Emprendimiento de mujeres en el sector primario rural de la Comunitat Valenciana 2026
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca (Generalitat Valenciana) · Comunitat Valenciana
- Plazo
- Cerrada el 29 de octubre de 2026
- Cuánto
- Hasta 20.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención a fondo perdido para apoyar la puesta en marcha y la consolidación de explotaciones agrarias (agrícolas, ganaderas y forestales) y acuícolas lideradas por mujeres en municipios rurales de la Comunitat Valenciana. Se financia hasta el 20.000 € por beneficiaria, con un crédito de 200.000 €, para gastos de asesoría, notaría y registro, licencias, sostenibilidad, digitalización y cuotas de la Seguridad Social. Se concede en concurrencia competitiva (mínimo 10 puntos) y el plazo fue de 15 días desde la publicación del extracto (8 a 29 de octubre de 2026).
Quién puede pedirla
Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Mujeres que se han establecido como empresarias agrarias o acuícolas no pluriactivas en los últimos 24 meses y microempresas o pequeñas empresas agrarias o acuícolas controladas por mujeres, con residencia o domicilio social en municipios rurales de la Comunitat Valenciana
Personas físicas (mujeres de entre 18 años y la edad ordinaria de jubilación) con residencia administrativa en un municipio del ámbito rural valenciano del Anexo I, y microempresas y pequeñas empresas PYME con domicilio social en esos municipios cuyo control efectivo corresponda a mujeres, que se hayan establecido como empresarias agrarias o acuícolas no pluriactivas en los últimos 24 meses
«En el caso de personas físicas, únicamente podrán ser beneficiarias las mujeres de entre 18 años y la edad ordinaria máxima de jubilación establecida en la normativa vigente que tengan su residencia administrativa en un municipio del Ámbito Rural Valenciano»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 2
Sectores: agricultura, ganadería y forestal y pesca y acuicultura.
Requisitos
De la empresa
La solicitante debe ser mujer o, si es persona jurídica, el control efectivo del órgano principal de decisión debe corresponder a mujeres
«consolidación y continuidad de proyectos empresariales liderados por mujeres en explotaciones agrarias —agrícolas, ganaderas y forestales— y acuícolas»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 2Tener al menos 18 años (persona física); el límite superior es la edad ordinaria máxima de jubilación vigente
«únicamente podrán ser beneficiarias las mujeres de entre 18 años y la edad ordinaria máxima de jubilación establecida en la normativa vigente»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 2La residencia administrativa (personas físicas) o el domicilio social (personas jurídicas) debe estar en la Comunitat Valenciana
«que tengan su residencia administrativa en un municipio del Ámbito Rural Valenciano»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 2Ese municipio tiene que estar incluido en la relación del Anexo I de la convocatoria (Ámbito Rural Valenciano)
«residencia administrativa en un municipio del Ámbito Rural Valenciano, conforme a la relación establecida en el Anexo I de la presente convocatoria»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 2Si es persona jurídica, ser microempresa o pequeña empresa PYME
«únicamente podrán ser beneficiarias microempresas y pequeñas empresas PYME con domicilio social en un municipio del Ámbito Rural Valenciano»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 2La actividad principal debe ser agraria (agrícola, ganadera o forestal) o acuícola
«Acreditación de que la actividad principal de la entidad es agraria o acuícola»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 7El establecimiento efectivo en la actividad debe haberse producido antes de presentar la solicitud y no puede tener más de 24 meses de antigüedad (alta a partir del 8 de octubre de 2024, aproximadamente)
«El establecimiento efectivo en la actividad agraria o acuícola deberá haberse producido antes de la presentación de la solicitud y no podrá tener una antigüedad superior a 24 meses»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 3Cumplir los requisitos de renta y dedicación para ser empresaria agraria o acuícola no pluriactiva (art. 3 de la Orden 10/2026)
«Acreditación del cumplimiento, a la fecha de presentación de la solicitud, de los requisitos de renta y dedicación para ser considerada empresaria agraria o acuícola no pluriactiva»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 6La explotación debe estar inscrita en el registro oficial que corresponda (Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunitat Valenciana, Registro de Explotaciones Ganaderas o Registro de Establecimientos de Acuicultura)
«Acreditación de la inscripción de la explotación en el registro oficial correspondiente: Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunitat Valenciana»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 5Estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social
«Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 6No estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 para ser beneficiaria
«Declaración responsable de no estar incursa la persona solicitante en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 6No ser deudora de la Generalitat por reintegro de subvenciones
«de no ser deutora de la Generalitat per reintegrament de subvencions»
Texto en otra lengua de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orde… · pág. 6
Del proyecto o el gasto
Al menos el 60 % de la superficie de la explotación (o de sus ingresos, en ganaderas y acuícolas) debe situarse o generarse en municipios del Ámbito Rural Valenciano
«se entenderá que la actividad se desarrolla mayoritariamente en dicho ámbito cuando, al menos, el 60 % de la superficie de la explotación, o bien de sus ingresos en el caso de explotaciones ganaderas o acuícolas, se sitúe o se genere en municipios de dicho ámbito»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 3Los gastos que se imputen deben haberse realizado entre los 24 meses anteriores al inicio del plazo de solicitudes y la fecha de presentación de la solicitud
«dentro del periodo comprendido entre los 24 meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y la fecha de presentación de la solicitud de ayuda»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 9
Cuánto da
Hasta 20.000 € por persona beneficiaria en su conjunto, sin perjuicio de los límites de cada componente que fija el artículo 7 de la Orden 10/2026 (no disponible)
«La ayuda concedida no podrá superar, en su conjunto, el importe máximo de 20.000 euros por persona beneficiaria, sin perjuicio del cumplimiento de los límites establecidos para cada uno de los componentes de la ayuda en el artículo 7 de la Orden 10/2026»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 3
- Presupuesto total
- 200.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- Sí: como mucho 20.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de cualquier administración pública o privada, nacional o europea, con los límites del artículo 8 de la Orden 10/2026
Qué financia
- Gastos de asesoría, consultoría técnica, jurídica, fiscal, laboral o económica vinculados al inicio efectivo o la consolidación de la actividad
- Gastos de notaría y registro de constitución, inscripción o regularización de la explotación o empresa
- Licencias, autorizaciones o permisos de actividad o ambientales
- Sistemas de sostenibilidad ambiental, eficiencia de recursos, ahorro energético, gestión de residuos, bienestar animal, riego eficiente, certificación ambiental o producción diferenciada
- Innovación, digitalización, trazabilidad, comercialización digital, programas y aplicaciones informáticas, sensores, sistemas de gestión, páginas web o canales de venta en línea
- Cuotas a la Seguridad Social satisfechas durante el periodo del plan de consolidación
Gastos que cubre
- Asesoría y consultoría técnica, jurídica, fiscal, laboral o económica vinculada al inicio o la consolidación
- Notaría y registro vinculados a la constitución, inscripción o regularización de la explotación o empresa
- Licencias, autorizaciones o permisos de actividad o ambientales necesarios
- Implantación o mejora de sistemas de sostenibilidad ambiental, ahorro energético, gestión de residuos, bienestar animal, riego eficiente o certificación ambiental
- Innovación, digitalización, trazabilidad, comercialización digital, programas y aplicaciones, sensores, sistemas de gestión, páginas web o canales de venta en línea
- Cuotas a la Seguridad Social efectivamente satisfechas durante el plan de consolidación, vinculadas a la actividad agraria o acuícola
- Solo gastos incurridos entre los 24 meses anteriores al inicio del plazo de solicitudes y la fecha de presentación, con factura y justificante de pago
Plazo
15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el DOGV (extracto publicado el 7 de octubre de 2026): del 8 al 29 de octubre de 2026
«El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de 15 días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»
Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden… · pág. 3
Cómo se pide
Sede electrónica de la Generalitat Valenciana, procedimiento https://sede.gva.es/es/proc112913, con los modelos normalizados y firma electrónica obligatoria
- Solicitud en el modelo normalizado, firmada electrónicamente
- Plan de consolidación según modelo normalizado
- Hoja de autobaremación y documentación acreditativa de los criterios de valoración alegados
- Certificado de situación censal y documento de alta en la Seguridad Social (o autorización de consulta)
- Acreditación de la inscripción de la explotación en el registro oficial correspondiente
- Acreditación de la titularidad de la explotación cuando no resulte de la inscripción registral
- Declaración responsable de que al menos el 60 % de la superficie o de los ingresos se sitúa en el ámbito rural valenciano
- Acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (o autorización de consulta)
- Declaración responsable y documentación de los requisitos de renta y dedicación (empresaria agraria o acuícola no pluriactiva): IRPF y documentación fiscal, contable o técnico-económica
- Declaración responsable de compromiso de mantenimiento de la actividad durante 6 meses
- Declaración responsable de todas las ayudas de minimis recibidas en los 3 años anteriores
- Declaración responsable de otras subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad
- Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones del art. 13.2 de la Ley 38/2003 y de no ser deudora por reintegro
- Facturas y justificantes de pago de los gastos de establecimiento, mejora y consolidación
- Documentación de las cuotas a la Seguridad Social satisfechas (informe de bases y cuotas, recibos o justificantes bancarios)
- Personas físicas: acreditación de la residencia en un municipio del ámbito rural valenciano
- Personas jurídicas: escritura y estatutos, acreditación de micro o pequeña empresa, de actividad principal agraria o acuícola y de control efectivo por mujeres
Qué obliga a hacer
- Mantener la actividad agraria o acuícola y las condiciones y requisitos que determinaron la concesión durante un plazo mínimo de 6 meses desde la presentación de la solicitud
- Conservar los documentos justificativos durante 4 años desde la resolución de concesión y pago y ponerlos a disposición del órgano concedente
- Colaborar en las actuaciones de control y aportar la documentación e información requerida
- Cumplir las obligaciones de transparencia y publicidad del carácter público del financiamiento, con el logotipo de la Generalitat Valenciana
- Cumplir las obligaciones de la Orden 10/2026 y de la Ley 38/2003 general de subvenciones
Documentos oficiales
- Extracto (DOCV. D.O. DE LA COMUNITAT VALENCIANA): Procedimiento Beta
- Texto en otra lengua de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden Emprendimiento mujeres [VAL]_firmado.pdf
- Texto en castellano de la convocatoria · 02 Resolucion Convocatoria 2026 - Orden Emprendimiento mujeres [CAS]_firmado.pdf
- Bases reguladoras: ORDEN 10/2026, de 18 de septiembre, de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al emprendimiento en el sector primario de mujeres residentes en municipios rurales de la Comunitat
- Convocatoria 933210 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
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Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública (Generalitat Valenciana) · Comunitat Valenciana
Hasta el 20 de noviembre de 2026Hasta 8.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.