fogasa de cada trabajador con contrato indefinido o de sustitución por incapacidad temporal que trabaja allí, mientras dure el contrato; los autónomos que residen y trabajan allí, a su cuota por contingencias comunes. Quedan fuera la energía y el agua, el transporte aéreo de ala fija, las finanzas, los seguros, las inmobiliarias y el sector público. No hay convocatoria: el 75 % (antes, 50 %) se aplica a las cuotas devengadas desde el 1 de septiembre de 2026 en las empresas y desde el 1 de octubre de 2026 en los autónomos.
Quién puede pedirla
Empresas privadas, también autónomos con asalariados, por sus trabajadores con contrato indefinido o de sustitución por incapacidad temporal que trabajan en Ceuta o Melilla; y las personas de alta en el RETA que residen y ejercen su actividad en Ceuta o Melilla. En los dos casos, en agricultura, pesca y acuicultura, industria (salvo energía y agua), comercio, turismo, hostelería y demás servicios (salvo transporte aéreo de ala fija, finanzas, seguros e inmobiliarias). Quedan fuera la administración y el sector público.
«que residan y ejerzan su actividad en las Ciudades de Ceuta y Melilla, tendrán derecho a una bonificación del 75 por ciento de la cuota por contingencias comunes»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 36), texto consolidado
Requisitos
De la empresa
Tener la actividad en Ceuta o Melilla: en las empresas, los trabajadores bonificados tienen que trabajar allí; los autónomos, ejercer allí su actividad
«en las ciudades de Ceuta y Melilla»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…Actividad en agricultura, pesca y acuicultura, industria, comercio, turismo, hostelería o demás servicios (la construcción ya no está excluida, ver dudas). Quedan fuera la energía y el agua (CNAE 35 y 36), las actividades financieras y de seguros (64 a 66), las inmobiliarias (68) y el transporte aéreo de ala fija, que la regla no puede separar del de helicópteros
«sectores de agricultura, pesca y acuicultura; industria, excepto energía y agua; comercio; turismo; hostelería y resto de servicios, excepto el transporte aéreo de ala fija, actividades financieras y de seguros y actividades inmobiliarias»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…No ser administración pública ni entidad, organismo o empresa del sector público (los autónomos cumplen)
«Las empresas, excluida la administración pública y las entidades, organismos y empresas del sector público»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…Si tiene trabajadores (bonificación de las empresas), estar al corriente con Hacienda en la fecha en que comunica a la Tesorería el alta del trabajador o la variación de datos; el certificado telemático acredita seis meses
«Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…Si tiene trabajadores (bonificación de las empresas), estar al corriente con la Seguridad Social: cuotas, conceptos de recaudación conjunta y demás recursos que gestiona
«Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social en relación con el ingreso por cuotas y conceptos de recaudación conjunta»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…No estar inhabilitada por sentencia penal para obtener ayudas públicas ni beneficios fiscales o de la Seguridad Social (art. 33.7.f del Código Penal)
«No haber sido inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…No estar excluida de las bonificaciones de los programas de empleo por infracciones graves o muy graves no prescritas (arts. 46 y 46 bis de la LISOS)
«no haber sido excluido del acceso a las ayudas, subvenciones, bonificaciones y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo o formación profesional para el empleo, por la comisión de infracciones graves o muy graves no prescritas»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…Si la ley o el convenio la obligan a tener plan de igualdad, tenerlo inscrito en el registro público (el art. 8.e lo da por cumplido con la inscripción)
«Contar con el correspondiente plan de igualdad, en el caso de las empresas obligadas legal o convencionalmente a su implantación»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…Si es un autónomo sin trabajadores, estar de alta en el RETA: la bonificación de su propia cuota es para los trabajadores de ese régimen
«Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 36), texto consolidadoPara la bonificación de la cuota de autónomos, la persona de alta en el RETA tiene que residir en Ceuta o Melilla, además de ejercer allí su actividad
«que residan y ejerzan su actividad en las Ciudades de Ceuta y Melilla»
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (Artículo 36), texto consolidado
Del proyecto o el gasto
En las empresas, solo se bonifican los trabajadores con contrato indefinido o de sustitución por incapacidad temporal que trabajan en Ceuta o Melilla, en cuentas de cotización de la empresa; el resto de contratos temporales no da derecho
«con cuentas de cotización asignadas a dichas empresas en las que tengan personas trabajadoras con contratos indefinidos o de sustitución por causa de incapacidad temporal que presten actividad en las referidas ciudades»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…
Cuánto da
75 % de la aportación empresarial por contingencias comunes, desempleo, formación profesional y Fogasa de cada trabajador bonificado, mientras dure su contrato (no cubre las contingencias profesionales ni la parte del trabajador). Autónomos: 75 % de su cuota por contingencias comunes, calculada sobre su base de cotización provisional o definitiva. Antes del 1-9-2026 (empresas) y del 1-10-2026 (autónomos) era el 50 %. El importe en euros depende de los salarios y de la base de cada autónomo.
«tendrán derecho a una bonificación del 75 por ciento en sus aportaciones a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial, durante la vigencia de los contratos»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…
- Cómo se concede
- Otro sistema: ver las bases
- Minimis
- No se acoge a minimis
Qué financia
- Empleo en Ceuta y Melilla: rebaja de la aportación empresarial de cada trabajador con contrato indefinido o de sustitución por incapacidad temporal que trabaja allí, mientras dure su contrato
- Trabajo autónomo en Ceuta y Melilla: rebaja de la cuota de autónomos de quien reside y ejerce allí su actividad
Gastos que cubre
- Aportación empresarial por contingencias comunes de los trabajadores bonificados
- Aportación empresarial por desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial de esos trabajadores
- Cuota de autónomos por contingencias comunes, sobre su base de cotización provisional o definitiva
Plazo
Sin convocatoria ni fecha límite: se aplica cada mes en la cotización mientras se cumplan los requisitos; en las empresas, por cada trabajador bonificado y mientras dure su contrato. El 75 % rige para las cuotas devengadas desde el 1 de septiembre de 2026 en las empresas y desde el 1 de octubre de 2026 en los autónomos. En las empresas, el alta del trabajador tiene que comunicarse a la Tesorería antes de que acabe el plazo de presentación de la liquidación de cuotas en la que debería aparecer por primera vez con la bonificación; si se comunica después, se considera que la empresa no está al corriente con la Seguridad Social y no cumple el requisito para aplicarla.
«cuando el alta de la persona trabajadora se haya comunicado por la empresa ante la Tesorería General de la Seguridad Social en momento posterior a la finalización del plazo reglamentario de presentación de la correspondiente liquidación de cuotas»
Real Decreto-ley 1/2023, de incentivos a la contratación laboral (Artículo 8, Ar…
Cómo se pide
No se solicita. Las empresas la aplican al comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (Sistema RED) el alta del trabajador o la variación de datos, y se descuenta en cada liquidación de cuotas (sistema de liquidación directa). La de los autónomos rebaja su cuota del RETA; los artículos no dicen si hay que pedirla ni cómo.
- Contratos indefinidos o de sustitución por incapacidad temporal de los trabajadores que trabajan en Ceuta o Melilla
- Certificado de estar al corriente con Hacienda: el emitido por vía telemática vale seis meses
- Plan de igualdad inscrito en el registro público, si la empresa está obligada a tenerlo
- Autónomos: alta en el RETA y prueba de que residen en Ceuta o Melilla (los artículos no dicen cuál)
Qué obliga a hacer
- Ingresar las cuotas en plazo mientras se aplica: si se da alguna de las circunstancias del art. 20.3 de la LGSS, la empresa pierde automáticamente la bonificación de las cuotas de los periodos no ingresados en plazo (salvo error de la Administración), solo por los trabajadores afectados
- Seguir al corriente con Hacienda mientras dure la bonificación: el certificado telemático acredita seis meses y se prorroga otros seis cada vez que se vuelve a comprobar al acceder a nuevos beneficios
Documentos oficiales
Guías para prepararla
Más incentivos
Bonificación por contratar a víctimas de violencia de género o terrorismo y a personas en exclusión social
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
Siempre abiertaHasta 6.372 €
Bonificación por contratar a personas con discapacidad
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
Siempre abierta
Bonificación por contratar a parados de larga duración
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
Siempre abiertaHasta 4.608 €
Bonificación del contrato de formación y por convertir en indefinido un contrato en prácticas
Tesorería General de la Seguridad Social · Estatal
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Crédito de formación de FUNDAE
FUNDAE y SEPE (Ministerio de Trabajo y Economía Social) · Estatal
Siempre abiertaHasta el 100 %
Resumen hecho a partir del texto consolidado de la norma en el BOE y de las webs oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de aplicarlo, comprueba los datos en la norma. Cómo hacemos las fichas.