Préstamos bonificados IVF al 1,5 % para empresas de las zonas afectadas por los incendios forestales de 2026 (minimis)

Institut Valencià de Finances, IVF (Generalitat Valenciana) · Comunitat Valenciana

Plazo
Hasta el 31 de diciembre de 2026
Cuánto
Hasta 3.000.000 €
Tipo
Préstamo

Préstamo del IVF a tipo fijo del 1,5 % (la Generalitat bonifica el interés) de 100.000 € a 3.000.000 €, según la facturación, para recuperar, reparar, modernizar, ampliar o implantar actividades económicas en los municipios afectados por los incendios forestales de julio a septiembre de 2026 en Castellón y Valencia (La Vall d'Uixó, Onda, Nules, Tírig, Segorbe, Soneja, El Saler, Tuéjar…); financia inversiones en activos fijos (hasta el 80 %, a 4-10 años) y circulante (a 2-4 años). Pueden pedirlo las personas jurídicas privadas con un establecimiento en esos municipios o que vayan a abrir allí el primero, con dos años de antigüedad y al menos un empleado (salvo sociedades de nueva creación que se implanten allí) y sin incidencias en la CIRBE, fondos propios negativos ni pérdidas continuadas en los dos últimos ejercicios (salvo aval de AFIN-SGR). Se concede por orden de presentación, tras el análisis de riesgo del IVF, del 29 de octubre al 31 de diciembre de 2026 o hasta agotar los 50 millones de la línea; esta BDNS es el tramo de minimis general (tope de 300.000 € de ayuda en tres años).

Quién puede pedirla

Personas jurídicas privadas (sociedades, cooperativas y otras entidades con actividad económica) que tengan al menos un establecimiento o sucursal en uno de los municipios afectados por los incendios forestales de 2026, o cuyo proyecto sea abrir allí el primero, con al menos dos años de antigüedad y un empleado o trabajador autónomo societario (salvo sociedades de nueva creación que se implanten allí). Quedan fuera los autónomos, el sector público y las empresas financieras, inmobiliarias, de seguros, de tabaco y de bebidas alcohólicas destiladas.

«Podrán ser beneficiarios las Personas jurídicas que tengan al menos, un establecimiento o sucursal radicado en alguno de los Municipios Afectados»

Extracto (DOCV. D.O. DE LA COMUNITAT VALENCIANA): Convocatoria para el otorgamie…

El proyecto tiene que estar en 24 municipios (La Vall d'Uixó/Vall de Uxó, Betxí/Bechí, Onda, La Vilavella/Villavieja y 20 más).

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

  • El proyecto tiene que ser de recuperación, reparación, reposición, mantenimiento, ampliación, modernización, diversificación o implantación de una actividad económica en un municipio afectado; puede incluir inversión en activos fijos, circulante o ambos

    «Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la presente convocatoria tendrán por objeto la recuperación, reparación, reposición, mantenimiento, ampliación, modernización, diversificación o implantación de actividades económicas en los Municipios Afectados»

    Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 4
  • Tener, o estar en disposición de tener, todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para ejecutar el proyecto, y cumplir la normativa nacional y europea aplicable

    «Contará o estará en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 5
  • La ayuda de este tramo (minimis general) no puede ir a la producción primaria agrícola ni a la de la pesca y la acuicultura; si la empresa tiene también otras actividades, solo se financian estas, con separación de actividades o de cuentas

    «El Reglamento 2023/2831, de 13 de diciembre de 2023 no podrá aplicarse a las empresas que operen en los sectores determinados en el punto 1 del artículo 1 del Reglamento 2023/2831»

    Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 16
  • La inversión no puede haber empezado más de seis meses antes de presentar la solicitud

    «en las operaciones que se acojan al régimen de ayudas del Reglamento (UE) 2023/2831 el inicio de la inversión no podrá situarse en una fecha anterior en más de seis meses a la presentación de la solicitud de financiación»

    Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 13
  • El préstamo tiene que ser de al menos 100.000 €; el máximo depende de la facturación anual (150.000 € hasta 1 M€, 250.000 € hasta 2 M€, 600.000 € hasta 5 M€, 1.000.000 € hasta 10 M€, 1.500.000 € hasta 40 M€ y 3.000.000 € por encima)

    «Los préstamos otorgados al amparo de esta Convocatoria tendrán un importe igual o superior a 100.000 euros. El importe máximo del préstamo se determinará atendiendo al volumen de negocios que acredite el solicitante»

    Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 11
  • Si se financia inversión en activos fijos, el préstamo no puede pasar del 80 % de la inversión

    «En caso de que la financiación tenga por objeto la inversión en activos fijos, el valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 12
  • No se financian el IVA ni otros impuestos indirectos que se puedan recuperar o compensar

    «No se considerarán gastos financiables elegibles los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.»

    Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 13
  • El IVF analiza el riesgo: la calificación crediticia no puede ser inferior a B (escala de Standard & Poor's) y tiene que haber capacidad de devolución; si el IVF exige un aval de AFIN-SGR por el 100 % del préstamo y sus intereses, basta con que el informe de la avalista sea favorable. También mira el historial con el IVF y los ficheros de morosidad

    «verificando que dicha calificación no sea en ningún caso inferior a B dentro de la escala de la agencia internacional de calificación Standard & Poor’s»

    Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 11
  • Aportar las garantías personales o reales que pida el IVF; con ellas, la pérdida esperada de la operación no puede superar el 0,75 %

    «Valoración de las garantías aportadas por el solicitante a requerimiento del IVF, y comprobación de que, una vez consideradas las garantías aportadas, la pérdida esperada de la operación no supera el 0,75%»

    Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 11

Cuánto da

Préstamo, no subvención. Desde 100.000 € hasta un máximo que depende de la facturación anual: 150.000 € (hasta 1 M€), 250.000 € (de 1 a 2 M€), 600.000 € (de 2 a 5 M€), 1.000.000 € (de 5 a 10 M€), 1.500.000 € (de 10 a 40 M€) y 3.000.000 € (más de 40 M€), con un riesgo máximo de 3.000.000 € por beneficiario junto con su grupo. En inversión, como máximo el 80 % de su coste. Tipo fijo del 1,5 %: el IVF fija el interés según la calificación crediticia y la bonificación lo rebaja hasta ese tipo. Inversión: de 4 a 10 años con hasta 3 de carencia; circulante: de 2 a 4 años con hasta 1 de carencia (si se piden juntos, rigen el plazo, la carencia y el importe del circulante). Cuotas trimestrales, sin comisiones de apertura ni de cancelación anticipada. La ayuda es el ahorro de intereses frente a un préstamo de mercado (equivalente de subvención bruta), que calcula el IVF.

«el riesgo máximo por beneficiario, incluyendo, en su caso, las sociedades que formen parte del mismo grupo de empresas conforme a la definición del artículo 42 del Código de Comercio, al amparo de esta convocatoria será igual a 3.000.000 de euros»

Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 12
Presupuesto total
50.000.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatible con otras ayudas para el mismo proyecto si cubren gastos distintos o, si cubren los mismos, mientras no se supere la intensidad o el importe máximo del reglamento aplicable; las de minimis se suman con otras de minimis (también las agrícolas, de pesca y de servicios de interés económico general) hasta el tope de 300.000 € en tres años.

Qué financia

  • Recuperación, reparación o reposición de actividades económicas en los municipios afectados por los incendios
  • Mantenimiento, ampliación, modernización o diversificación de la actividad en esos municipios
  • Implantación de nuevas actividades, incluido el primer establecimiento o sucursal de la empresa en un municipio afectado
  • Inversiones en activos fijos
  • Necesidades de circulante (liquidez) vinculadas a la actividad

Gastos que cubre

  • Compra y acondicionamiento de terrenos para la actividad principal, hasta el 20 % del préstamo
  • Compra, rehabilitación, reforma y construcción de naves, locales comerciales, instalaciones y otros inmuebles para la actividad
  • Instalaciones de energía renovable, para autoconsumo o para verter a la red, de hasta 30 MWp
  • Equipos de tecnologías de la información y la comunicación
  • Maquinaria, herramientas, moldes y utillaje
  • Mobiliario
  • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación
  • Activos intangibles: gastos de I+D, propiedad industrial, derechos de traspaso y aplicaciones informáticas
  • Circulante: gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de existencias, aplazamiento de cobros a clientes, tesorería operativa y cancelación de deuda a corto plazo comercial o financiera

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación en el DOGV (29 de octubre de 2026) hasta el 31 de diciembre de 2026, o antes si se agota el importe de la línea (50 millones de euros); en ese caso el IVF publicará la fecha de cierre en su web.

«Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana hasta el 31 de diciembre de 2026 o, alternativamente, hasta que se agote el Importe de la Línea, lo que ocurra antes.»

Extracto (DOCV. D.O. DE LA COMUNITAT VALENCIANA): Convocatoria para el otorgamie…

Cómo se pide

En línea, en la sede electrónica del IVF (https://prestamos.ivf.es), con un sistema de firma electrónica admitido por la sede de la Generalitat

  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del representante legal y escritura de apoderamiento
  • Escritura de constitución y acta de titularidad real (o el modelo de declaración responsable de titularidad real del anexo)
  • Si forma parte de un grupo: organigrama con los porcentajes de participación y, de cada empresa, empleados, activo total y volumen de negocio
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos y de asumir las obligaciones (modelo del anexo)
  • Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas (modelo del anexo), indicando las que cubren los mismos gastos
  • Cuentas anuales depositadas de los dos últimos ejercicios cerrados, auditadas si está obligada; si aún no tiene las del último, balance y cuenta de pérdidas y ganancias provisionales
  • Impuesto sobre Sociedades de los dos últimos ejercicios, si no audita las cuentas
  • Calendario de vencimientos de sus deudas financieras, incluidos los préstamos de las administraciones públicas
  • Presupuesto proforma, si se financia inversión en activos fijos
  • Si el grupo está obligado a consolidar: cuentas consolidadas de los dos últimos ejercicios y, si pide el préstamo después del 31 de agosto, estimación de resultados del grupo al cierre del ejercicio
  • Informe actualizado de riesgos de la CIRBE (Banco de España)
  • Memoria de la empresa y del proyecto según el anexo: descripción, inversiones con fechas de inicio y fin, balance y cuenta de resultados intermedios y cuenta de resultados previsional para la vida del préstamo

Qué obliga a hacer

  • Formalizar el préstamo en documento público en el plazo que fije la resolución de concesión (máximo tres meses, prorrogable)
  • Justificar ante el IVF el cumplimiento de los requisitos y el destino de los fondos según la resolución y el Plan de Información y Control: en inversión, facturas y justificantes de pago en prestamos.ivf.es (nunca pagos en efectivo); en circulante, cuentas anuales con auditoría o Impuesto sobre Sociedades. Si no se justifica, el préstamo puede vencer anticipadamente
  • En inversión, el IVF puede retener los desembolsos hasta que se justifique la actuación, salvo un anticipo de hasta el 25 % del préstamo
  • Pagar las cuotas trimestrales (15 de marzo, junio, septiembre y diciembre); dejar de pagar dos liquidaciones seguidas es causa de revocación de la bonificación
  • Conservar al menos cinco años los activos fijos financiados, salvo sustitución o cambio de destino autorizados por el IVF
  • Mantener la actividad al menos doce meses desde la concesión
  • Comunicar al IVF cualquier otra subvención o ayuda que obtenga
  • Someterse a las comprobaciones del IVF, la Intervención General de la Generalitat, la Sindicatura de Comptes y otros órganos de control
  • Llevar los libros y registros contables, auditados cuando lo exija la ley
  • No ceder, transferir ni subrogar el contrato sin el consentimiento escrito del IVF
  • Devolver la bonificación si se revoca (por falsear datos, incumplir el proyecto, no justificar, obstruir los controles o una decisión de recuperación de la Comisión Europea)
  • Acepta que el IVF dé publicidad al préstamo (BDNS, cuentas anuales del IVF y otros medios)

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en la Comunidad Valenciana

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.