Préstamos bonificados IVF al 1,5 % para empresas de las zonas afectadas por los incendios forestales de 2026 (minimis)
Institut Valencià de Finances, IVF (Generalitat Valenciana) · Comunitat Valenciana
- Plazo
- Hasta el 31 de diciembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 3.000.000 €
- Tipo
- Préstamo
Préstamo del IVF a tipo fijo del 1,5 % (la Generalitat bonifica el interés) de 100.000 € a 3.000.000 €, según la facturación, para recuperar, reparar, modernizar, ampliar o implantar actividades económicas en los municipios afectados por los incendios forestales de julio a septiembre de 2026 en Castellón y Valencia (La Vall d'Uixó, Onda, Nules, Tírig, Segorbe, Soneja, El Saler, Tuéjar…); financia inversiones en activos fijos (hasta el 80 %, a 4-10 años) y circulante (a 2-4 años). Pueden pedirlo las personas jurídicas privadas con un establecimiento en esos municipios o que vayan a abrir allí el primero, con dos años de antigüedad y al menos un empleado (salvo sociedades de nueva creación que se implanten allí) y sin incidencias en la CIRBE, fondos propios negativos ni pérdidas continuadas en los dos últimos ejercicios (salvo aval de AFIN-SGR). Se concede por orden de presentación, tras el análisis de riesgo del IVF, del 29 de octubre al 31 de diciembre de 2026 o hasta agotar los 50 millones de la línea; esta BDNS es el tramo de minimis general (tope de 300.000 € de ayuda en tres años).
Quién puede pedirla
Personas jurídicas privadas (sociedades, cooperativas y otras entidades con actividad económica) que tengan al menos un establecimiento o sucursal en uno de los municipios afectados por los incendios forestales de 2026, o cuyo proyecto sea abrir allí el primero, con al menos dos años de antigüedad y un empleado o trabajador autónomo societario (salvo sociedades de nueva creación que se implanten allí). Quedan fuera los autónomos, el sector público y las empresas financieras, inmobiliarias, de seguros, de tabaco y de bebidas alcohólicas destiladas.
«Podrán ser beneficiarios las Personas jurídicas que tengan al menos, un establecimiento o sucursal radicado en alguno de los Municipios Afectados»
Extracto (DOCV. D.O. DE LA COMUNITAT VALENCIANA): Convocatoria para el otorgamie…
El proyecto tiene que estar en 24 municipios (La Vall d'Uixó/Vall de Uxó, Betxí/Bechí, Onda, La Vilavella/Villavieja y 20 más).
Requisitos
De la empresa
Ser persona jurídica (sociedad, cooperativa u otra entidad con personalidad jurídica); no pueden pedirlo los autónomos, las comunidades de bienes ni las sociedades civiles
«proyectos empresariales promovidos por personas jurídicas que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en un establecimiento o sucursal»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 4No ser del sector público: quedan fuera las entidades de derecho público, universidades públicas, organismos autónomos, empresas, sociedades mercantiles y fundaciones públicas, y las sociedades participadas mayoritariamente por ellas
«No podrán ser beneficiarias de la financiación bonificada otorgada por el IVF en el marco de esta Convocatoria, las entidades de derecho público, las universidades públicas, los organismos autónomos, las empresas públicas»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 6Tener al menos un establecimiento o sucursal en un municipio afectado, o que el proyecto sea abrir allí el primero. Municipios afectados: La Vall d'Uixó, Betxí, Onda, La Vilavella, Artana, Eslida, Aín, Alcudia de Veo, Tales, Alfondeguilla, Nules, Chóvar, Tírig, Catí, Albocàsser, Culla, La Salzadella, Segorbe, Gátova, Soneja, Azuébar, la pedanía de El Saler (València), Tuéjar y Benagéber, además de los núcleos y zonas incluidos en los Decretos 114/2026, 127/2026 y 135/2026
«un establecimiento o sucursal radicado en alguno de los Municipios Afectados o que, sin tenerlo, el proyecto presentado para su financiación de conformidad con la presente Convocatoria se destine a instalar su primer establecimiento o sucursal en algún Municipio Afectado.»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 5Tener al menos dos años de antigüedad al presentar la solicitud; no se exige si el proyecto es implantar una persona jurídica de nueva creación con domicilio social en un municipio afectado
«una antigüedad mínima de dos años y contar como mínimo con un empleado o un trabajador autónomo societario. Este requisito no será de aplicación cuando el proyecto presentado para su financiación tenga por objeto la implantación de una persona jurídica de nueva creación»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 5Tener al menos un empleado o un trabajador autónomo societario; no se exige si el proyecto es implantar una persona jurídica de nueva creación con domicilio social en un municipio afectado
«contar como mínimo con un empleado o un trabajador autónomo societario. Este requisito no será de aplicación cuando el proyecto presentado para su financiación tenga por objeto la implantación de una persona jurídica de nueva creación cuyo domicilio social vaya a ubicarse»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 5Estar al corriente con Hacienda (Estado y Generalitat) y con la Seguridad Social; las deudas aplazadas, fraccionadas o suspendidas cuentan como al corriente
«Acreditará estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, así como de las obligaciones ante la Seguridad Social.»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 5No tener pendiente una orden de recuperación por una ayuda declarada ilegal e incompatible por la Comisión Europea
«No estará sujeto a una orden de recuperación pendiente, tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 5No estar en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
«No se encontrará en ninguna de las siguientes circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 5No tener incidencias con entidades financieras en la CIRBE ni en registros de impagados
«El beneficiario no puede estar afectado, por cualquier de las situaciones siguientes: a. Incidencias con entidades financieras en CIRBE y/o en registros de impagados.»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 6No tener fondos propios negativos en el último cierre contable, salvo que acredite que ha corregido ese desequilibrio antes de presentar la solicitud
«Fondos propios negativos a fecha del último cierre contable (salvo que el solicitante pueda acreditar que la referida situación de desequilibrio patrimonial ha sido subsanada a la fecha de presentación de la solicitud de financiación)»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 6No tener pérdidas continuadas en los dos últimos ejercicios, salvo que la operación tenga o pueda tener un aval de AFIN-SGR por el 100 % del préstamo y de sus intereses ordinarios
«Pérdidas continuadas en los últimos dos ejercicios (salvo que la operación disponga o esté en disposición de obtener un aval de AFIN-SGR por el 100% del valor nominal y los intereses ordinarios)»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 6Que la actividad principal no sea la producción ni el comercio de tabaco o de bebidas alcohólicas destiladas (CNAE-2009 11.01, 12, 46.35 y 47.26)
«Producción y comercio de tabaco y bebidas alcohólicas destiladas.»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 7Que la actividad principal no sea del sector financiero, inmobiliario o de seguros (CNAE-2009 64, 65, 66 y 68)
«Empresas que desarrollen su actividad empresarial en los sectores financiero, inmobiliario y de seguros.»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 7
Del proyecto o el gasto
El proyecto tiene que ser de recuperación, reparación, reposición, mantenimiento, ampliación, modernización, diversificación o implantación de una actividad económica en un municipio afectado; puede incluir inversión en activos fijos, circulante o ambos
«Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la presente convocatoria tendrán por objeto la recuperación, reparación, reposición, mantenimiento, ampliación, modernización, diversificación o implantación de actividades económicas en los Municipios Afectados»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 4Tener, o estar en disposición de tener, todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para ejecutar el proyecto, y cumplir la normativa nacional y europea aplicable
«Contará o estará en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable.»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 5La ayuda de este tramo (minimis general) no puede ir a la producción primaria agrícola ni a la de la pesca y la acuicultura; si la empresa tiene también otras actividades, solo se financian estas, con separación de actividades o de cuentas
«El Reglamento 2023/2831, de 13 de diciembre de 2023 no podrá aplicarse a las empresas que operen en los sectores determinados en el punto 1 del artículo 1 del Reglamento 2023/2831»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 16La inversión no puede haber empezado más de seis meses antes de presentar la solicitud
«en las operaciones que se acojan al régimen de ayudas del Reglamento (UE) 2023/2831 el inicio de la inversión no podrá situarse en una fecha anterior en más de seis meses a la presentación de la solicitud de financiación»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 13El préstamo tiene que ser de al menos 100.000 €; el máximo depende de la facturación anual (150.000 € hasta 1 M€, 250.000 € hasta 2 M€, 600.000 € hasta 5 M€, 1.000.000 € hasta 10 M€, 1.500.000 € hasta 40 M€ y 3.000.000 € por encima)
«Los préstamos otorgados al amparo de esta Convocatoria tendrán un importe igual o superior a 100.000 euros. El importe máximo del préstamo se determinará atendiendo al volumen de negocios que acredite el solicitante»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 11Si se financia inversión en activos fijos, el préstamo no puede pasar del 80 % de la inversión
«En caso de que la financiación tenga por objeto la inversión en activos fijos, el valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión.»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 12No se financian el IVA ni otros impuestos indirectos que se puedan recuperar o compensar
«No se considerarán gastos financiables elegibles los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 13El IVF analiza el riesgo: la calificación crediticia no puede ser inferior a B (escala de Standard & Poor's) y tiene que haber capacidad de devolución; si el IVF exige un aval de AFIN-SGR por el 100 % del préstamo y sus intereses, basta con que el informe de la avalista sea favorable. También mira el historial con el IVF y los ficheros de morosidad
«verificando que dicha calificación no sea en ningún caso inferior a B dentro de la escala de la agencia internacional de calificación Standard & Poor’s»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 11Aportar las garantías personales o reales que pida el IVF; con ellas, la pérdida esperada de la operación no puede superar el 0,75 %
«Valoración de las garantías aportadas por el solicitante a requerimiento del IVF, y comprobación de que, una vez consideradas las garantías aportadas, la pérdida esperada de la operación no supera el 0,75%»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 11
Cuánto da
Préstamo, no subvención. Desde 100.000 € hasta un máximo que depende de la facturación anual: 150.000 € (hasta 1 M€), 250.000 € (de 1 a 2 M€), 600.000 € (de 2 a 5 M€), 1.000.000 € (de 5 a 10 M€), 1.500.000 € (de 10 a 40 M€) y 3.000.000 € (más de 40 M€), con un riesgo máximo de 3.000.000 € por beneficiario junto con su grupo. En inversión, como máximo el 80 % de su coste. Tipo fijo del 1,5 %: el IVF fija el interés según la calificación crediticia y la bonificación lo rebaja hasta ese tipo. Inversión: de 4 a 10 años con hasta 3 de carencia; circulante: de 2 a 4 años con hasta 1 de carencia (si se piden juntos, rigen el plazo, la carencia y el importe del circulante). Cuotas trimestrales, sin comisiones de apertura ni de cancelación anticipada. La ayuda es el ahorro de intereses frente a un préstamo de mercado (equivalente de subvención bruta), que calcula el IVF.
«el riesgo máximo por beneficiario, incluyendo, en su caso, las sociedades que formen parte del mismo grupo de empresas conforme a la definición del artículo 42 del Código de Comercio, al amparo de esta convocatoria será igual a 3.000.000 de euros»
Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incen… · pág. 12
- Presupuesto total
- 50.000.000 €
- Cómo se concede
- Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Compatible con otras ayudas para el mismo proyecto si cubren gastos distintos o, si cubren los mismos, mientras no se supere la intensidad o el importe máximo del reglamento aplicable; las de minimis se suman con otras de minimis (también las agrícolas, de pesca y de servicios de interés económico general) hasta el tope de 300.000 € en tres años.
Qué financia
- Recuperación, reparación o reposición de actividades económicas en los municipios afectados por los incendios
- Mantenimiento, ampliación, modernización o diversificación de la actividad en esos municipios
- Implantación de nuevas actividades, incluido el primer establecimiento o sucursal de la empresa en un municipio afectado
- Inversiones en activos fijos
- Necesidades de circulante (liquidez) vinculadas a la actividad
Gastos que cubre
- Compra y acondicionamiento de terrenos para la actividad principal, hasta el 20 % del préstamo
- Compra, rehabilitación, reforma y construcción de naves, locales comerciales, instalaciones y otros inmuebles para la actividad
- Instalaciones de energía renovable, para autoconsumo o para verter a la red, de hasta 30 MWp
- Equipos de tecnologías de la información y la comunicación
- Maquinaria, herramientas, moldes y utillaje
- Mobiliario
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación
- Activos intangibles: gastos de I+D, propiedad industrial, derechos de traspaso y aplicaciones informáticas
- Circulante: gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de existencias, aplazamiento de cobros a clientes, tesorería operativa y cancelación de deuda a corto plazo comercial o financiera
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación en el DOGV (29 de octubre de 2026) hasta el 31 de diciembre de 2026, o antes si se agota el importe de la línea (50 millones de euros); en ese caso el IVF publicará la fecha de cierre en su web.
«Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana hasta el 31 de diciembre de 2026 o, alternativamente, hasta que se agote el Importe de la Línea, lo que ocurra antes.»
Extracto (DOCV. D.O. DE LA COMUNITAT VALENCIANA): Convocatoria para el otorgamie…
Cómo se pide
En línea, en la sede electrónica del IVF (https://prestamos.ivf.es), con un sistema de firma electrónica admitido por la sede de la Generalitat
- DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del representante legal y escritura de apoderamiento
- Escritura de constitución y acta de titularidad real (o el modelo de declaración responsable de titularidad real del anexo)
- Si forma parte de un grupo: organigrama con los porcentajes de participación y, de cada empresa, empleados, activo total y volumen de negocio
- Declaración responsable de cumplir los requisitos y de asumir las obligaciones (modelo del anexo)
- Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas (modelo del anexo), indicando las que cubren los mismos gastos
- Cuentas anuales depositadas de los dos últimos ejercicios cerrados, auditadas si está obligada; si aún no tiene las del último, balance y cuenta de pérdidas y ganancias provisionales
- Impuesto sobre Sociedades de los dos últimos ejercicios, si no audita las cuentas
- Calendario de vencimientos de sus deudas financieras, incluidos los préstamos de las administraciones públicas
- Presupuesto proforma, si se financia inversión en activos fijos
- Si el grupo está obligado a consolidar: cuentas consolidadas de los dos últimos ejercicios y, si pide el préstamo después del 31 de agosto, estimación de resultados del grupo al cierre del ejercicio
- Informe actualizado de riesgos de la CIRBE (Banco de España)
- Memoria de la empresa y del proyecto según el anexo: descripción, inversiones con fechas de inicio y fin, balance y cuenta de resultados intermedios y cuenta de resultados previsional para la vida del préstamo
Qué obliga a hacer
- Formalizar el préstamo en documento público en el plazo que fije la resolución de concesión (máximo tres meses, prorrogable)
- Justificar ante el IVF el cumplimiento de los requisitos y el destino de los fondos según la resolución y el Plan de Información y Control: en inversión, facturas y justificantes de pago en prestamos.ivf.es (nunca pagos en efectivo); en circulante, cuentas anuales con auditoría o Impuesto sobre Sociedades. Si no se justifica, el préstamo puede vencer anticipadamente
- En inversión, el IVF puede retener los desembolsos hasta que se justifique la actuación, salvo un anticipo de hasta el 25 % del préstamo
- Pagar las cuotas trimestrales (15 de marzo, junio, septiembre y diciembre); dejar de pagar dos liquidaciones seguidas es causa de revocación de la bonificación
- Conservar al menos cinco años los activos fijos financiados, salvo sustitución o cambio de destino autorizados por el IVF
- Mantener la actividad al menos doce meses desde la concesión
- Comunicar al IVF cualquier otra subvención o ayuda que obtenga
- Someterse a las comprobaciones del IVF, la Intervención General de la Generalitat, la Sindicatura de Comptes y otros órganos de control
- Llevar los libros y registros contables, auditados cuando lo exija la ley
- No ceder, transferir ni subrogar el contrato sin el consentimiento escrito del IVF
- Devolver la bonificación si se revoca (por falsear datos, incumplir el proyecto, no justificar, obstruir los controles o una decisión de recuperación de la Comisión Europea)
- Acepta que el IVF dé publicidad al préstamo (BDNS, cuentas anuales del IVF y otros medios)
Documentos oficiales
- Extracto (DOCV. D.O. DE LA COMUNITAT VALENCIANA): Convocatoria para el otorgamiento de PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF PARA LA RECUPERACIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR LOS INCENDIOS FORESTALES DE 2026
- Texto en castellano de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incendios 2026 vDEF clean CG (anexos OK)_firmado.pdf
- EXTRACTE · Extracto Convocatoria préstamos bonificados Incendios 2026_val.pdf
- EXTRACTOS · Extracto Convocatoria préstamos bonificados Incendios 2026.pdf
- Texto en otra lengua de la convocatoria · 2026 10 05 Convocatoria Línea IVF Incendios 2026 vDEF clean CG (anexos OK) valenciano.pdf
- Convocatoria 935897 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
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Hasta el 16 de noviembre de 2026Hasta 1.500 €
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Hasta el 20 de noviembre de 2026Hasta 8.000 €
Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.